Mostrando 6650 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN DE ESTUDIOS DEL TÍTULO DE GRADO EN ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES DE ARTE DRAMÁTICO EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno aprueba un decreto cuyo objeto consiste en aprobar el plan de estudios del Título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Arte Dramático en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.    La finalidad de este decreto es definir el contenido de los planes de estudios conducentes a la obtención del título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Arte Dramático, atendiendo al perfil profesional cualificado propio del ámbito del arte dramático y de las especialidades e itinerarios correspondientes.    Enlaces relacionados:   Decreto 33/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba el Plan de Estudios del Título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Arte Dramático en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN A LA FUNDACIÓN PÚBLICA IMPULSA CASTILLA-LA MANCHA PARA LA REALIZACIÓN DE GASTOS SUPERIORES A 400.000 EUROS, DERIVADOS DEL EXPEDIENTE PARA LA CELEBRACIÓN DE UN CONTRATO DE LOS SERVICIOS DE AUXILIARES DE SALA DEL MUSEO DE PALEONTOLOGÍA.

El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido por el artículo 25 de la Ley 11/2023, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024, dedicado al régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, que establece que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.     Esta autorización requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el artículo 25.4 de la citada Ley.  

AUTORIZACIÓN A LA FUNDACIÓN PÚBLICA IMPULSA CASTILLA-LA MANCHA PARA LA REALIZACIÓN DE GASTOS SUPERIORES A 400.000 EUROS, DERIVADOS DEL EXPEDIENTE PARA LA CELEBRACIÓN DE UN CONTRATO DE LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN AL PÚBLICO EN EL MUSEO DE CIENCIAS.

El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido por el artículo 25 de la Ley 11/2023, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024, dedicado al régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, que establece que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.     Esta autorización requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el artículo 25.4 de la citada Ley.  

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES PARA LA INSERCIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL MERCADO ORDINARIO DE TRABAJO.

El Decreto tiene como objeto regular la concesión directa de subvenciones para facilitar el acceso al trabajo de las personas con discapacidad y la adaptación de sus puestos de trabajo a las condiciones específicas de las mismas, así como fomentar el transito del empleo protegido al ordinario, favoreciendo la integración sociolaboral de las que, además, tengan especiales dificultades de inserción laboral, en condiciones que garanticen la aplicación de los principios de igualdad de trato y no discriminación, fomentando las oportunidades de empleo y mantenimiento del mismo, en el mercado ordinario de trabajo de Castilla-La Mancha.    Regula cuatro líneas de subvenciones:    a) Línea I. Ayudas para la contratación inicial indefinida y para la transformación en contratos por tiempo indefinido de contratos temporales de personas trabajadoras con discapacidad.   b) Línea II. Ayudas para la adaptación de los puestos de trabajo, dotación de equipos de protección personal y eliminación de barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de las personas trabajadoras con discapacidad.   c) Línea III. Ayudas para la contratación inicial indefinida de personas trabajadoras con discapacidad que presentan especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo, procedentes de enclaves laborales.   d) Línea IV. Ayudas destinadas a sufragar los costes salariales y de Seguridad Social del preparador laboral, que vaya a realizar las acciones de orientación y acompañamiento individualizado en el puesto de trabajo, a personas trabajadoras con discapacidad y con capacidad intelectual limite, que presenten especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo.   Las subvenciones se otorgarán en régimen de concesión directa y el crédito disponible para 2024 asciende a 2.000.000 euros, financiados con la distribución territorializada de los fondos finalistas realizadas por el Servicio Público de Empleo Estatal.   Enlaces relacionados:   Decreto 32/2024, de 2 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

 

DECRETO POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES A LAS ENTIDADES LOCALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA, TITULARES DE ESCUELAS INFANTILES QUE IMPARTAN EL PRIMER CICLO DE LA EDUCACIÓN INFANTIL.

El Consejo de Gobierno aprueba el Decreto por el que se aprueban las bases reguladoras de la concesión directa de subvenciones a las entidades locales de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, titulares de escuelas infantiles que impartan el primer ciclo de la Educación Infantil a alumnado de 2-3 años.    Las subvenciones reguladas en este decreto se convocarán según el calendario siguiente:   a) Curso 2024/2025. Entidades locales con una población igual o inferior a 2.000 habitantes que sean titulares de escuelas infantiles.   b) Curso 2025/2026.  Además de las previstas en la letra a), las entidades locales con una población igual o inferior a 10.000 habitantes que sean titulares de escuelas infantiles.   c) A partir del curso 2026/2027. La totalidad de las entidades locales de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.   Se financian los gasto siguientes durante el curso escolar:   a) Costes por todos los conceptos del personal adscrito a la escuela infantil, necesarios para la prestación del servicio educativo al alumnado 2-3 años.   b) Gastos derivados de la contratación de medios externos dirigidos al desarrollo del servicio educativo.   c) Acciones formativas para el personal de las escuelas infantiles.   d) Gastos de mantenimiento.   e) Otros gastos que de manera indubitada estén vinculados a la prestación del servicio objeto de la subvención.   La cuantía individualizada que corresponderá a cada entidad local será, como máximo de 35.000 euros por unidad de 2-3 años por curso escolar.   Enlaces relacionados:   Decreto 34/2024, de 2 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras de la concesión directa de subvenciones a las entidades locales de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, titulares de escuelas infantiles que impartan el primer ciclo de la Educación Infantil a alumnado de 2-3 años.

