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CerrarAUTORIZACIÓN DE UN GASTO DERIVADO DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE DESARROLLO PERSONAL E INTEGRACIÓN EN LA COMUNIDAD Y TRANSPORTE ADAPTADO EN EL CENTRO DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL GRAVE “SANTA MARÍA DE BENQUERENCIA”
La Secretaría General de la Consejería de Bienestar Social precisa continuar la tramitación del contrato de servicios de desarrollo personal e integración en la comunidad y de transporte adaptado en el Centro de Atención a Personas con Discapacidad Intelectual Grave “Santa María de Benquerencia” de Toledo.
El contrato tendrá una duración inicial de cuatro años, prorrogables por mutuo acuerdo de las partes antes de su finalización, por un período de un año.
AUTORIZAR UN GASTO PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE RESOLUCIÓN DE UNA SUBVENCIÓN A LA ENTIDAD PRIVADA DE INICIATIVA SOCIAL “FUNDACIÓN MADRE”
AUTORIZAR UN GASTO PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE RESOLUCIÓN DE UNA SUBVENCIÓN A LA ENTIDAD PRIVADA DE INICIATIVA SOCIAL “FUNDACIÓN MADRE” PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DESTINADOS A LA ATENCIÓN TUTELAR DE LAS PERSONAS CON CAPACIDAD DE OBRAR MODIFICADA JUDICIALMENTE EN CASTILLA-LA MANCHA.
La Consejería de Bienestar Social, al amparo de la Orden de 21 de diciembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a entidades privadas de iniciativa social para el desarrollo de programas destinados a la atención tutelar de las personas con capacidad de obrar modificada judicialmente en Castilla- La Mancha y de la Resolución de 20 de octubre de 2017, de la Dirección General de Atención a la Dependencia, por la que se convocan para el ejercicio de 2018 dichas ayudas, ha propuesto conceder, entre otras, una subvención por un importe total de a la Fundación MADRE.
Dicho gasto supera el límite establecido en el artículo 20 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha para 2018, y, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado f) del citado artículo, corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación del mismo.
Enlaces relacionados:
Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.
Decreto 71/1997, de 17 de junio, de la Comisión de Tutela de Castilla-La Mancha
AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES DURANTE LOS EJERCICIOS 2019 Y 2020 DEL SERVICIO DE ESTANCIAS DIURNAS DEL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES DE CUENCA II (CUENCA)
AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES DURANTE LOS EJERCICIOS 2019 Y 2020 CORRESPONDIENTE AL EXPEDIENTE DE LA SEXTA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE GESTIÓN, POR LA MODALIDAD DE CONCESIÓN, DEL SERVICIO DE ESTANCIAS DIURNAS DEL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES DE CUENCA II (CUENCA)
La Consejería de Bienestar Social precisa continuar la tramitación del expediente de la sexta prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concesión, del Servicio de Estancias Diurnas del Centro de Día de personas mayores Cuenca II (Cuenca). Como consecuencia de su tramitación, en las anualidades de 2019 y 2020 se superan los porcentajes establecidos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del citado artículo, previo informe de la Dirección General de Presupuestos, corresponde al Consejo de Gobierno autorizar la superación de los citados porcentajes.
APROBACIÓN DEL GASTO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN “SERVICIOS DE MONITORIZACIÓN Y GESTIÓN 24x7 DE SISTEMAS INFORMÁTICOS Y REDES DE COMUNICACIONES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA
El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza el gasto por importe de 3.600.000 euros, IVA incluido, correspondiente al expediente de contratación 2018/000504 “Servicios de monitorización y gestión 24x7 de sistemas informáticos y redes de comunicaciones de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha”
AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES MÁXIMOS PREVISTOS PARA LA REDISTRIBUCIÓN DE ANUALIDADES DEL CONTRATO CENTRALIZADO DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE EDIFICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JCCM Y SESCAM
AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES MÁXIMOS PREVISTOS PARA LA REDISTRIBUCIÓN DE ANUALIDADES DEL CONTRATO CENTRALIZADO DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE EDIFICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y EL SESCAM EN LAS PROVINCIAS DE TOLEDO, CIUDAD REAL Y GUADALAJARA
La superación de los porcentajes de gastos plurianuales fijados en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha requiere de su autorización por el Consejo de Gobierno. Habiéndose observado la superación de los porcentajes máximos establecidos en el artículo 48.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en la partida presupuestaria 1509.G/221A.22*, en la anualidad 2019 en un porcentaje 83,53% , debe autorizarse por el mismo.
MOSTRAR LA NO CONFORMIDAD A LA TRAMITACIÓN DE LA PROPOSICIÓN DE LEY DE REFORMA DE LA LEY 3/2014, DE 21 DE JULIO, DE GARANTÍA DE LA ATENCIÓN SANITARIA Y DEL EJERCICIO DE LA LIBRE ELECCIÓN EN LAS PRESTACIONES DEL SERVICIO DE SALUD
MOSTRAR LA NO CONFORMIDAD A LA TRAMITACIÓN DE LA PROPOSICIÓN DE LEY DE REFORMA DE LA LEY 3/2014, DE 21 DE JULIO, DE GARANTÍA DE LA ATENCIÓN SANITARIA Y DEL EJERCICIO DE LA LIBRE ELECCIÓN EN LAS PRESTACIONES DEL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA, POR SUPONER UN IMPORTANTE AUMENTO DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO
La Mesa de las Cortes, ha calificado favorablemente y admitido a trámite la Proposición de Ley de reforma de la Ley 3/2014, de 21 de julio, de garantía de la atención sanitaria y del ejercicio de la libre elección en las prestaciones del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, acordando su remisión al Consejo de Gobierno, a los efectos previstos en el artículo 156 del Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha.
