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Mostrando 6438 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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CREACIÓN DE UN CENTRO DE EDUCACIÓN ESPECIAL Y EL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Nº 4 EN ILLESCAS (TOLEDO).

El Consejo de Gobierno aprueba la creación de los centros educativos públicos siguientes:
 
1. Centro de Educación Especial en Illescas (Toledo) con código de centro 45014733.
 
2. Instituto de Educación Secundaria Obligatoria nº4 en Illescas (Toledo) con código de centro 45014745.

CREACIÓN DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA EN UGENA POR TRANSFORMACIÓN DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA “ALMUDENA GRANDES”.

El Consejo de Gobierno aprueba la creación del Instituto de Educación Secundaria (código de centro 45014393), en Ugena (Toledo), por transformación del Instituto de Educación Secundaria Obligatoria “Almudena Grandes” (código de centro 45014393).

PUESTA EN CONOCIMIENTO AL CONSEJO DE GOBIERNO DE LAS ACTUACIONES DE LA CONSEJERÍA DESARROLLO SOSTENIBLE RELATIVAS AL PAGO DEL BONO SOCIAL TÉRMICO EN CASTILLA-LA MANCHA.

Tomar conocimiento de las actuaciones de la Consejería Desarrollo Sostenible en relación con el pago del “Bono Social Térmico”, ejercicio 2025, en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha”.

DECLARACIÓN DEL DAMASQUINADO DE TOLEDO COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL, CON LA CATEGORÍA DE BIEN INMATERIAL.

Por Resolución de la Viceconsejería de Cultura de 8 de enero de 2025 (DOCM, nº 10, de 16 de enero de 2025) se inició expediente para la declaración del Damasquinado de Toledo como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Bien Inmaterial. 
 
Tras la publicación de la resolución de inicio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, una vez transcurrido el plazo de información pública establecido en el artículo 14.4 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, así como la notificación a los interesados conforme al artículo 12 de la citada Ley, se han evaluado e informado las alegaciones y escritos presentados desde el sector industrial y los escritos presentados por la Fundación Damasquinado de Toledo, entendiendo que la declaración como BIC debe contener únicamente al trabajo tradicional del damasquinado, en vías de desaparición, sin que ello obvie otras protecciones que puedan darse al trabajo industrial en otros ámbitos. 
 
Se ha solicitado informe a la Real Academia de Bellas Artes y Ciencias Históricas de Toledo, como institución consultiva en materia de patrimonio cultural conforme al artículo 14.3 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, remitiéndose por este órgano su informe favorable, de fecha de 10 de noviembre de 2025. 
 
Vistos los informes y datos técnicos pertinentes, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes considera que el mencionado bien reúne los valores históricos necesarios para gozar de la protección que la legislación vigente dispensa a los Bienes de Interés Cultural, por lo que entiende procedente su declaración. 
 
En consecuencia, de acuerdo con el artículo 15.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en uso de las competencias atribuidas, el Consejo de Gobierno acuerda la declaración de del Damasquinado de Toledo como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Bien Inmaterial. 
 
Enlaces relacionados:
 

CEDER GRATUITAMENTE AL AYUNTAMIENTO DE ALCÁZAR DE SAN JUAN (CIUDAD REAL) EL USO DEL RESTO DE UNA PARCELA DE 204.851 M2 PARA LA AMPLIACIÓN DE LA SUPERFICIE DESTINADA AL PROYECTO MEDIOAMBIENTAL “EL BOSQUE DE LA VIDA”.

El Consejo de Gobierno acuerda cesión gratuita en uso a favor del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan (Ciudad Real) del  resto de una parcela de 204.851 m2, sita en el Paraje Botines de la citada localidad y adscrita actualmente al Patrimonio Separado de la Consejería de Fomento, siendo la misma un enclave dentro de la finca Registral nº 47.819 y con referencia catastral nº 0203002VJ8600S0001KB, con la finalidad de que sea destinada por la Entidad Local solicitante a realizar y ampliar el proyecto medioambiental “El Bosque de la Vida”, y por un plazo de duración que no excederá de 75 años. 
 