 

DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN DE PREVENCIÓN Y GESTIÓN DE RESIDUOS DE CASTILLA-LA MANCHA 2030.

DECLARACIÓN COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL CON LA CATEGORÍA DE MONUMENTO DE LA PRESA DE MORACANTÁ, EN VILLAMINAYA (TOLEDO).

Por Resolución de la Viceconsejería de Cultura de 14 de julio de 2023 (DOCM núm. 140 de 24 de julio de 2023), se inició expediente para la declaración de la Presa de Moracantá, en Villaminaya (Toledo) como Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento.    Con fecha de 2 de abril de 2024 se solicitó un informe a la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural de Toledo, en su calidad de institución consultiva de la Administración, tal y como señala el artículo 6.1. de la Ley 4/2013 de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, que emitió informe favorable el 11 de abril.    Posteriormente se publicó la Resolución de 02/05/2024, de la Viceconsejería de Cultura y Deportes, que dio trámite de audiencia a los interesados en el procedimiento (DOCM núm. 91, de 10 de mayo de 2024) sin que se hayan recibido alegaciones.    Vistos los informes y datos técnicos pertinentes, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes considera que el mencionado bien reúne los valores históricos necesarios para gozar de la protección que la legislación vigente dispensa a los Bienes de Interés Cultural, por lo que entiende procedente su declaración.    En consecuencia, de acuerdo con el artículo 15.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en uso de las competencias atribuidas, el Consejo de Gobierno acuerda la declaración de la Presa de Moracantá, en Villaminaya (Toledo) como Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento.    Enlaces relacionados:   ARELLANO GARCÍA, M. (1977). Puente y presa romanos en el término municipal de Villaminaya (Toledo). Toletum: boletín de la Real Academia de Bellas Artes y Ciencias Históricas de Toledo, (8), 97-99   BARAHONA OVIEDO, M. (2016): Estructuras de embalse (presas) y de derivación (azudes) de épocas romana y altomedieval en la cuenca media del río Tajo. Tesis doctoral leída en el Departamento de Prehistoria y Arqueología de la UNED   BARAHONA OVIEDO, M. (2018): Hacia una arqueología de las presas. Bases metodológicas para la revisión del catálogo de embalses romanos y altomedievales de la cuenca media del río Tajo, en PACHECO, C. (coordinador): Actas del Congreso El agua en la provincia de Toledo. Historia, usos y retos para el futuro. 23 y 24 de noviembre de 2016. Talavera de la Reina, ed. Colectivo de investigación histórica Arrabal. Talavera de la Reina (pp. 72-86)   CASTILLO BARRANCO, J. C. (2007). Las presas romanas en España. Archaeopress    CASTILLO BARRANCO, J. C., Y ARENILLAS PARRA, M. A. (2000). Las presas romanas en España. Propuesta de Inventario. In Actas del Primer Congreso Nacional de Historia de las presas. Mérida   JIMÉNEZ DE GREGORIO, F. (1996): La comarca toledana de La Sisla (Vol. 8). Diputación provincial   NOVILLO LÓPEZ, M. A. (2008): Presas romanas de regadío en la provincia de Toledo: estado actual de la cuestión y novedades. En El territorio ciudades romanas (pp. 471-494). Sísifo   OREJAS SACO DEL VALLE, A. y SÁNCHEZ PALENCIA, F. J. (1989): Obras hidráulicas romanas y explotación del territorio en la provincia de Toledo, en Instituto de Estudios Almerienses. Dpto. de Historia. Almería   LA PRESA DE MORACANTÁ EN VILLAMINAYA (TOLEDO) Y SU IMPORTANCIA EN LA HISTORIA

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA EL CONTRATO BASADO DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA CON CERTIFICADO DE ORIGEN RENOVABLE PARA LOS EDIFICIOS DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

El gasto del expediente supera el límite de 750.000,00 €, por lo que su aprobación requiere la autorización previa del Consejo de Gobierno, en virtud de lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 11/2023, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024, en relación con el artículo 58.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.

ACUERDO POR EL QUE SE TOMA CONOCIMIENTO DE LA AUTORIZACIÓN, DE 12 DE JUNIO DE 2024, DEL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA AL GABINETE JURÍDICO PARA ALLANARSE EN EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO 344/2022.

