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CerrarAcuerdo del Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha por el que se autoriza la imputación de gastos de ejercicios anteriores a ejercicio 2017
Se autoriza la imputación al ejercicio corriente de obligaciones derivadas de los compromisos de gasto adquiridos en ejercicios anteriores por el Servicio de Salud de Castilla La Mancha.
Autorización de la contratación y aprobación del gasto correspondiente al contrato del servicio de acompañantes de transporte escolar para los cursos 2017/2018 y 2018/2019
El contrato de este servicio afecta a 330 rutas escolares y supondrá la contratación de 383 acompañantes.
La figura del acompañante de transporte escolar es utilizada en aquellas rutas escolares que transportan alumnado de Educación Especial y en aquellas en las que al menos la mitad de los usuarios sean menores de 12 años.
Autorización de la incorporación al ejercicio presupuestario corriente de obligaciones reconocidas en ejercicios anteriores
Autorizar la imputación a los créditos del presupuesto corriente, de obligaciones derivadas de compromisos de gasto adquiridos en ejercicios anteriores por la Consejería de Fomento, por importe de 38.982,77 euros con cargo al capítulo II.
Aprobación del convenio de colaboración entre la Consejería de Bienestar Social y la Diputación Provincial de Toledo para la prestación de servicios y ayudas de urgencia para paliar situaciones de necesidad y/o vulnerabilidad infantil
El convenio tiene por objeto articular la colaboración entre la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Diputación Provincial de Toledo para atender a las necesidades básicas para la vida diaria de familias con hijos menores a su cargo que se encuentren en situación de necesidad o vulnerabilidad infantil en la provincia de Toledo.
El Convenio tendrá vigencia desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2017 pudiendo prorrogarse por periodos anuales, hasta un máximo de cuatro años, mediante adenda, si las dos partes firmantes así lo acordaran antes de su finalización.
Convocatoria de concesión de subvenciones, al amparo de la orden 67/2017, de 21 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el desarrollo de planes individuales de promoción internacional
Toma conocimiento de la convocatoria de concesión de subvenciones, al amparo de la orden 67/2017, de 21 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el desarrollo de planes individuales de promoción internacional convocadas por el IPEX para promover y consolidar la actividad exportadora de las empresas.
Mediante esta convocatoria se otorgará subvenciones a empresas que desarrollen acciones de promoción internacional de carácter individual, con el fin de incrementar y consolidar su presencia en los mercados internacionales.
Estas ayudas se ofrecen de forma paralela y complementaria a las ofrecidas por el IPEX con carácter sectorial y agrupado para la realización de acciones de promoción.
Serán subvencionables para el beneficiario, de acuerdo con la disposición cuarta de la Convocatoria los gastos, por los siguientes conceptos:
a) En la participación en ferias y eventos: viaje de una persona, alquiler del espacio expositivo, diseño, montaje y decoración del stand, inserción en catálogos oficiales de la feria, transporte de muestras, alquiler de mobiliario y equipos audiovisuales, azafatas e intérpretes.
b) En las visitas a ferias y eventos: viaje de una persona, intérpretes y asistencia técnica especializada en el mercado objetivo para la preparación de agendas de entrevistas.
c) En las acciones promocionales: viaje de una persona, alquiler y acondicionamiento del espacio expositivo, transporte de muestras, intérpretes, asistencia técnica especializada en el mercado objetivo para la preparación de agendas de entrevistas y agencia organizadora del evento.
d) En los viajes comerciales y de prospección y estudio: viaje de una persona, intérpretes y asistencia técnica especializada en el mercado objetivo para la preparación de agendas de entrevistas. Se apoyará una máximo de tres viajes por cada país objetivo.
e) Gastos derivados del registro de patentes y marcas y homologaciones y certificaciones ante organismos oficiales en el exterior, así como organismos nacionales que faciliten la comercialización en el exterior.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, las personas físicas que se encuentren en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), los clústeres, las comunidades de bienes, las cooperativas, las agrupaciones y asociaciones de empresas con ánimo de lucro, o cualquier otro tipo de unidad económica con patrimonio separado, excepto las fundaciones, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas
Importe individual de la ayuda
Hasta el 40% de los gastos subvencionables, excepto grandes empresas que será hasta el 20%, con un máximo de 8.000€ de ayuda por beneficiario.
Forma de presentación de la solicitud
Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días desde el día siguiente de publicación de la convocatoria y el extracto en el DOCM, de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario que acompaña a la convocatoria y que estará en sede electrónica de la JCCM: https://www.jccm.es/tramitesygestiones/organismo/ipex
Procedimiento de concesión
El procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas a partir de la aplicación de los criterios de valoración recogidos en la disposición octava de la convocatoria y adjudicar, con el límite del crédito fijado en la misma, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en la fase de evaluación.
