Mostrando 6710 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL EXPEDIENTE 2023/000256, CONTRATO DE SERVICIOS Y GESTIÓN DE COMPRA DE ESPACIOS PUBLICITARIOS, LOTE 1, CUYA DENOMINACIÓN ES SOCIAL, SOCIOSANITARIO E INSTITUCIONAL.

El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Dirección General de Promoción Institucional, autoriza al órgano de contratación, la modificación del expediente 2023/000256 –Contrato de servicios y gestión de compra de espacios publicitarios, para llevar a cabo la difusión y promoción de las actuaciones de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha– en su lote 1, cuya denominación es social, sociosanitario e institucional, por un importe total de 800.000,00 euros. 

INFORME DE LA PRÓXIMA PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE CASTILLA- LA MANCHA DE LA RESOLUCIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, POR LA QUE SE CONCEDEN LOS PREMIOS Y DISTINCIONES AL MÉRITO DEPORTIVO EN CASTILLA-LA MANCHA 2024.

La Orden 78/2017, de 20 de abril, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, regula los Premios y Distinciones al Mérito Deportivo de Castilla-La Mancha.    Por su parte, mediante la Resolución de 10/03/2025, de la Dirección General de Juventud y Deportes, se convocaron los Premios y Distinciones al Mérito Deportivo en Castilla-La Mancha 2024.    Con fecha 8 y 15 de mayo de 2025, se reunió el Jurado de los Premios y Distinciones al Mérito Deportivo de Castilla-La Mancha, Valoradas las propuestas presentadas, se procedió a su deliberación y votación, realizándose una propuesta de concesión por parte del Jurado.    En este caso, se informa al Consejo de Gobierno de la próxima publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de la Resolución de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se conceden los Premios y Distinciones al Mérito Deportivo en Castilla-La Mancha 2024.

ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBAN LOS RESULTADOS DE LA SUPERVISIÓN A LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL, EN SU CONDICIÓN DE ORGANISMO PAGADOR DE LOS GASTOS DEL FEAGA Y DEL FEADER.

El Reglamento de Ejecución (UE) 2022/128 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2021 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los organismos pagadores y otros órganos, la gestión financiera, la liquidación de cuentas, los controles, las garantías y la transparencia, establece en su artículo 2 que la autoridad competente supervisará de manera continua a los Organismos pagadores de los que sea responsable, basándose, en particular, en los certificados e informes elaborados por el organismo de certificación al que se hace referencia en el artículo 12 del Reglamento (UE) 2021/2116, y realizará un seguimiento de cualesquiera deficiencias descubiertas.     Así, cada tres años, la autoridad competente informará por escrito a la Comisión sobre sus actividades de supervisión de los organismos pagadores y del seguimiento de sus actividades. El informe incluirá una revisión del cumplimiento permanente de los criterios de autorización por parte de los organismos pagadores, junto con un resumen de las acciones adoptadas para remediar las deficiencias. La autoridad competente confirmará si el Organismo pagador bajo su responsabilidad continúa cumpliendo los criterios de autorización.    El Decreto 279/2023, de 5 de diciembre, por el que se designa el Organismo pagador de Castilla-La Mancha de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), establece en su artículo 1 que la Autoridad competente para la autorización y supervisión del Organismo pagador es el Consejo de Gobierno. Éste será asistido por el órgano con competencia en materia de inspección general de servicios para la realización de los análisis y estudios previos en que se base dicha autorización y para su supervisión de manera continua.   Los trabajos de esta supervisión están recogidos en los informes de la Inspección General de Servicios de los ejercicios 2022 (informe de fecha 5 de febrero de 2024), 2023 (informe de fecha 31 de octubre de 2024) y 2024 (informe de fecha 19 de mayo de 2025) y en el informe de 6 de junio de 2025 de la Inspección General de Servicios, sobre los resultados de la supervisión continua de los criterios de autorización del Organismo pagador.    De la documentación citada y los estudios realizados se concluye que el Organismo pagador cumple con lo establecido en el artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021 y con los criterios de autorización establecidos en el Reglamento Delegado (UE) 2022/127, de la Comisión, de 7 de diciembre de 2021, en particular en el artículo 1 y Anexo I de este último. 

INFORME DE LA FORMALIZACIÓN DE UN PACTO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE MOVILIDAD VOLUNTARIA MEDIANTE CONCURSO DE TRASLADOS ABIERTO Y PERMANENTE PARA LA PROVISIÓN DE PLAZAS BÁSICAS DE PERSONAL ESTATUTARIO EN EL SESCAM.

