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DECLARACIÓN DEL DAMASQUINADO DE TOLEDO COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL, CON LA CATEGORÍA DE BIEN INMATERIAL.

Por Resolución de la Viceconsejería de Cultura de 8 de enero de 2025 (DOCM, nº 10, de 16 de enero de 2025) se inició expediente para la declaración del Damasquinado de Toledo como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Bien Inmaterial. 
 
Tras la publicación de la resolución de inicio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, una vez transcurrido el plazo de información pública establecido en el artículo 14.4 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, así como la notificación a los interesados conforme al artículo 12 de la citada Ley, se han evaluado e informado las alegaciones y escritos presentados desde el sector industrial y los escritos presentados por la Fundación Damasquinado de Toledo, entendiendo que la declaración como BIC debe contener únicamente al trabajo tradicional del damasquinado, en vías de desaparición, sin que ello obvie otras protecciones que puedan darse al trabajo industrial en otros ámbitos. 
 
Se ha solicitado informe a la Real Academia de Bellas Artes y Ciencias Históricas de Toledo, como institución consultiva en materia de patrimonio cultural conforme al artículo 14.3 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, remitiéndose por este órgano su informe favorable, de fecha de 10 de noviembre de 2025. 
 
Vistos los informes y datos técnicos pertinentes, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes considera que el mencionado bien reúne los valores históricos necesarios para gozar de la protección que la legislación vigente dispensa a los Bienes de Interés Cultural, por lo que entiende procedente su declaración. 
 
En consecuencia, de acuerdo con el artículo 15.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en uso de las competencias atribuidas, el Consejo de Gobierno acuerda la declaración de del Damasquinado de Toledo como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Bien Inmaterial. 
 
Enlaces relacionados:
 

EL CONSEJO DE GOBIERNO AUTORIZA LA ADENDA PRIMERA AL CONTRATO-PROGRAMA ENTRE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA PARA EL PERIODO 2022-2026.

El Consejo de Gobierno autoriza la adenda primera al contrato-programa entre la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y La Universidad de Castilla-La Mancha para el periodo 2022-2026. 
 
El objeto de la adenda es la modificación del Contrato Programa mediante la supresión de un indicador contenido en el anexo  III y la materialización de la compensación financiera derivada de la bonificación del 99% en la matrícula del primer curso, de estudios oficiales de grado y doble grado para el alumnado beneficiario de la medida, durante el curso académico 2025-2026. 

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN PREVIA PARA LA APROBACIÓN DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCAN PARA 2026 LAS SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES DE ÁMBITO TERRITORIAL INFERIOR AL MUNICIPIO, MUNICIPIOS, MANCOMUNIDADES Y AGRUPACIONES MUNICIPALES.

Se propone al Consejo de Gobierno la autorización previa a la Dirección General de Mayores para aprobar la Resolución por la que se convocan para el año 2026, las subvenciones a entidades locales de ámbito territorial inferior al municipio, municipios, mancomunidades y agrupaciones municipales, para el mantenimiento de plazas en residencias y centros de día, y para el desarrollo de programas y proyectos de atención a personas mayores en Castilla-La Mancha. 
 
La cuantía máxima que se destina a esta convocatoria es de 18.185.970,00 euros, que se imputará a las siguientes aplicaciones presupuestarias 27.04.313D 46131 y 27.04.313D 46134 y al Elemento PEP JCCM/0000026660 (mayores 2026-plazas y actividades EE. LL). 
 
De acuerdo con lo establecido en el artículo 21.1.b) de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, en relación con el artículo 58.4.a) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, el texto proyectado requiere la autorización del Consejo de Gobierno previa a la aprobación de la convocatoria, y en consecuencia a la aprobación del gasto, por la Directora General de Mayores de la Consejería de Bienestar Social, al conllevar un gasto cuyo importe global es superior a 5.000.000,00 de euros. 

AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA TELEVISIÓN AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A.U, PARA PRORROGAR POR UN AÑO EL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CMM.

Los apartados 1 y 2 del artículo 25 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, reguladores del régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, establecen que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno. 
 
Esta autorización, a la Empresa Pública Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, S.A.U, para prorrogar por un año del contrato de prestación de servicios para la producción y realización de retransmisiones deportivas y de eventos en streaming para los informativos, programas y plataformas online de CMM, por un importe superior a 400.000 euros, requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el punto 4 de la citada Ley. 

AUTORIZACIÓN PREVIA DE LA LIQUIDACIÓN, POR EXCESOS DE MEDICIÓN, DEL CONTRATO DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CUENCA, POR IMPORTE DE 4.083.590,18 €.

Autorización previa de Consejo de Gobierno de actos o negocios jurídicos que conlleven la aprobación de un gasto, en este caso, por importe de 4.083.590,18 €, de acuerdo con el artículo 21.1 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, al tratarse de un gasto del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha que se imputa al capítulo 6 “Inversiones reales”. 
 
Objeto: Liquidación por excesos de medición del Contrato de “Obras de construcción del Hospital Universitario de Cuenca”. Expediente DGEI/13/2010. 
 
Aplicación presupuestaria: 61020000 G/412D/62000 
Anualidades con IVA  
2025: 4.083.590,18 €

AUTORIZACIÓN PARA LA ORDEN DE ENCARGO DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO A LA FÁBRICA NACIONAL DE MONEDA Y TIMBRE - REAL CASA DE LA MONEDA, ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL, MEDIO PROPIO (FNMT-RCM, E.P.E, M.P.).

