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CerrarAUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA LA AMPLIACIÓN DEL RECURSO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO PRESENTADO CON FECHA 1 DE MARZO DE 2018, CON MOTIVO DE LA RESOLUCIÓN EXPRESA Nº 74, DE 1 DE MARZO DE 2018 DEL AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DEL JÚCAR
AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA LA AMPLIACIÓN DEL RECURSO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO PRESENTADO CON FECHA 1 DE MARZO DE 2018, CON MOTIVO DE LA RESOLUCIÓN EXPRESA Nº 74, DE 1 DE MARZO DE 2018 DEL AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DEL JÚCAR DE INADMISIÓN A TRÁMITE DE SOLICITUD DE REVISIÓN DE OFICIO DE DOS RESOLUCIONES DE OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE OBRA.
El Consejo de Gobierno acuerda autorizar al Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para ampliar el recurso contencioso-administrativo interpuesto con fecha 1 de marzo de 2018 contra la desestimación por silencio administrativo de la solicitud de la Dirección General de Vivienda y Urbanismo de revisión de oficio de sendas licencias de obra expedidas por Resoluciones de Alcaldía de fechas 28 de enero y 24 de noviembre de 2011 del Ayuntamiento de Alcalá del Júcar, a favor de las mercantiles Proginpe S.L. y Diverchuela S.L. (Expedientes números 02/2010 y 70/2011), con motivo de la posterior notificación de resolución expresa, Resolución nº 74, de 1 de marzo de 2018, del Ayuntamiento de Alcalá del Júcar, que acuerda inadmitir la petición de revisión de oficio de las citadas resoluciones de otorgamiento de licencias de obra.
PROYECTO DE LEY DE PROTECCIÓN Y APOYO GARANTIZADO A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN CASTILLA-LA MANCHA
El proyecto de Ley tiene dos objetivos principales, consistentes en articular un sistema de planificación de apoyos para aquellas personas con discapacidad que tengan limitada su autonomía personal para la toma de decisiones y que en la medida de lo posible con el apoyo de su familia puedan manifestar sus preferencias sobre la atención integral, igualdad de oportunidades y la participación activa en el entorno comunitario cuando sus apoyos familiares falten, así como establecer una garantía de apoyo residencial una vez que la persona no cuente con sus apoyos familiares.
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AUTORIZACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES CORRESPONDIENTE A LAS ESTANCIAS PRODUCIDAS POR USUARIOS EN 2017 EN EL CENTRO “NUESTRA SEÑORA DEL SOCORRO” DE MIGUEL ESTEBAN (TOLEDO) Y EN LA RESIDENCIA “PRINCESA DE ÉBOLI” DE PASTRANA (GUADALAJARA).
La entidad “Residencia Geriátrica Nuestra Señora del Socorro, S.L.”, gestora del centro “Nuestra Señora Del Socorro” mantuvo durante 2016 plazas contratadas con esta Administración pero no pudo suscribir el Acuerdo Marco para 2017-2018, ni, posteriormente, un contrato negociado por carecer, en esas fechas, de requisitos esenciales para la contratación. Como consecuencia de lo anterior, se generó un gasto sin cobertura contractual durante los meses de enero a agosto de 2017 que asciende a un total de 27.072,24 euros.
Igualmente, la Entidad GERO GRUPO GUADALAJARA, S.L., gestora de la Residencia Princesa de Éboli de Pastrana mantuvo, durante 2016, plazas contratadas con esta Administración, pero no pudo suscribir el Acuerdo Marco para 2017-2018, ni posteriormente un contrato negociado, por carecer la Entidad en esas fechas de requisitos esenciales para la contratación, en concreto se encontraba inmersa en procedimiento judicial de quiebra.
La administración concursal mantuvo la gestión por cuenta de esa entidad durante los meses de enero y febrero de 2017, adjudicando la gestión de la Residencia a la entidad GERO VITALIA GUADALAJARA, S.L., quien continuó prestando servicio a los usuarios desde marzo de 2017 hasta que fue posible la salida del último de ellos en octubre de 2017.