La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, en su artículo 29.2, dispone que la provisión de plazas del personal estatutario se realizará por los sistemas de selección de personal, de promoción interna y de movilidad, así como por reingreso al servicio activo en los supuestos y mediante el procedimiento que en cada servicio de salud se establezca.    Los procedimientos de movilidad voluntaria se efectuarán con carácter periódico en cada servicio de salud, estarán abiertos a la participación del personal estatutario fijo de la misma categoría y especialidad, así como, en su caso, de la misma modalidad, del resto de los servicios de salud, que participarán en tales procedimientos con las mismas condiciones y requisitos que el personal estatutario del servicio de salud que realice la convocatoria; se resolverán mediante el sistema de concurso, previa convocatoria pública y de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, tal como señala el artículo 37.2 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre.    El Decreto 170/2009, de 3 de noviembre, del procedimiento de movilidad voluntaria, por el sistema de concurso de traslados, del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, en el artículo 1.2, prevé que el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (en adelante, Sescam) procederá a convocar periódicamente procedimientos de movilidad voluntaria por el sistema de concurso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.2 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre.    Dentro de este marco normativo, se ha constatado en el Sescam la necesidad de elaborar una nueva regulación para los procedimientos de movilidad voluntaria, que respetando los principios indicados, favorezcan la progresión en el desarrollo profesional y la conciliación de la vida laboral y familiar de los profesionales y la movilidad de aquellos, facilitándoles que puedan optar de forma ágil a nuevos destinos, y con mayor periodicidad en su convocatoria y adjudicación, mediante el empleo de medios electrónicos para la gestión del concurso, a fin de dar cumplimiento a la obligatoriedad prevista en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.    A este respecto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80, apartados 1 y 2, de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, entre las materias objeto de negociación se encuentra la provisión de plazas del personal estatutario.    Bajo estas premisas, este pacto regula las bases generales del concurso de traslados abierto y permanente para la provisión de plazas básicas en las instituciones sanitarias del Sescam estableciendo de forma homogénea para todas ellas aspectos sustanciales tales como la periodicidad, las plazas objeto de concurso, los requisitos de participación, el plazo y forma de presentación de solicitudes, procedimiento de participación y adjudicación de destinos, entre otros.    El marco de la negociación colectiva de este pacto ha estado presidido por los principios de buena fe y de voluntad negociadora, reconocidos en el artículo 80 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre; en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, entre el Sescam y las Organizaciones Sindicales SATSE, CESM, UGT, USAE, CCOO y CSIF lo que ha permitido suscribirlo. Dicho pacto se negoció en la Mesa Sectorial de Instituciones Sanitarias del Sescam celebrada el día 20 de mayo de 2025, tal como señala el artículo 80 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre. 

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA MODIFICACIÓN DEL DESTINO DEL INMUEBLE “SILO DE ALMACENAMIENTO DE CEREALES” DE LA GINETA (ALBACETE), CEDIDO GRATUITAMENTE AL AYUNTAMIENTO DE DICHA LOCALIDAD MEDIANTE ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO, DE 21/12/2010.

En virtud de lo establecido en el artículo 110 y siguientes de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se eleva el acuerdo por el que se autoriza la modificación de las condiciones relativas al destino del silo de almacenamiento de cereales de La Gineta (Albacete), cedido gratuitamente al Ayuntamiento de dicha localidad, con el fin de destinarlo al cumplimiento de una nueva finalidad, consistente en almacén municipal y Sede de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil. 

AUTORIZACIÓN PARA LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA EL REAL DECRETO-LEY 2/2025, DE 18 DE MARZO.

Se propone al Consejo de Gobierno la autorización necesaria para interponer recurso de inconstitucionalidad, contra el Real Decreto-Ley 2/2025, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas urgentes para la garantía del interés superior de la infancia y la adolescencia ante situaciones de contingencias migratorias extraordinarias.    Asimismo, se requiere la aprobación por parte del Consejo de Gobierno del correspondiente ejercicio de acciones en vía jurisdiccional, en aplicación del artículo 9.1 de la Ley 5/2013, de 17 de octubre, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, una vez ya está emitido el previo informe preceptivo del Gabinete Jurídico.  

PUESTA EN CONOCIMIENTO DE ACTUACIONES DE EMERGENCIA DE INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CASTILLA-LA MANCHA PARA EJECUCIÓN DE MEDIDAS NECESARIAS ANTE EL COLAPSO DEL APOYO DEL PUENTE QUE SUSTENTA LA TUBERÍA PRINCIPAL DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO CAMPIÑA BAJA.

El Consejo de Gobierno, toma conocimiento de las actuaciones de emergencia de la entidad de derecho público Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha, para la ejecución de medidas necesarias, ante el colapso del apoyo del puente que sustenta la tubería principal del sistema de abastecimiento, Campiña Baja, sobre el arroyo Torote, a la altura del km. 306 de la carretera N-320, con motivo de las lluvias de finales de marzo de 2025. 

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN PREVIA AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN PARA APROBAR EL EXPEDIENTE DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE RESTAURACIÓN EN EL MÓDULO II DEL COMPLEJO RESIDENCIAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL GRAVE “GUADIANA” DE CIUDAD REAL.