Características principales de las actuaciones
Para la obtención de las ayudas el solicitante deberá aportar junto a la solicitud, un Plan de Internacionalización (para lo que se adjunta modelo anexo II junto a la solicitud) El presupuesto total de los gastos financiables debe ser cómo mínimo de 6.000 euros. Podrán ser financiables acciones contempladas en el plan y realizadas desde la fecha en la que se cierre el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria y hasta el 31 de octubre del 2017.
Financiación
300.000 euros de fondos del presupuesto del IPEX que está integrado en presupuestos JCCM.
Estas ayudas, excepto si los beneficiaros son grandes empresas, podrán ser cofinanciadas al 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de acuerdo con lo establecido en el Programa Operativo de la Región de Castilla-La Mancha para la programación del FEDER 2014-2020, a través del Eje prioritario 3 ”mejora la competitividad y presencia internacional de la Pyme”, OT3 y prioridad de inversión 3d “Apoyo a la capacidad de las pymes para crecer en los mercados regionales, nacionales e internacionales” y objetivo específico OE.3.4.3 “promover la internacionalización de las Pymes”.
Justificación de la ayuda
El plazo máximo de presentación de la justificación de la ayuda será de un mes a partir del 31 de octubre de 2017.
Enlaces relacionados:
Autorizar la imputación a los créditos del presupuesto corriente de obligaciones derivadas de compromisos de gasto adquiridos en ejercicios anteriores por la Consejería de Bienestar Social
Según lo dispuesto en el artículo 8 apartado 1 b) de la Orden de 29 de abril de 2016, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, sobre normas de ejecución de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2016 (prorrogados desde el 1 de enero de 2017 por el Decreto 82/2016, de 27 de diciembre de 2016, hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos de 2017), que desarrolla lo dispuesto en el artículo 36.2 b) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Dirección General con competencias en materia de presupuestos, autorizar las imputaciones a las dotaciones presupuestarias del ejercicio corriente de aquellas obligaciones que se deriven de compromisos de gasto debidamente adquiridos en ejercicio anteriores, para las que no exista crédito disponible en el ejercicio de procedencia.
Acuerdo por el que se fija la obligación de publicar las agendas de los altos cargos y asimilados en el ámbito de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus Organismos Autónomos
Toma de conocimiento de la convocatoria para la adjudicación de plazas y concesión de ayudas para realizar actividades de formación en Reino Unido/Irlanda/Francia, dirigidas a mejorar la competencia lingüística en Educación Secundaria y Bachillerato
Autorización de un gasto derivado de la resoluciones de concesión de subvenciones a varias Entidades Privadas de Iniciativa Social, para mantenimiento de centros, servicios y desarrollo de programas destinados a la atención de personas con discapacidad
La Consejería de Bienestar Social, ha propuesto conceder, entre otras, las siguientes subvenciones por un importe total de 27.107.044,46 € al amparo de la Resolución de 22 de diciembre de 2016, de la Dirección General de Mayores y Personas con Discapacidad, por la que se convocan las ayudas o subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para entidades privadas de iniciativa social, destinadas al mantenimiento de centros, servicios y desarrollo de programas de atención de personas con discapacidad en Castilla- La Mancha para el ejercicio 2017,
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Asociación ASPRONA de Albacete |
3.706.569,08 € |
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Asociación ASPRONA de Albacete (Atención Temprana) |
697.673,73 € |
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Asociación COCEMFE/FAMA de Albacete |
1.111.754,64 € |
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Asociación ASPADES-LA LAGUNA |
2.360.757,06 € |
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Asociación AFAS LA SOLANA (Ciudad Real) |
750.000,00 € |
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Asociación AFAS TOMELLOSO (Ciudad Real) |
2.080.545,65 € |
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Asociación AFAS TOMELLOSO (Atención Temprana) |
645.136,00 € |
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Asociación AFAD de Valdepeñas (Ciudad Real) |
568.339,00 € |
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Asociación FUENSANTA de Ciudad Real |
2.349.241,51 € |
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Asociación ARA de Ciudad Real |
1.180.014,91 € |
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Asociación ASPADEC de Cuenca |
1.306.646,70 € |
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Asociación Fray Serafín Madrid Soriano de Cuenca |
518.900,00 € |
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Asociación APROMIPS de Cuenca |
836.538,00 € |
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Agregación de Fund. Benéfico Particulares de Cuenca |
977.501,42€ |
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Asociación LAS ENCINAS de Guadalajara |
671.294,00 € |
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Fundación AFANÍAS-BENITA GIL Guadalajara |
676.000,00 € |
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Asociación AMAFI de Yepes (Toledo) |
1.758.650,39€ |
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Asociación APANAS de Toledo |
1.920.825,40 € |
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Asociación ASPRODETA de Talavera de la Reina |
1.046.279,02 € |
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Fundación MADRE DE LA ESPERANZA ( Talavera ) |
891.207,00 € |
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Asociación APACE de Toledo |
550.711,95 € |
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C. CECAP de Toledo |
502.459,00 € |
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TOTAL |
27.107.044,46 € |
Enlaces relacionados:
Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.
