Mostrando 6740 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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Autorización del gasto derivado de la contratación de los servicios de desarrollo personal e integración en la comunidad del Centro de Atención a personas con discapacidad intelectual grave "Crisol” de Cuenca.

El expediente de contratación de los servicios de desarrollo personal e integración en la comunidad, transporte adaptado, restauración, limpieza, lavandería, mantenimiento y recepción en el Centro de Atención a personas con discapacidad intelectual grave "Crisol" de Cuenca, implicará un gasto por importe de 9.129.615,28 €.

 

El inicio de la ejecución del contrato tendrá lugar el 1 de noviembre de 2016. La vigencia del contrato tendrá una duración inicial de cuatro años pudiendo prorrogarse, por mutuo acuerdo de las partes, por un periodo máximo de dos años.

 

Dicho gasto supera el límite establecido en el artículo 17 de la Ley 10/2014, de 18 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2015, prorrogados por Decreto 225/2015, de 22 de diciembre de 2015, y, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado f) del citado artículo, corresponde al Consejo de Gobierno la autorización del mismo. 

Resolución de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la realización de acciones de formación profesional para el empleo

Convocatoria pública de concesión de subvenciones para aquellas entidades/empresas que soliciten acciones de Formación Profesional para el Empleo, dirigidas a personas desempleadas, que incluyan un compromiso de contratación una vez finalizado el curso; estos compromisos pueden ser: 

 

-. No inferior al 60% del alumnado, con un 75% del presupuesto.

 

-. Que suponga al n1enos la contratación del 30% de los/as alumnos/as, con el 25% restante del presupuesto.

 

Enlaces relacionados:

 

Entidades de Formación. Normativa. Convocatorias 2016

 

Entidades de Formación. FOCO

 

Resolución de 04/05/2016, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la realización de acciones de formación profesional para el empleo, dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as (Modalidad II) con compromiso de contratación, para la anualidad 2016

Acuerdo por el que se toma en conocimiento el proyecto de Orden de la consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se modifica la orden de 26/02/2015, por la que se establecen las bases de subvenciones dirigidas a entidades locales

La Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por Orden de 26 de febrero de 2015, estableció las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a entidades locales de Castilla-La Mancha para la elaboración de planes de protección civil de ámbito municipal.

 

Una vez analizada la convocatoria de 2015 se han puesto de manifiesto algunos problemas que aconsejan revisar dos aspectos puntuales de esta Orden.

 

En primer lugar, en la anterior convocatoria, de  los seis beneficiarios de las ayudas, sólo uno pudo realizar la justificación en el plazo previsto.

 

Para subsanar este problema se elimina el plazo de seis meses desde la publicación de la convocatoria y se establece como plazo de realización de la actividad subvencionable hasta el 15 noviembre. Como consecuencia de ello se amplía también la fecha límite de justificación del 15 al 30 de noviembre. Además, dadas las comentadas circunstancias excepcionales de la convocatoria de 2015, se considera conveniente que a la convocatoria prevista para 2016 puedan concurrir los ayuntamientos que no pudieron justificar en plazo la anterior. Para ello se incluyen como concepto subvencionable todos los planes elaborados y pagados con anterioridad al 15 de noviembre.

 

Por otra parte, se contemplaba posibilidad de elaborar los planes con medios propios de los ayuntamientos, lo que a la vista de la realidad municipal es complicado y aún más difícil de controlar por parte de la administración que concede la subvención. De esta forma se opta por eliminar estos costes como subvencionables.

 

Enlace relacionado:

Orden de 26/04/2016, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se modifica la Orden de 26/02/2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a entidades locales de Castilla-La Mancha para la elaboración de planes de protección civil de ámbito municipal.

Informe sobre los convenios concertados por la administración de la junta de comunidades e inscritos en el registro general de convenios entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de marzo de 2016.

La Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, previa audiencia a todas las Consejerías de la Administración regional, considera de interés poner en conocimiento del Consejo de Gobierno el informe correspondiente a los convenios inscritos en el Registro General de convenios durante el primer trimestre de este año.

 

De acuerdo con este informe, entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2016 se inscribieron un total de 369 convenios, 175 más que en el mismo periodo de 2015, cuando se registraron 194 convenios. La mayor parte de ellos, 363, fueron suscritos entre dos partes, cinco entre tres partes y uno entre cuatro partes.

 

La aportación económica total de estos convenios asciende a 4.902.455 millones de euros, aportando la Junta de Comunidades un 34,41431% del total lo que supone 1.932.269 millones de euros.

