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CerrarAutorización al Gabinete Jurídico para la interposición de un recurso contencioso administrativo contra la Orden APM/18/2017, de 17 de enero, por la que se autoriza un trasvase desde los embalses de Entrepeñas‐Buendía
Se recurre la autorización de este trasvase, acordado cuando las existencias de Entrepeñas y Buendía según la Orden Ministerial estaban en 408,9 hm3, dado que ha sido adoptado por un volumen (20 hm3) que excede del previsto en la regla de explotación, según la cual cuando las existencias de Entrepeñas y Buendía se sitúen por debajo de los 400 hm3 no cabe aprobar trasvase alguno. Según nuestra interpretación, el umbral mínimo de no trasvase está plenamente vigente dado que el volumen de existencias embalsadas de 900 hm3 se alcanzó el 8 de marzo de 2014. Por el contrario, la Comisión de Explotación del ATS considera que nos encontramos en el período transitorio fijado en la normativa, por lo que dichos umbrales aún no son efectivos.
Adicionalmente, se insiste en el incumplimiento reiterado del artículo 5 del Real Decreto 773/2014, de 12 de septiembre, por el que se aprueban diversas normas reguladoras del trasvase por el acueducto Tajo‐Segura, relativo a la publicación de los informes de seguimiento, que junto a la reiterada negativa del Dirección General del Agua de permitir la asistencia de Castilla‐ La Mancha a las reuniones de la CCEATS y de acceso a la documentación de la misma produce una falta de transparencia que genera indefensión y afecta negativamente a los intereses de la Región.
Autorización del Proyecto de Resolución por la que se convocan para el año 2017 subvenciones para el desarrollo de servicios y programas de prevención y atención a la infancia y a las familias.
Se propone al Consejo de Gobierno la autorización del proyecto de Resolución de la Dirección General de las Familias y Menores por la que se convocan para el año 2017 subvenciones para el desarrollo de servicios y programas de prevención y atención a la infancia y a las familias.
Las subvenciones, objeto de esta convocatoria están destinadas a entidades privadas sin fin de lucro, para la puesta en marcha o el desarrollo de servicios y programas de prevención y atención a la infancia y a las familias, así como para la realización de estudios e investigaciones de especial relevancia sobre las realidades emergentes actuales de la infancia y de las familias. Asimismo, podrá subvencionarse la realización de estudios de especial relevancia relativos a la prevención y atención a la infancia y a las familias, cuando sean llevados a cabo por universidades públicas.
Las ayudas se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva.
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Decreto por el que se regula la concesión directa de una subvención al ayuntamiento de Tarazona de la Mancha
Este decreto tiene por objeto establecer las normas especiales que han de regular la concesión de una subvención al Ayuntamiento de Tarazona de la Mancha para la finalización de las obras del edificio de la Casa Consistorial, por parte la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas al amparo de lo dispuesto en el artículo 75.2.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, y en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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Aprobación de la convocatoria del procedimiento para la suscripción, renovación y modificación de los conciertos educativos para los períodos que van desde el curso escolar 2017/2018 al 2022/2023 en Educación Primaria y desde el curso escolar 2017/2018
Al término del actual curso académico 2016/2017 finaliza la vigencia de los conciertos educativos actualmente suscritos con los centros privados de Castilla-La Mancha, y procede, por tanto, aprobar las normas que regirán la suscripción, renovación y modificación de los mismos a partir del curso 2017/2018 y realizar la convocatoria de suscripción correspondiente.
Estas medidas se encuentran entre las previsiones establecidas en el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, aprobado por Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, según el cual el concierto educativo es “el instrumento jurídico preciso para aquellos centros privados que desean impartir la educación básica en régimen de gratuidad, satisfaciéndose así, en los niveles obligatorios y gratuitos, el derecho a la educación, así como a escoger, sin discriminación alguna, centro docente distinto de los creados por los poderes públicos, al mismo tiempo que se garantiza la participación de alumnos, padres y profesores en el control y gestión de dichos centros”.
Toma de conocimiento del anteproyecto del servicio público de transporte zonal por carretera en la Sierra Sur de Albacete
En amplias zonas de la región con escasa y envejecida población se produce una baja utilización de los servicios de transporte público que redunda en un recrudecimiento de las negativas condiciones de explotación.
