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CerrarAcuerdo por el que se resuelve la cesión gratuita del inmueble denominado “Centro tecnológico de la arcilla”, otorgada a favor de asociación Aitemin
ACUERDO POR EL QUE SE RESUELVE LA CESIÓN GRATUITA DEL INMUEBLE DENOMINADO “CENTRO TECNOLÓGICO DE LA ARCILLA” SITO EN TOLEDO, C/ ESTENILLA, Nº 2 C/V A C/ VALDEMARÍAS, OTORGADA A FAVOR DE ASOCIACIÓN AITEMIN, Y LA REVERSIÓN DEL MISMO AL PATRIMONIO DE ESTA COMUNIDAD AUTÓNOMA, ASÍ COMO SU ADSCRIPCIÓN PARCIAL A FAVOR DE LA EMPRESA PÚBLICA GEACAM, S.A.
A través de este acuerdo el Consejo de Gobierno resuelve la cesión gratuita otorgada a favor de la Asociación para la Investigación y Desarrollo Industrial de los Recursos Naturales (AITEMIN), encomendando a la Secretaría General de Hacienda y Administraciones Públicas la realización de los trámites necesarios para la ejecución de este acuerdo y tendentes a la reversión efectiva del inmueble al patrimonio de esta Comunidad Autónoma. Asimismo acuerda adscribir a la empresa pública Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, S.A. (GEACAM, S.A.) parcialmente el inmueble, quedando el resto adscrito a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
Acuerdo por el que se adscriben a la empresa pública GEACAM dos viviendas situadas en el complejo denominado “Parque de obras públicas y de viviendas de camineros” de Atienza (Guadalajara), para destinarlas a sede de retén contra incendios forestales
ACUERDO POR EL QUE SE ADSCRIBEN A LA EMPRESA PÚBLICA GESTIÓN AMBIENTAL DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A. (GEACAM, S.A.), DOS VIVIENDAS EN EL BLOQUE II (BAJO A Y BAJO B) SITUADAS EN EL COMPLEJO DENOMINADO “PARQUE DE OBRAS PÚBLICAS Y DE VIVIENDAS DE CAMINEROS” DE ATIENZA (GUADALAJARA), PARA DESTINARLAS A SEDE DE RETÉN CONTRA INCENDIOS FORESTALES.
Mediante el presente acuerdo se resuelve adscribir a GEACAM, S.A. dos viviendas del Boque II, en el Bajo A y B, sitas en el complejo denominado “Parque de Obras Públicas y de Viviendas de Camineros” de Atienza (Guadalajara), para ser destinadas a sede de retén contra incendios forestales, así como encomendar a la Secretaría General de Hacienda y Administraciones Públicas la realización de los trámites necesarios para la ejecución de este acuerdo.
Autorización del gasto para contratar el suministro de sondas en las edares de la zona 2 de depuración de Castilla-La mancha.
EL CONSEJO DE GOBIERNO DE CASTILLA-LA MANCHA AUTORIZA UN GASTO DE 368.464,37 € PARA QUE INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CASTILLA-LA MANCHA –IALCM- LICITE EL CONTRATO DE SUMINISTRO DE SONDAS PARA LAS ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES (EDAR) DE LA ZONA 2 DE DEPURACIÓN DE CASTILLA-LA MANCHA, UBICADA ÍNTEGRAMENTE EN LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL.
EL PLAZO DE PRESTACIÓN DE DICHO SUMINISTRO SERÁ DE 6 MESES.
LA POBLACIÓN SERVIDA POR DICHAS DEPURADORAS ES DE ALGO MÁS DE 80.000 HABITANTES CENSADOS. EL NÚMERO DE DEPURADORAS AFECTADAS ES DE 20, Y LAS POBLACIONES BENEFICIADAS 22, TODAS ELLAS EN LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL.
EL OBJETO DE ESTA ACTUACIÓN ES DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA DIRECTIVA 91/271/CEE DEL CONSEJO, DE 21 DE MAYO DE 1991, SOBRE TRATAMIENTO DE LAS AGUAS RESIDUALES URBANAS.
IACLM PROCEDERÁ A LA LICITACIÓN DE ESTOS SERVICIOS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, PUBLICÁNDOSE ÉSTA, Y SUS POSTERIORES TRÁMITES Y RESOLUCIONES QUE SE ADOPTEN, EN EL PERFIL DEL CONTRATANTE DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA , CUYA DIRECCIÓN ES:
Acuerdo por el que se autoriza a la Consejería de Fomento a superar los porcentajes de gastos plurianuales establecidos en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha
EL CONSEJO DE GOBIERNO DE CASTILLA-LA MANCHA AUTORIZA A LA CONSEJERÍA DE FOMENTO A SUPERAR LOS PORCENTAJES DE GASTOS PLURIANUALES ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 48.3 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA, EN LOS NIVELES DE VINCULANTE DEL ARTÍCULO 21* DEL PROGRAMA 521A “TELECOMUNICACIONES” Y DEL CAPÍTULO 6*- FPA 0090005 DEL PROGRAMA 521B “SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN” EN EL AÑO 2018.
