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ACUERDO POR EL QUE SE AMPLÍA EL MONTE DE UTILIDAD PÚBLICA N.º 51, “LA ATALAYA”, PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE CIUDAD REAL, EN LA ZONA CORRESPONDIENTES A LAS PARCELAS DE TERRENOS DEL “REINO DE DON QUIJOTE”.

El Consejo de Gobierno acuerda:    I. La declaración como Monte de Utilidad Pública de la superficie correspondiente a las parcelas de terrenos del “Reino de Don Quijote”, localizadas en los polígonos: 13 (parcelas 138, 139, 140, 70, 71, 72, 75 y 13) y 14 (parcelas 1, 3 y 113), ampliando el Monte de Utilidad Pública nº 51, “La Atalaya”, propiedad del Ayuntamiento de Ciudad Real, en 460,459 ha, al reunir los requisitos determinados por los artículos 18 y 19 de la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha.     II. Que una vez declaradas de Utilidad Pública las parcelas indicadas, integradas en el monte denominado La Atalaya, se incluyan en el correspondiente Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Ciudad Real, quedando el monte con las siguientes características:    Denominación: La Atalaya; Provincia: Ciudad Real; Partido Judicial: Ciudad Real; Número del Catálogo: 51; Término municipal: Ciudad Real; Propiedad: Ayuntamiento de Ciudad Real.    Cabidas y límites: - Superficie Pública: 569,9320 ha. - 2 Enclavados: 14,9628 ha. - Superficie Total: 584,8948 ha.   Servidumbres: camino de paso a casa de antiguos dueños y de uso público, de 8 metros de ancho y 1.462,50 m, que se encuentra dentro del predio sirviente.    Límites: Norte: Fincas Particulares. Finca Valcansado y Hoya de Pajareros, actualmente camino de San Cristóbal; Este: Fincas Particulares. Camino de la Torre. (Límite del término municipal de Ciudad Real); Sur: Fincas Particulares. Camino de la entrada a la finca, actualmente Camino de los Polvorines y Colada del Camino de Calatrava; Oeste: Fincas Particulares.    III. Que se inscriban dichos terrenos en el Registro de la Propiedad.

 

INFORME SOBRE EL COMPROMISO DE ESTABLECER UNAS NUEVAS BASES REGULADORAS DE AYUDAS A PERSONAS CON ENFERMEDAD CELIACA PARA 2024.

El Consejero de Sanidad informa a los restantes miembros del Consejo de Gobierno del compromiso de establecer unas nuevas bases reguladoras de ayudas a personas con enfermedad celiaca para 2024 que simplificarán el procedimiento respecto al regulado en el año 2023. 

INFORME SOBRE EL INICIO DE TRÁMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA PREVIA DEL PROYECTO DE DECRETO QUE ESTABLECE Y REGULA EL SISTEMA DE BANCO DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL CURRICULAR Y SE DETERMINAN LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS.

La Consejería de Educación, Cultura y deportes informa al Consejo de Gobierno del inicio del trámite de información pública previa del proyecto de decreto que establece y regula el sistema de banco de libros de texto y material curricular en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y se determinan las bases reguladoras de la concesión directa de ayudas consistentes en el uso de libros de texto por el alumnado de educación básica. 

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS EN ALQUILER SOCIAL O A PRECIO ASEQUIBLE EN EDIFICIOS ENERGÉTICAMENTE EFICIENTES EN LA LOCALIDAD DE ILLESCAS (TOLEDO).

El Consejo de Gobierno acuerda la aprobación del Decreto por el que se regula la concesión directa de una subvención para la construcción de viviendas en alquiler social o a precio asequible en edificios energéticamente eficientes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la localidad de Illescas (Toledo).

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 9/2024, de 5 de marzo, por el que se regula la concesión directa de una subvención para la construcción de viviendas en alquiler social o a precio asequible en edificios energéticamente eficientes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la localidad de Illescas (Toledo).

TOMA EN CONSIDERACIÓN Y DE NO CONFORMIDAD A LA TRAMITACIÓN DE LA PROPOSICIÓN DE LEY DE DEROGACIÓN PARCIAL DE LA LEY 9/2023, DE 3 DE ABRIL, DE AGRICULTURA FAMILIAR Y DE ACCESO A LA TIERRA EN CASTILLA-LA MANCHA.