Acuerdos por los que se conceden las condecoraciones y distinciones establecidas en el Decreto 75/1992, de 12 de mayo, de concesión de condecoraciones y distinciones de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
El Consejo de Gobierno ha aprobado las condecoraciones y distinciones establecidas en el Decreto 75/1992, de 12 de mayo, de concesión de condecoraciones y distinciones de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que serán entregadas en el Día de la región a celebrar el próximo día 31 de mayo.
Toma en conocimiento del anteproyecto de Ley de estímulo económico de zonas prioritarias en Castilla-La Mancha.
El anteproyecto de ley tiene como objeto establecer el marco regulador de un conjunto de acciones e instrumentos de estímulo económico para fomentar la actividad empresarial y orientar su localización hacia áreas geográficas determinadas con la finalidad de reducir las diferencias de situación económica en el territorio de Castilla- La Mancha.
El anteproyecto consta de una parte expositiva, 7 artículos estructurados en dos capítulos, dos disposiciones adicionales y tres disposiciones finales.
El Capítulo I denominado ”Disposiciones generales”, regula el objeto de la ley, su ámbito de aplicación y los fines de la misma.
El Capítulo II denominado “Determinación de las zonas prioritarias, implementación y régimen de aplicación”, establece la definición de las zonas prioritarias, los instrumentos para favorecer la incentivación económica y el empleo en las zonas prioritarias y, asimismo, se determinan las áreas donde deberá incidirse para la consecución de los objetivos de la ley y a quién compete el control y seguimiento de las medidas adoptadas en cumplimiento de ésta.
La disposición adicional primera determina la aplicación de los instrumentos previstos en esta ley a los municipios que acuerde el Consejo de Gobierno, dentro de la distribución municipal de la Inversión Territorial Integrada Castilla-La Mancha que figura en el Anexo del Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020, o la distribución que, en su caso, se determine en posteriores periodos de programación.
La disposición adicional segunda establece la posibilidad de aplicar los instrumentos de incentivación económica previstos en esta ley a los municipios de la Región que sean declarados como zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil.
La disposición final primera versa sobre la adaptación al contenido de la norma.
La disposición final segunda contiene una habilitación al Consejo de Gobierno para el desarrollo y aplicación de la ley.
La disposición final tercera dispone la entrada en vigor de la ley.
Los instrumentos para favorecer la reactivación económica y el empleo en las zonas prioritarias consistirán en subvenciones o ayudas, realización de planes y estudios sectoriales, préstamos o avales mediante convenios con entidades financieras, u otros instrumentos financieros, así como otras vías de financiación alternativas. Asimismo, se podrá acudir a mecanismos de cooperación con la Administración General del Estado o con las entidades locales de Castilla-La Mancha.
En los proyectos que se lleven a cabo en municipios delimitados como zona prioritaria por Decreto del Consejo de Gobierno, el porcentaje de subvención que correspondería a la actividad o al proyecto por la aplicación de las líneas de ayuda se incrementará en un 20 por ciento.
No obstante, dada la incidencia de las competencias estatales y de la normativa europea en esta materia, en ningún caso la intensidad de ayuda que se conceda a un proyecto podrá superar el nivel máximo permitido por la normativa comunitaria o nacional ni la prevista en el Mapa español de ayudas de finalidad regional. En todo caso, esta circunstancia deberá tenerse en cuenta al aprobar las bases reguladoras de las ayudas que se encuentren dentro del ámbito de actuación de este anteproyecto de ley.
Acuerdo por el que se aprueba la adenda al Convenio de Cooperación económica entre la Diputación Provincial de Albacete y la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la JCCM
El Consejo de Gobierno autoriza la firma de una adenda al convenio de cooperación económica entre la Diputación Provincial de Albacete y la Consejería de Economía, Empresas y Empleo regulador de la aportación financiera de dicha Diputación al Plan Extraordinario por el Empleo de Castilla-La Mancha.
Teniendo en cuenta que el salario mínimo interprofesional para la anualidad 2017 se ha incrementado un 8%, respecto al pasado año 2016, se ha trasladado dicho incremento a los importes de las subvenciones destinadas a fomentar los contratos temporales a realizar por las entidades locales con personas desempleadas, en el marco del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha, en la orden de bases reguladoras y en su correspondiente convocatoria para la anualidad 2017.
En este marco, se hace necesario incrementar la cooperación económica para el desarrollo del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-la Mancha, por lo que la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y la Diputación Provincial han decidido adecuar el marco de su colaboración a la nueva situación.
Enlaces relacionados: