Funciones y competencias

Funciones y Competencias de la Delegación Provincial Consejería de Igualdad en Toledo

Según lo dispuesto en los artículos 7 y 9 del Decreto 78/2019, de 16 de julio, por el que se regula la estructura periférica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, las Delegaciones Provinciales de las Consejerías son un órgano de apoyo de los Consejeros en la provincia.
 
En cada provincia habrá Delegaciones Provinciales de las Consejerías que, bajo la supervisión del Consejero, serán las encargadas de dirigir las respectivas unidades periféricas, y al frente de las cuales estará un Delegado o Delegada Provincial.
 
El Delegado o Delegada Provincial ejercerá la representación ordinaria de la Consejería ante toda clase de autoridades, instituciones y organismos públicos y privados de la provincia, así como en todos los actos en que sea preceptivo o sea reclamada la representación unitaria de la Consejería y desempeñará cuantas funciones le atribuya la normativa vigente.
 

Funciones y Competencias de la Delegación Provincial Consejería de Igualdad y Portavoz en Guadalajara

Según lo dispuesto en los artículos 7 y 9 del Decreto 78/2019, de 16 de julio, por el que se regula la estructura periférica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, las Delegaciones Provinciales de las Consejerías son un órgano de apoyo de los Consejeros en la provincia.
 
En cada provincia habrá Delegaciones Provinciales de las Consejerías que, bajo la supervisión del Consejero, serán las encargadas de dirigir las respectivas unidades periféricas, y al frente de las cuales estará un Delegado o Delegada Provincial.
 
El Delegado o Delegada Provincial ejercerá la representación ordinaria de la Consejería ante toda clase de autoridades, instituciones y organismos públicos y privados de la provincia, así como en todos los actos en que sea preceptivo o sea reclamada la representación unitaria de la Consejería y desempeñará cuantas funciones le atribuya la normativa vigente.
 

Funciones y Competencias de la Delegación Provincial Consejería de Igualdad en Cuenca

Según lo dispuesto en los artículos 7 y 9 del Decreto 78/2019, de 16 de julio, por el que se regula la estructura periférica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, las Delegaciones Provinciales de las Consejerías son un órgano de apoyo de los Consejeros en la provincia.
 
En cada provincia habrá Delegaciones Provinciales de las Consejerías que, bajo la supervisión del Consejero, serán las encargadas de dirigir las respectivas unidades periféricas, y al frente de las cuales estará un Delegado o Delegada Provincial.
 
El Delegado o Delegada Provincial ejercerá la representación ordinaria de la Consejería ante toda clase de autoridades, instituciones y organismos públicos y privados de la provincia, así como en todos los actos en que sea preceptivo o sea reclamada la representación unitaria de la Consejería y desempeñará cuantas funciones le atribuya la normativa vigente.
 

Funciones y Competencias de la Delegación Provincial Consejería de Igualdad en Albacete

Según lo dispuesto en los artículos 7 y 9 del Decreto 78/2019, de 16 de julio, por el que se regula la estructura periférica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, las Delegaciones Provinciales de las Consejerías son un órgano de apoyo de los Consejeros en la provincia.
 
En cada provincia habrá Delegaciones Provinciales de las Consejerías que, bajo la supervisión del Consejero, serán las encargadas de dirigir las respectivas unidades periféricas, y al frente de las cuales estará un Delegado o Delegada Provincial.
 
El Delegado o Delegada Provincial ejercerá la representación ordinaria de la Consejería ante toda clase de autoridades, instituciones y organismos públicos y privados de la provincia, así como en todos los actos en que sea preceptivo o sea reclamada la representación unitaria de la Consejería y desempeñará cuantas funciones le atribuya la normativa vigente.
 

