Mostrando 6710 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA UN PROGRAMA TEMPORAL PARA LA INCORPORACIÓN DE UN TÉCNICO/A SUPERIOR (LDO.ECONÓMICAS), Y DE UN TÉCNICO/A (ESPECIALIDAD GESTIÓN ADMINISTRATIVA) EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA CIRCULAR Y AGENDA 2030.

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar, por un periodo de trece meses, el “Programa temporal para la incorporación de un técnico/a superior (Ldo. Económicas), y de un técnico/a para la tramitación, justificación, seguimiento y control de ayudas relativas al Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030”.

 

El programa temporal de empleo empleará:

 

- 1 Técnico/a Superior, especialidad Económicas. - 1 Técnico/a especialidad Gestión Administrativa. Ambos para la tramitación, justificación, seguimiento y control de ayudas relativas al Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030.   El coste máximo previsto para la ejecución de este nuevo programa temporal asciende a 99.147,82 euros, para un periodo inicial de trece meses.    De conformidad con el artículo 49 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, el Consejo de Gobierno podrá autorizar programas temporales, entre otros supuestos, cuando dichos programas sean financiados con fondos finalistas, previo informe de la Dirección General de Función Pública y la Dirección General de Presupuestos. 

 

AUTORIZACIÓN PREVIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA, DESINFECCIÓN, DESRATIZACION Y DESINSECTACION DEL NUEVO HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CUENCA Y LAS INSTALACIONES DE EDIFICIOS ADSCRITOS A LA GERENCIA DE ATENCIÓN INTEGRADA DE CUENCA.

2.1 Autorización previa de Consejo de Gobierno de actos o negocios jurídicos que conlleven la aprobación de un gasto, en este caso, por importe de  22.528.759,92 € (IVA incluido), de acuerdo con el artículo 21.1 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025.    2.2 Autorización previa de Consejo de Gobierno para la celebración del contrato, al amparo del artículo 58.4 Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, con un valor estimado de 34.755.111,72 € (IVA excluido)    Referido al expediente siguiente:    “Servicio de limpieza, desinfección, desratización y desinsectación del nuevo Hospital Universitario de Cuenca y las instalaciones del resto de edificios adscritos a la Gerencia de Atención Integrada de Cuenca (Hospital Virgen de la Luz, CEDTS, CCSS y Consultorio local Fuente del Oro)”   El importe asciende a 22.528.759,92 €(IVA incluido)  Aplicación Presupuestaria: 61037000/G412D/22700 

