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Acuerdo del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el convenio de cooperación económica entre la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y la Diputación de Toledo, para la participación en la feria de turismo internacional, Fitur 2017

El objeto del convenio que ha autorizado el Consejo de Gobierno es establecer las condiciones de colaboración y cooperación económica entre la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, a través de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, y la Diputación Provincial de Toledo, para sufragar los gastos correspondientes a la fabricación e instalación y los servicios complementarios del stand de participación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la edición de FITUR 2017.

 

La vigencia del convenio comienza el día de su firma y finalizará el 31 de diciembre de 2017, no obstante ampara las actuaciones desarrolladas en cumplimiento de su objeto desde el día 1 de enero de 2017.

Enlaces relacionados:

Resolución de 24/07/2017, de la Secretaría General, por la que se dispone la publicación del convenio de cooperación económica entre la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Diputación Provincial de Toledo, para la para la participación en la feria de turismo internacional, Fitur 2017, en el ámbito del Plan estratégico de turismo regional 2015-2019.

Acuerdo por el que se nombra a un registrador de la propiedad, mercantil y de bienes muebles para una plaza radicada en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Tal como establece el Estatuto de Autonomía, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha es el órgano competente para efectuar los nombramientos de registradores de la propiedad, mercantiles y bienes muebles para el territorio de la Comunidad Autónoma. Así, el Consejo de Gobierno acuerda nombrar registrador de la propiedad, mercantil y de bienes muebles a Francisco Javier Lardies Ruiz para el registro de la propiedad, mercantil y de bienes muebles  de Toledo II.

 

Enlaces relacionados:

Acuerdo de 27/06/2017, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra registrador de la propiedad, mercantil y de bienes muebles para plaza radicada en el territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

Acuerdo por el que se convalida la omisión de fiscalización previa de un gasto, correspondiente a la prórroga del contrato del servicio de vigilancia y seguridad de edificios de la JCCM y Sescam en sus lotes 1, Toledo, 3; Ciudad Real y 5, Guadalajara

Acuerdo por el que se convalida la omisión de fiscalización previa preceptiva de un gasto, correspondiente a la prórroga del contrato centralizado del servicio de vigilancia y seguridad de edificios de la administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y Sescam en sus lotes 1, Toledo, 3; Ciudad Real y 5, Guadalajara.

 

La dificultad del proceso de adjudicación del nuevo contrato de seguridad ocasionó que se prolongara el periodo de ejecución de los servicios por parte de la antigua adjudicataria hasta el 30 de abril de 2017, que entró la nueva adjudicataria, con un gasto de 1.665.805,85 euros. De conformidad con lo establecido en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre de 2002, corresponde al Consejo de Gobierno convalidar la omisión  de fiscalización, previo informe de la Intervención General.

Acuerdo por el que se establecen instrucciones dirigidas a los órganos de la administración de la JCCM, sus organismos autónomos, y resto de entidades que integran el sector público, para dar publicidad a contratos no sujetos a regulación armonizada

Acuerdo por el que se establecen instrucciones dirigidas a los órganos de contratación de la administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sus organismos autónomos, así como del resto de entidades que integran el sector público regional, para dar publicidad a determinados contratos no sujetos a regulación armonizada.

 

Con fecha 22 de abril de 2017 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Orden PRA/360/2017, de 21 de abril, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 2 de marzo de 2017, sobre condiciones adicionales a cumplir por las Comunidades Autónomas adheridas al Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas, compartimento Fondo de Liquidez Autonómico 2017, entre las que se encuentra la obligación de adoptar, antes de la finalización del segundo trimestre del año 2017, el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de diciembre de 2016, por el que se instruye a las entidades del sector público estatal a determinados contratos no sujetos a regulación armonizada. Mediante el presente acuerdo se adoptan éstas instrucciones en el ámbito regional.

 

Enlaces relacionados:

Acuerdo de 27/06/2017, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen instrucciones dirigidas a los órganos de contratación de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sus organismos autónomos, así como del resto de entidades que integran el sector público regional, para dar publicidad a determinados contratos no sujetos a regulación armonizada.