Del informe de 7 de junio de 2024, de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego, así como del informe del Gabinete Jurídico, se deduce que procede el allanamiento en el recurso contencioso-administrativo, procedimiento ordinario nº 344/2022 y dada la premura de la finalización del plazo, el allanamiento ha sido autorizado con carácter urgente el 12 de junio de 2024 con lo que procede dar cuenta al Consejo de Gobierno.

DECRETO POR EL QUE SE FIJA EL CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2025 EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA

El Decreto se aprueba de conformidad con el artículo 45.4 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, es preciso aprobar con anterioridad al día 30 de septiembre de 2024, el calendario laboral que ha de regir en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-la Mancha para el año 2025.   Las fiestas laborales de carácter retribuido y no recuperables en el año 2025, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, serán las siguientes:   1 de enero, Año Nuevo 6 de enero, Epifanía del Señor 17 de abril, Jueves Santo 18 de abril, Viernes Santo 1 de mayo, Fiesta del Trabajo 31 de mayo, Día de Castilla-La Mancha, en sustitución de la fiesta correspondiente al día 19 de marzo, San José 19 de junio, celebración de la Fiesta del Corpus Christi, en sustitución del descanso laboral correspondiente al día 12 de octubre, Fiesta Nacional de España 15 de agosto, Asunción de la Virgen 1 de noviembre, Día de Todos los Santos 6 de diciembre, Día de la Constitución Española 8 de diciembre, Inmaculada Concepción 25 de diciembre, Natividad del Señor   Enlaces relacionados:   Decreto 30/2024, de 25 de junio, por el que se fija el calendario laboral para el año 2025 en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

MODIFICACIÓN DEL CURRÍCULO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y ASIGNACIÓN DE MATERIAS OPTATIVAS

El Consejo de Gobierno aprueba el Decreto por el que se modifica el Decreto 82/2022, de 12 de julio, por el que se establece la ordenación y el currículo de Educación Secundaria Obligatoria en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y el Decreto 220/2023, de 29 de agosto, por el que se regula la asignación de materias optativas en Educación Secundaria Obligatoria y en Bachillerato a las especialidades de distintos cuerpos de personal funcionario docente en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.   Con el decreto que se aprueba se incorpora al currículo de ESO una nueva materia optativa, “la Unión Europea”, a impartir en el cuarto curso de la etapa, con una carga lectiva de 2 horas semanales.   Así mismo, se modifica la actuación de los equipos docentes responsables de la evaluación, que afectan significativamente a la promoción y titulación de esta etapa regulada en los artículos 18 y 19. Antes, para decidir sobre estas cuestiones se exigía mayoría cualificada de dos tercios del equipo docente, ahora, con la modificación, las decisiones serán adoptadas de forma colegiada por el equipo docente, preferentemente por consenso y, en caso de no existir acuerdo, por mayoría simple mayoría simple.   Por último, se modifican los anexo I y II del decreto 220/2023, de 29 de agosto, correspondientes a la asignación de materias optativas en Educación Secundaria Obligatoria y a la asignación de materias optativas en bachillerato, respectivamente, derivadas de la inclusión de la nueva materia optativa de la unión europea.   La asignación para la impartición de esta materia se realiza a los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y de Profesores de Enseñanza Secundaria en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha con las especialidades de geografía e historia, y filosofía.   Enlaces relacionados:   Decreto 31/2024, de 25 de junio, por el que se modifica el Decreto 82/2022, de 12 de julio, por el que se establece la ordenación y el currículo de Educación Secundaria Obligatoria en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y el Decreto 220/2023, de 29 de agosto, por el que se regula la asignación de materias optativas en Educación Secundaria Obligatoria y en Bachillerato a las especialidades de distintos cuerpos de personal funcionario docente en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN PREVIA AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN PARA APROBAR EL EXPEDIENTE DEL CONTRATO DE SERVICIOS SOCIALES PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE LA RESIDENCIA PARA PERSONAS MAYORES CON CENTRO DE DÍA “LOS MOLINOS” DE MOTA DEL CUERVO.

Se propone al Consejo de Gobierno que autorice al órgano de contratación para aprobar el expediente del contrato de servicios sociales para la gestión integral de la Residencia para Personas Mayores con Centro de Día “Los Molinos” de Mota del Cuervo (Cuenca), con un total de 120 plazas residenciales y 20 plazas de centro de día, y cuyo presupuesto base de licitación es de 9.620.689,10 euros (IVA incluido al 4%). número de expediente 2024/003729, y que tendrá por objeto la prestación del citado servicio, fijándose su duración en tres años, a contar desde la fecha de su formalización o desde la fecha fijada en el documento contractual, habiéndose estimado como fecha de inicio del contrato el día 1 de enero de 2025.   El contrato podrá prorrogarse por acuerdo del órgano de contratación, antes de su finalización, pudiendo realizarse una o varias prórrogas siempre que su duración no exceda, en conjunto, de dos años.