Se propone al Consejo de Gobierno que autorice al órgano de contratación para aprobar el expediente del Contrato del Servicio de Restauración en el módulo II del Complejo Residencial para personas con discapacidad intelectual grave “Guadiana” de Ciudad Real, con un total de 105 plazas residenciales, número de expediente 2025/003054.    El plazo de duración del mismo es de tres años, a contar desde la fecha de su formalización o desde la fecha fijada en el documento contractual. La fecha estimada de inicio del contrato es el día 1 de enero de 2026. El contrato podrá prorrogarse por acuerdo del órgano de contratación, antes de su finalización, pudiendo realizarse una o varias prórrogas siempre que su duración no exceda, en conjunto, de dos años.    El presupuesto base de licitación del contrato asciende a la cantidad de 1.966.272,00 euros (IVA incluido al 10%), y se financiará con cargo a la aplicación presupuestaría 27.08.CR41.G/313C/22750 de los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha para los ejercicios 2026, 2027, 2028 y 2029. 

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN PREVIA AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN PARA APROBAR EL EXPEDIENTE DEL CONTRATO DE SERVICIOS SOCIALES PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE LA RESIDENCIA “SANTA TERESA” PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL DE VILLAFRANCA DE LOS CABALLEROS.

Se propone al Consejo de Gobierno que autorice al órgano de contratación para aprobar el expediente del contrato de Servicios Sociales para la gestión integral de la Residencia “Santa Teresa” para Personas con Discapacidad Intelectual en Villafranca de los Caballeros (Toledo), con un total de 34 plazas, número de expediente 2025/004598.    El plazo de duración del mismo es de tres años, a contar desde la fecha de su formalización o desde la fecha fijada en el documento contractual. La fecha estimada de inicio del contrato es el día 1 de noviembre de 2025 o el día siguiente a la formalización del contrato si es posterior. El contrato podrá ser objeto de una o varias prórrogas, siempre que su duración no exceda, en conjunto, de dos años.    El presupuesto base de licitación del contrato asciende a la cantidad de 3.177.882,24 euros (IVA incluido al 4%), y se financiará con cargo a la aplicación presupuestaría 27.08.TO45/313C/24502 de los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para los ejercicios 2025, 2026, 2027 y 2028. 

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN PREVIA AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN PARA APROBAR EL EXPEDIENTE DEL CONTRATO DE SERVICIOS SOCIALES PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL CENTRO DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL “LA PIEDRA ENCANTADA” EN ABENGIBRE (ALBACETE).

Se propone al Consejo de Gobierno que autorice al órgano de contratación para aprobar el expediente del contrato de Servicios Sociales para la Gestión Integral del Centro de Atención a Personas con Discapacidad Intelectual “La Piedra Encantada” en Abengibre (Albacete), con un total de 40 plazas residenciales y 10 plazas de centro de día, número de expediente 2025/004935.    El plazo de duración del mismo es de tres años, a contar desde la fecha de su formalización o desde la fecha fijada en el documento contractual. La fecha estimada de inicio del contrato es el día 1 de diciembre de 2025 o el día siguiente a la formalización del contrato si es posterior. El contrato podrá ser objeto de una o varias prórrogas, siempre que su duración no exceda, en conjunto, de dos años.    El presupuesto base de licitación del contrato asciende a la cantidad de 8.229.842,40 euros (IVA incluido al 4%), y se financiará con cargo a las aplicaciones presupuestarias 2708AB43G/313C/24502 y 2708AB43G/313C/24500 de los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para los ejercicios 2025, 2026, 2027 y 2028. 

AUTORIZACIÓN A LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES LA TRAMITACIÓN DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA, PARA EL CURSO 2025/2026, DE CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES A LAS ENTIDADES LOCALES DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno autoriza a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes la tramitación de la  resolución por la que se aprueba la convocatoria, para el curso 2025/2026, de concesión directa de subvenciones a las entidades locales de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha con una población igual o inferior a 10.000 habitantes, titulares de escuelas infantiles que impartan el primer ciclo de la educación infantil, a alumnado de 2-3 años, cofinanciado a través del programa fondo social europeo plus de Castilla-La Mancha para el periodo 2021-2027, con un presupuesto máximo de 12.975.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria18020000.422A.46162 FPA0090011 . En número de entidades locales beneficiarias asciende a 285 y afecta a 370 unidades escolares.  

AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA GEACAM, SA, PARA LA LICITACIÓN DEL SERVICIO PARA EL MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LA FLOTA DE VEHÍCULOS AUTOBOMBA QUE INTEGRA EL SERVICIO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES DE CASTILLA-LA MANCHA, PARA 2025-2027.

El Consejo de Gobierno autoriza un gasto de la empresa pública, Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, S.A. (GEACAM SA), por importe de 988.800€, IVA incluido, correspondiente al expediente de contratación “Servicio para el mantenimiento integral de la flota de vehículos autobomba que integra el servicio de extinción de incendios forestales de Castilla-La Mancha, para las anualidades 2025–2027”, expediente 103-TT-0-032-22/SE20.