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CerrarAcuerdo por el que se autoriza el allanamiento en el procedimiento 492/2016, seguido ante la sala de lo contencioso-administrativo, sección 1ª, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, contra la resolución del T.E.A.R. de 26 de septiembre
Acuerdo por el que se autoriza al Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a allanarse en un recurso contencioso-administrativo, procedimiento ordinario nº 492/2016, seguido en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sala de lo Contencioso-Administrativo, e interpuesto contra la resolución del TEAR de 26 de septiembre de 2016 , desestimatoria de las reclamación económico administrativa nº 02/00437/2013 y 02/00438/2013 acumuladas, según los dispuesto en el artículo 9.3 de la Ley 5/2013 de 17 de octubre, de ordenación del servicio jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Autorización para contratar con medios ajenos las terapias respiratorias a domicilio y autorización del gasto derivado de dicho contrato
El presente contrato, por importe de 69.589.191,56 €, tiene por objeto la prestación de terapias respiratorias a domicilio y otras técnicas de ventilación asistida, así como otros procedimientos diagnósticos y terapéuticos que se especifican en el pliego de prescripciones técnicas, para el tratamiento a domicilio de pacientes afectados por enfermedades del aparato respiratorio o que afecten a éste de:
- Personas con tarjeta sanitaria del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.
- Personas con tarjeta sanitaria de otros Servicios de Salud (hasta un máximo de tres meses).
- Ciudadanos con tarjeta sanitaria europea (durante el tiempo de vigencia de la misma).
No se consideran incluidos en el objeto del contrato los servicios de esta naturaleza prestados en centros sanitarios, salvo que constituyan inicio de tratamientos o adiestramiento en el uso de aparatos y dispositivos.
Autorización del cambio de denominación de la Escuela de Ingenieros Agrónomos de Ciudad Real que pasa a denominarse Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos
La Consejería de Educación, Cultura y Deportes propone al Consejo de Gobierno la autorización del cambio en la denominación de este centro como una mejor descripción de la realidad de la Escuela.
Este cambio de denominación requiere de la autorización del Consejo de Gobierno de Castilla‐ La Mancha en cumplimiento de lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades.
Con fecha 21 de diciembre de 2016, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Castilla‐La Mancha aprobó el cambio de denominación de la Escuela de Ingenieros Agrónomos por el de Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos de Ciudad Real. Tal propuesta se elevó al Pleno del Consejo Social de la Universidad de Castilla‐La Mancha, siendo ratificada en su sesión de 9 de marzo de 2017.
La motivación para el cambio de la citada denominación se basa en dos factores:
a) La demanda de cambio de nombre del propio centro, refrendada por su Junta de Centro en sesión de fecha 26 de abril de 2010, en la que el nuevo nombre propuesto tuvo el apoyo unánime. La Junta de Centro es el órgano de gestión ordinaria del centro. Entre los argumentos aludidos por la Escuela se explica que la fórmula "Escuela Técnica Superior', es mayoritaria en las diversas escuelas de ingenieros agrónomos de universidades públicas, con lo que se logra una mayor uniformidad.
b) La impartición de cursos de doctorado, dirección de tesis e impartición de programas de posgrado y másteres oficiales justifican la incorporación de la fórmula "Superior" en su nombre.
Enlaces relacionados:
Autorización de un gasto correspondiente al expediente de la cuarta prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concesión, del Servicio de Estancias Diurnas del Centro de Día de Personas Mayores de Bolaños de Calatrava (Ciudad Real)
La prórroga de este contrato se realiza por dos años y abarca el periodo comprendido entre el 16 de octubre de 2017 y el 15 de octubre de 2019, ambos días incluidos. Se justifica la necesidad de la tramitación de la citada prórroga en que actualmente subsisten las necesidades que dieron lugar al contrato inicial.
Autorización de un gasto derivado de la prórroga del contrato del servicio de limpieza y retirada selectiva de residuos en distintos Centros y Dependencias de la Consejería de Bienestar Social en la provincia de Albacete durante los años 2018 y 2019
La prórroga del contrato, por importe total de 512.044,84 €, tendrá una duración de doce meses, durante el periodo comprendido entre el 22 de diciembre de 2017 y el 21 de diciembre de 2018, ambos días incluidos.