La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada el 1 de febrero de 2024 ha calificado favorablemente y admitido a trámite la “Proposición de ley de derogación parcial de la Ley 9/2023, de 3 de abril, de Agricultura Familiar y de acceso a la Tierra en Castilla-La Mancha” Expediente 11/PPL-00002, acordando su remisión a Consejo de Gobierno, a los efectos previstos en el artículo 156.2 del Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha.    Se ha emitido informe por la Secretaría General de la Consejería, contrario a mostrar la conformidad a la referida proposición de Ley.    El artículo 29 de la ley 9/2023, de 3 de abril, de Agricultura Familiar y de Acceso a la Tierra en Castilla-La Mancha, constituye elemento esencial para la articulación del Título tercero de la misma “Banco de Tierras. Infrautilización del suelo agrario”, como apuesta estratégica que facilite la puesta en contacto entre la oferta y la demanda de parcelas agrarias, cultivadas o cultivables, ubicadas en la Comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha, con la finalidad de la recuperación de tierras abandonadas, recuperar y/o frenar la pérdida de superficie agraria útil, así como mejorar y ampliar la base territorial de las explotaciones, contribuyendo de este modo a fijar la población en el medio rural.    Su derogación conllevaría ir contra el espíritu de la Ley y dejar sin efecto uno de sus elementos esenciales.    Se eleva, por tanto, al Consejo de Gobierno para su consideración la propuesta de la Consejería en el sentido de mostrar su no conformidad conforme a lo facultado en el referido artículo 156.2 del Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha.  

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA PERMUTA PARCIAL DE LA SUPERFICIE DE DIVERSAS PARCELAS DEL MUP 277 FRAGUAS, PARA MEJOR DEFINICIÓN DE LA SUPERFICIE DEL MONTE.

I.- Autorizar la permuta parcial de la superficie de las parcelas pertenecientes al MUP nº 277 Fraguasque se relacionan en el anexo al presente Acuerdo, por las parcelas ofertadas por la Asociación de Vecinos e Hijos de Monasterio, para una mejor definición de la superficie del monte, de conformidad con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.    II.- Autorizar la exclusión del Catálogo de Montes de Utilidad Pública y desafectación del dominio público forestal de las parcelas solicitadas en el Monte de Utilidad Pública nº 277 Fraguas, con una superficie de 221.503,23 m2 a fin de proceder a la permuta. 

INFORME SOBRE LA DOTACIÓN DE EQUIPAMIENTO, ACTIVIDADES Y FORMACIÓN DEL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA DURANTE LOS AÑOS 2023 Y 2024.

El Consejero de Sanidad informa a los restantes miembros del Consejo de Gobierno de los siguientes extremos:    1º Del proceso de dotación de equipamiento del Servicio de Salud de Castilla-La  Mancha durante 2023 para identificar los procedimientos diagnósticos que deben ser realizados en Atención Primaria y mejorar el acceso a la indicación de procedimientos diagnósticos desde Atención Primaria e incrementar la capacidad resolutiva en este ámbito de atención y gestionar la indicación por proceso.    2º. De las actividades realizadas por el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha durante 2023.    3º. De las actividades formativas comprometidas a fecha 31 de diciembre de 2023. 

INFORME SOBRE FORMALIZACIÓN DE UN CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA (UCLM) PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS CURRICULARES DE ESTUDIANTES DE ÁREAS DISTINTAS A LAS DE CIENCIAS DE LA SALUD.

El Consejero de Sanidad informa a los restantes miembros del Consejo de Gobierno de la formalización de un convenio de cooperación educativa entre la Consejería de Sanidad y la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) para la realización de prácticas curriculares de estudiante de Áreas distintas a las de Ciencias de la Salud.    El objeto del convenio es permitir la realización de las prácticas curriculares y extracurriculares a los alumnos de la Universidad de Castilla-La Mancha matriculados en los estudios no incluidos en el Área de Ciencias de la Salud, en los centros sanitarios del SESCAM, con el fin de contribuir a la formación integral de los estudiantes, complementando su aprendizaje teórico y práctico, facilitar el conocimiento de la metodología de trabajo adecuada a la realidad profesional y favorecer el desarrollo de competencias técnicas, metodológicas, personales y participativas que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales. Los alumnos incluidos en el ámbito de aplicación de este convenio llevarán a cabo sus prácticas en calidad de estudiantes, siendo su relación con el SESCAM formativa. Las solicitudes de las prácticas al amparo del convenio serán presentadas por la Universidad de Castilla- La Mancha directamente a cada una de las Gerencias del Sescam dónde se vayan a desarrollar las prácticas, las plazas de prácticas que estime necesarias.    El SESCAM a través de cada una de sus Gerencias, dónde se vayan a desarrollar las prácticas, aceptará las plazas de prácticas en el número, duración y periodicidad que estime oportuno según las necesidades organizativas y la capacidad docente de la que disponga, informando de ello a la Universidad de Castilla- La Mancha y a la Dirección General de Recursos Humanos y Transformación. 