Funciones y Competencias Delegación Provincial de la JCCM en Toledo

Las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Junta de Comunidades desarrollan las siguientes competencias en el ámbito de su provincia:
a) Representar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la provincia.
b) Coordinar la acción política de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como coordinar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas las Delegaciones Provinciales de las Consejerías, en especial cuando sean concurrentes o compartidas entre ellas, o entre ellas y otras Administraciones Públicas.
c) Coordinar e impulsar la actividad de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como la de los organismos autónomos y entidades públicas vinculadas o dependientes en el ámbito provincial.
d) Mantener las necesarias relaciones de cooperación y coordinación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y sus organismos públicos con las administraciones públicas de la provincia.
e) Proponer o informar a los órganos superiores y directivos centrales las medidas que estimen procedentes en los asuntos cuya tramitación esté encomendada a la Delegación Provincial de la Junta.
f) Elevar, con carácter anual, un Informe a la persona titular de la Vicepresidencia sobre el funcionamiento de los servicios y su evaluación global.
g) Asegurar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en la actuación de los órganos periféricos de la Administración de la Junta de Comunidades.
h) Desempeñar la jefatura del personal de la Delegación, sin perjuicio de las funciones que en este ámbito le correspondan a otros órganos administrativos
i) Dictar cuantas instrucciones consideren adecuadas para el mejor funcionamiento de la Delegación Provincial de la Junta o de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías, así como difundir y transmitir los mandatos e instrucciones que reciban de los titulares de la Presidencia de la Junta, de la Vicepresidencia o de los demás miembros del Consejo de Gobierno.
j) Disponer cuanto concierna al régimen económico y régimen interior de la Delegación Provincial de la Junta en todas sus dependencias.
k) Convocar a las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías y solicitarles los informes que estimen pertinentes.
l) Asumir la representación de la Administración de la Junta de Comunidades en las sesiones de órganos colegiados estatales o locales de su ámbito territorial, cuando lo determine la normativa o la importancia de los asuntos a tratar así lo requiera.
m) Elevar al Consejo de Gobierno o a su Presidente los informes o iniciativas que crean convenientes o que el Consejo de Gobierno o su Presidente les soliciten.
n) Trasladar a las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías órdenes e instrucciones, en las materias que sean de competencia del Delegado Provincial de la Junta.
ñ) Dirigir las relaciones informativas de la Administración de la Junta de Comunidades en la provincia.
o) Prestar a las Delegaciones Provinciales de las Consejerías aquellos servicios instrumentales u operativos que por razones de especialización y economía de escala sea conveniente concentrar a nivel provincial.
p) Ejercer las demás competencias que se les atribuyan, desconcentren o deleguen.

Funciones y Competencias Delegación Provincial de la JCCM en Guadalajara

Las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Junta de Comunidades desarrollan las siguientes competencias en el ámbito de su provincia:
a) Representar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la provincia.
b) Coordinar la acción política de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como coordinar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas las Delegaciones Provinciales de las Consejerías, en especial cuando sean concurrentes o compartidas entre ellas, o entre ellas y otras Administraciones Públicas.
c) Coordinar e impulsar la actividad de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como la de los organismos autónomos y entidades públicas vinculadas o dependientes en el ámbito provincial.
d) Mantener las necesarias relaciones de cooperación y coordinación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y sus organismos públicos con las administraciones públicas de la provincia.
e) Proponer o informar a los órganos superiores y directivos centrales las medidas que estimen procedentes en los asuntos cuya tramitación esté encomendada a la Delegación Provincial de la Junta.
f) Elevar, con carácter anual, un Informe a la persona titular de la Vicepresidencia sobre el funcionamiento de los servicios y su evaluación global.
g) Asegurar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en la actuación de los órganos periféricos de la Administración de la Junta de Comunidades.
h) Desempeñar la jefatura del personal de la Delegación, sin perjuicio de las funciones que en este ámbito le correspondan a otros órganos administrativos
i) Dictar cuantas instrucciones consideren adecuadas para el mejor funcionamiento de la Delegación Provincial de la Junta o de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías, así como difundir y transmitir los mandatos e instrucciones que reciban de los titulares de la Presidencia de la Junta, de la Vicepresidencia o de los demás miembros del Consejo de Gobierno.
j) Disponer cuanto concierna al régimen económico y régimen interior de la Delegación Provincial de la Junta en todas sus dependencias.
k) Convocar a las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías y solicitarles los informes que estimen pertinentes.
l) Asumir la representación de la Administración de la Junta de Comunidades en las sesiones de órganos colegiados estatales o locales de su ámbito territorial, cuando lo determine la normativa o la importancia de los asuntos a tratar así lo requiera.
m) Elevar al Consejo de Gobierno o a su Presidente los informes o iniciativas que crean convenientes o que el Consejo de Gobierno o su Presidente les soliciten.
n) Trasladar a las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías órdenes e instrucciones, en las materias que sean de competencia del Delegado Provincial de la Junta.
ñ) Dirigir las relaciones informativas de la Administración de la Junta de Comunidades en la provincia.
o) Prestar a las Delegaciones Provinciales de las Consejerías aquellos servicios instrumentales u operativos que por razones de especialización y economía de escala sea conveniente concentrar a nivel provincial.
p) Ejercer las demás competencias que se les atribuyan, desconcentren o deleguen.

