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CerrarAcuerdo por el que se toma en conocimiento la resolución por la que se convocan subvenciones para la realización de actuaciones urgentes e incidencias imprevisibles por los municipios y mancomunidades
La Ley de Entidades Locales de Castilla-La Mancha establece que, con cargo a los Presupuestos Generales de Castilla-La Mancha, se dotará anualmente un Fondo Regional de Cooperación Local, que tendrá por objeto cooperar con los municipios, entidades de ámbito territorial inferior al municipio y mancomunidades de Castilla-La Mancha en la financiación de inversiones en obras y equipamientos de competencia local. De acuerdo con esta Ley, el 3% del Fondo se reservará para atender actuaciones urgentes e incidencias imprevisibles que pudieran presentarse.
Aprobadas las bases reguladoras el pasado 2 de mayo, el Consejo de Gobierno toma ahora en conocimiento la resolución de la convocatoria de estas subvenciones para el año 2017, lo que permitirá, una vez aprobada y publicada, la presentación de solicitudes por parte de las entidades locales interesadas.
Enlaces relacionados:
Autorización para reconocer obligaciones derivadas de la formalización del Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y el Instituto de Salud Carlos III, para el mantenimiento del Instituto Joanna Briggs
El objeto del presente Convenio es continuar con las líneas de colaboración entre la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y el ISCIII, para regular el funcionamiento del Centro Colaborador Español del Instituto Joanna Briggs para el desarrollo de la práctica clínica de enfermería basada en la evidencia.
Las actividades de dicho instituto son de gran interés para el Sistema Nacional de Salud. Consisten en la traducción del material científico del JBI y su libre distribución y difusión en el idioma español a todos los profesionales; la realización de revisiones sistemáticas en el ámbito de los cuidados de salud; la formación de profesionales de todas las CC.AA. en los diferentes aspectos de la práctica clínica basada en la evidencia; la acreditación por el JBI de más de 100 de profesionales para liderar revisiones sistemáticas en el ámbito de los cuidados; la creación de la red nacional de Centros Comprometidos con la Excelencia en Cuidados con la primera y segunda convocatoria del Proyecto de Implantación de Guías de Buenas Prácticas y su desarrollo; la presencia del Centro colaborador en la convocatorias europeas de financiación de la investigación en salud, etc.
Enlaces relacionados:
Joanna Briggs Institute
Toma de conocimiento de las bases reguladoras para la concesión de ayudas de formación al alumnado que participe en actividades formativas del Plan de Garantía Juvenil en Centros Públicos
La Consejería de Educación, Cultura y Deportes convoca cada curso un procedimiento para la implantación en centros públicos de actividades formativas cofinanciadas por el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Empleo 2014‐2020, dentro del Plan Nacional de Garantía Juvenil.
Estas actividades formativas pueden realizarse en Institutos de Educación Secundaria, Escuelas de Arte, Centros y Aulas públicos de Educación de Personas Adultas y Escuelas Oficiales de Idiomas de Castilla‐La Mancha.
Se trata de cursos preparatorios de pruebas libres, cursos sobre cualificaciones profesionales completas o módulos vinculados a títulos de grado medio; cursos de perfeccionamiento para técnicos, técnicos superiores o profesionales; cursos preparatorios para la acreditación de competencias claves o cursos específicos de idioma extranjero a nivel profesional, entre otros.
Una vez finalizadas las acciones formativas, los participantes tienen la posibilidad de solicitar una ayuda por su participación.
Las bases reguladoras para la convocatoria de estas ayudas es el objeto del acuerdo del Consejo de Gobierno
Los cambios producidos en la normativa de carácter general y en la que regula el Sistema Nacional de Garantía juvenil, así como el interés por mejorar algunos aspectos de las convocatorias anteriores, hacen necesaria la renovación de las bases reguladoras del proceso.
Enlaces relacionados:
•Ministerio de Empleo y Seguridad Social, Sistema Nacional de Garantía Juvenil
•Bases reguladoras
Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se declara Bien de Interés Cultural la Fiesta del Corpus Christi en el municipio de Elche de la Sierra (Albacete), con la categoría de Bien Inmaterial.
El Ayuntamiento de Elche de la Sierra (Albacete) solicitó la declaración de la fiesta del Corpus Christi de su localidad como Bien de Interés Cultural con la categoría de Bien Inmaterial. El Servicio de Patrimonio y Arqueología de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes redactó un informe en el que se recomendaba proceder a la declaración.