Autorización para la contratación de la prórroga, y Autorización del gasto de la prórroga de la contratación del suministro de energía eléctrica para los centros dependientes del SESCAM

Se  plantea  la  prórroga  de  la  licitación  para  abastecer  de  suministro eléctrico con condiciones económicas óptimas a los centros dependientes del  SESCAM  con una potencia contratada mayor que 10kW.

 

Dentro de la optimización del contrato de suministro  se encuentra la  necesidad  de poder cerrar precios del año 2018 entero (periodo natural del año 2018) en el mercado de futuros OMIP. Para ello es necesario que exista  un  contrato  de suministro con la empresa comercializadora que abarque dicho periodo temporal. Para ello es necesario contratar la prórroga que cubriría el periodo de 1 de Febrero 2018 a 31 de Enero 2019.

Acuerdo por el que se inadmite a trámite un recurso extraordinario de revisión

El consejo de gobierno ha  acordado inadmitir a trámite el recurso extraordinario de revisión interpuesto contra la Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de fecha 8 de septiembre de 2011, por el que se inadmite a trámite el recurso de reposición interpuesto contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 23 de junio de 2009, por el que se declara al interesado responsable de la comisión de una infracción administrativa muy grave tipificada en el artículo 41.2 b) de la Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías pecuarias de Castilla-La Mancha, imponiendo una sanción de multa de 30.050,62 €, así como la medida complementaria consistente en la obligación del infractor de retirar el vallado que invade la vía pecuaria en la parcela 5035 del polígono 57, del término municipal de Almansa, en el plazo de un mes desde la notificación del citado acuerdo.

Acuerdo por el que se sanciona en el expediente SC 36/17 en materia de residuos

EL CONSEJO DE GOBIERNO HA  ACORDADO SANCIONAR a la empresa KUK MEDIO AMBIENTE.

S.L. por la comisión de un infracción muy grave en materia de Residuos, con una multa pecuniaria por importe de 1.000.000 euros y una sanción de inhabilitación para el ejercicio de cualquiera de las actividades previstas en la Ley de residuos y suelos contaminados por un período de tiempo de 6 años, y a la medida complementaria establecida en el fundamento de derecho quinto del acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de junio de 2017, relativo a esta sanción.

Acuerdo por el que se aprueban las convocatorias de subvenciones dirigidas a financiar los gastos de personal y de mantenimiento de las Escuelas Infantiles dependientes de las entidades locales de Castilla‐La Mancha y de los centros de educación infantil

Aprobación del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad Autónoma de Castilla‐La Mancha, para la ejecución de la prórroga del Plan de Vivienda en el año 2017

La prórroga del Plan de Vivienda para este ejercicio 2017 va a suponer el otorgamiento de ayudas por importe de 18.022.160 euros en los siguientes programas:

 

- Programa de ayuda al alquiler de vivienda.

- Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria.

- Programa de fomento de la regeneración y renovaciónurbanas.

- Programa de apoyo a la implantación del informe de evaluación de losedificios.

 

La mayor parte de la financiación irá destinada al programa de rehabilitación edificatoria, con 9.792.920 euros y para el programa de ayuda al alquiler de vivienda, 7.654.240 euros.

Resolución por la que se convocan las ayudas para el programa de fomento de la rehabilitación edificatoria

El sábado 10 de diciembre de 2016, se publicó en el BOE el Real Decreto 637/2016, de 9 de diciembre, por el que se prorroga el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas 2013‐2016 regulado por el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril.

 

En la misma línea, la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha ha aprobado el Decreto 84/2016, de 27/12/2016, por el que se prorroga el Plan de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas 2013‐2016 de Castilla‐La Mancha, regulado por el Decreto 71/2014, de 24 de julio.