Funciones y Competencias Delegación Provincial de la JCCM en Cuenca

Las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Junta de Comunidades desarrollan las siguientes competencias en el ámbito de su provincia:
a) Representar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la provincia.
b) Coordinar la acción política de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como coordinar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas las Delegaciones Provinciales de las Consejerías, en especial cuando sean concurrentes o compartidas entre ellas, o entre ellas y otras Administraciones Públicas.
c) Coordinar e impulsar la actividad de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como la de los organismos autónomos y entidades públicas vinculadas o dependientes en el ámbito provincial.
d) Mantener las necesarias relaciones de cooperación y coordinación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y sus organismos públicos con las administraciones públicas de la provincia.
e) Proponer o informar a los órganos superiores y directivos centrales las medidas que estimen procedentes en los asuntos cuya tramitación esté encomendada a la Delegación Provincial de la Junta.
f) Elevar, con carácter anual, un Informe a la persona titular de la Vicepresidencia sobre el funcionamiento de los servicios y su evaluación global.
g) Asegurar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en la actuación de los órganos periféricos de la Administración de la Junta de Comunidades.
h) Desempeñar la jefatura del personal de la Delegación, sin perjuicio de las funciones que en este ámbito le correspondan a otros órganos administrativos
i) Dictar cuantas instrucciones consideren adecuadas para el mejor funcionamiento de la Delegación Provincial de la Junta o de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías, así como difundir y transmitir los mandatos e instrucciones que reciban de los titulares de la Presidencia de la Junta, de la Vicepresidencia o de los demás miembros del Consejo de Gobierno.
j) Disponer cuanto concierna al régimen económico y régimen interior de la Delegación Provincial de la Junta en todas sus dependencias.
k) Convocar a las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías y solicitarles los informes que estimen pertinentes.
l) Asumir la representación de la Administración de la Junta de Comunidades en las sesiones de órganos colegiados estatales o locales de su ámbito territorial, cuando lo determine la normativa o la importancia de los asuntos a tratar así lo requiera.
m) Elevar al Consejo de Gobierno o a su Presidente los informes o iniciativas que crean convenientes o que el Consejo de Gobierno o su Presidente les soliciten.
n) Trasladar a las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías órdenes e instrucciones, en las materias que sean de competencia del Delegado Provincial de la Junta.
ñ) Dirigir las relaciones informativas de la Administración de la Junta de Comunidades en la provincia.
o) Prestar a las Delegaciones Provinciales de las Consejerías aquellos servicios instrumentales u operativos que por razones de especialización y economía de escala sea conveniente concentrar a nivel provincial.
p) Ejercer las demás competencias que se les atribuyan, desconcentren o deleguen.
 

