El Gobierno de Castilla-La Mancha determina un ámbito territorial común de referencia del Plan de Recuperación de la Sierra Norte de Guadalajara que fue afectado por el incendio forestal que se inició en el término municipal de La Mirla durante el mes de julio de 2026.
Listado de acuerdos
ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA EL ÁMBITO TERRITORIAL DEL PLAN DE RECUPERACIÓN DE LA SIERRA NORTE DE GUADALAJARA Y SE IMPULSAN LAS ACTUACIONES NECESARIAS PARA SU EJECUCIÓN.
AUTORIZACIÓN DE LA PRIMERA PRORROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO PARA EL NOMBRAMIENTO DE 1 TÉCNICO/A SUPERIOR Y 8 TÉCNICOS/AS DE GESTIÓN EN EL CENTRO DE ORIENTACIÓN, EMPRENDIMIENTO, ACOMPAÑAMIENTO E INNOVACIÓN PARA EL EMPLEO.
El Consejo de Gobierno autoriza la primera prórroga de un programa temporal de empleo para el nombramiento como funcionarios/as interinos/as de 1 Técnico/a Superior, y 8 Técnicos/as por un periodo de 24 meses, en el Centro de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación para el Empleo, por un importe de 804.856,74 €, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 49.1 a) de la Ley 5/2025, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026.
El Consejo de Gobierno celebrado con fecha 23 de julio de 2024 aprobó el Programa Temporal de Empleo para que el Centro de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación para el Empleo dispusiera de un equipo de recursos humanos que permitiera implantar su programa de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación para el Empleo suficiente para cumplir las funciones asignadas. Este programa se inició el 1 de octubre de 2024 estando prevista su finalización el 30 de septiembre de 2026.
Para poder continuar con las actividades recogidas en el Plan Anual de Trabajo y del resto de actividades y funciones inherentes al COE, se contempla la primera prórroga del Programa Temporal de Empleo para el nombramiento como funcionarios/as interinos/as de 1 Técnico/a Superior, y 8 Técnicos/as por un periodo de 24 meses.
Todo ello, al amparo de lo establecido en el artículo 10. 1. c) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 8. 1. c) de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.
AUTORIZACIÓN DE LA PRIMERA PRORROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO PARA EL NOMBRAMIENTO DE 41 FUNCIONARIOS/AS INTERINOS/AS EN PUESTOS DE “TÉCNICO/A SUPERIOR“ (30 PUESTOS), Y “AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A (11 PUESTOS).
El Consejo de Gobierno autoriza la primera prórroga de un programa temporal de empleo para el nombramiento de 41 funcionarios/as interinos/as en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo (tanto en los servicios centrales como en las Delegaciones Provinciales), en puestos de “Técnico/a Superior“ (30 puestos), y “Auxiliar Administrativo/a (11 puestos) para la gestión de los programas de empleo financiados por Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, con una duración de 24 meses, por un importe de 3.807.094,72 euros, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 49.1 a) de la Ley 5/2025, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026.”
El Consejo de Gobierno celebrado con fecha de 23 de julio de 2024 aprobó el programa temporal para la gestión de los programas de empleo, que ahora se prorroga, con duración de 24 meses. Este programa se inició el 23 de septiembre de 2024 estando prevista su finalización el 22 de septiembre de 2026.
La continuidad del programa resulta especialmente necesaria debido al elevado volumen de líneas de ayuda y programas que actualmente gestiona la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, entre los que se encuentran el Programa de Apoyo Activo al Empleo, los programas de inserción laboral dirigidos a colectivos vulnerables, las ayudas destinadas a las personas jóvenes, los programas de inclusión laboral de personas con discapacidad, las ayudas del Programa Retorno del Talento y el resto de actuaciones orientadas a favorecer el pleno empleo, la mejora de la empleabilidad y la cohesión social. La gestión integral de estos programas exige disponer de personal especializado con capacidad para desarrollar funciones jurídicas, técnicas, económicas y administrativas de elevada complejidad, tanto en las fases de planificación y tramitación como en las de seguimiento, control y evaluación. A las necesidades ordinarias de gestión se añaden los importantes retos estratégicos que deberán afrontarse durante el período de vigencia de la prórroga que se pretende de este programa temporal de empleo.
Todo ello, al amparo de lo establecido en el artículo 10. 1. c) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 8. 1. c) de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.
AUTORIZACIÓN DE LA PRIMERA PRORROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO PARA EL NOMBRAMIENTO DE 22 FUNCIONARIOS/AS INTERINOS/AS, EN PUESTOS DE “TÉCNICO/A SUPERIOR” (1 PUESTO), “TÉCNICO/A” (13 PUESTOS) Y “AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A” (8 PUESTOS).
