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Autorizar un gasto correspondiente al expediente del contrato de gestión, por la modalidad de concierto, de plazas de atención residencial para personas mayores en la Residencia de Mayores “Santo Cristo de Santa Ana” de Villafranca de los Caballeros

Autorizar un gasto correspondiente al expediente del contrato de gestión, por la modalidad de concierto, de plazas de atención residencial para personas mayores, actualmente ocupadas por usuarios con derecho reconocido a las mismas en la Residencia de Mayores “Santo Cristo de Santa Ana” de Villafranca de los Caballeros (Toledo).

 

Se precisa la contratación de referencia, dado que la Administración no puede ejecutar con medios propios las prestaciones objeto del mismo.

 

El contrato tendrá una duración comprendida entre la fecha de formalización (previsiblemente el 1 de agosto de 2017) y el 30 de junio de 2018 y puede prorrogarse por mutuo acuerdo de  las partes por períodos anuales. En todo caso, la duración total del contrato, incluidas la prórrogas, no excederá de la duración del Acuerdo Marco de 29/11/2016, actualmente vigente, y de sus contratos derivados, prevista, como máximo el 30 junio de 2021.

Autorización de la superación de los porcentajes previstos en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley de Hacienda de CLM, correspondiente al expediente de prórroga del contrato de gestión del Servicio de Estancias Diurnas del Centro “La Rosaleda”

Autorización de la superación de los porcentajes previstos en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, durante los ejercicios 2018 y 2019, correspondiente al expediente de prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concesión, del Servicio de Estancias Diurnas del Centro de Día de Mayores “La Rosaleda” de Guadalajara.

 

La Consejería de Bienestar Social precisa continuar la tramitación del expediente de prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concesión, del Servicio de Estancias Diurnas del Centro de Día de Mayores “La Rosaleda” de Guadalajara. Como consecuencia de su tramitación, se superan los porcentajes establecidos en el  artículo 48.3 del  Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, en las anualidades de 2018 y 2019, correspondiendo, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del citado artículo, previo informe de la Dirección General de Presupuestos, al Consejo de Gobierno autorizar la superación de los mismos.

 

La prórroga del contrato abarcará el período comprendido entre el día 1 de julio de 2017 y el 30 de junio de 2019, ambos días incluidos.

Autorización para la imputación a los créditos del presupuesto corriente de obligaciones derivadas de compromisos de gasto adquiridos en ejercicios anteriores por la Consejería de Bienestar Social

Según lo dispuesto en el artículo 8 apartado 1 b) de la Orden de 29 de abril de 2016, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, sobre normas de ejecución de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2016 (prorrogados desde el 1 de enero de 2017 por el Decreto 82/2016, de 27 de diciembre de 2016, hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos de 2017), que desarrolla lo dispuesto en el artículo 36.2 b) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Dirección General  con competencias en materia de presupuestos, autorizar las imputaciones a las dotaciones presupuestarias del ejercicio corriente de aquellas obligaciones que se deriven de compromisos de gasto debidamente adquiridos en ejercicio anteriores, para las que no exista crédito disponible en el ejercicio de procedencia.

Decreto por el que se dispone el cese y el nombramiento de tres miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, designado por las Cortes de Castilla-La Mancha, en representación de los intereses sociales

Las Cortes regionales de Castilla-La Mancha aprobaron la Ley 7/ 2003, de 13 de marzo, del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, que regula su naturaleza, composición y funciones.

 

El artículo 13.1 de la Ley del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha dispone que el Consejo Social elaborará su propio Reglamento de Régimen Interior. El pleno del Consejo Social aprobó el 18 de febrero de 2005 el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, que en su artículo 10 establece la composición del mismo: estará integrado por 19 miembros, incluido el presidente o presidenta, seis miembros en representación del Consejo de Gobierno de la Universidad y 13 en representación de los intereses sociales.

 

Dentro de los 6 primeros son vocales natos el Rector, el Secretario General y el Gerente de la Universidad, y serán elegidos de entre sus miembros un profesor, un estudiante y un representante del personal de Administración y Servicios.

 

Por parte de los intereses sociales de la región seis serán designados por el gobierno de la Junta de comunidades de Castilla-La Mancha, tres por parte de las Cortes y otros seis designados por las entidades empresariales, las sindicales y la federación de municipios y provincias a razón de dos cada uno.

 

Los miembros de la representación social tienen un mandato de 4 años, pudiendo ser prorrogados una sola vez, acabarán también su representación cuando dejen de ostentar el cargo por el cual tienen la representación, o a propuesta de sus respectivas organizaciones como es el caso.