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA SUBVENCIONES INCLUIDAS EN EL PROGRAMA DE INCLUSIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL MERCADO DE TRABAJO PROTEGIDO DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones incluidas en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha.    El decreto tiene como objeto la aprobación de las normas especiales que, con el carácter de bases reguladoras, rigen la concesión directa de las subvenciones integradas en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha.    Se establecen las siguientes medidas de subvención:    a) Medida 1: Subvención por inversión fija generadora de empleo. Incluye las siguientes líneas: - Línea 1:  Subvención por inversión fija generadora de empleo para centros especiales de empleo de iniciativa social. - Línea 2: Subvención por inversión fija generadora de empleo para centros especiales de empleo que no son de iniciativa social.   b) Medida 2: Subvención del coste salarial de las personas con discapacidad. Incluye las siguientes líneas: - Línea 3: Subvención del coste salarial de las personas con discapacidad que prestan servicios en centros especiales de empleo de iniciativa social. - Línea 4: Subvención del coste salarial de las personas con discapacidad que prestan servicios en centros especiales de empleo que no son de iniciativa social.   c) Medida 3: Subvención por los servicios de ajuste personal y social a través de las unidades de apoyo. Incluye las siguientes líneas: - Línea 5: Subvención por los servicios de ajuste personal y social a través de las unidades de apoyo en centros especiales de empleo de iniciativa social. - Línea 6: Subvención por los servicios de ajuste personal y social a través de las unidades de apoyo, en centros especiales de empleo que no son de iniciativa social.   Las subvenciones reguladas en este decreto se otorgarán en régimen de concesión directa de conformidad con el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; con el artículo 75.2.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre; con el artículo 2 del Real Decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos del empleo y de la formación profesional ocupacional; con el artículo 7.1 del Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, por el que se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo; y, por último, de conformidad con la disposición adicional décima.1.b) del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo.    Así mismo, el Consejo de Gobierno ha autorizado los créditos presupuestarios disponibles para el ejercicio 2025, contenidos en la disposición adicional primera para la Medida 1 que asciende a 1.200.000€, en la disposición adicional segunda para la Medida 2 que asciende a 28.000.000 € y en la disposición adicional tercera para la Medida 3 que asciende a 900.000 €.    Los plazos para la presentación de solicitudes son los siguientes:    - Medida 1 por inversión fija generadora de empleo: comenzará el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha del extracto y del texto completo del decreto de modificación y finalizará el día 30 de septiembre de 2025.   - Medida 2 costes salariales de las personas con discapacidad: a) Para la convocatoria del primer semestre: quince días hábiles, computados desde el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha del extracto y del texto completo del decreto. b) Para la convocatoria del segundo semestre: del 1 al 15 de septiembre de 2025, ambos días incluidos.   -Medida 3 por los servicios de ajuste personal y social a través de las unidades de apoyo: El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha del extracto y del texto completo del decreto.   Enlaces relacionados:   Decreto 45/2025, de 1 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones incluidas en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha.

 

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN PREVIA AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN PARA APROBAR EL EXPEDIENTE DEL CONTRATO DE SERVICIOS SOCIALES PARA LA GESTIÓN DEL CENTRO DE DÍA UBICADO EN LA RESIDENCIA DE MAYORES DE LA CALLE GREGORIO MARAÑÓN EN CIUDAD REAL.

Se propone al Consejo de Gobierno que autorice al órgano de contratación para aprobar el expediente del contrato de Servicios Sociales para la gestión del Centro de Día ubicado en la Residencia de Mayores de la calle Gregorio Marañón en Ciudad Real, con un total de 30 plazas, número de expediente 2025/003748.    El plazo de duración del mismo es de tres años, a contar desde la fecha de su formalización o desde la fecha fijada en el documento contractual. La fecha estimada de inicio del contrato es el día 1 de enero de 2026 o el día siguiente a la formalización del contrato si es posterior. El contrato podrá ser objeto de una o varias prórrogas, siempre que su duración no exceda, en conjunto, de dos años.    El presupuesto base de licitación del contrato asciende a la cantidad de 1.226.739,70 euros (IVA incluido al 4%), y se financiará con cargo a la aplicación presupuestaría 2704CR68G/313D/24500 de los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha para los ejercicios 2026, 2027, 2028 y 2029. 

AUTORIZACIÓN PREVIA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE MAYORES, PARA APROBAR LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCAN PARA 2025, LAS SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES DE ÁMBITO TERRITORIAL INFERIOR AL MUNICIPIO, MUNICIPIOS, MANCOMUNIDADES Y AGRUPACIONES MUNICIPALES.

La Consejería de Bienestar Social, propone al Consejo de Gobierno la autorización previa de la Resolución de la Dirección General de Mayores, las subvenciones a entidades locales de ámbito inferior al municipio, municipios, mancomunidades y agrupaciones municipales, para el mantenimiento de plazas en residencias y centros de día, y para el desarrollo de programas y proyectos de atención a personas mayores en Castilla-La Mancha.    La cuantía total máxima destinada a esta convocatoria es de 17.191.232,13 euros, que se imputará a las siguientes aplicaciones presupuestarias y al elemento PEP JCCM/0000025622, con la siguiente distribución:    a) 27.04.313D 46131: 11.211.212,13 €. b) 27.04.313D 46134: 5.980.020,00 €.   De acuerdo con lo establecido en el artículo 21.1.b) de la 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, en relación con el artículo 58.4.a) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, el texto proyectado requiere la autorización del Consejo de Gobierno previa a la aprobación de la convocatoria, y en consecuencia a la aprobación del gasto, por la Viceconsejera de Servicios y Prestaciones Sociales de la Consejería de Bienestar Social, al conllevar un gasto cuyo importe global es superior a 5.000.000,00 de euros. 

