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DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES A MUNICIPIOS Y A ENTIDADES DE ÁMBITO TERRITORIAL INFERIOR AL MUNICIPIO (EATIM) DE CASTILLA-LA MANCHA PARA EL DESARROLLO DE ACTUACIONES INCLUIDAS EN EL PLAN CORRESPONSABLES.

Este Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones de interés público y social, destinadas a Municipios y Entidades de Ámbito Territorial Inferior al Municipio (EATIM) de Castilla-La Mancha para lograr un reparto equilibrado de las responsabilidades familiares entre hombres y mujeres, mediante una política de cuidados y usos del tiempo que busque alcanzar la corresponsabilidad, que sea integral e incorpore la perspectiva de género de forma transversal.  

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 1/2026, de 5 de febrero, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a municipios y a entidades de ámbito territorial inferior al municipio (eatim) de Castilla-La Mancha para el desarrollo de actuaciones incluidas en el Plan Corresponsables.

 

Corrección de errores del Decreto 1/2026, de 5 de febrero, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a municipios y a entidades de ámbito territorial inferior al municipio (eatim) de Castilla-La Mancha para el desarrollo de actuaciones incluidas en el Plan Corresponsables.

AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA TELEVISIÓN AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A.U, PARA LA REALIZACIÓN DE GASTOS SUPERIORES A 400.000 EUROS.

Los apartados 1 y 2 del artículo 25 de la Ley 5/2025, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026, reguladores del régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, establecen que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.
 
Esta autorización, a la Empresa Pública Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, S.A.U, para la realización de gastos superiores a 400.000 euros, derivados del contrato del servicio de unidad móvil HD de entre 4 y 6 cámaras y posibilidad de DSNG para la producción de eventos taurinos para la televisión autonómica, requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el punto 4 de la citada Ley. 

ACUERDO POR EL CUAL SE CONVALIDA UN GASTO MAYOR AL AUTORIZADO INICIALMENTE, REALIZADO POR LA EMPRESA PÚBLICA TELEVISIÓN AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A.U, Y DERIVADO DE LA EMISIÓN DEL PROGRAMA “EN COMPAÑÍA”.

Los apartados 1 y 2 del artículo 25 de la Ley 5/2025, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026, reguladores del régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, establecen que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.
 
Esta autorización,  por el cual se convalida un gasto mayor al autorizado inicialmente, realizado por la Empresa Pública Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, S.A.U, y derivado de la emisión del programa “En Compañía” en un día festivo a los inicialmente previstos durante el ejercicio de 2025, requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el punto 4 de la citada Ley. 

PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS ADMINISTRATIVAS Y TRIBUTARIAS DE CASTILLA-LA MANCHA.

La Ley de medidas administrativas y tributarias de Castilla-La Mancha, viene a regular las diversas medidas de naturaleza administrativa y tributaria vinculadas a la consecución de los objetivos de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para 2026, a la que acompañarán y complementarán, con el objetivo general de dinamización de la economía, el incremento de la eficiencia y la eficacia en la prestación de servicios de la Administración Pública castellanomanchega en diversos ámbitos, así como, la mejora de la distribución más equitativa de las obligaciones tributarias competencia de la Comunidad Autónoma y de eficiencia en su gestión. 

ACUERDO POR EL QUE SE ADOPTAN MEDIDAS PARA LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA NÚMERO 205/2017, DE 11 DE SEPTIEMBRE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA RELATIVA AL PROYECTO DE SINGULAR INTERÉS “FUERTE DE SAN FRANCISCO”.

En cumplimiento de lo ordenado mediante Auto de 16 de enero de 2026, se adoptan medidas concretas –para la ejecución de la sentencia 205/2017, de 11 de septiembre– relativas al objeto, designación de responsable de la ejecución, constitución de un grupo de trabajo para el seguimiento y coordinación e integrantes del mismo, facultades del responsable de la ejecución, deber de colaboración y seguimiento sobre el estado de cumplimiento. 

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA EL CONTRATO DEL SERVICIO DE SOPORTE DE ATENCIÓN A USUARIOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Y DEL SISTEMA DE SERVICIOS SOCIALES Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA (SSAD) DE CASTILLA-LA MANCHA Y SUMINISTRO DE EQUIPAMIENTO INFORMÁTICO.

Autorizar la aprobación del expediente del contrato del servicio de soporte de atención a usuarios de la comunidad educativa y del sistema de servicios sociales y atención a la dependencia (SSAD) de Castilla-La Mancha y suministro de equipamiento informático (2025/014943), que conlleva un gasto por importe total de 11.482.998,33 € y tiene una duración de 36 meses, prorrogable por 24 meses.  

APROBACIÓN DEL PLAN REGIONAL DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACIÓN 2025-2028.

La Ley 4/2020, de 10 de julio, de Fomento y Coordinación del Sistema de Investigación, Desarrollo e Innovación de Castilla-La Mancha establece en su artículo 18 que el Plan Regional de Investigación, Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación (PRINCET) es el instrumento de planificación, gestión y ejecución de la JCCM en materia de I+D+i. 
 