CREACIÓN DE DOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS, EN LAS LOCALIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno aprueba la creación de los siguientes centros educativos:

 

1. Instituto de Educación Secundaria Obligatoria número 3 (código de centro 45014563), en Ocaña (Toledo).   2. Instituto de Educación Secundaria “Luisa Sigea” (código de centro 16010030), en Tarancón (Cuenca), por transformación del Instituto de Educación Secundaria Obligatoria “Luisa Sigea” (código de centro 16010030).

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS EN ALQUILER SOCIAL EN EDIFICIOS ENERGÉTICAMENTE EFICIENTES SOBRE LA PARCELA R-8 UBICADA EN LA FASE V DEL POLÍGONO RESIDENCIAL DE TOLEDO.

El Consejo de Gobierno acuerda la aprobación del Decreto por el que se regula la concesión directa de una subvención para la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, sobre la parcela nº R-8 ubicada en la V fase del polígono residencial de Santa María de Benquerencia de la localidad de Toledo.

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 7/2024, de 27 de febrero, por el que se regula la concesión directa de una subvención para la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, sobre la parcela número R-8 ubicada en la V fase del polígono residencial de Santa María de Benquerencia de la localidad de Toledo.

PROGRAMA TEMPORAL PARA EL NOMBRAMIENTO COMO FUNCIONARIOS/AS INTERINOS/AS DE 12 EFECTIVOS DEL GRUPO A, SUBGRUPO A1 (7 ARQUEÓLOGOS/AS Y 5 ARQUITECTOS/AS) EN LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES Y DIVERSAS DELEGACIONES PROVINCIALES.

El Consejo de Gobierno autoriza el programa temporal para el nombramiento como funcionarios/as interinos/as de 12 efectivos del grupo A, subgrupo A1 (7 arqueólogos/as y 5 arquitectos/as) en la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y diversas Delegaciones Provinciales, durante el periodo comprendido entre el 29 de febrero y 30 de junio de 2024.    El coste del Programa para el periodo comprendido entre el 29 de febrero y el 30 de junio de 2024 asciende a 194.812,90 euros, incluida seguridad social, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.02.421A.1* (FPA 0090014). 

AUTORIZACIÓN PREVIA DE LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INFANCIA Y FAMILIA PARA ATENDER LAS OBLIGACIONES DE CONTENIDO ECONÓMICO PARA EL MANTENIMIENTO DE CENTROS DESTINADOS A MENORES AFECTADOS POR MEDIDAS DE PROTECCIÓN O JUDICIALES.

La Consejería de Bienestar Social, ha propuesto la autorización previa de la Resolución de la Dirección General de Infancia y Familia, por la que se publica el crédito presupuestario disponible, las formas de pago y los plazos de justificación del gasto, durante el ejercicio 2024, para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de las subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de centros destinados a menores afectados por medidas de protección o judiciales.    El crédito disponible para atender las obligaciones económicas derivadas del Decreto 16/2016, de 26 de abril, se financiará con cargo a las aplicaciones presupuestarias 27.07.313E/48163, 27.07.313E/48163 Fondo 0000000649, 27.07.313E/4816A, y 27.07.313B/48168, consignadas en los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el ejercicio 2024 y al elemento PEP JCCM/0000025640, por una cuantía que asciende a 21.175.943,46 euros con la siguiente distribución por anualidades:     a) 0,00 euros en 2023. b) 21.176.776,00 euros en 2024.   El importe correspondiente a 2024, se imputará a las aplicaciones presupuestarias que se relacionan a continuación:   a) 2707 G/313E/48163: 19.491.260,00 euros. b) 2707 G/313E/48163 (fondo 649): 1.080.146,00 euros. c) 2707 G/313E/4816A: 445.000,00 euros. d) 2707 G/313B/48168: 160.370,00 euros.   De acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4.a) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, al superar el importe global de la convocatoria la cantidad de 5.000.000,00 de euros se requiere la autorización del Consejo de Gobierno, previamente a la adopción de actos o  negocios jurídicos que conlleven la aprobación del gasto.   Enlaces relacionados:   Decreto 16/2016, de 26/04/2016, por el que se regulan las subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de centros destinados a menores afectados por medidas de protección o judiciales.    Decreto 85/2016, de 27/12/2016, por el que se modifica el Decreto 16/2016, de 26/04/2016, por el que se regulan las subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de centros destinados a menores afectados por medidas de protección o judiciales.    Decreto 12/2020, de 7 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones, con carácter urgente y excepcional, a diversas entidades de iniciativa social para el mantenimiento de centros destinados a menores afectados por medidas de protección y reforma, motivada por la crisis ocasionada por el COVID-19.    Decreto 112/2021, de 26 de octubre, por el que se modifica el Decreto 16/2016, de 26 de abril, por el que se regulan las subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de centros destinados a menores afectados por medidas de protección o judiciales.