 

Corresponde al Gobierno Regional el nombramiento del presidente y de todos sus miembros.

 

Cesan: Beatriz Jiménez Linuesa, Carmen Rodrigo Morillos y José Luis Teruel Cabral

Nombramientos: Antonio Martinez Gómez, Fausto Marín Megía y José Garcia Malina

 

Enlaces relacionados:

Decreto 39/2017, de 13 de junio, por el que se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, en representación de los intereses sociales

 

DOCM

Toma de conocimiento de las bases reguladoras para la concesión de ayudas para realizar cursos de formación lingüística y/o metodológica fuera de España para el profesorado de centros públicos de Castilla-La Mancha

El aprendizaje de lenguas extranjeras es una prioridad para el Gobierno regional, de ahí que se contribuya con estas ayudas a que el profesorado de centros públicos de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha pueda completar su formación durante el verano mediante la realización de cursos de formación lingüística y/o metodológica fuera de España.

 

El número y cuantía de las ayudas disponibles, los idiomas, los países y periodos de realización así como el plazo de presentación de solicitudes se determinará en la resolución de convocatoria.

 

Enlaces relacionados:

Orden 118/2017, de 13 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para realizar cursos de formación lingüística y/o metodológica fuera de España para el profesorado de centros públicos de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Declaración de Interés Regional del Proyecto de Singular Interés denominado “Centro Tecnológico Nokian Tyres”, en Santa Cruz de la Zarza (Toledo)

El Consejo de Gobierno acuerda Declarar de Interés Regional el proyecto denominado “Centro Tecnológico Nokian Tyres”, en Santa Cruz de la Zarza (Toledo), a efectos de su tramitación como Proyecto de Singular Interés.

Toma de conocimiento de la Orden para fomento de la creación de agrupaciones de productores de productos agroalimentarios en Castilla-La Mancha y de creación del registro de agrupaciones de productores de productos agroalimentarios de Castilla-La Mancha

EL CONSEJO DE GOBIERNO HA AUTORIZADO LA TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL DE FOMENTO DE LA CREACIÓN DE AGRUPACIONES DE PRODUCTORES  DE PRODUCTOS  AGROALIMENTARIOS EN CASTILLA-LA MANCHA Y DE CREACIÓN DEL REGISTRO DE AGRUPACIONES DE PRODUCTORES DE PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS DE CASTILLA-LA MANCHA.

 

Se considera que la unión de productores ayuda a afrontar juntos los desafíos planteados por el aumento de la competencia y la consolidación de los mercados consumidores en relación con la comercialización de sus productos, incluso en los mercados locales 2020.

 

El Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha prevé el régimen de estas ayudass en  la submedida 9.1.

 

Medida que está dotada con 7.686.786,67 euros para todo el período de programación.

 

Podran optar a las ayudas cualquier entidad con personalidad jurídica, que esté compuesta por titulares de industrias agroalimentarias productoras de un mismo producto agroalimentario perteneciente al Anexo I del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea (en adelante, el Tratado) y obtenido de la transformación de productos agrícolas del mismo Anexo I del Tratado, que cumpla con los requisitos establecidos en la Orden y solicite su reconocimiento como agrupaciones de productores agroalimentarios.

 

Enlaces relacionados:

Orden 113/2017, de 7 de junio, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, de fomento de la creación de Agrupaciones de Productores de Productos Agroalimentarios en Castilla-La Mancha y de creación del Registro de Agrupaciones de Productores de Productos Agroalimentarios de Castilla-La Mancha.

Autorización al Gabinete Jurídico para la interposición de un recurso contencioso‐ administrativo contra la resolución de 27 de marzo de 2017, del Ayuntamiento de Guadalajara

Autorización al Gabinete Jurídico para la interposición de un recurso contencioso‐ administrativo contra la resolución de 27 de marzo de 2017, del  Ayuntamiento  de Guadalajara, por la que se desestima el recurso de  reposición  interpuesto  contra  la resolución, por la que se requiere a la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha la presentación de la Inspección Técnica de Edificios de los inmuebles ubicados en el ámbito del Proyecto de Singular Interés “Fuerte de San Francisco”.

 

Se recurre la Resolución de 27 de marzo de 2017, dictada por el Concejal Delegado de Urbanismo del Ayuntamiento de Guadalajara, por no ajustarse a la legalidad vigente,  al obligar a esta Administración a la presentación de los informes de la Inspección Técnica de Edificios (ITE) de determinados inmuebles ubicados en el ámbito del PSI “Fuerte de San Francisco”, cuando la normativa aplicable al respecto dispone de dicha obligación a los propietarios de los mismos, correspondiendo dicha propiedad en este caso al propio Ayuntamiento de Guadalajara, y así reza en el Registro de la Propiedad de esa localidad.