 

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN PREVIA AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN PARA APROBAR EL EXPEDIENTE DEL CONTRATO DE SERVICIOS SOCIALES PARA LA GESTIÓN DEL CENTRO DE DÍA UBICADO EN EL CENTRO DE MAYORES DE LA CALLE REFUGIO EN CIUDAD REAL.

Se propone al Consejo de Gobierno que autorice al órgano de contratación para aprobar el expediente del contrato de Servicios Sociales para la gestión del Centro de Día ubicado en el Centro de Mayores de la calle Refugio en Ciudad Real, con un total de 40 plazas, número de expediente 2025/003747.    El plazo de duración del mismo es de tres años, a contar desde la fecha de su formalización o desde la fecha fijada en el documento contractual. La fecha estimada de inicio del contrato es el día 1 de enero de 2026 o el día siguiente a la formalización del contrato si es posterior. El contrato podrá ser objeto de una o varias prórrogas, siempre que su duración no exceda, en conjunto, de dos años.    El presupuesto base de licitación del contrato asciende a la cantidad de 1.269.876,61 euros (IVA incluido al 4%), y se financiará con cargo a la aplicación presupuestaría 2704CR62G/313D/24500 de los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para los ejercicios 2026, 2027, 2028 y 2029. 

AUTORIZACIÓN A TELEVISIÓN AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, SAU PARA PROCEDER A LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS COMPLETOS E INTEGRALES DE PRODUCCIÓN, REALIZACIÓN, MONTAJE, PRESENTACIÓN Y/O NARRACIÓN Y RETRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN DE CARÁCTER DEPORTIVO.

Los apartados 1 y 2 del artículo 25 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, reguladores del régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, establecen que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.    Esta autorización a la Empresa Pública Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, SAU para proceder a la contratación de los servicios completos e integrales de producción, realización, montaje, presentación y/o narración y retransmisión de información de carácter deportivo en el ámbito territorial de las provincias de Cuenca, Guadalajara, Ciudad Real, Comunidad de Madrid, y la comarca de Talavera de la Reina y de los equipos y deportistas de estas zonas para los servicios informativos de CMM.  requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el punto 4 de la citada Ley. 

ACUERDO POR EL QUE SE SUSTITUYE LA FUNCIÓN INTERVENTORA POR EL CONTROL FINANCIERO PERMANENTE EN RELACIÓN CON LOS EXPEDIENTES DE GASTO.

Se sustituye, a solicitud de la Consejería de Bienestar Social, la función interventora por el control financiero permanente en relación con las líneas de ayudas del acuerdo, expedientes de gasto correspondientes a la concesión de ayudas en materia de dependencia, familias numerosas, ingreso mínimo de solidaridad y mantenimiento de condiciones básicas de vida., considerando la Intervención General que el control financiero presenta condiciones idóneas para aportar valor añadido a la gestión de las mismas, mediante el análisis de los procesos y sus resultados y la eventual detección de ámbitos de mejora, cuya identificación, diagnóstico y rectificación, puedan impactar de manera favorable en su eficacia y eficiencia. En consecuencia, se acepta la solicitud formulada, así como que esta sustitución de la modalidad de control se haga  de forma diferida, en los términos del artículo  102.4 letra c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, facultando a la Intervención General  para determinar los expedientes de gasto en los que dicha sustitución deba concretarse, dada la diversidad de ayudas en especie susceptibles de concesión, así como la pluralidad de los procedimientos que pueden articularse para su gestión. 