De resultas de dicho informe se concluye que la Fiesta del Corpus Christi de Elche de la Sierra es reconocida y compartida por la comunidad como parte integrante y representativa de su patrimonio cultural, forma parte de su memoria colectiva y es experimentada como una vivencia que refuerza los lazos identitarios, con sus significados y símbolos compartidos, infundiendo un sentimiento de pertenencia respecto a su cultura.
Conforme a lo estipulado en el artículo 11.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, se propuso el inicio del procedimiento de declaración.
Tras la publicación de la Resolución de Inicio en el Diario Oficial de Castilla – La Mancha nº 99, con fecha 23 de mayo de 2016, una vez transcurrido el plazo de información pública establecido en el artículo 14.4, de la Ley 4/2013, la notificación a los interesados conforme a lo que establece el artículo 12 de la Ley 4/2013, obtenido el informe favorable de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural de Albacete, el Consejo de Gobierno ha acordado su declaración como BIC.
Enlaces relacionados:
Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se declara Bien de Interés Cultural la Fiesta del Corpus Christi en el municipio de Lagartera (Toledo), con la categoría de Bien Inmaterial.
El Ayuntamiento de Lagartera (Toledo) solicitó la declaración de la fiesta del Corpus Christi de su localidad como Bien de Interés Cultural con la categoría de Bien Inmaterial. El Servicio de Patrimonio y Arqueología de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes redactó un informe en el que se recomendaba proceder a la declaración.
De resultas de dicho informe se concluye que la Fiesta del Corpus Christi de Lagartera es reconocida y compartida por la comunidad como parte integrante y representativa de su patrimonio cultural, forma parte de su memoria colectiva y es experimentada como una vivencia que refuerza los lazos identitarios, con sus significados y símbolos compartidos, infundiendo un sentimiento de pertenencia respecto a su cultura.
Conforme a lo estipulado en el artículo 11.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, se propuso el inicio del procedimiento de declaración.
Tras la publicación de la Resolución de Inicio en el Diario Oficial de Castilla – La Mancha nº 99, con fecha 23 de mayo de 2016, una vez transcurrido el plazo de información pública establecido en el artículo 14.4, de la Ley 4/2013, la notificación a los interesados conforme a lo que establece el artículo 12 de la Ley 4/2013, el Consejo de Gobierno ha acordado su declaración como BIC.
Enlaces relacionados:
Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se declara Bien de Interés Cultural la Fiesta del Corpus Christi en el municipio de Porzuna (Ciudad Real), con la categoría de Bien Inmaterial
El Ayuntamiento de Porzuna (Ciudad Real) solicitó la declaración de la fiesta del Corpus Christi de su localidad como Bien de Interés Cultural con la categoría de Bien Inmaterial. El Servicio de Patrimonio y Arqueología de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes redactó un informe en el que se recomendaba proceder a la declaración.
De resultas de dicho informe se concluye que la Fiesta del Corpus Christi de Porzuna es reconocida y compartida por la comunidad como parte integrante y representativa de su patrimonio cultural, forma parte de su memoria colectiva y es experimentada como una vivencia que refuerza los lazos identitarios, con sus significados y símbolos compartidos, infundiendo un sentimiento de pertenencia respecto a su cultura.
Conforme a lo estipulado en el artículo 11.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, se propuso el inicio del procedimiento de declaración.
Tras la publicación de la Resolución de Inicio en el Diario Oficial de Castilla – La Mancha nº 99, con fecha 23 de mayo de 2016, una vez transcurrido el plazo de información pública establecido en el artículo 14.4, de la Ley 4/2013, la notificación a los interesados conforme a lo que establece el artículo 12 de la Ley 4/2013, el Consejo de Gobierno ha acordado su declaración como BIC.
Enlaces relacionados:
Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se declara Bien de Interés Cultural la Fiesta de la Octava del Corpus Christi en el municipio de Valverde de los Arroyos (Guadalajara), con la categoría de Bien Inmaterial
La Asociación de Danzantes de Valverde de los Arroyos (Guadalajara) solicitó la declaración de la fiesta de la Octava del Corpus Christi de su localidad como Bien de Interés Cultural con la categoría de Bien Inmaterial. El Servicio de Patrimonio y Arqueología de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes redactó un informe en el que se recomendaba proceder a la declaración.
Ese informe concluye que la fiesta de la Octava del Corpus Christi de Valverde de los Arroyos es reconocida y compartida por la comunidad como parte integrante y representativa de su patrimonio cultural, forma parte de su memoria colectiva y es experimentada como una vivencia que refuerza los lazos identitarios, con sus significados y símbolos compartidos, infundiendo un sentimiento de pertenencia respecto a su cultura.
Conforme a lo estipulado en el artículo 11.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, se propuso el inicio del procedimiento de declaración.