Toma de conocimiento del Proyecto de Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes por la que se aprueban las bases para la concesión de ayudas individuales de transporte escolar para alumnado matriculado en centros públicos no universitarios

Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas individuales de transporte escolar diario o de fin de semana para el alumnado con derecho al transporte escolar que no puede hacer uso de rutas programadas por la administración educativa.

 

Enlace relacionado:

Orden de 06/05/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas individuales de transporte escolar para el alumnado matriculado en centros docentes públicos no universitarios de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Aprobar Decreto por el que se regulan las subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de centros destinados a menores afectados por medidas de protección o judiciales

El Decreto tiene por objeto la regulación de la concesión de subvenciones destinadas a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de centros destinados a menores que estén o hayan estado afectados por medidas de protección o judiciales, con base en la Ley 14/2010, de 18 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha, en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores y en la Ley 5/2014, de 9 de octubre, de Protección social y Jurídica de la Infancia y la Adolescencia de Castilla-La Mancha.

 

Las ayudas objeto del presente decreto podrán  dirigirse a gastos de personal, gastos corrientes y mantenimiento de los siguientes centros:

 

a)        Hogares y centros para el acogimiento residencial de menores.

b)        Pisos de autonomía y preparación para la vida independiente.

c)         Centros de ejecución de medidas judiciales.

 

La Dirección General competente en materia de familias y menores publicará anualmente en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones una resolución estableciendo el crédito disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas del presente Decreto.

 

Enlaces relacionados:

Decreto 16/2016, de 26/04/2016, por el que se regulan las subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de centros destinados a menores afectados por medidas de protección o judiciales. 

 

Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.

 

Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.

 

Ley 5/2014 de 9 de octubre, de Protección Social y Jurídica de la Infancia y la Adolescencia de Castilla-La Mancha. 

Autorización del gasto derivado del contrato del servicio de limpieza y retirada selectiva de residuos en la Residencia de Mayores del Paseo de la Cuba (Albacete).

La vigencia del nuevo contrato derivado será desde el 1 de junio de 2016 hasta el 31 de mayo de 2018 (ambos días inclusive).

 

Es un contrato derivado del Acuerdo Marco de homologación de .servicios de limpieza de edificios de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos, incluido en el Lote AB-1.2, referido a edificios de Albacete y provincia que implicará un gasto total por importe de 1.243.829,64 €.

 

El gasto supera el límite establecido en el artículo 17 de la Ley 10/2014, de 18 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2015, prorrogados por Decreto 225/2015, de 22 de diciembre de 2015, y, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado f) del citado artículo, corresponde al Consejo de Gobierno su aprobación. 

El Consejo de Gobierno define las áreas geográficas con necesidades específicas de desarrollo, e inicia los trámites para la implementación de Inversiones Territoriales Integradas (ITI).

El Consejo de Gobierno da el visto bueno al  inicio de  los trámites pertinentes para el desarrollo de Inversiones Territoriales Integradas en Castilla-La Mancha por presentar las mismas características territoriales singulares que requieren de acciones específicas.

 

Las zonas de actuación de la ITI, son:

 

  -En la provincia de Toledo: Comarca de Talavera y Comarca de la Campana de Oropesa. 

  - En la provincia de Ciudad Real: Comarca de Almadén y Comarca de Campo de Montiel.

  - En la provincia de Albacete: Comarca de Sierra de Alcaraz y Campo de Montiel  y Sierra del Segura.

  - La provincia de Cuenca, con actuación preferente en núcleos de población de menos de 2.000 habitantes.

  - La provincia de Guadalajara,  salvo el área de influencia del Corredor del Henares.

Autorizar el reconocimiento de obligaciones realizadas correspondientes a cinco facturas de Servicios Auxiliares en el Centro de Menores “Arco Iris” (Albacete)

La Dirección Provincial de Albacete de la Consejería de Bienestar Social precisa reconocer un gasto por importe total de 15.997,19 euros correspondientes a cinco facturas de Servicios Auxiliares en el Centro de Menores “Arco Iris”, dependiente de la Consejería de Bienestar Social de las que se ha omitido la fiscalización previa, establecida en el Artículo 95.a) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.    Se han generado obligaciones económicas que han de ser atendidas y ante la omisión de la fiscalización previa no se podrá reconocer la obligación, ni tramitar el pago ni intervenir favorablemente estas actuaciones, hasta que el Consejo de Gobierno adopte decisión al respecto, previo informe de la Intervención General. 