La gestión del cambio en la situación jurídica sobrevenida sin merma en la prestación del servicio a los mayores residentes, generó un gasto sin cobertura contractual durante los meses de enero a octubre de 2017. Las facturas emitidas en dichos meses se dieron de alta en el sistema de facturación por su importe total de 233.216,88 euros.
DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES PARA LA SUBMEDIDA 12.1 DE PAGOS COMPENSATORIOS POR ZONAS AGRÍCOLAS DE LA RED NATURA 2000
DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES PARA LA SUBMEDIDA 12.1 DE PAGOS COMPENSATORIOS POR ZONAS AGRÍCOLAS DE LA RED NATURA 2000 EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL PARA CASTILLA-LA MANCHA 2014-2020, CORRESPONDIENTES A LA AMPLIACIÓN DE LA ZONA A DE LAS ZEPA DE AMBIENTES ESTEPARIOS, AUTORIZAR LA CONVOCATORIA QUE SE INCLUYE EN EL DECRETO Y LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES Y DE LAS ANUALIDADES.
El objeto del Decreto es establecer las bases reguladoras para la concesión directa de las ayudas del artículo 30 del Reglamento (UE) nº 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), previstas en la submedida 12.1 del marco del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014-2020, relativa a la operación “Pagos compensatorios por zonas agrícolas de la Red Natura 2000.
Esta medida va dirigida principalmente a restaurar, preservar y mejorar la biodiversidad existente en las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) de ambientes esteparios, los cuales actualmente son los sistemas más frágiles de esta Región.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en el Decreto las personas física o jurídicas, grupos de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que reúnan los requisitos previstos en el Decreto por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de subvenciones para la submedida 12.1 de pagos compensatorios por zonas agrícolas de la Red Natura 2000 en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014-2020.
Las ayudas serán cofinanciadas por la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la Unión Europea a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en los porcentajes establecidos en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo 2014-2020, que son el 17,5, 7,5 y 75% respectivamente.
Para esta convocatoria inicial de ayudas el crédito es de 9.689.195,00 de euros, con la siguiente distribución estimada por anualidades:
- Anualidad 2018: 00,00 de euros.
- Anualidad 2019: 1.937.839,00 de euros.
- Anualidad 2020: 1.937.839,00 de euros.
- Anualidad 2021: 1.937.839,00 de euros.
- Anualidad 2022: 1.937.839,00 de euros.
- Anualidad 2023: 1.937.839,00 de euros.
Dado que la cuantía del gasto de la convocatoria es superior a 5.000.000 euros, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 58 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, se requiere que el Consejo de Gobierno la autorice. Por otra parte, al contabilizarse la retención de crédito de la convocatoria se ha tenido conocimiento de que la distribución del gasto supera los porcentajes y las anualidades establecidas en el artículo 48 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, por lo que también deben autorizarse por el Consejo de Gobierno.
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AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE ANUALIDADES ESTABLECIDAS PARA ATENDER LOS PAGOS COMENSATORIOS POR ZONAS AGRÍCOLAS DE LA RED NATURA 2000 EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL PARA CASTILLA-LA MANCHA 2014-2020
El Consejo de Gobierno ha autorizado la superación de anualidades establecidas en el artículo 48.3 del texto refundido de la ley de hacienda de castilla-la mancha, aprobado por el decreto legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, para atender los pagos comensatorios por zonas agrícolas de la Red Natura 2000 en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014-2020.
El Decreto 29/2017, de 11 de abril, establece las bases reguladoras para la concesión directa de subvenciones para la submedida 12.1 de pagos compensatorios por zonas agrícolas de la Red Natura 2000 en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014-2020. El Decreto fue aprobado por el Consejo de Gobierno en su reunión de 11 de abril de 2017, en la que se autorizó la superación de anualidades y los compromisos de gasto de las citadas ayudas.
El crédito asignado a las subvenciones anteriormente reseñadas asciende a 35.246.607,84 euros, imputándose a la aplicación presupuestaria 21100000G/718A/4734E. Las ayudas se encuentran cofinanciadas por la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la Unión Europea a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), en los porcentajes establecidos en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo 2014-2020, que son el 17,5, 7,5 y 75% respectivamente. De conformidad con el artículo 6 del Decreto 29/2017, de 11 de abril, la primera anualidad en la que se preveía realizar pagos era 2018, si bien, la tramitación fue más rápida de lo previsto, efectuándose un reajuste de anualidades para pagar parte de la anualidad 2018 en 2017.