Condiciones de la cesión: 
 
Primera. - El cesionario se compromete a observar de manera efectiva el régimen de uso del inmueble cedido, afectando el mismo al cumplimiento de los fines concretos para los que ha sido solicitada la cesión (Realización del Bosque de la Vida) en el marco de las previsiones establecidas en el Plan General de Ordenación Urbana de Alcázar de San Juan. 
 
Segunda.- Si los terrenos cedidos en uso no fuesen destinados a dicha finalidad en el plazo de cuatro años, o dejasen de serlo con posterioridad, revertirán a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la cual tendrá derecho a percibir, previa tasación pericial, al valor de los detrimentos o deterioros experimentados en la misma, de acuerdo con el artículo 43.4 del Decreto 22/1986, de 1 de abril, por el que se regulan las competencias y facultades de la Consejería de Política Territorial (hoy de Fomento) respecto del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de Urbanismo y Vivienda. 
 
Tercera. - La Consejería de Fomento se reserva la facultad de proceder a la revocación unilateral de la cesión sin derecho a indemnización para la cesionaria, siempre que concurran causas o razones de interés público regional relevantes y debidamente justificadas, entre las que se incluyen que el bien sea calificado de uso residencial mediante el correspondiente instrumento urbanístico, dando traslado y audiencia debida a la administración cesionaria.  
 
Cuarta. - La Entidad Local cesionaria deberá asumir durante el plazo de cesión los gastos derivados de la conservación, mantenimiento y uso del inmueble, debiendo remitir cada tres años a la Consejería de Fomento certificación o documentación acreditativa del destino dado al bien cedido en uso. 
 
Quinta. - Serán por cuenta y cargo del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan el pago de cuantos tributos, impuestos, incluido el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), o arbitrios se deriven de la presente cesión gratuita, así como los gastos de formalización de la cesión y su inscripción registral, en su caso. La cesión, una vez formalizada, se publicará en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. 

 

EL CONSEJO DE GOBIERNO AUTORIZA LA ADENDA PRIMERA AL CONTRATO-PROGRAMA ENTRE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA PARA EL PERIODO 2022-2026.

El Consejo de Gobierno autoriza la adenda primera al contrato-programa entre la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y La Universidad de Castilla-La Mancha para el periodo 2022-2026. 
 
El objeto de la adenda es la modificación del Contrato Programa mediante la supresión de un indicador contenido en el anexo  III y la materialización de la compensación financiera derivada de la bonificación del 99% en la matrícula del primer curso, de estudios oficiales de grado y doble grado para el alumnado beneficiario de la medida, durante el curso académico 2025-2026. 

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN PREVIA PARA LA APROBACIÓN DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCAN PARA 2026 LAS SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES DE ÁMBITO TERRITORIAL INFERIOR AL MUNICIPIO, MUNICIPIOS, MANCOMUNIDADES Y AGRUPACIONES MUNICIPALES.

Se propone al Consejo de Gobierno la autorización previa a la Dirección General de Mayores para aprobar la Resolución por la que se convocan para el año 2026, las subvenciones a entidades locales de ámbito territorial inferior al municipio, municipios, mancomunidades y agrupaciones municipales, para el mantenimiento de plazas en residencias y centros de día, y para el desarrollo de programas y proyectos de atención a personas mayores en Castilla-La Mancha. 
 
La cuantía máxima que se destina a esta convocatoria es de 18.185.970,00 euros, que se imputará a las siguientes aplicaciones presupuestarias 27.04.313D 46131 y 27.04.313D 46134 y al Elemento PEP JCCM/0000026660 (mayores 2026-plazas y actividades EE. LL). 
 
De acuerdo con lo establecido en el artículo 21.1.b) de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, en relación con el artículo 58.4.a) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, el texto proyectado requiere la autorización del Consejo de Gobierno previa a la aprobación de la convocatoria, y en consecuencia a la aprobación del gasto, por la Directora General de Mayores de la Consejería de Bienestar Social, al conllevar un gasto cuyo importe global es superior a 5.000.000,00 de euros. 