Resolución de la Secretaría General de la Presidencia, por la que se publican los créditos que han de financiar las ayudas que se concedan en el ejercicio 2016 en virtud del Decreto 7 /2016

El objetivo de esta Resolución es publicar los créditos y abrir el plazo de presentación de las solicitudes que han de financiar las ayudas que se concedan en el presente ejercicio en virtud del Decreto 7 /2016, de 15 de marzo, publicado en el DOCM número 54 de 18 de marzo, por el que se regula el procedimiento de concesión directa de subvenciones para financiar la realización de proyectos o actuaciones de interés público, social, económico o humanitario, de carácter excepcional, para los que no existan programas específicos de ayuda en los presupuestos de la JCCM, relativos a las siguientes materias: A este respecto, hay que tener en cuenta que el artículo 19.5, párrafo segundo, de la Ley 4/2011, de 10 marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha establece que, “excepcionalmente, cuando existan necesidades urgentes de incorporaciones de personal, pueden aprobarse ofertas de empleo público para ámbitos específico”. 

 

a) Proyectos o actuaciones sociales o humanitarios que tengan un carácter singular o sean debidos a necesidades imprevistas y urgentes,

b) Proyectos o actuaciones de cooperación regional que promueven el desarrollo económico y social.

c) Proyectos de rehabilitación de inmuebles dañados, que tengan un interés público o social de carácter excepcional.

d) Cualquier otro tipo de proyectos o actuaciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario que justifiquen su singularidad para imposibilitar su convocatoria pública.

 

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas empadronadas en Castilla-La Mancha, las entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en esta región y las Corporaciones Locales de Castilla-La Mancha ,  que presenten proyectos incardinados en los supuestos establecidos.

 

Enlace relacionado:

Decreto 7/2016, de 15/03/2016, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional de la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

 

Resolución de 25/04/2016, de la Secretaría General de la Presidencia, por la que se publican los créditos que han de financiar las ayudas que se concedan en el ejercicio 2016 en virtud del Decreto 7/2016, de 15/03/2016, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional de la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Orden de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para promover inversiones destinadas a mejorar las condiciones de seguridad laboral en el sector de la construcción

Las subvenciones van destinadas a promover inversiones destinadas a mejorar las condiciones de seguridad en el sector de la construcción.

La finalidad es fomentar la adquisición de elementos auxiliarías de obra y equipos para proteger del riesgo de caída en altura en obras de construcción, ya que, actualmente, la accidentalidad laboral en construcción se está incrementando en porcentajes superiores al resto de sectores productivos en Castilla-La Mancha y, además, los accidentes por caídas en altura en obras de construcción representan el 40% del total de accidentes sector.

 

La convocatoria se resolverá por el procedimiento de concurrencia competitiva.

 

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las pequeñas y medianas empresas del sector de la construcción.

 

El importe de la subvención previsto asciende al 35% de las inversiones subvencionables con un máximo de 100.000 euros por beneficiario.

 

Enlace relacionado:

Orden de 20/04/2016, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para promover inversiones destinadas a mejorar las condiciones de seguridad laboral en el sector de la construcción.

Decreto por el que se nombra a los miembros de la Junta electoral de Castilla-­La Mancha

La Ley Electoral de Castilla-La Mancha determina que, en el aspecto orgánico, se creará la Junta Electoral de Castilla-La Mancha, que será un órgano superior de ordenación y control del proceso electoral autonómico. Asimismo, la Ley establece que la Junta Electoral de Castilla-La Mancha es un órgano de carácter permanente, que estará compuesto por una amplia representación judicial para garantizar su imparcial actuación.

 

Cumpliendo igualmente con lo recogido en la Ley respecto a la composición de este órgano, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha designó por insaculación celebrada ante su Sala de Gobierno a los cuatro vocales magistrados que deben formar parte de la Junta Electoral de Castilla-La Mancha.

 

De este modo, el Consejo de Gobierno tiene que aprobar por Decreto la composición de la nueva Junta Electoral  de Castilla-La Mancha, que queda constituida del siguiente modo:

 

-. Vocales: Vicente M. Rouco Rodríguez (Magistrado del Tribunal Superior de Justicia), Pedro Libran Sainz de Baranda (Magistrado del Tribunal Superior de Justicia), Petra García Márquez (Magistrada del Tribunal Superior de Justicia), Jesús Martínez Escribano Gómez (Magistrado del Tribunal Superior de Justicia), Rafael Fernández Frías (designado por las Cortes), Juan García Montero (designado por las Cortes) y Pablo Manuel Simón Tejera (designado por las Cortes).

 

Enlace relacionado:

Decreto 14/2016, de 19/04/2016, por el que se nombra a los miembros de la Junta Electoral de Castilla-La Mancha.