Al proceder a iniciar el proceso de rehabilitación contable de las subvenciones de los pagos compensatorios por zonas agrícolas de la Red Natura 2000, se ha advertido que la distribución del crédito para atender las obligaciones derivadas de las citadas ayudas supera las anualidades establecidas en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por lo que de conformidad con lo que establece el artículo 48.4 de esta misma norma, procede elevar al Consejo de Gobierno la autorización de la superación de porcentajes.
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL GABINETE JURÍDICO LA INTERPOSICIÓN DE UN RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ANTE EL TRIBUNAL SUPREMO FRENTE A LA ORDEN ETU/66/2018, DE 26 DE ENERO
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL GABINETE JURÍDICO LA INTERPOSICIÓN DE UN RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ANTE EL TRIBUNAL SUPREMO FRENTE A LA ORDEN ETU/66/2018, DE 26 DE ENERO, POR LA QUE SE FIJAN LOS TRIBUTOS Y RECARGOS CONSIDERADOS A EFECTOS DE SUPLEMENTOS TERRITORIALES Y SE DESARROLLA EL MECANISMO PARA OBTENER LA INFORMACIÓN NECESARIA PARA LA FIJACIÓN DE LOS SUPLEMENTOS TERRITORIALES EN RELACIÓN CON LOS PEAJES DE ACCESO DE ENERGÍA ELÉCTRICA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2013.
El 30 de enero de 2018 se publicó en el Boletín Oficial del Estado nº 27, la Orden ETU/66/2018, de 26 de enero, por la que se fijan los tributos y recargos considerados a efectos de suplementos territoriales y se desarrolla el mecanismo para obtener la información necesaria para la fijación de los suplementos territoriales en relación con los peajes de acceso de energía eléctrica correspondiente al ejercicio 2013.
El plazo para para interponer recurso contencioso-administrativo es de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se publica la disposición general impugnada, según establece el artículo 46.1 de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa.
Considerando que la Orden mencionada adolecería de vicios de nulidad consistentes, entre otros, en la omisión del procedimiento legalmente establecido para la elaboración de disposiciones de carácter general; así como en cuestiones de fondo respecto de las competencias autonómicas en materia tributaria y la improcedencia de incluir en la Orden ETU/66/2018, de 26 de enero, a la Comunidad Autónoma de Castilla-la Mancha ni sus figuras impositivas, como consecuencia de la previa aplicación y vigencia de la Orden ETU/35/2017, de 23 de enero, por la que se establecen los suplementos territoriales en las Comunidades Autónomas de Cataluña, la Rioja, Castilla-La Mancha y Comunitat Valenciana, en relación con los peajes de acceso de energía eléctrica correspondiente al ejercicio 2013, se considera necesario para la defensa de los intereses de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la presentación del recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Supremo, de conformidad con los dispuesto en el artículo 58 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, así como en el artículo 12 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Por ello, a tenor de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley 5/2013, de 17 de octubre, de ordenación del servicio jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha se adopta el presente acuerdo.
ACUERDO POR EL QUE SE NOMBRAN REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES MUEBLES PARA PLAZAS RADICADAS EN EL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA
Tal como establece el Estatuto de Autonomía, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha es el órgano competente para efectuar los nombramientos de registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles para el territorio de la Comunidad Autónoma.
Así, el Consejo de Gobierno acuerda nombrar Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles a Don Eduardo de la Barrera Arriola, para el Registro de la Propiedad de Guadalajara, nº 03 y a Doña María Fernández Cora, para el Registro de la Propiedad de Daimiel.
