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CerrarToma de conocimiento de la orden de las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas para la promoción del vino en los mercados de terceros países
El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de la orden de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se precisan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas para la promoción del vino en los mercados de terceros países, dentro del programa de apoyo 2014-2018 y se convocan en el año 2017.
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Toma de conocimiento de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de proyectos de Inclusión Social del Sistema Público de Servicios Sociales.
La Orden tiene como objeto establecer con carácter indefinido las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades para la realización de proyectos que tengan como finalidad la atención de situaciones de riesgo o exclusión social.
Los proyectos se enmarcarán en las siguientes prestaciones técnicas de atención primaria y atención especializada que establecen los artículos 36 y 37 de la Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha:
a) Alojamiento temporal para situaciones de urgencia social
b) Atención residencial
c) Prevención y atención integral ante situaciones de exclusión social.
Asimismo, en el marco del Programa Operativo del Fondo social Europeo 2014/2010 de Castilla-La Mancha, los proyectos se enmarcarán en las siguientes prioridades de inversión:
a) Prioridad de inversión 9.1, la inclusión activa, en particular con vistas a fomentar la igualdad de oportunidades, la participación activa y la mejora de la empleabilidad.
b) Prioridad de inversión 9.2, la integración socioeconómica de comunidades marginadas tales como la población romaní.
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Autorización de la resolución por la que se realiza la convocatoria en 2017, para la incorporación a la operación de fomento de pastoreo en sistemas de producción ganadera extensiva.
EL CONSEJO DE GOBIERNO HA AUTORIZADO LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL, POR LA QUE SE REALIZA LA CONVOCATORIA EN 2017, PARA LA INCORPORACIÓN A LA OPERACIÓN DE FOMENTO DE PASTOREO EN SISTEMAS DE PRODUCCIÓN GANADERA EXTENSIVA INCLUIDA EN LA MEDIDA DE AGROAMBIENTE Y CLIMA EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL 2014-2020 EN CASTILLA-LA MANCHA Y LA SUPERACION DE PORCENTAJES Y ANUALIDADES.
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Autorización de la resolución por la que se realiza la convocatoria en 2017, para la incorporación a la medida de agricultura ecológica en el marco del programa de desarrollo rural 2014-2020 en Castilla-La Mancha.
EL CONSEJO DE GOBIERNO HA AUTORIZADO LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL, POR LA QUE SE REALIZA LA CONVOCATORIA EN 2017, PARA LA INCORPORACIÓN A LA MEDIDA DE AGRICULTURA ECOLÓGICA EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL 2014-2020 EN CASTILLA-LA MANCHA Y LA SUPERACIÓN DE ANUALIDADES.
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Autorización de la resolución por la que se realiza la convocatoria en 2017 para la incorporación a las ayudas para la protección del suelo frente a la erosión con cultivos herbáceos de secano, y a las ayudas para el cultivo de plantas aromáticas
EL CONSEJO DE GOBIERNO HA AUTORIZADO LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL, POR LA QUE SE REALIZA LA CONVOCATORIA EN 2017 PARA LA INCORPORACIÓN A LAS AYUDAS PARA LA PROTECCIÓN DEL SUELO FRENTE A LA EROSIÓN CON CULTIVOS HERBÁCEOS DE SECANO, Y A LAS AYUDAS PARA EL CULTIVO DE PLANTAS AROMÁTICAS PARA MEJORA DE LA BIODIVERSIDAD, AMBAS PREVISTAS EN LA MEDIDA 10 DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL PARA CASTILLA-LA MANCHA 2014-2020.
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Autorización de la orden por la que se convocan y se establecen disposiciones de aplicación de las ayudas al régimen de pago básico, sus pago relacionados, otras ayudas directas a los agricultores y a los ganaderos y la ayuda nacional de frutos de cáscara
EL CONSEJO DE GOBIERNO HA AUTORIZADO LA ORDEN DE LA CONSEJERIA DE AGRICULTURA; MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL; POR LA QUE SE CONVOCAN Y SE ESTABLECEN DISPOSICIONES DE APLICACIÓN DE LAS AYUDAS AL RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO, SUS PAGO RELACIONADOS, OTRAS AYUDAS DIRECTAS A LO AGRICULTORES Y A LOS GANADEROS Y LA AYUDA NACIONAL DE FRUTOS DE CÁSCARA EN EL AÑO 2017.
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Informe sobre la aplicación del protocolo de actuación dirigido a menores sobre identidad y expresión de género
El documento tiene por objeto informar sobre la aplicación del protocolo de actuación dirigido a menores sobre identidad y expresión de género.
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Acuerdo por el que se toma conocimiento de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas para la realización de proyectos destinados a colectivos de integración socio-laboral
La orden regula las bases para la concesión de ayudas públicas para la realización de proyectos destinados a colectivos de integración socio-laboral para la puesta en marcha de proyectos de formación y empleo en el seno de la empresa (Proyectos CREA). Se destinan a mejorar la inserción socio-laboral de las personas pertenecientes a determinados colectivos, a través de la formación en régimen de alternancia con la actividad laboral en la empresa.
Los beneficiarios de la subvención serán las agrupaciones de entidades promotoras y empresas adheridas que presenten una solicitud conjunta mediante un convenio que acredite la correspondiente agrupación.