Autorización del reconocimiento de obligaciones, correspondiente a las estancias producidas por usuarios durante los meses de mayo a julio de 2017 en tres centros de la Provincia de Toledo
Una vez firmado el Acuerdo Marco 2017-2020, tres centros residenciales de la provincia de Toledo han quedado fuera del mismo y en ellos se encuentran residiendo personas mayores con derecho reconocido a las plazas que ocupan de forma efectiva.
Se está gestionando una solución a esta situación mediante contratación negociada pero, de facto, se ha generado un gasto sin cobertura contractual durante los meses de mayo a julio de 2017, que asciende a 140.145,63 euros, en la parte que corresponde abonar a la Consejería de Bienestar Social y 92.380,22 en la parte de aportación de los usuarios.
Localidad Empresa
CALZADA DE OROPESA MAGOFERMA, S.L
VILLAFRANCA DE LOS CABALLEROS ONCENERO GERIATRICOS S.L.
VILLATOBAS RAFAEL SELLER GROVE
Autorización del proyecto de resolución por la que se convocan las subvenciones a entidades privadas de iniciativa social para el mantenimiento de centros, servicios y desarrollo de programas destinados a la atención de las personas con discapacidad
La resolución tiene por objeto convocar para el año 2018 las subvenciones destinadas a entidades privadas de iniciativa social para el mantenimiento de centros y servicios, así como para el desarrollo de programas dirigidos a la atención, capacitación e inclusión de personas con discapacidad en Castilla-La Mancha. Estas ayudas se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva.
Enlaces relacionados:
Autorización al Ente Público Radio Televisión de Castilla‐La Mancha para la realización de gastos superiores a 240.000 euros, derivados del expediente de contratación del suministro de los servicios de telefonía fija y móvil
El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido por el artículo 21 de la Ley 2/2017, de 1 de septiembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha para 2017, que establece que la realización de gastos por parte de las entidades, empresas y fundaciones pertenecientes al sector público regional, requerirá autorización previa conforme a lo establecido en el artículo 24 de la Ley 1/2012, de 1 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de los Servicios Sociales Básicos de Castilla‐La Mancha. Dicha Ley, a su vez, dispone que cuando estos gastos sean superiores a 240.000 euros su autorización corresponde al Consejo de Gobierno.
Esta autorización requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el artículo 21.5 de la Ley 2/2017, de 1 de septiembre.
Acuerdo por el que se aprueba el proyecto de ley de estímulo económico de zonas prioritarias en Castilla-La Mancha
El proyecto de ley tiene como objeto establecer el marco regulador de un conjunto de acciones e instrumentos de estímulo económico para fomentar la actividad empresarial y orientar su localización hacia áreas geográficas determinadas con la finalidad de reducir las diferencias de situación económica en el territorio de Castilla- La Mancha.
El proyecto consta de una parte expositiva, 7 artículos estructurados en dos capítulos, dos disposiciones adicionales y tres disposiciones finales.
El Capítulo I denominado ”Disposiciones generales”, regula el objeto de la ley, su ámbito de aplicación y los fines de la misma.
El Capítulo II denominado “Determinación de las zonas prioritarias, implementación y régimen de aplicación”, establece la definición de las zonas prioritarias, los instrumentos para favorecer la incentivación económica y el empleo en las zonas prioritarias y, asimismo, se determinan las áreas donde deberá incidirse para la consecución de los objetivos de la ley y a quién compete el control y seguimiento de las medidas adoptadas en cumplimiento de ésta.
La disposición adicional primera determina la aplicación de los instrumentos previstos en esta ley a los municipios que acordó el Consejo de Gobierno, dentro de la distribución municipal de la Inversión Territorial Integrada Castilla-La Mancha que figura en el Anexo del Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020, o la distribución que, en su caso, se determine en posteriores periodos de programación.
La disposición adicional segunda establece la posibilidad de aplicar los instrumentos de incentivación económica previstos en esta ley a los municipios de la Región que sean declarados como zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil.
La disposición final primera versa sobre la adaptación al contenido de la norma.
La disposición final segunda contiene una habilitación al Consejo de Gobierno para el desarrollo y aplicación de la ley.
La disposición final tercera dispone la entrada en vigor de la ley.
Los instrumentos para favorecer la reactivación económica y el empleo en las zonas prioritarias consistirán en subvenciones o ayudas, realización de planes y estudios sectoriales, préstamos o avales mediante convenios con entidades financieras, u otros instrumentos financieros, así como otras vías de financiación alternativas. Asimismo, se podrá acudir a mecanismos de cooperación con la Administración General del Estado o con las entidades locales de Castilla-La Mancha.