 

Con fecha 7 de marzo de 2017 fue aprobada la Orden de Bases que fundamenta esta convocatoria. En la citada Orden, redactada por la Consejería de Fomento, establece las bases reguladoras de las ayudas para el programa de fomento de la rehabilitación edificatoria y se convocan las mismas para el periodo 2017. Las actuaciones previstas en dicha Orden se organizan en torno a dos líneas fundamentales dirigidas a la conservación, la mejora de calidad y sostenibilidad y realizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad:

 

a) Línea 1: Rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva. Tiene por objeto la financiación de la ejecución de obras y trabajos de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamiento propio, así como en los elementos y espacios privativos comunes de los edificios

b) Línea 2:  rehabilitación de zonas privativas de las viviendas y edificios de una sola vivienda.

El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará a través del procedimiento simplificado de concurrencia.

 

Enlaces relacionados:

Resolución de 05/07/2017, de la Dirección General de Vivienda y Urbanismo, por la que se convocan las ayudas para el Programa de Fomento de la Rehabilitación Edificatoria.

 

Orden de 30/08/2016, de la Consejería de Fomento, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la redacción de proyectos de actuaciones de regeneración urbanas integrales en Castilla-La Mancha.

 

Legislación

Pago del Justiprecio derivado de la Resolución del Jurado Regional de Valoraciones sobre el Acuerdo de justiprecio de bienes y derechos expropiados del proyecto expropiatorio “Construcción del tramo Azuqueca de Henares – Alovera (Guadalajara). Expt.SCN GU

 

Pago del Justiprecio derivado de la Resolución del Jurado Regional de Valoraciones sobre el Acuerdo de justiprecio de bienes y derechos expropiados del proyecto expropiatorio “Construcción del tramo Azuqueca de Henares – Alovera (Guadalajara). Expt.SCN GU‐08‐181

Autorización del gasto para el contrato “Servicios de explotación, conservación y mantenimiento del sistema de abastecimiento al Campo de Montiel (Ciudad Real)”

EL CONSEJO DE GOBIERNO DE CASTILLA‐LA MANCHA AUTORIZA UN GASTO DE 1.546.296,13€ PARA QUE INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CASTILLA‐LA MANCHA, ENTIDAD PÚBLICA ADSCRITA A LA AGENCIA DEL AGUA DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO –IALCM‐ LLEVE A CABO EL CONTRATO DE SERVICIOS DE EXPLOTACIÓN, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO AL CAMPO DE MONTIEL (CIUDAD REAL).

 

EL PLAZO GLOBAL DE EJECUCIÓN SE ESTABLECE EN 2 AÑOS, CON DOS DE PRÓRROGA ADICIONAL POSIBLE.

 

CON ELLO, SE POSIBILITA LA PRESTACIÓN EN LAS ADECUADAS CONDICIONES DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE EN “ALTA” A LA CITADA COMARCA, QUE TOTALIZA UNOS 55.000 HABITANTES CENSADOS, SI BIEN ACTUALMENTE SÓLO SE ABASTECEN 9.000 HASTA TANTO SE FORMALICEN LOS CORRESPONDIENTES CONVENIOS CON EL RESTO DE MUNICIPIOS.

 

EL OBJETO DE ESTA ACTUACIÓN ES CUMPLIR CON LA VIGENTE NORMATIVA EN MATERIA TÉCNICO‐SANITARIA EN RELACIÓN CON EL ABASTECIMIENTO DE AGUA A POBLACIONES.

 

IACLM PROCEDERÁ A LA LICITACIÓN DEL CONTRATO CITADO, UNA VEZ QUE SE HAYA PRODUCIDO LA APROBACIÓN DE GASTO POR PARTE DEL CONSEJO DE GOBIERNO.

 

LA LICITACIÓN SE LLEVARÁ A CABO POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO, QUE SERÁ OPORTUNAMENTE PUBLICADO EN LOS DIARIOS Y BOLETINES OFICIALES CORRESPONDIENTES, Y EN EL PORTAL DEL PERFIL DEL CONTRATANTE DE LA JUNTA Y DE TRANSPARENCIA DE INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CASTILLA‐LA MANCHA.