El Consejo de Gobierno autoriza la primera prórroga de un programa temporal de empleo para el nombramiento de 22 funcionarios/as interinos/as, en puestos de “Técnico/a Superior” (1 puesto), “Técnico/a” (13 puestos) y “Auxiliar Administrativo/a” (8 puestos), en la Dirección General de Formación Profesional en el Ámbito Laboral de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo (tanto en los servicios centrales como en las Delegaciones Provinciales), para la ejecución del IV Plan Regional de Formación Profesional para el Empleo, por un importe de 1.742.440,80 euros, con cargo a las partidas presupuestarias 19090000/324A/12007, 19090000/324A/12107 y 19090000/324A/16000 (fondo finalista 60) y una duración de 24 meses, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 49.1 a) de la Ley 5/2025, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026.”
Con fecha 23 de septiembre de 2024, se dotó de personal a la Dirección General de Formación Profesional en el Ámbito Laboral y a los servicios provinciales de Formación, mediante un programa temporal de empleo, con la finalidad de mejorar la eficiencia y eficacia de todas las políticas de empleo que se desarrollan en esta Dirección General, garantizando la correcta gestión de los fondos públicos. Este programa temporal se aprobó por un plazo de 24 meses, por lo que finaliza el 22 de septiembre de 2026.
La Dirección General de Formación Profesional en el ámbito laboral mantiene la gestión de un elevado volumen de fondos procedentes de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales y de la Conferencia Sectorial de Formación Profesional para personas trabajadoras, así como de otros instrumentos de financiación estatal y europea vinculados a la formación profesional. Estas actuaciones siguen requiriendo una intensa actividad de planificación, tramitación administrativa, seguimiento, control, evaluación y justificación económica.
Dado que se encuentra próxima la fecha de finalización el periodo de duración del programa, subsisten las circunstancias y las necesidades que justificaron su aprobación y la situación de sobrecarga que motivó la aprobación del programa temporal no solo permanece, sino que se ve reforzada por la consolidación de nuevas líneas de actuación y por la progresiva ampliación de las tareas asociadas a las competencias atribuidas a esta Dirección General, se estima necesario prorrogar el programa temporal por 24 meses más para los 22 puestos asignados al mismo.
Todo ello, al amparo de lo establecido en el artículo 10. 1. c) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 8. 1. c) de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.
AUTORIZACIÓN PREVIA DE LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EMPRESAS POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA AYUDAS DEL BONO CRECIMIENTO PYME EN CASTILLA-LA MANCHA, PARA EL EJERCICIO 2026.
El Consejo de Gobierno ha autorizado la Resolución de la Dirección General de Empresas, por la que se aprueba la convocatoria ayudas del Bono Crecimiento Pyme en Castilla-La Mancha, para el ejercicio 2026, por un importe total máximo de 9.000.000,00 euros, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 58.4.a) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.
La Resolución de la Dirección General de Empresas, tiene por objeto convocar las ayudas del Bono Crecimiento Pyme en Castilla-La Mancha, para el ejercicio 2026.
Estas ayudas tienen por finalidad facilitar financiación a las pequeñas y medianas empresas en Castilla-La Mancha para la realización de actuaciones que les proporcionen las capacidades estratégicas, técnicas, organizativas, digitales y normativas para lograr incrementar su competitividad, sostenibilidad, productividad y capacidad de crecimiento y la evolución en sus modelos de negocio.
La concesión de estas ayudas se tramitará en régimen de procedimiento simplificado de concurrencia, siendo tramitados y resueltos los expedientes conforme se vayan presentando y en tanto se disponga de crédito presupuestario para ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, en materia de subvenciones, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero.
El importe máximo del crédito destinado a la financiación de las ayudas convocadas por la presente resolución asciende a 9.000.000 euros de fondos propios, con cargo a la aplicación presupuestaria 1911.G/724A/47572 del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, distribuidos en las siguientes anualidades:
a) Para el ejercicio presupuestario 2026: 3.000.000 euros.
b) Para el ejercicio presupuestario 2027: 6.000.000 euros.
TOMA EN CONSIDERACION DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA 2027.
Mediante el presente acuerdo se toma en consideración el Anteproyecto de Ley de Presupuestos para 2027 conforme a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 11/2003 de 25 de septiembre de Gobierno y el Consejo Consultivo, asumida la iniciativa legislativa, el Consejo de Gobierno decidirá sobre ulteriores trámites y consultas y cumplidos estos, acordará su remisión con carácter de urgencia al Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, quien, en virtud de lo establecido en los artículos 51.2 y 54.3 de esta misma norma deberá dictaminar sobre el anteproyecto de ley.
ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE SE ESTABLECE UN LÍMITE DE GASTO NO FINANCIERO EN LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA EL EJERCICIO 2027.
La fijación de un límite de gasto no financiero para los Presupuestos Generales de las Administraciones Públicas viene exigida en el artículo 30 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad financiera. Se propone al Consejo de Gobierno que adopte el Acuerdo de establecer un límite máximo de gasto no financiero para los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades para el ejercicio de ejercicio 2027 de 10.019,3 millones de euros, en términos de Contabilidad Nacional.
Asimismo se propone a las Cortes de Castilla-La Mancha su aprobación con carácter de urgencia.