El artículo 156.1 del citado Reglamento establece que “Ejercitada la iniciativa legislativa, el Presidente de las Cortes ordenará la publicación de la Proposición de Ley y su remisión al Consejo de Gobierno respecto a la toma en consideración, así como su conformidad o no a la tramitación si implicara aumento de crédito o disminución de ingresos presupuestarios.”
A la vista del informe de la Secretaría General del SESCAM, de fecha 20 de febrero de 2018, en el que se concluye que los recursos necesarios para la puesta en marcha de los objetivos propuestos en la Proposición de Ley y situar la lista de espera en los parámetros marcados en la misma supondría un importante aumento de crédito, no procede que el Consejo de Gobierno preste su conformidad a la tramitación de la Proposición de Ley de reforma de la Ley 3/2014, de 21 de julio, de garantía de la atención sanitaria y del ejercicio de la libre elección en las prestaciones del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.
APROBACIÓN POR EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL CÓDIGO ÉTICO PARA LOS ALTOS CARGOS Y ASIMILADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA
El Consejo de Gobierno aprueba el proyecto de Decreto por el que se aprueba el Código Ético para los altos cargos y asimilados de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
En el ámbito de la Administración regional, la aprobación del Código Ético para sus altos cargos y asimilados viene a constituir desarrollo del artículo 35 de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, en relación con su disposición adicional cuarta, que establece que, en el caso de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el Consejo de Gobierno aprobará un código ético para sus altos cargos o asimilados, en el que se establecerán los órganos competentes para el seguimiento de su aplicación y determinará la responsabilidad que pueda derivar de su incumplimiento, sin perjuicio del régimen sancionador establecido en dicha norma.
Enlaces relacionados:
APROBACIÓN POR EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE CREA Y REGULA EL REGISTRO DE GRUPOS DE INTERÉS DE CASTILLA-LA MANCHA
El Consejo de Gobierno aprueba el proyecto de Decreto por el que se crea y regula el Registro de Grupos de Interés de Castilla-La Mancha.
En Castilla-la Mancha la creación y regulación del Registro de grupos de interés viene a constituir desarrollo del capitulo IV, Titulo III de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, cuyas prescripciones se respetan escrupulosamente, tanto en la definición de los que han de ser considerados "grupos de interés" como en los que han de ser excluidos de esta condición.
Enlaces relacionados:
ACUERDO POR EL QUE SE NOMBRAN NOTARIOS PARA PLAZAS RADICADAS EN EL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA
Tal como establece el Estatuto de Autonomía, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha es el órgano competente para efectuar los nombramientos de notarios para plazas radicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma. Mediante el presente acuerdo se nombran tres notarios para plazas radicadas en distintas localidades de nuestra comunidad.
Enlace relacionado:
CESIÓN GRATUITA DE USO A FAVOR DEL AYUNTAMIENTO DE MANZANARES (CIUDAD REAL), DEL INMUEBLE EN EL QUE SE UBICA EL SILO DE ALMACENAMIENTO DE CEREALES DE DICHA LOCALIDAD
Se acuerda ceder gratuitamente a favor del Ayuntamiento de Manzanares (Ciudad Real), por un plazo de diez años, prorrogables por iguales periodos hasta un máximo de cincuenta años, el uso de un inmueble situado en la Ctra. de La Solana, nº 56 de Manzanares, en el que se ubica un silo de almacenamiento de cereales, quedando obligado el Ayuntamiento a destinar el inmueble cedido a actividades deportivas, incluidas las de carácter administrativo de esa área municipal, para uso de las asociaciones deportivas federadas y entidades similares, así como la instalación de zonas deportivas, zonas ajardinadas y de aparcamientos, y al cumplimiento del resto de las condiciones específicas que se incorporan a este acuerdo.
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA IMPUTACIÓN A LOS CRÉDITOS DEL PRESUPUESTO CORRIENTE, DE OBLIGACIONES DERIVADAS DE COMPROMISOS DE GASTO DEBIDAMENTE ADQUIRIDOS EN EJERCICIOS ANTERIORES.
Las normas de ejecución de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, establecen que la autorización de las imputaciones a las dotaciones presupuestarias del ejercicio corriente de obligaciones que se deriven de compromisos de gasto debidamente adquiridos en ejercicios anteriores cuya cuantía supere los 100.000 euros corresponderá al Consejo de Gobierno.
ACUERDO POR EL QUE SE CONVALIDA LA OMISIÓN DE TRAMITES RELATIVOS A LA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE “SERVICIO DE MAQUINARIA PESADA DEL PLAN INFOCAM EN CASTILLA-LA MANCHA
El Consejo de Gobierno ha autorizado y aprobado convalidar la omisión de trámites relativos a la prórroga del contrato de “Servicio de Maquinaria Pesada del Plan Infocam en Castilla-La Mancha, en concreto, los siguientes:
Convalidar la omisión de autorización de superación de porcentajes establecido en el artículo 48.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, derivados de la prórroga desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2018 , del contrato de “servicio de maquinaria pesada del plan INFOCAM en Castilla-La Mancha durante la campaña de prevención y extinción de incendios forestales, durante las anualidades 2016-2017, y mejora de pistas forestales y mantenimiento de cortafuegos”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el siguiente desglose por anualidades:
Anualidad 2018. Importe:399.478,46€
Y convalidar, la omisión de fiscalización previa preceptiva de un gasto de 399.478,46 € correspondiente a la prórroga indicada en el punto anterior, con efectos desde el día de la firma de la prórroga, de conformidad con el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Catilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, en relación con el artículo 52 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.