Tras la publicación de la Resolución de Inicio en el Diario Oficial de Castilla – La Mancha nº 221, con fecha 14 de noviembre de 2016, una vez transcurrido el plazo de información pública establecido en el artículo 14.4, de la Ley 4/2013, la notificación a los interesados conforme a lo que establece el artículo 12 de la Ley 4/2013, el Consejo de Gobierno ha acordado su declaración como BIC.
Enlaces relacionados:
Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se declara Bien de Interés Cultural la Fiesta de Pecados y Danzantes del Corpus Christi en el municipio de Camuñas (Toledo), con la categoría de Bien Inmaterial
El Ayuntamiento de Camuñas (Toledo) solicitó la declaración de la fiesta de los Pecados y Danzantes del Corpus Christi de su localidad como Bien de Interés Cultural con la categoría de Bien Inmaterial. El Servicio de Patrimonio y Arqueología de Consejería de Educación, Cultura y Deportes realizó un informe en el que se recomendaba proceder a la declaración.
De resultas de dicho informe se concluye que la Fiesta de los Pecados y danzantes del Corpus Christi de Camuñas es reconocida y compartida por la comunidad como parte integrante y representativa de su patrimonio cultural, forma parte de su memoria colectiva y es experimentada como una vivencia que refuerza los lazos identitarios, con sus significados y símbolos compartidos, infundiendo un sentimiento de pertenencia respecto a su cultura.
Conforme a lo estipulado en el artículo 11.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, se propuso el inicio del procedimiento de declaración.
Tras la publicación de la Resolución de Inicio en el Diario Oficial de Castilla – La Mancha nº 99, con fecha 23 de mayo de 2016, una vez transcurrido el plazo de información pública establecido en el artículo 14.4, de la Ley 4/2013, la notificación a los interesados conforme a lo que establece el artículo 12 de la Ley 4/2013, el Consejo de Gobierno ha acordado su declaración como BIC.
Enlaces relacionados:
Autorizar un gasto derivado del expediente de segunda prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concesión, del servicio público de Teleasistencia en la Comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha
Las necesidades que dieron lugar al contrato inicial subsisten al día de la fecha y se precisa continuar con la prestación del servicio.
La prórroga tendrá un período de vigencia comprendido entre el 1 de junio de 2017 y 31 de mayo de 2018, ambos días incluidos.
Autorizar la resolución del contrato y autorizar un gasto para el abono de las indemnizaciones derivadas de la resolución y de la suspensión del contrato de obras de ampliación y reforma del Complejo Hospitalario Universitario de Albacete (Fase I)
Resolución del Contrato e Indemnización por Suspensión del Contrato en las OBRAS DE AMPLIACIÓN Y REFORMA DEL COMPLEJO UNIVERSITARIO DE ALBACETE (FASE I), adjudicado a UTE CONTRUCTORA SAN JOSE SA- ORTIZ CONTRUCCIONES Y PROYECTOS SA- BARROSO NAVA Y CÍA SA.
Acuerdo por el que se autoriza el ejercicio de acciones judiciales para la impugnación en vía contencioso-administrativa de la resolución del Tribunal Económico-Administrativo regional de 15 de febrero de 2017, por la que se estima reclamación interpuesta
Los servicios jurídicos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha consideran la resolución del TEAR de 15 de febrero de 2017, estimatoria de la reclamación económico-administrativa nº 16-00230-2014, errónea y dañosa para los intereses de la Hacienda Pública Regional y de su autonomía financiera, por lo que se propone al Consejo de Gobierno la interposición de recurso contencioso-administrativo contra dicha resolución.
Autorización de la prórroga del programa temporal de refuerzo de personal en los servicios de dependencia de las direcciones provinciales de la Consejería de Bienestar Social
El programa temporal tiene por objetivo reforzar a los equipos provinciales, con el fin de agilizar la tramitación de los expedientes de personas con grado de dependencia reconocido que tienen pendiente de tramitar su correspondiente programa individual de atención donde se le reconozcan los servicios y/o prestaciones que correspondan, incrementar el número de beneficiarios del sistema de dependencia en Castilla-La Mancha, seguir incidiendo en la reducción del tiempo de tramitación del procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia y de derecho de acceso a los servicios y prestaciones del sistema y hacer frente al incremento de solicitudes producido por la supresión de tasas, por la publicación de la nueva normativa regional en materia de dependencia y por el cambio de gestión en el sistema de dependencia, al haber resultado insuficiente, excepto en la provincia de Guadalajara, el programa temporal inicialmente aprobado en consejo de gobierno de 6 de octubre de 2015, así como las sucesivas prórrogas aprobadas en Consejo de Gobierno.