Funciones y Competencias Delegación Provincial de la JCCM en Ciudad Real

Las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Junta de Comunidades desarrollan las siguientes competencias en el ámbito de su provincia:
a) Representar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la provincia.
b) Coordinar la acción política de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como coordinar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas las Delegaciones Provinciales de las Consejerías, en especial cuando sean concurrentes o compartidas entre ellas, o entre ellas y otras Administraciones Públicas.
c) Coordinar e impulsar la actividad de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como la de los organismos autónomos y entidades públicas vinculadas o dependientes en el ámbito provincial.
d) Mantener las necesarias relaciones de cooperación y coordinación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y sus organismos públicos con las administraciones públicas de la provincia.
e) Proponer o informar a los órganos superiores y directivos centrales las medidas que estimen procedentes en los asuntos cuya tramitación esté encomendada a la Delegación Provincial de la Junta.
f) Elevar, con carácter anual, un Informe a la persona titular de la Vicepresidencia sobre el funcionamiento de los servicios y su evaluación global.
g) Asegurar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en la actuación de los órganos periféricos de la Administración de la Junta de Comunidades.
h) Desempeñar la jefatura del personal de la Delegación, sin perjuicio de las funciones que en este ámbito le correspondan a otros órganos administrativos
i) Dictar cuantas instrucciones consideren adecuadas para el mejor funcionamiento de la Delegación Provincial de la Junta o de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías, así como difundir y transmitir los mandatos e instrucciones que reciban de los titulares de la Presidencia de la Junta, de la Vicepresidencia o de los demás miembros del Consejo de Gobierno.
j) Disponer cuanto concierna al régimen económico y régimen interior de la Delegación Provincial de la Junta en todas sus dependencias.
k) Convocar a las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías y solicitarles los informes que estimen pertinentes.
l) Asumir la representación de la Administración de la Junta de Comunidades en las sesiones de órganos colegiados estatales o locales de su ámbito territorial, cuando lo determine la normativa o la importancia de los asuntos a tratar así lo requiera.
m) Elevar al Consejo de Gobierno o a su Presidente los informes o iniciativas que crean convenientes o que el Consejo de Gobierno o su Presidente les soliciten.
n) Trasladar a las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías órdenes e instrucciones, en las materias que sean de competencia del Delegado Provincial de la Junta.
ñ) Dirigir las relaciones informativas de la Administración de la Junta de Comunidades en la provincia.
o) Prestar a las Delegaciones Provinciales de las Consejerías aquellos servicios instrumentales u operativos que por razones de especialización y economía de escala sea conveniente concentrar a nivel provincial.
p) Ejercer las demás competencias que se les atribuyan, desconcentren o deleguen.

Funciones y Competencias Delegación Provincial de la JCCM en Albacete

Las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Junta de Comunidades desarrollan las siguientes competencias en el ámbito de su provincia:
a) Representar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la provincia.
b) Coordinar la acción política de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como coordinar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas las Delegaciones Provinciales de las Consejerías, en especial cuando sean concurrentes o compartidas entre ellas, o entre ellas y otras Administraciones Públicas.
c) Coordinar e impulsar la actividad de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como la de los organismos autónomos y entidades públicas vinculadas o dependientes en el ámbito provincial.
d) Mantener las necesarias relaciones de cooperación y coordinación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y sus organismos públicos con las administraciones públicas de la provincia.
e) Proponer o informar a los órganos superiores y directivos centrales las medidas que estimen procedentes en los asuntos cuya tramitación esté encomendada a la Delegación Provincial de la Junta.
f) Elevar, con carácter anual, un Informe a la persona titular de la Vicepresidencia sobre el funcionamiento de los servicios y su evaluación global.
g) Asegurar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en la actuación de los órganos periféricos de la Administración de la Junta de Comunidades.
h) Desempeñar la jefatura del personal de la Delegación, sin perjuicio de las funciones que en este ámbito le correspondan a otros órganos administrativos
i) Dictar cuantas instrucciones consideren adecuadas para el mejor funcionamiento de la Delegación Provincial de la Junta o de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías, así como difundir y transmitir los mandatos e instrucciones que reciban de los titulares de la Presidencia de la Junta, de la Vicepresidencia o de los demás miembros del Consejo de Gobierno.
j) Disponer cuanto concierna al régimen económico y régimen interior de la Delegación Provincial de la Junta en todas sus dependencias.
k) Convocar a las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías y solicitarles los informes que estimen pertinentes.
l) Asumir la representación de la Administración de la Junta de Comunidades en las sesiones de órganos colegiados estatales o locales de su ámbito territorial, cuando lo determine la normativa o la importancia de los asuntos a tratar así lo requiera.
m) Elevar al Consejo de Gobierno o a su Presidente los informes o iniciativas que crean convenientes o que el Consejo de Gobierno o su Presidente les soliciten.
n) Trasladar a las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías órdenes e instrucciones, en las materias que sean de competencia del Delegado Provincial de la Junta.
ñ) Dirigir las relaciones informativas de la Administración de la Junta de Comunidades en la provincia.
o) Prestar a las Delegaciones Provinciales de las Consejerías aquellos servicios instrumentales u operativos que por razones de especialización y economía de escala sea conveniente concentrar a nivel provincial.
p) Ejercer las demás competencias que se les atribuyan, desconcentren o deleguen.
 