Además de los instrumentos citados anteriormente, la actividad de fomento dirigida a las zonas prioritarias podrá consistir, según los requisitos que marque cada uno de los fondos que financien la línea de ayuda, en alguna de las siguientes alternativas:
a) La aprobación de líneas de ayudas específicas dirigidas a dichas zonas, que se llevará a cabo de forma prioritaria al resto de alternativas.
b) Una reserva del total del crédito de la convocatoria asignado específicamente para los proyectos que se desarrollen en las zonas prioritarias. En el caso de que en una convocatoria de ayuda no se agotase la totalidad del crédito reservado para las zonas prioritarias, el crédito no utilizado podrá destinarse a incrementar el destinado a proyectos desarrollados en el resto de territorio regional.
c) Un incremento porcentual del 20 por ciento en la intensidad de ayuda en aquellos proyectos o inversiones dirigidos a los municipios declarados como zonas prioritarias.
d) El establecimiento de criterios de valoración que prioricen los proyectos desarrollados dentro de las zonas prioritarias.
Las líneas de ayudas a las que resultará aplicable esta actividad de fomento y estímulo, serán las siguientes:
a) Empleo y formación.
b) Autoempleo y emprendimiento, fomento y potenciación de la economía social.
c) Empresas, competitividad e internacionalización.
d) Turismo, comercio, artesanía y cultura.
e) Industria, energía, medio ambiente y economía circular.
f) Innovación y desarrollo tecnológico.
g) Suelo industrial.
h) Industrias agroalimentarias, mejora de explotaciones agrarias, regadíos e incorporación al tejido empresarial de jóvenes agricultores y agricultoras.
i) Servicios de ayuda y atención a personas en situación de dependencia.
j) Servicios de proximidad para la atención de personas.
k) Financiación y captación de inversiones.
Enlaces relacionados:
Ley 5/2017, de 30 de noviembre, de Estímulo Económico de Zonas Prioritarias en Castilla-La Mancha.
Proyecto de decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro
El Decreto del que toma conocimiento el Consejo de Gobierno tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones a las entidades sin ánimo de lucro, Cruz Roja Española, Fundación Secretariado Gitano, Cáritas, Fundación Acción contra el Hambre y a YMCA para colaborar financieramente en la cofinanciación que complementa a la del Fondo Social Europeo prevista para los proyectos que han sido seleccionados por parte de la Autoridad de Gestión de los Programas Operativos de “Inclusión Social y Economía Social” y “Empleo Juvenil” y que se desarrollen en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Enlaces relacionados:
Autorización de gasto para el expediente de subvención al centro especial de empleo Ilunion servicios industriales zona centro S.L.U., al amparo del Decreto 21/2010
AUTORIZACIÓN DE GASTO PARA EL EXPEDIENTE DE SUBVENCIÓN AL CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO ILUNION SERVICIOS INDUSTRIALES ZONA CENTRO S.L.U., AL AMPARO DEL DECRETO 21/2010, DE 20 DE ABRIL, POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES PARA PROMOVER Y FACILITAR LA INTEGRACIÓN LABORAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO.
El Consejo de Gobierno autoriza el gasto para la concesión de una subvención al Centro Especial de Empleo Ilunion Servicios Industriales Zona Centro, ubicado en Cabanillas del Campo (Guadalajara).
Dicha subvención se concede al amparo del Decreto 21/2010, de 20 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para promover y facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo, y se propone su concesión por un importe de 1.086.292,87 euros.
Debido a que el gasto supera el límite establecido en el artículo 20 de la Ley 2/2017, de 1 de septiembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017 compete al Consejo de Gobierno su autorización.
Autorización de gasto para el expediente de subvención al centro especial de empleo Manchalán, S.A., al amparo del Decreto 21/2010
El Consejo de Gobierno autoriza el gasto para la concesión de una subvención al Centro Especial de Empleo Manchalán, S.A., ubicado en Cabanillas del Campo (Guadalajara).
Dicha subvención se concede al amparo del Decreto 21/2010, de 20 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para promover y facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo, y se propone su concesión por importe de 580.705,51 euros.
Debido a que el gasto supera el límite establecido en el artículo 20 de la Ley 2/2017, de 1 de septiembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017, compete al Consejo de Gobierno su autorización.