A su vez, el artículo 20.1 de la Ley 4/2020, de 10 de julio, establece que el anteproyecto del PRINCET será elaborado por la consejería con competencias en I+D+i, en función de las directrices de la Comisión Regional de Ciencia y Tecnología de Castilla-La Mancha. Este anteproyecto deberá ser aprobada por la mencionada Comisión. 
 
De conformidad con el artículo 20.3 de la Ley 4/2020, de 10 de julio, y una vez que el anteproyecto del PRINCET ha sido aprobado por unanimidad por los miembros de la Comisión Regional de Ciencia y Tecnología, el PRINCET es elevado a Consejo de Gobierno para su aprobación. 

ACUERDO POR EL QUE SE DECLARA PROYECTO PRIORITARIO DE INTERÉS ESTRATÉGICO, AL AMPARO DE LA LEY 5/2020, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA DECLARACIÓN DE PROYECTOS PRIORITARIOS EN CASTILLA-LA MANCHA, AL PROYECTO PRESENTADO POR TELEFÓNICA DE ESPAÑA S.A.U.

La Ley 5/2020, de 24 de julio, de medidas urgentes para la declaración de proyectos prioritarios en Castilla-La Mancha tiene por objeto establecer un marco de tramitación preferente y de agilización y simplificación administrativa, para el desarrollo de proyectos prioritarios, así como para fomentar e incentivar las iniciativas empresariales que atraigan inversiones en sectores económicos considerados estratégicos para Castilla-La Mancha, con el fin de favorecer la reactivación de la actividad económica en el territorio de Castilla-La Mancha. 
 
Telefónica de España S.A.U. ha solicitado la declaración de proyecto prioritario el conjunto de despliegues de backhaul de fibra óptica a ciertos emplazamientos radioeléctricos de las provincias de Albacete y Ciudad Real en el marco del Programa de concesión de ayudas para la provisión de conexión de backhaul mediante fibra óptica a emplazamientos de las redes públicas de telefonía móvil (Programa Único 5G Redes-Backhaul Fibra Óptica). 
 
La Dirección General de Infraestructuras de las Telecomunicaciones y Ciberseguridad informa que el proyecto presentado por Telefónica de España S.A.U., por sus características especiales, cumple los criterios establecidos mismo para su consideración como Proyecto Prioritario. 

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS REALIZADAS EN EJERCICIO DE LA HABILITACIONES AL CONSEJERO DE HACIENDA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL PREVISTAS EN LOS APARTADOS 2 Y 3 DEL ARTÍCULO 18 DE LA LEY 6/2024.

El régimen general de competencias en materia de modificaciones de crédito se regula en el artículo 57 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre. Sin embargo, dicho régimen ha de entenderse matizado, para cada ejercicio, con las excepciones que establezcan las sucesivas leyes anuales de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. 
 
Para el presente ejercicio, las excepciones al régimen general de competencias en materia de modificaciones de crédito vienen establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 18 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025. 
 
Este artículo establece la obligación de dar cuenta al Consejo de Gobierno de las modificaciones presupuestarias que sean competencia del Consejo de Gobierno pero que, en ejercicio de las habilitaciones aludidas en dicho artículo, hayan sido autorizadas por el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. 

NOMBRAMIENTO DE LA PERSONA QUE SUSTITUYE AL PRESIDENTE DEL PATRONATO DE LA “FUNDACIÓN IMPULSA CASTILLA-LA MANCHA” Y SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE FUNDACIONES DE CASTILLA-LA MANCHA.

Conforme al artículo 11 y 12 de los Estatutos de la Fundación se designó, al Secretario General de la Presidencia como uno de los cinco miembros que componen su patronato, otorgándole así mismo la condición de presidente del mismo, mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de abril de 2026. Por la presente se propone la sustitución del presidente de la Fundación conforme al régimen de sustituciones establecido en los propios estatutos de la Fundación durante el tiempo que se encuentre en la situación de baja por enfermedad. 

CREACIÓN DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA EN UGENA POR TRANSFORMACIÓN DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA “ALMUDENA GRANDES”.

El Consejo de Gobierno aprueba la creación del Instituto de Educación Secundaria (código de centro 45014393), en Ugena (Toledo), por transformación del Instituto de Educación Secundaria Obligatoria “Almudena Grandes” (código de centro 45014393).

INFORME SOBRE LA PRÓXIMA PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE CASTILLA-LA MANCHA DE LA ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE EXPRESIONES DE INTERÉS.

Se procede a informar sobre la próxima publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de la Orden de 16 de enero de 2026, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, que modifica la Orden 165/2024, de 28 de septiembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras de expresiones de interés relativas al Plan de Acción Frente al Cambio Climático en los centros públicos de segundo ciclo de educación infantil y educación primaria, en el marco del Programa FEDER Castilla-La Mancha 2021-2027.
 
Se considera relevante informar al Consejo de Gobierno de la modificación de la Orden 165/2024, de 28 de septiembre, para adaptar la misma a los cambios normativos producidos por la Ley 2/2025, de 11 de abril, de Medidas Administrativas y Tributarias de Castilla-La Mancha y el Decreto 85/2025, de 21 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de Desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, así como para flexibilizar de las fechas de finalización de la ejecución y puesta en marcha de los proyectos en casos excepcionales, y posibilitar, en determinadas circunstancias, la emisión de informes y propuestas de resoluciones parciales.