Autorización al Gabinete Jurídico para la interposición de un recurso contencioso administrativo contra la Orden APM/319/2017, de 7 de abril, por la que se autoriza un trasvase desde los embalses de Entrepeñas‐Buendía

Autorización al Gabinete Jurídico para la interposición de un recurso contencioso administrativo contra la Orden APM/319/2017, de 7 de abril, por la que se autoriza un trasvase desde los embalses de Entrepeñas‐Buendía, a través del acueducto Tajo‐Segura, de 15 hm³ para el mes de abril de 2017.

 

Se recurre la autorización de este trasvase, acordado cuando las existencias de Entrepeñas y Buendía según la Orden Ministerial estaban en 399,6 hm3, dado que ha sido adoptado en contra de lo establecido en la regla de explotación, según la cual cuando las existencias de Entrepeñas y Buendía se sitúen por debajo de los 400 hm3 no cabe aprobar trasvase alguno. Según nuestra interpretación, el umbral mínimo de no trasvase está plenamente vigente dado que el volumen de existencias embalsadas de 900 hm3 se alcanzó el 8 de marzo de 2014. Por el contrario, la Comisión de Explotación del ATS considera que nos encontramos en el período transitorio fijado en la normativa, por lo que dichos umbrales aún no son efectivos.

 

Adicionalmente, se insiste en el incumplimiento reiterado del artículo 5 del Real Decreto 773/2014, de 12 de septiembre, por el que se aprueban diversas normas reguladoras del trasvase por el acueducto Tajo‐Segura, relativo a la publicación de los informes de seguimiento, que junto a la reiterada negativa del Dirección General del Agua de permitir la asistencia de Castilla‐ La Mancha a las reuniones de la CCEATS y de acceso a la documentación de la misma produce una falta de transparencia que genera indefensión y afecta negativamente a los intereses de la Región.

Acuerdo por el que se autoriza la resolución por la que se publican los créditos disponibles en el Ejercicio 2017, que han de financiar los subvenciones de costes salariales previstas en el Decreto 21/2010

La resolución tiene por objeto publicar el crédito presupuestario disponible, en el ejercicio 2017, para la financiación de las ayudas de costes salariales reguladas en el Decreto 21/2010, de 20 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para promover y facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo.

 

Estas ayudas tienen por objeto subvencionar parcialmente el coste salarial de cada trabajador con discapacidad en plantilla de los centros especiales de empleo, que presten sus servicios en un centro de trabajo radicado en el territorio de Castilla-La Mancha.

 

Dado que las subvenciones reguladas en el Decreto 21/2010, de 20 de abril, se otorgan en régimen de concesión directa, mediante esta resolución se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3.2 del citado Decreto y en el artículo 75.3 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.

 

Enlaces relacionados:

Resolución de 08/06/2017, de la Dirección General de Programas de Empleo, por la que se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2017, que han de financiar las subvenciones de costes salariales previstas en el Decreto 21/2010, de 20 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para promover y facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo.

Acuerdo por el que se toma en consideración el Anteproyecto de Ley materia de gestión organización administrativa

En estos momentos se hace también necesario acometer una serie de modificaciones de diversas leyes sectoriales cuyo objetivo general es incrementar la eficiencia y la eficacia en la prestación de servicios de la administración pública regional en diversos ámbitos. Así, uno de los primeros objetivos de este anteproyecto es adaptar la normativa de la Comunidad Autónoma a las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público que entraron en vigor el pasado mes de octubre. Asimismo, se abordan modificaciones en materia de promoción y ordenación del turismo; ordenación del territorio, urbanismo y vivienda; tributos y servicios sociales; cambios en el texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha y en la Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2016, entre otros.

Información sobre el resultado de las actuaciones en materia de calidad desarrolladas en 2016

La Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa, de la que depende  la Inspección General de Servicios, eleva un informe al Consejo de Gobierno en el que da cuenta de las actuaciones en materia de calidad de los servicios que se han desarrollado a lo largo de 2016. Las principales actuaciones en esta materia se centraron en la elaboración y puesta en marcha del Plan de Simplificación y Reducción de Cargas Administrativas 2016, que constó de 32 medidas y en el que estaban implicadas todas las consejerías del Gobierno regional.