No obstante lo anterior, los destinatarios finales de las ayudas serán las personas con dificultades de inserción socio-laboral incluidas en algunos de los colectivos siguientes:
a) Personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 % reconocido como tal por los correspondientes servicios sociales competentes.
b) Personas víctimas de violencia de género y de violencia doméstica.
c) Personas víctimas de terrorismo.
d) Perceptores de Rentas Mínimas de Inserción, así como los miembros de la unidad de convivencia beneficiarios de ellas.
e) Personas que no puedan acceder a las prestaciones a las que se hace referencia en la letra d) por alguna de las siguientes causas
1º. Falta del período exigido de residencia o empadronamiento, o para la constitución de la Unidad Perceptora.
2º. Haber agotado el período máximo de percepción legalmente establecido.
f) Menores internos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, cuya situación les permita acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial a que se refiere el artículo 53.4 del Reglamento de la citada Ley, aprobado por el Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, así como los que se encuentran en situación de libertad vigilada y los ex internos.
g) Jóvenes mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de Instituciones de Protección de Menores.
h) Internos de centros penitenciarios cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial regulada en el artículo 1 del Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, así como liberados condicionales y ex reclusos.
i) Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social.
j) Personas procedentes de centros de alojamiento alternativo autorizados por la Comunidad Autónoma.
k) Personas procedentes de servicios de prevención e inserción social autorizados por la Comunidad Autónoma.
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Decreto por el que se dispone el cese de Pilar Guillén Soto como presidenta del Consejo Escolar de Castilla‐La Mancha
Decreto por el que se dispone el cese de Pilar Guillén Soto como presidenta del
Consejo Escolar de Castilla‐La Mancha.
Decreto por el que se dispone el nombramiento de Eugenio Alfaro Cortés como Presidente del Consejo Escolar de Castilla‐La Mancha
Previo a su nombramiento se ha comunicado su designación a las organizaciones y grupos representados en el Consejo Escolar de Castilla-La Mancha por si manifestaban algo en contra, según se establece en la normativa correspondiente.
Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se declara el entorno de protección del Bien de Interés Cultural, Iglesia de Nuestra Señora de la Asunción en el municipio de Villanueva de la Jara (Cuenca).
La iglesia de Nuestra Señora de la Asunción de Villanueva de la Jara (Cuenca) fue declarada monumento histórico-artístico de carácter nacional por Real Decreto 3242/1982, de 12 de noviembre (BOE nº 286, de 29 de noviembre de 1982). En dicha declaración se alude al informe realizado por la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, que señala que dicha iglesia reunía los méritos suficientes para merecer dicha declaración.
La Disposición Adicional Primera de la Ley 16/85, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español dice que “Los bienes que con anterioridad hayan sido declarados histórico-artísticos o incluidos en el Inventario del Patrimonio Artístico y Arqueológico de España pasan a tener la consideración y a denominarse Bienes de Interés Cultural”.
La Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, en su artículo
14.1.d expresa que en los Bienes de Interés Cultural: “Cuando su situación así lo requiera, se definirá un entorno de protección, en el que habrán de figurar las relaciones del objeto de la declaración con dicho entorno. El entorno de protección se define como un área territorial constituido por los inmuebles y espacios cuya alteración pudiera afectar a los valores del objeto, a su contemplación, apreciación o estudio. Puede, además, contener elementos con valores patrimoniales accesorios o adicionales, relacionados con el objeto a declarar. En cualquier caso, la definición de dicho entorno debe ser explícita, reflejarse con documentación gráfica y planimétrica y contener la descripción de todos los elementos que la configuran”.
Atendiendo a lo anteriormente expuesto, el Consejo de Gobierno acuerda la declaración del entorno de protección del Bien de Interés Cultural.
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Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se declara el entorno de protección del Bien de Interés Cultural, Iglesia de Nuestra Señora de la Natividad en el municipio de Carrascosa del Campo (Campos del Paraíso, Cuenca).
La iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Natividad de Carrascosa del Campo (Campos del Paraíso, Cuenca) fue declarada monumento histórico-artístico por Decreto 1436/1972 de 25 de mayo (BOE nº 136, de 7 de junio). La Ley 16/85 en su Disposición Adicional Primera estipula que los bienes que con anterioridad hayan sido declarados histórico-artísticos o incluidos en el Inventario del Patrimonio Artístico y Arqueológico de España pasan a tener la consideración y a denominarse Bienes de Interés Cultural.
La Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, en su artículo 14.1.d expresa que en los Bienes de Interés Cultural: “Cuando su situación así lo requiera, se definirá un entorno de protección, en el que habrán de figurar las relaciones del objeto de la declaración con dicho entorno. El entorno de protección se define como un área territorial constituido por los inmuebles y espacios cuya alteración pudiera afectar a los valores del objeto, a su contemplación, apreciación o estudio. Puede, además, contener elementos con valores patrimoniales accesorios o adicionales, relacionados con el objeto a declarar. En cualquier caso, la definición de dicho entorno debe ser explícita, reflejarse con documentación gráfica y planimétrica y contener la descripción de todos los elementos que la configuran”.
Atendiendo a lo anteriormente expuesto, el Consejo de Gobierno acuerda la declaración del entorno de protección del Bien de Interés Cultural.
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