En relación con el expediente referenciado, el Consejo de Gobierno acuerda autorizar la orden de encargo correspondiente al expediente 2025/016143 ORDEN DE ENCARGO DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA A LA FABRICA DE MONEDA Y TIMBRE-REAL CASA DE LA MONEDA (FNMT-RCM), ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL, MEDIO PROPIO, PARA LA FABRICACIÓN Y ENTREGA DE TARJETAS DE TACÓGRAFO DIGITAL, TARJETAS DE CUALIFICACIÓN DE CONDUCTORES E IMPRESOS DE PAPEL TIMBRADO PARA EMISIÓN DE CERTIFICADOS DE TRANSPORTE PARA LOS AÑOS 2026, 2027 Y 2028, que conlleva un gasto por importe de 894.290,85 € (IVA INCLUIDO) imputable a la partida presupuestaria 1704/G/513C/22107, para lasanualidades 2026, 2027, 2028 y 2029. 

ACUERDO POR EL QUE SE TOMA CONOCIMIENTO DEL INFORME SOBRE EL GRADO DE CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE DÉFICIT Y ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA EN EL EJERCICIO 2024.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 13 1.c) de la Ley 11/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha corresponde a la Consejería de Hacienda elevar al Consejo de Gobierno, cuando se haga público el informe a que hace referencia el artículo 17.3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, un informe sobre el grado de cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera referido al ejercicio presupuestario anterior. 
 
Con fecha 27 de noviembre de 2025, el Gobierno de España hizo público el Informe sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, y de deuda pública y de la regla de gasto del ejercicio 2024. 

AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA TELEVISIÓN AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, SAU, DE UN GASTO DERIVADO DE LA CONTRATACIÓN CON LA PRODUCTORA LA NUBE CLM UTE, PARA LA PRODUCCIÓN DEL PROGRAMA “ANCHA ES CASTILLA-LA MANCHA” DURANTE EL TRIMESTRE 1º DE 2026.

Los apartados 1 y 2 del artículo 25 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, reguladores del régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, establecen que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno. 

 

Esta autorización, a la empresa pública Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, SAU, de un gasto por importe por un importe superior a 400.000 euros, derivado de la contratación con la productora La Nube CLM UTE, para la producción del programa “ANCHA ES CASTILLA-LA MANCHA” durante el primer trimestre de 2026, requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el punto 4 de la citada Ley. 

ACUERDO POR EL QUE SE CONVALIDA LA OMISIÓN DE LA FUNCIÓN INTERVENTORA DE FACTURAS DE LOS CONTRATOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD DIGITAL.

Autorización de Consejo de Gobierno para el reconocimiento de obligaciones y tramitación de pago por importe total de 7.606.377,25 euros, de acuerdo con el artículo 100.1 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha., referido al expediente siguiente: 

 

Expediente: CONVALIDACIÓN DE FACTURAS DE LOS CONSTRATOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD DIGITAL  

EL CONSEJO DE GOBIERNO AUTORIZA LA ADENDA PRIMERA AL CONTRATO-PROGRAMA ENTRE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ PARA SU ACTIVIDAD EN EL CAMPUS DE GUADALAJARA PARA EL PERIODO 2022-2026.

El Consejo de Gobierno autoriza la adenda primera al contrato-programa entre la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Universidad de Alcalá para su actividad en el Campus De Guadalajara para el Periodo 2022-2026. 
 
El objeto de la adenda es la modificación del Contrato Programa mediante la supresión de un indicador contenido en el anexo  II y la materialización de la compensación financiera derivada de la bonificación del 99% en la matrícula del primer curso, de estudios oficiales de grado y doble grado para el alumnado beneficiario de la medida, durante el curso académico 2025-2026. 

ACUERDO DE CESIÓN GRATUITA A FAVOR DEL AYUNTAMIENTO DE TORRIJOS (TOLEDO), DE LA PROPIEDAD DEL INMUEBLE SITUADO EN CAMINO DE ALBARREAL DE TAJO NÚMERO 11, CON DESTINO A ACTIVIDADES CULTURALES, TURÍSTICAS Y DEPORTIVAS. EXPEDIENTE N.º 149/2025.

En virtud de lo establecido en el artículo 110 y siguientes de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se eleva al Consejo de Gobierno el acuerdo de cesión gratuita por la JCCM al Ayuntamiento de Torrijos (Toledo) de la propiedad del inmueble para destinarlo a actividades culturales, turísticas y deportivas.  

RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES Y TRAMITACIÓN DE PAGOS CORRESPONDIENTES A LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA Y RETIRADA SELECTIVA DE RESIDUOS EN EL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS MÚLTIPLES, UBICADO EN LA CALLE ALARCOS, N. 21 DE CIUDAD REAL

El Consejo de Gobierno acuerda el reconocimiento de obligaciones por importe de ciento sesenta y cinco mil setecientos ocho euros con noventa y cuatro céntimos, (165.708,94€) IVA incluido, imputables en la partida presupuestaria 2302CR00G/442A/22700 y 2102CR00G/711A/22700, ejercicio 2025, en relación con el servicio de limpieza y retirada selectiva de residuos en el edificio administrativo de servicios múltiples, ubicado en la calle Alarcos, número 21 de Ciudad Real, prestado por Limpiezas Manchegas Becquer S.L. desde el 11 de mayo de 2025 al 31 de octubre de 2025, de conformidad con el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.