En el caso concreto de la Sierra Sur de Albacete, al tratarse de servicios cuya explotación resulta deficitaria dada la reducida recaudación por venta de billetes, estos servicios han necesitado de la financiación pública para su sostenimiento, lo que resulta imprescindible para poder satisfacer las necesidades básicas de movilidad que permitan el acceso al sistema de salud, a la educación o a los servicios administrativos de los habitantes de esas zonas rurales.
Con el anteproyecto del servicio de transporte zonal por carretera en la Sierra Sur de Albacete se aborda una restructuración y nueva ordenación de los servicios de transporte en la zona, manteniendo la movilidad en condiciones adecuadas de regularidad, frecuencia determinada y horarios fijos con los centros comarcales de Alcaraz, Yeste y Elche de la Sierra, donde se sitúan los servicios sanitarios, educativos y administrativos, pero ajustando a la vez su prestación a criterios de eficiencia económica y sostenibilidad, maximizando también el control por parte de la Administración para asegurar la calidad del servicio.
La concesión de una sola línea de servicio regular de uso general, en el caso de la Sierra Sur de Albacete, no sería viable desde un punto de vista económico‐financiero, por lo que se plantea la integración de los citados servicios regulares de uso general con los de uso especial (escolares de titularidad pública). Las sinergias en la prestación derivadas de la utilización de los mismos medios humanos y materiales para distintos servicios son circunstancias que permitirán afrontar de manera mucho más eficiente la cobertura de la movilidad en la Sierra Sur de Albacete.
El servicio de transporte zonal “Sierra Sur de Albacete” ocupa 24 municipios y 209 núcleos poblacionales con una extensión de 3.604 km2, incluyendo los municipios de Elche de la Sierra, Yeste y Alcaraz. Cuenta con una población de 22.233 habitantes.
Toma de conocimiento del proyecto de Resolución por la que se convocan, para el año 2017, subvenciones a entidades privadas de iniciativa social para el desarrollo de Programas destinados al Servicio de Promoción de la Autonomía Personal
Toma de conocimiento del proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras de los premios del Certamen de Cortometrajes de Castilla-La Mancha
Toma de conocimiento del anteproyecto del servicio público de transporte zonal por carretera en las comarcas del sur de Ciudad Real
En amplias zonas de la región con escasa y envejecida población se produce una baja utilización de los servicios de transporte público que redunda en un recrudecimiento de las negativas condiciones de explotación.
En el caso concreto de las comarcas del Sur de Ciudad Real, al tratarse de servicios cuya explotación resulta deficitaria dada la reducida recaudación por venta de billetes, estos servicios han necesitado de la financiación pública para su sostenimiento, lo que resulta imprescindible para poder satisfacer las necesidades básicas de movilidad que permitan el acceso al sistema de salud, a la educación o a los servicios administrativos de los habitantes de esas zonas rurales.
Con el anteproyecto del servicio de transporte zonal por carretera en las comarcas del Sur de Ciudad Real se aborda una restructuración y nueva ordenación de los servicios de transporte en la zona, manteniendo la movilidad en condiciones adecuadas de regularidad, frecuencia determinada y horarios fijos con los centros de Puertollano y Valdepeñas, donde se sitúan los servicios sanitarios, educativos y administrativos, pero ajustando a la vez su prestación a criterios de eficiencia económica y sostenibilidad, maximizando también el control por parte de la Administración para asegurar la calidad del servicio.
La concesión de una sola línea de servicio regular de uso general, en el caso de las comarcas del Sur de Ciudad Real, no sería viable desde un punto de vista económico‐financiero, por lo que se plantea la integración de los citados servicios regulares de uso general con los de uso especial (escolares de titularidad pública). Las sinergias en la prestación derivadas de la utilización de los mismos medios humanos y materiales para distintos servicios son circunstancias que permitirán afrontar de manera mucho más eficiente la cobertura de la movilidad en las comarcas del Sur de Ciudad Real.
El servicio de transporte zonal “comarcas del Sur de Ciudad Real” ocupa el sur de la provincia de Ciudad Real, y lo forman 14 municipios y 29 núcleos poblacionales que abarcan una superficie de 3.063 Km2, incluyendo los municipios de Valdepeñas y Puertollano (el 15,46% del total provincial) y cuenta con una población de 19.421 habitantes ‐sin considerar los habitantes de Valdepeñas y Puertollano‐.
