Mostrando 6668 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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Autorización para la prórroga del contrato de suministro e instalación de nuevas marquesinas en paradas de autobuses en líneas regulares interurbanas de Castilla-La Mancha

El objeto del contrato es el suministro, distribución e instalación de nuevas marquesinas, así como el resto de actuaciones de conservación y mantenimiento de la totalidad de marquesinas de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. También se incluye la instalación de hitos en aquellas paradas que carecen de marquesina, el mantenimiento de la base de datos y la realización de informes técnicos.

 

Este contrato termina el 30 de julio de 2017, lo que hace necesario plantearse la continuidad del mismo, como viene previsto en la cláusula sexta del contrato suscrito. La propuesta de dar continuidad al contrato vigente se justifica tanto en la necesidad de realizar un mantenimiento periódico y continuo de las marquesinas garantizando  la seguridad de los usuarios, como en la instalación de los hitos cuyo diseño se ha venido realizando durante el periodo de ejecución del contrato actual, y cuya puesta en obra es crucial para determinar si los materiales y el diseño es el idóneo, o en caso contrario rediseñar los mismos. En el caso de no realizar la prórroga los trabajos se verían seriamente afectados al no haber tiempo para licitar y adjudicar el nuevo contrato de suministros con este objeto.

 

 

Dado que la naturaleza de las necesidades por las que se realizó dicho contrato no han cambiado sustancialmente, y que la empresa adjudicataria viene prestando el servicio con arreglo al contrato firmado, se propone que se amplíe su  vigencia durante un plazo de TREINTA meses mientras se prepara una nueva licitación con el mismo objeto.

Autorización un gasto derivado del expediente de tercera prórroga del contrato de los servicios de auxiliares en la Residencia para Personas Mayores y en el Servicio de Estancias Diurnas “Las Viñas” en Madrigueras (Albacete)

Autorización un gasto derivado del expediente de tercera prórroga del contrato de los servicios de auxiliares sanitarios, limpieza, lavandería, mantenimiento, recepción, restauración y transporte adaptado en la Residencia para Personas Mayores y en el Servicio de Estancias Diurnas “Las Viñas” en Madrigueras (Albacete).

 

Se justifica la necesidad de la tramitación de la citada prórroga en que actualmente subsisten las necesidades que dieron lugar al contrato inicial, y por otra parte, la Administración no dispone de los medios propios suficientes ni adecuados para la realización de su objeto, y no está prevista la ampliación de los mismos.

 

La vigencia de la prórroga será por el período comprendido entre el 1 de agosto de 2017 y el 31 de julio de 2018, ambos días incluidos.

 

 

Proyecto de Ley en materia de gestión y organización de la administración y otras medidas administrativas

Mediante esta norma se acometen una serie de modificaciones necesarias en diversas leyes sectoriales cuyo objetivo general es incrementar la eficiencia y la eficacia en la prestación de servicios de la administración pública regional. Así, uno de los primeros objetivos de este proyecto es adaptar la normativa de la Comunidad Autónoma a las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público que entraron en vigor el pasado mes de octubre. Asimismo, se introducen medidas en materia de promoción y ordenación del turismo; ordenación del territorio, urbanismo y vivienda; tributos y servicios sociales; cambios en el texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha y en la Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2016, entre otras.

 

Enlaces relacionados:

Proyecto de Ley en materia de gestión y organización de la administración y otras medidas administrativas

 

Autorización de un gasto derivado de la tramitación de los convenios específicos para la prestación de la Ayuda a Domicilio en el marco del y toma de conocimiento de los convenios de colaboración a suscribir con las Entidades Locales

El Consejo de Gobierno autoriza un gasto derivado del expediente de gasto correspondiente a la tramitación de los convenios específicos para la prestación de la Ayuda a Domicilio en el marco del PRAS en relación al Decreto 87/2016, de 27 de diciembre, por el que se unifica el marco de concertación con las entidades locales para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria en Castilla-La Mancha, para el ejercicio 2017.

 

Asimismo se toma conocimiento de los Convenios de Colaboración a suscribir entre la Consejería de Bienestar Social y Entidades Locales para la prestación de la ayuda a domicilio, durante el ejercicio 2017, que tendrán una aportación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha superior a 100.000 €.                                            

El Consejo de Gobierno autoriza un gasto derivado del expediente de gasto correspondiente a la tramitación de los convenios específicos para la prestación de la Ayuda a Domicilio en el marco del PRAS en relación al Decreto 87/2016, de 27 de diciembre, por el que se unifica el marco de concertación con las entidades locales para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria en Castilla-La Mancha, para el ejercicio 2017.