Autorización de una prórroga de dos programas temporales de refuerzo de personal en los servicios de dependencia de las Direcciones Provinciales de la Consejería de Bienestar Social
Tiene por objetivo agilizar la tramitación de los expedientes de valoración de Grado de la situación de dependencia, la aprobación de los Programas Individuales de Atención, reducir los tiempos de valoración de la situación de dependencia, atender las solicitudes de revisión por empeoramiento y hacer frente al incremento de solicitudes, al haber resultado insuficiente los programas inicialmente autorizados.
Autorización de un gasto correspondiente al expediente de prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concesión, de la Residencia para Personas Mayores de El Pedernoso (Cuenca)
La prórroga de este contrato se realiza por dos años y abarca el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2017 y el 30 de septiembre de 2019, ambos días incluidos. Se justifica la necesidad de la tramitación de la citada prórroga en que actualmente subsisten las necesidades que dieron lugar al contrato inicial.
Proyecto de Ley de microempresas cooperativas y cooperativas rurales de Castilla-La Mancha y por la que se modifica la Ley 11/2010, de 4 de noviembre, de cooperativas de Castilla-La Mancha
El Consejo de Gobierno, tras el periodo de información pública y la emisión de los informes preceptivos, ha acordado la aprobación del proyecto de Ley de microempresas cooperativas y cooperativas rurales de Castilla-La Mancha, así como disponer su remisión a las Cortes de Castilla-La Mancha para su tramitación.
La microempresa cooperativa se define como una sociedad cooperativa de primer grado perteneciente, con carácter exclusivo, a las clases de cooperativas de trabajo asociado o de explotación comunitaria de la tierra, configurándose como una modalidad de dichas clases en razón de su número de socios.
La cooperativa rural, que se configura como una clase de cooperativa en los términos del artículo 121 de la Ley 11/2010, de 4 de noviembre, de Cooperativas de Castilla- La Mancha se define como aquella con domicilio social en municipios de la Región con una población igual o inferior a 15.000 habitantes, que asocia a personas físicas o jurídicas y que tiene por objeto la realización de actividades y prestación de servicios que mejoren económica, social y técnicamente a la propia cooperativa, a los socios de la misma o a los terceros de su entorno social y que ayuden a la dinamización, el desarrollo, la transformación y la generación de valor en el medio rural, aumentando la calidad de vida y la igualdad de oportunidades de las personas vinculadas a la cooperativa, fomentado el desarrollo sostenible del medio rural.
Asimismo, este proyecto de Ley modifica diferentes aspectos de la Ley 11/2010 consistentes, en esencia, en la supresión de trámites administrativos para la constitución y modificación de los estatutos sociales de la cooperativa; la simplificación del procedimiento de renovación de los miembros del órgano de administración, se mejora la regulación de la descalificación, las operaciones con terceros, el Fondo de Reserva Obligatorio y el Fondo de Reserva Voluntario, se introduce la disolución y liquidación simultánea de la cooperativa, se introducen nuevos supuestos que permiten cumplir con el requisito del depósito de las cuentas anuales, se regula de forma transitoria la suspensión del derecho de voto para los socios no productores en las cooperativas que cuenten con el reconocimiento de organización de productores, se elimina el requisito de la publicidad en prensa de las modificaciones estatutarias y se introducen criterios de desempate y de reserva de contratos para las cooperativas de iniciativa social sin ánimo de lucro.
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Anteproyecto de Ley de Microempresas Cooperativas y Cooperativas Rurales de Castilla-La Mancha
Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del programa “Retorno del talento joven”
El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones en el marco del programa “Retorno del Talento Joven”.
Su finalidad es facilitar a los jóvenes titulados castellanomanchegos, que se encuentren residiendo, trabajando o hayan residido o trabajado en el extranjero, el retorno a la región, fomentando su contratación, su actividad emprendedora o su formación en Castilla-La Mancha.
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Autorización de la Resolución por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas –Adelante inversión-, para el fomento de la inversión y la mejora de la productividad empresarial en Castilla-La Mancha
La Resolución tiene por objeto convocar ayudas al fomento de la inversión y la mejora de la productividad en Castilla-La Mancha para el ejercicio 2017, cuyo objeto es subvencionar la inversión para proyectos empresariales, industriales o de servicios, promovidos por pymes.