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AUTORIZACIÓN DE LA CONVOCATORIA EN 2018 DE LAS SOLICITUDES ANUALES DE PAGO DE LAS PRIMAS DE MANTENIMIENTO Y LAS COMPENSATORIAS PARA FOMENTAR LA PRIMERA FORESTACIÓN DE TIERRAS AGRÍCOLAS
El Consejo de Gobierno ha autorizado la convocatoria en 2018 de las solicitudes anuales de pago de las primas de mantenimiento y las compensatorias de la orden de 15 de mayo de 2008, de la consejería de medio ambiente y desarrollo rural, por la que se regulan las ayudas para fomentar la primera forestación de tierras agrícolas y de la superación de los porcentajes establecidos en el 48.3 del texto refundido de la ley de hacienda de castilla-la mancha, aprobado por el decreto legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, para atender las obligaciones derivadas de estas solicitudes.
Por Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de 15 de mayo de 2008, (DOCM núm. 105, de 22 de mayo de 2008), se reguló el régimen de ayudas para fomentar la primera forestación de tierras agrícolas establecido en los artículos 36. b. i) y 43 del Reglamento (CE) 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), en el Reglamento (CE) 1974/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 1698/2005 del Consejo y en el Reglamento (CE) 1975/2006 de la Comisión, de 7 de diciembre, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 1698/2005 del Consejo, en lo que respecta a la aplicación de los procedimientos de control y la condicionalidad en relación con las medidas de ayuda al desarrollo rural.
Para las solicitudes presentadas el año 2018, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha dispone de 10.050.000,00 de euros de crédito en la partida presupuestaria 2110G/718A/77318 con el que se atenderá la renovación de estos compromisos derivadas de Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de 15 de mayo de 2008, por la que se regula el régimen de ayudas para fomentar la primera forestación de tierras agrícolas,:
. El 75% con cargo a los fondos FEADER de la unión europea.
. El 7,5% con cargo a los presupuestos de la administración General del Estado.
. El 17,5% restante, se financiara por fondos propios de la comunidad Autónoma.
DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PERSONAS EN VEHÍCULOS DE TURISMO
El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha acuerda aprobar el Decreto por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Transporte Público de Personas en Vehículos de Turismo y disponer su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
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DECLARACIÓN DE EMERGENCIA DE ACTUACIONES EJECUTADAS Y EN CURSO DE EJECUCIÓN POR GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE CASTILLA‐LA MANCHA, S.A. EN EL EDIFICIO DE SU PROPIEDAD SITO EN LA C/ LAGUNA DE LA COLMADA Nº 1 DE GUADALAJARA.
El Consejo de Gobierno toma conocimiento de las obras de emergencia ejecutadas en el inmueble sito en la C/Laguna de la Colmada nº 1 de Guadalajara, propiedad de Gestión de Infraestructuras de Castilla‐La Mancha, S.A., de conformidad con lo establecido en el artículo 113 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 29/2017, DE 11 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES PARA LA SUBMEDIDA 12.1 DE PAGOS COMPENSATORIOS POR ZONAS AGRÍCOLAS DE LA RED NATURA 2000
El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto por el que se modifica el Decreto 29/2017, de 11 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de subvenciones para la submedida 12.1 de pagos compensatorios por zonas agrícolas de la red natura 2000 en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014-2020.
Transcurrido el primer año de gestión de esta ayuda se han detectado una serie de dificultades, de manera que resulta necesario efectuar su modificación en orden a mejorar el régimen jurídico de la ayuda.
Dado que el período de compromisos establecidos en la Orden es de cinco años se introduce un artículo 13 bis que posibilita las transmisiones de estas ayudas con la exigencia de unos requisitos.
Se da nueva redacción al artículo de la compatibilidad no determinando operaciones y haciéndola más genérico a submedidas.
La presente modificación no implica incremento del gasto.
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AUTORIZACIÓN DEL GASTO DERIVADO DE LA TRAMITACIÓN DE LOS CONVENIOS ESPECÍFICOS PARA EL DESARROLLO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN PRIMARIA EN EL MARCO DEL PLAN CONCERTADO PARA EL EJERCICIO 2018.
Se autoriza el gasto para suscribir 98 convenios con las Entidades Locales para el desarrollo de Prestaciones de Servicios Sociales de Atención Primaria en el marco del Plan Concertado en 2018, en relación al Decreto 87/2016, de 27 de diciembre, por el que se unifica el marco de concertación con las entidades locales para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria en Castilla-La Mancha.