 

Asimismo se toma conocimiento de los Convenios de Colaboración a suscribir entre la Consejería de Bienestar Social y Entidades Locales para la prestación de la ayuda a domicilio, durante el ejercicio 2017, que tendrán una aportación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha superior a 100.000 €.                                            

Decreto por el que se regula el 1% cultural en Castilla‐La Mancha y el sistema de aplicación de los fondos resultantes

La Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla‐La Mancha, que regula la conservación, protección y enriquecimiento del Patrimonio Cultural existente en Castilla‐La Mancha, en su artículo 65 apartado primero en la redacción dada por la disposición adicional segunda de la Ley 3/2016, de 5 mayo, de Medidas Administrativas y Tributarias de Castilla‐La Mancha, establece que “ En todos los contratos suscritos por la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha, cuyo presupuesto exceda de 600.000 euros, se incluirá una partida equivalente al menos al 1% de la aportación autonómica destinada a trabajos de investigación, documentación, conservación, restauración, difusión y enriquecimiento del patrimonio cultural de Castilla‐La Mancha o al fomento de la actividad creativa.     Enlaces relacionados: Decreto 44/2017, de 18 de julio, de regulación del uno por ciento cultural en Castilla-La Mancha.

Acuerdo por el que se ratifica el “III Acuerdo por la estabilidad en el empleo”

El Gobierno regional firma con los sindicatos el III Acuerdo por la Estabilidad en el Empleo, que contribuirá a crear empleo estable y de calidad.

Acuerdo por el que se deja sin efecto el acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de julio de 2017 por el cual se tomaba en consideración el Anteproyecto de Ley de Presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017

En fecha 14 de julio de 2017 se acuerda por el Consejo de Gobierno tomar en consideración el anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017, y solicitar el dictamen al Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha con carácter de urgencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 51.2 y 54.3 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

 

Debido a que el citado anteproyecto incluía modificaciones que a fecha actual se están volviendo a evaluar por la Dirección General de Presupuestos, se considera necesario dejar sin efecto el acuerdo citado.

Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017 y remisión a las Cortes de Castilla-La Mancha

En fecha 24 de enero de 2017 se acuerda por el Consejo de Gobierno aprobar el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017 y disponer su remisión a las Cortes Generales. No obstante, las Cortes de Castilla-La Mancha durante las sesiones plenarias celebradas los días 6 y 7 de abril de 2017, rechazaron el Proyecto de Ley de Presupuestos por no alcanzar la mayoría parlamentaria requerida.

 

Mediante el presente acuerdo se vuelve a elevar idéntico texto al Consejo de Gobierno para su aprobación y remisión a las Cortes Generales.

 

Enlaces relacionados:

 

Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017 y remisión a las Cortes de Castilla-La Mancha

Toma en consideración del Anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017 y solicitud de dictamen al Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha

En fecha 24 de enero de 2017 se acuerda por el Consejo de Gobierno aprobar el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha para 2017 y disponer su remisión a las Cortes Generales. No obstante, las Cortes de Castilla-La Mancha durante las sesiones plenarias celebradas los días 6 y 7 de abril de 2017, rechazaron el Proyecto de Ley de Presupuestos por no alcanzar la mayoría parlamentaria requerida.

Mediante el presente acuerdo se toma en consideración el nuevo texto, solicitando el preceptivo dictamen del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Toma de conocimiento de la Resolución por la que se publican los créditos que han de financiar las ayudas que se concedan en el ejercicio 2017 en virtud del Decreto 7/2016, de 15 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones

Toma de conocimiento de la Resolución por la que se publican los créditos que han de financiar las ayudas que se concedan en el ejercicio 2017 en virtud del Decreto 7/2016, de 15 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional de la Presidencia  de  la  Junta  de  Comunidades  de  Castilla‐La  Mancha  y  se  autoriza  la modificación de los porcentajes de gastos plurianuales.

 

El objetivo de esta Resolución es publicar los créditos y abrir el plazo de presentación de las solicitudes que han de financiar las ayudas que se concedan en el presente ejercicio en virtud del Decreto 7/2016, de 15 de marzo, publicado en el DOCM núm. 54 de 18 de marzo, por el que se regula el procedimiento de concesión directa de subvenciones para financiar la realización de proyectos o actuaciones de interés público, social, económico o humanitario,  de carácter excepcional, para los que no existan programas específicos de ayuda en los presupuestos de la JCCM, relativos a las siguientes materias:

 

a)    Proyectos o actuaciones sociales o humanitarios que tengan un carácter singular o sean debidos a necesidades imprevistas y urgentes.

b)  Proyectos o actuaciones de cooperación regional que promuevan el desarrollo económico y social.

c)   Proyectos de rehabilitación de inmuebles dañados, que tengan un interés público o social de carácter excepcional.

d)   Cualquier otro tipo de proyectos o actuaciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario que justifiquen su singularidad para imposibilitar su convocatoria pública.