AUTORIZACIÓN PREVIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO DEL “ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DE MATERIAL DE INCONTINENCIA URINARIA (PAÑALES, COMPRESAS Y EMPAPADORES DE CAMA) ASÍ COMO SU DOCENCIA, REPARTO, Y DISTRIBUCIÓN”.

Autorización previa del Consejo de Gobierno a la celebración del contrato, en cumplimiento del artículo 58.4 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, ya que el valor estimado es de 45.575.961,05 €, referido al expediente siguiente:    EXPEDIENTE: @2025/ 000104”. “Acuerdo Marco para el suministro de material de incontinencia urinaria (pañales, compresas y empapadores de cama) así como su docencia, reparto, y distribución”     Destino: Las Gerencias del SESCAM. 

ACUERDO POR EL QUE SE TOMA CONOCIMIENTO DE LAS CONTRATACIONES DE EMERGENCIA, RESPECTO DE LAS OBRAS DE REPARACIÓN Y AMPLIACIÓN DE LA CONTRATACIÓN, DEL CENTRO DE SALUD DE MIRA (CUENCA) AFECTADO POR LA DANA DE 29 DE OCTUBRE DE 2024.

Obras de reparación del Centro de Salud de Mira (Cuenca) afectado por la DANA de 29 de octubre de 2024, en aplicación del artículo 120, tramitación de emergencia, Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, “1. Cuando la Administración tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastróficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidades que afecten a la defensa nacional….”, se podrá utilizar la tramitación de emergencia.   Referido a los expedientes siguientes:   a) “Obras de reparación del Centro de Salud de Mira (Cuenca)” y b) “Ampliación de las Obras de reparación del Centro de Salud de Mira (Cuenca) –Modificado número 1-   El importe total asciende a 668.083,12 euros con el siguiente desglose:   a) “Obras de reparación del Centro de Salud de Mira (Cuenca)” 516.319,66 € (21% IVA incluido) y b) “Ampliación de las Obras de reparación del Centro de Salud de Mira (Cuenca) –Modificado número 1- 151.763,46 € (21% IVA incluido)   Aplicación Presupuestaria: 61020000 G/412D/63000 Fondo FPA0002170 FONDO REPARACIÓN DAÑOS DANA. OCT-2024 Anualidad.- 2025

ACUERDO POR EL QUE SE NOMBRAN REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES MUEBLES PARA PLAZAS RADICADAS EN EL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.

Tal como establece el Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, el Consejo de Gobierno es el órgano competente para efectuar los nombramientos de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles para plazas radicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma.    Mediante el presente acuerdo se nombran Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles para dos plazas radicadas en el territorio de nuestra comunidad. 

AUTORIZACIÓN PREVIA PARA LA CONTRATACIÓN DENTRO DEL ACUERDO MARCO PARA LA SELECCIÓN DE PROVEEDORES DE EQUIPAMIENTO HOSPITALARIO DEL GRUPO V PARA LAS GERENCIAS DEL SESCAM.

Autorización previa del Consejo de Gobierno a la adopción de actos o negocios jurídicos que conllevan la aprobación de un gasto por importe de 1.551.704,00 €, de acuerdo con el artículo 21.1 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, referido al expediente siguiente:     “Acuerdo Marco para la Selección de Proveedores de Equipamiento Hospitalario Grupo V para las Gerencias del SESCAM”. CONTRATO BASADO 14, LOTE: 12: General Baja Complejidad. Dotación de 56 sillones maxilofacial”     El presupuesto base de licitación asciende a 1.551.704,000 €.    Aplicación presupuestaria: - 61080000G/412D/63300 – ANUALIDAD 2025: 1.282400,00 € IVA no incluido (1.551.704,00 € IVA incluido).  Programa financiado por el Ministerio de Sanidad.  Fondos de Salud Bucodental – 0000000535 en un porcentaje de 100%  PRI: 32961 (Bolsa PRI: 29676)