ACUERDO DE CESIÓN GRATUITA A FAVOR DEL AYUNTAMIENTO DE TORRIJOS (TOLEDO), DE LA PROPIEDAD DEL INMUEBLE SITUADO EN CAMINO DE ALBARREAL DE TAJO NÚMERO 11, CON DESTINO A ACTIVIDADES CULTURALES, TURÍSTICAS Y DEPORTIVAS. EXPEDIENTE N.º 149/2025.

En virtud de lo establecido en el artículo 110 y siguientes de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se eleva al Consejo de Gobierno el acuerdo de cesión gratuita por la JCCM al Ayuntamiento de Torrijos (Toledo) de la propiedad del inmueble para destinarlo a actividades culturales, turísticas y deportivas.  

EL CONSEJO DE GOBIERNO AUTORIZA LA ADENDA PRIMERA AL CONTRATO-PROGRAMA ENTRE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ PARA SU ACTIVIDAD EN EL CAMPUS DE GUADALAJARA PARA EL PERIODO 2022-2026.

El Consejo de Gobierno autoriza la adenda primera al contrato-programa entre la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Universidad de Alcalá para su actividad en el Campus De Guadalajara para el Periodo 2022-2026. 
 
El objeto de la adenda es la modificación del Contrato Programa mediante la supresión de un indicador contenido en el anexo  II y la materialización de la compensación financiera derivada de la bonificación del 99% en la matrícula del primer curso, de estudios oficiales de grado y doble grado para el alumnado beneficiario de la medida, durante el curso académico 2025-2026. 

AUTORIZACIÓN PREVIA DE LA LIQUIDACIÓN, POR EXCESOS DE MEDICIÓN, DEL CONTRATO DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CUENCA, POR IMPORTE DE 4.083.590,18 €.

Autorización previa de Consejo de Gobierno de actos o negocios jurídicos que conlleven la aprobación de un gasto, en este caso, por importe de 4.083.590,18 €, de acuerdo con el artículo 21.1 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, al tratarse de un gasto del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha que se imputa al capítulo 6 “Inversiones reales”. 
 
Objeto: Liquidación por excesos de medición del Contrato de “Obras de construcción del Hospital Universitario de Cuenca”. Expediente DGEI/13/2010. 
 
Aplicación presupuestaria: 61020000 G/412D/62000 
Anualidades con IVA  
2025: 4.083.590,18 €

AUTORIZACIÓN PARA LA ORDEN DE ENCARGO DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO A LA FÁBRICA NACIONAL DE MONEDA Y TIMBRE - REAL CASA DE LA MONEDA, ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL, MEDIO PROPIO (FNMT-RCM, E.P.E, M.P.).

En relación con el expediente referenciado, el Consejo de Gobierno acuerda autorizar la orden de encargo correspondiente al expediente 2025/016143 ORDEN DE ENCARGO DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA A LA FABRICA DE MONEDA Y TIMBRE-REAL CASA DE LA MONEDA (FNMT-RCM), ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL, MEDIO PROPIO, PARA LA FABRICACIÓN Y ENTREGA DE TARJETAS DE TACÓGRAFO DIGITAL, TARJETAS DE CUALIFICACIÓN DE CONDUCTORES E IMPRESOS DE PAPEL TIMBRADO PARA EMISIÓN DE CERTIFICADOS DE TRANSPORTE PARA LOS AÑOS 2026, 2027 Y 2028, que conlleva un gasto por importe de 894.290,85 € (IVA INCLUIDO) imputable a la partida presupuestaria 1704/G/513C/22107, para lasanualidades 2026, 2027, 2028 y 2029. 

ACUERDO POR EL QUE SE CONVALIDA LA OMISIÓN DE LA FUNCIÓN INTERVENTORA DE FACTURAS DE LOS CONTRATOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD DIGITAL.

Autorización de Consejo de Gobierno para el reconocimiento de obligaciones y tramitación de pago por importe total de 7.606.377,25 euros, de acuerdo con el artículo 100.1 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha., referido al expediente siguiente: 

 

Expediente: CONVALIDACIÓN DE FACTURAS DE LOS CONSTRATOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD DIGITAL