 

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas empadronadas en Castilla‐La Mancha, las entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en esta región y las Corporaciones Locales de Castilla‐La Mancha, que presenten proyectos incardinados en los supuestos establecidos.

 

Enlaces relacionados:

Resolución de 19/07/2017, de la Secretaría General de la Presidencia, por la que se publican los créditos que han de financiar las ayudas que se concedan en el ejercicio 2017 en virtud del Decreto 7/2016, de 15/03/2016, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional de la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

 

Decreto 7/2016, de 15/03/2016, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional de la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

Acuerdo por el que se toma en consideración el anteproyecto de Ley de estímulo económico de zonas prioritarias en Castilla- La Mancha

 

El anteproyecto de ley tiene como objeto establecer el marco regulador de un conjunto de acciones e instrumentos de estímulo económico para fomentar la actividad empresarial y orientar su localización hacia áreas geográficas determinadas con la finalidad de reducir las diferencias de situación económica en el territorio de Castilla- La Mancha.

 

El anteproyecto consta de una parte expositiva, 7 artículos estructurados en dos capítulos, dos disposiciones adicionales y tres disposiciones finales.

 

El Capítulo I denominado ”Disposiciones generales”, regula el objeto de la ley, su ámbito de aplicación y los fines de la misma.

 

El Capítulo II denominado “Determinación de las zonas prioritarias, implementación y régimen de aplicación”, establece la definición de las zonas prioritarias, los instrumentos para favorecer la incentivación económica y el empleo en las zonas prioritarias y, asimismo, se determinan las áreas donde deberá incidirse para la consecución de los objetivos de la ley y a quién compete el control y seguimiento de las medidas adoptadas en cumplimiento de ésta.

 

La disposición adicional primera determina la aplicación de los instrumentos previstos en esta ley a los municipios que acuerdó el Consejo de Gobierno, dentro de la distribución municipal de la Inversión Territorial Integrada Castilla-La Mancha que figura en el Anexo del Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020, o la distribución que, en su caso, se determine en posteriores periodos de programación.

 

La disposición adicional segunda establece la posibilidad de aplicar los instrumentos de incentivación económica previstos en esta ley a los municipios de la Región que sean declarados como zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil.

 

La disposición final primera versa sobre la adaptación al contenido de la norma.

 

La disposición final segunda contiene una habilitación al Consejo de Gobierno para el desarrollo y aplicación de la ley.

 

La disposición final tercera dispone la entrada en vigor de la ley.

 

Los instrumentos para favorecer la reactivación económica y el empleo en las zonas prioritarias consistirán en subvenciones o ayudas, realización de planes y estudios sectoriales, préstamos o avales mediante convenios con entidades financieras, u otros instrumentos financieros, así como otras vías de financiación alternativas. Asimismo, se podrá acudir a mecanismos de cooperación con la Administración General del Estado o con las entidades locales de Castilla-La Mancha.

 

Además de los instrumentos citados anteriormente, la actividad de fomento dirigida a las zonas prioritarias podrá consistir, según los requisitos que marque cada uno de los fondos que financien la línea de ayuda, en alguna de las siguientes alternativas:

 

a)  La aprobación de líneas de ayudas específicas dirigidas a dichas zonas, que se llevará a cabo de forma prioritaria al resto de alternativas.

b)  Una reserva del total del crédito de la convocatoria asignado específicamente para los proyectos que se desarrollen en las zonas prioritarias. En el caso de que en una convocatoria de ayuda no se agotase la totalidad del crédito reservado para las zonas prioritarias, el crédito no utilizado podrá destinarse a incrementar el destinado a proyectos desarrollados en el resto de territorio regional.

c) Un incremento porcentual del 20 por ciento en la intensidad de ayuda en aquellos proyectos o inversiones dirigidos a los municipios declarados como zonas prioritarias.

d)    El establecimiento de criterios de valoración que prioricen los proyectos desarrollados dentro de las zonas prioritarias.

 

Las líneas de ayudas a las que resultará aplicable esta actividad de fomento y estímulo, serán las siguientes:

 

a)    Empleo y formación.

b)    Autoempleo y emprendimiento, fomento y potenciación de la economía social.

c)    Empresas, competitividad e internacionalización.

d)    Turismo, comercio, artesanía y cultura.

e)    Industria, energía, medio ambiente y economía circular.

f)     Innovación y desarrollo tecnológico.

g)    Suelo industrial.

h)    Industrias agroalimentarias, mejora de explotaciones agrarias, regadíos e incorporación al tejido empresarial de jóvenes agricultores y agricultoras.

i)      Servicios de ayuda y atención a personas en situación de dependencia.

j)      Servicios de proximidad para la atención de personas.

 

Financiación y captación de inversiones.