Toma de conocimiento del anteproyecto del servicio público de transporte zonal por carretera en el área de la Serranía Alta-Alcarria de Cuenca
En amplias zonas de la región con escasa y envejecida población se produce una baja utilización de los servicios de transporte público que redunda en un recrudecimiento de las negativas condiciones de explotación.
En el caso concreto de la Serranía Alta‐Alcarria de Cuenca, al tratarse de servicios cuya explotación resulta deficitaria dada la reducida recaudación por venta de billetes, estos servicios han necesitado de la financiación pública para su sostenimiento, lo que resulta imprescindible para poder satisfacer las necesidades básicas de movilidad que permitan el acceso al sistema de salud, a la educación o a los servicios administrativos de los habitantes de esas zonas rurales.
Con el anteproyecto del servicio de transporte zonal por carretera en la Serranía Alta‐Alcarria de Cuenca se aborda una restructuración y nueva ordenación de los servicios de transporte en la zona, manteniendo la movilidad en condiciones adecuadas de regularidad, frecuencia determinada y horarios fijos con los centros comarcales y con la capital de provincia donde se sitúan los servicios sanitarios, educativos y administrativos, pero ajustando a la vez su prestación a criterios de eficiencia económica y sostenibilidad, maximizando también el control por parte de la Administración para asegurar la calidad del servicio.
La concesión de una sola línea de servicio regular de uso general, en el caso de la Serranía Alta‐Alcarria de Cuenca, no sería viable desde un punto de vista económico‐financiero, por lo que se plantea la integración de los citados servicios regulares de uso general con los de uso especial (escolares de titularidad pública). Las sinergias en la prestación derivadas de la utilización de los mismos medios humanos y materiales para distintos servicios son circunstancias que permitirán afrontar de manera mucho más eficiente la cobertura de la movilidad en la Serranía Alta‐Alcarria de Cuenca.
El servicio de transporte zonal del Área de la “Serranía Alta‐Alcarria de Cuenca” ocupa el norte de la provincia de Cuenca, y lo forman 72 municipios y 128 núcleos poblacionales que abarcan una superficie de 4.917 Km2, incluyendo el municipio de Cuenca (el 28,68% del total provincial) y cuenta con una población de 15.585 habitantes ‐sin considerar los habitantes de Cuenca capital.
Adjudicación definitiva a favor de Nuevas Iniciativas Audiovisuales, S.L. de concesión para la explotación, en régimen de gestión indirecta, de la frecuencia del servicio público de radiodifusión sonora por ondas métricas con modulación de frecuencia
Adjudicar definitivamente la concesión para la explotación, en régimen de gestión indirecta, de la frecuencia del servicio público de radiodifusión sonora por ondas métricas con modulación de frecuencia de carácter comercial en Castilla‐La Mancha, en la demarcación y frecuencia siguiente:
Localidad: Albacete Frecuencia: 99.9 MHz
Adjudicatario: NUEVAS INICIATIVAS AUDIOVISUALES, S.L.
Transformar en licencia para la prestación del servicio de comunicación audiovisual radiofónico mediante ondas hertzianas terrestres por un plazo de quince años, la concesión anteriormente señalada.
Toma de conocimiento de las bases reguladoras de subvenciones a asociaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de actividades y prestaciones de servicios en materia sociosanitaria
El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de las bases reguladoras de subvenciones de la Consejería de Sanidad a asociaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de actividades y prestaciones de servicios en materia sociosanitaria.
Son destinatarias des estas subvenciones, las asociaciones de pacientes y personas afectadas por diferentes patologías y entidades sin ánimo de lucro que gestionen programas o centros cuyo objetivo sea la atención a personas con necesidades sociosanitarias.
Enlaces relacionados:
Autorización a GEACAM para la realización del gasto para formalizar el contrato de obras de eliminación de residuos forestales mediante medios mecánicos y desbroce mecanizado
El Consejo de Gobierno ha autorizado a la empresa pública regional «Gestión ambiental de Castilla-La Mancha, s.a.» (GEACAM), para la realización del gasto 2.261.270,19 euros, IVA incluido., para formalizar el contrato de obras de eliminación de residuos forestales mediante medios mecánicos y desbroce mecanizado, por lotes, procedentes de los tratamientos selvícolas que se llevan a cabo en las distintas provincias de Castilla – La Mancha, campaña 2017. Submedida 8.3. Expediente nº: 103-tt-0-000-16 / ob5