Funciones y competencias del Instituto de la Mujer

La persona que ostente la Dirección del Instituto de la Mujer tendrá las siguientes funciones:
 

a) La representación y dirección del Instituto.

b) Adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de los objetivos del Instituto.

c) Aprobar los gastos, autorizar su compromiso y liquidación y reconocer las obligaciones, todo ello según el presupuesto aprobado, con los mismos límites que las leyes de los Presupuestos Generales establezcan para los miembros del Consejo de Gobierno e interesar de la Consejería de Economía y Hacienda la ordenación de los correspondientes pagos.

d) Ostentar la Jefatura Superior del personal del Instituto y convocar y resolver los procedimientos de libre designación de puestos de trabajo adscritos al Instituto.

e) Dar posesión y cese al personal del Instituto y elaborar la propuesta de la relación de puestos de trabajo y elevarla al Consejo de Dirección para su conocimiento.

f) Recabar para el adecuado ejercicio de sus funciones, de los distintos órganos de la Administración Regional y demás poderes públicos, cuanta información considere necesaria en relación con la situación de la mujer y, especialmente, de las actuaciones que estos realicen en este campo.

g) Ejercer las facultades atribuidas al órgano de contratación por la legislación de contratos de las Administraciones Públicas y firmar convenios de su competencia.

h) Administrar, gestionar y recaudar los derechos económicos del Instituto.

i) Elaborar el Plan anual de actividades.

j) Elaborar las propuestas de gastos y las estimaciones de ingresos del presupuesto del Instituto y elevarlas al Consejo de Dirección para su conocimiento y posterior remisión a la Consejería de Economía y Hacienda para su inclusión en el proyecto de ley de Presupuestos Generales de Castilla-La Mancha y aprobar la liquidación de sus presupuestos.

k) Elaborar y programar el Plan de Igualdad de Oportunidades de las mujeres.

l) Elaborar y difundir cada tres años un informe sobre la situación de la mujer y su evolución en Castilla-La Mancha orientados a la elaboración de las políticas de igualdad y a la sensibilización de la población hacia la problemática de la mujer.

m) Ejecutar los acuerdos del Consejo de Dirección.

n) Presidir las Comisiones que se creen en el seno del Consejo de Dirección.

ñ) Ostentar la Presidencia del Consejo Regional de la Mujer.

o) Establecer relaciones institucionales y relaciones de cooperación y colaboración con otros organismos de naturaleza similar al Instituto.

p) Convocar y conceder premios y reconocimientos para actuaciones que favorezcan y promuevan la igualdad entre mujeres y hombres.

q) Cuantas otras funciones se le encomienden por el Consejo de Dirección. 

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