ACUERDO POR EL QUE SE TOMA EN CONOCIMIENTO EL MARCO PRESUPUESTARIO ELABORADO POR LA CONSEJERÍA DE HACIENDA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y TRANSFORMACION DIGITAL PARA EL PERIODO 2027-2029.
El marco presupuestario a medio plazo constituye el escenario de referencia en el que se integran los presupuestos anuales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, con la finalidad de dar coherencia y continuidad a los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera en el ámbito de la Hacienda regional. Así se establece en el artículo 5 de la Ley 11/2012, de 21 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Se basa en una información de carácter estimativo, que permite enmarcar la elaboración de los presupuestos anuales de la Comunidad Autónoma en un escenario de planificación presupuestaria plurianual.
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA EL CONTRATO DE SERVICIOS PARA EL SOPORTE A LA OFICINA DE ENTREGA DE VALOR (VMO) Y LA IMPLANTACIÓN DE UNA NUEVA GESTIÓN DE PROYECTOS (EXPTE. 2026/031599).
Autorizar el contrato de servicios para el soporte a la oficina de entrega de valor (VMO) y la implantación de una nueva gestión de proyectos (Expte. 2026/031599), que conlleva un gasto por importe total de 1.940.969,57 euros, (IVA incluido), y tiene una duración de 48 meses sin posibilidad de prórroga.
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA EL CONTRATO DE LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES Y CIBERSEGURIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN DE CASTILLA-LA MANCHA (Expte. 2026/032169).
La Administración precisa de servicios de telecomunicaciones tanto para consumo interno, como para comunicarse con los administrados: comunicaciones de datos, comunicaciones telefónicas, acceso a internet, instalaciones Wifi, cableado de edificios y mantenimiento de los sistemas de comunicaciones, así como la protección de éstas mediante ciberseguridad.
Las prestaciones que se proponen y que conforman el objeto del contrato son las idóneas para atender satisfactoriamente las necesidades indicadas. En concreto, se pretenden cubrir las siguientes necesidades:
- Servicios de comunicaciones y redes de datos, para las comunicaciones internas entre los empleados de la Administración.
- Servicios de acceso a Internet para las comunicaciones externas y el acceso de los ciudadanos a los servicios ofrecidos por la Administración.
- Securización de los servicios indicados en los puntos anteriores.
- Servicios de telefonía, tanto fija como móvil, para comunicaciones telefónicas internas y externas.
- Infraestructuras de comunicaciones en las sedes: cableados, Wifis, etc.
- Servicios e infraestructuras TIC corporativos.
- Infraestructuras de telecomunicaciones securizadas en centros educativos de Castilla-La Mancha.
CONFORMIDAD CON LA TRAMITACIÓN PARLAMENTARIA DE LAS ENMIENDAS PRESENTADAS AL PROYECTO DE LEY DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS, CON REGISTROS DE ENTRADA NÚMEROS 3.903/2026, 3.919/2026, 3.942/2026, 3.945/2026 y 3.969/2026.
El artículo 134 del Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha dispone que las enmiendas a un Proyecto de Ley que propongan aumento de créditos o disminución de ingresos presupuestarios requerirán la conformidad del Consejo de Gobierno para su tramitación.
La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada el 27 de julio de 2026, ha acordado remitir al Consejo de Gobierno a los efectos de la conformidad con su tramitación, en aplicación del artículo 134 citado, las enmiendas presentadas al articulado del Proyecto de Ley de espectáculos públicos y actividades recreativas de Castilla-La Mancha (Expediente 11/PL-00010) con registros de entrada números 3.903/2026, 3.919/2026, 3.942/2026, 3.945/2026 y 3.969/2026.
En ejercicio de la facultad reconocida en el artículo 134 del Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha, el Consejo de Gobierno manifiesta su conformidad con la tramitación de las referidas enmiendas.
ACUERDO POR EL QUE SE TOMA CONOCIMIENTO DEL CONTRATO DE EMERGENCIA PARA EL AVITUALLAMIENTO DE LAS PERSONAS EVACUADAS EN DISTINTAS POBLACIONES CON OCASIÓN DE LOS INCENDIOS EN LAS PROVINCIAS DE TOLEDO, ÁVILA Y MADRID.
Ante la situación de emergencia ocasionada por la declaración de varios incendios forestales en las provincias de Ávila, Toledo y Madrid, el pasado 25 de julio de 2026, se evacuaron distintas poblaciones de estas provincias como medida de protección a la población, por lo que desde el Grupo de Apoyo Logístico se tuvo que atender a más de 1.800 personas en distintos albergues provisionales montados en Escalona y Talavera de la Reina.
Mediante Acuerdo, de 3 de agosto de 2026, la Secretaria General de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, ha resuelto declarar la contratación de emergencia para hacer frente a los gastos de avituallamiento de las personas evacuadas en los albergues provisionales ubicados en los municipios de Escalona y Talavera de la Reina tras la declaración de los incendios de la provincia de Toledo, Ávila y Madrid.