Las ayudas tienen como finalidad facilitar financiación a las empresas para poner en marcha un proyecto empresarial, su incorporación al tejido empresarial de Castilla-La Mancha, y la mejora de su productividad, todo ello mediante la realización de inversiones productivas, la mejora de los procesos y productos fabricados en la región, la diferenciación de estos frente a la competencia y la apertura a nuevos mercados para alcanzar la consolidación del tejido empresarial de la región.
Son subvencionables los proyectos promovidos por pymes que realicen una inversión inicial dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para:
a) La creación de un nuevo establecimiento, siempre que, en el mismo, después de la solicitud de subvención, se cree algún puesto de trabajo en el Régimen General o en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.
b) La ampliación de la capacidad de un establecimiento existente, siempre que las actuaciones o inversiones subvencionables supongan un incremento de las unidades producidas o del número de servicios prestados por unidad de tiempo, ya sea a través del aumento del número de trabajadores, la adquisición de nuevos bienes de equipo, o bien mediante la introducción de mejoras en la organización de la producción y de la calidad en la prestación de servicios.
c) La diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el mismo, siempre y cuando los costes subvencionables superen, como mínimo, el 200 % del valor contable de los activos que se reutilizan, registrados en el ejercicio fiscal anterior al inicio de los trabajos.
d) La transformación fundamental del proceso global de producción de un establecimiento existente siempre y cuando los costes subvencionables superen la amortización de los activos relativos a la actividad que se va a modernizar en los tres ejercicios fiscales anteriores.
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Autorización de gasto de la modificación del contrato relativo al servicio para la justificación y control de subvenciones concedidas por la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo
La modificación del contrato se fundamenta en la necesidad de ampliar el asesoramiento técnico y el control financiero de las subvenciones concedidas por la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, derivada, de una parte, de la aprobación de una convocatoria de subvenciones específica, en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, aprobada por Resolución de 1 de septiembre de 2016, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral y de otra, de la aprobación de la Orden ESS/1857/2016, de 5 de diciembre, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico 2016, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas, subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, incluyendo aquellas destinadas a la ejecución del programa de Acción Conjunta para la Mejora de la Atención a las Personas Paradas de Larga Duración (BOE núm. 295, de 7/12/2016), norma que incrementa los fondos finalistas atribuidos a esta Comunidad Autónoma respecto a los asignados en la Orden precedente, lo que conlleva un aumento de las subvenciones y en consecuencia, del número estimado de expedientes a revisar.
Una vez tramitado el expediente, y comprobando su ajuste a las previsiones establecidas tanto en la normativa como en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, se hace preciso someterlo a Consejo de Gobierno, a efectos de autorización del gasto, por haber autorizado el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo de fecha 14 de junio de 2016 el gasto del contrato original e implicar, la modificación prevista, un incremento del importe global del gasto superior al 10 por ciento del inicialmente autorizado, tal y como se establece en el artículo 20.f) de la Ley 2/2017, de 1 de septiembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017.
Decreto por el que se modifica el reglamento de funcionamiento y composición del Consejo de Archivos de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto 6/2005, de 18 de enero
Este decreto tiene por objeto modificar la composición del Consejo de Archivos de Castilla-La Mancha para incluir como miembro nato a la persona titular de la Oficina de Transparencia y Buen Gobierno. Ello se justifica en las funciones atribuidas a dicha Oficina por la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, en concreto la coordinación con la Consejería responsable en materia de archivos de todas aquellas actuaciones que sean necesarias para el ejercicio del derecho de acceso a la información pública.
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Autorización de un gasto para la prórroga del contrato de prestación de servicios postales a la administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
El contrato de prestación de servicios postales a la administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha fue suscrito con fecha 30 de septiembre de 2014, entre la empresa Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. y la entonces Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por un período de ejecución inicial comprendido entre el 1 de octubre de 2014 y el 30 de septiembre de 2016, ambos días incluidos. Posteriormente se realizó la prórroga del mismo desde el 1 de octubre de 2016 hasta el 30 de septiembre de 2017. Puesto que está pendiente la licitación de un nuevo contrato cuya fecha de inicio está prevista para el 1 de enero de 2018, se pretende suscribir una nueva prórroga hasta la entrada en vigor del nuevo contrato. La duración de la prórroga que se propone es de tres meses, de acuerdo con la propuesta aceptada por la empresa contratista.
El importe del expediente de prórroga del contrato de referencia, supera el límite de 500.000,00 euros, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 2/2017, de 1 de septiembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017, el órgano competente para la autorización del gasto es el Consejo de Gobierno.