Mostrando 6710 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES EN EL MARCO DEL PROGRAMA INVESTIGO, COFINANCIABLES POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS.

El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones en el marco
del Programa Investigo, destinadas a la contratación de personas jóvenes en calidad
de personal investigador, tecnólogo o personal de apoyo para la realización de
iniciativas de investigación e innovación.


La finalidad de estas subvenciones consiste en favorecer la inserción laboral de las
personas jóvenes mediante el incremento de los recursos humanos destinados a la
investigación.


Las subvenciones reguladas en este decreto se otorgarán en régimen de concesión
directa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 75.2.c) del Texto Refundido de la Ley
de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19
de noviembre, y en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones.

AUTORIZACIÓN PREVIA PARA CONTRATAR EL SUMINISTRO Y DISTRIBUCIÓN DE 540.500 DOSIS DE VACUNAS FRENTE A LA GRIPE ESTACIONAL PARA LA CAMPAÑA 2026/2027 EN CASTILLA-LA MANCHA

Autorización previa para contratar el suministro y distribución de 540.500 dosis de vacunas frente a la gripe estacional para la campaña 2026/2027 en Castilla-La Mancha, basada en los lotes 1, 2 Y 4 del acuerdo marco para la selección de suministradores de vacunas frente a la gripe estacional para determinados órganos de contratación de la administración general del estado, las ciudades de Ceuta y Melilla y varias comunidades autónomas.


El gasto por importe de 5.875.324,00 € (IVA incluido al 4%) se imputará en la aplicación presupuestaria 26069900G/413A/22110 del presupuesto de la Consejería de Sanidad para el ejercicio 2026, que se descompone en los siguientes conceptos y cuantías:


- Presupuesto neto total 5.649.350,00 €
- IVA al 4%: 225.974,00 €

DECRETO DE LOS DERECHOS DE INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS INTERESES ECONÓMICOS DE LAS PERSONAS USUARIAS DE CENTROS PRIVADOS QUE IMPARTAN ENSEÑANZAS NO OFICIALES.

La protección de los legítimos intereses económicos de las personas consumidoras, así como la información correcta sobre los diferentes bienes y servicios, son derechos básicos recogidos en el artículo 8 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, y en el artículo 4 de Ley 3/2019, de 22 de marzo.


Hasta el momento, la normativa reguladora en materia de enseñanzas no oficiales en centros privados estaba constituida por el Decreto 238/1999, de 14 de diciembre, de los derechos de información y económicos de las personas usuarias de centros privados que imparten
enseñanzas no oficiales.


Las sucesivas modificaciones de la normativa en materia de consumo, en particular la aprobación de la Ley 3/2019, de 22 de marzo, del Estatuto de las Personas Consumidoras en Castilla-La Mancha, junto con la evolución de la normativa básica estatal, así como los cambios sociales y tecnológicos, especialmente la generalización de los medios digitales y de la formación a distancia, han transformado la prestación de los servicios educativos no oficiales, haciendo necesaria la actualización de la normativa para reforzar la transparencia en la información y la protección de los intereses económicos de las personas usuarias.


El presente decreto regula los derechos de las personas usuarias de  centros privados que imparten enseñanzas no oficiales, con especial atención a la información que debe proporcionarse con carácter previo a la contratación, al contenido y condiciones de la relación contractual y a los mecanismos de acreditación de la formación recibida. Asimismo, establece las obligaciones de los centros en materia de publicidad, documentación e información económica, con el fin de garantizar la transparencia en la prestación del servicio y la adecuada protección de los intereses económicos de las personas usuarias, así como el control administrativo a través de las actuaciones de inspección y el correspondiente régimen sancionador.

PUESTA EN CONOCIMIENTO DEL CONSEJO DE GOBIERNO, DE LA SITUACIÓN DE LA RED ELÉCTRICA DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN EN CASTILLA-LA MANCHA.

La Consejera de Desarrollo Sostenible, eleva al conocimiento del Consejo de Gobierno, la situación de la red eléctrica de transporte y distribución en Castilla-La Mancha, así como de la potencia concedida por la red de distribución en los últimos cuatro años, desglosada por sectores de actividad.

Autorización previa del Consejo de Gobierno para iniciar la licitación del expediente @2026/033657, “SUMINISTRO DE INFRAESTRUCTURA PARA EL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA INVESTIGACIÓN CLÍNICA SOBRE DATOS DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA

Autorización previa del Consejo de Gobierno a la adopción de actos o negocios jurídicos de acuerdo con el artículo 21.1 de la Ley 5/2025, de 19 de
diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026.


Referido al expediente siguiente: “SUMINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
PARA EL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA INVESTIGACIÓN CLÍNICA SOBRE DATOS DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA”. Expte.: @2026/033657.


El importe asciende a 3.410.762,81 € IVA incluido, con una duración de 45 días, a partir del 1 de septiembre de 2026 o al día siguiente de su formalización, si es posterior.

DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORDENACIÓN DEL SERVICIO JURÍDICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Decreto tiene por objeto aprobar el Reglamento de ordenación del Servicio Jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, desarrollando las previsiones contenidas en la Ley 5/2013 y completando un marco normativo cuyo desarrollo reglamentario permanecía pendiente desde su entrada en vigor.


La aprobación de este Reglamento responde a la necesidad de adaptar la organización y funcionamiento de los Servicios Jurídicos a la evolución experimentada por la Administración regional durante los últimos años, caracterizada por un aumento de la complejidad jurídica de la actividad administrativa, una mayor litigiosidad y la ampliación de la asistencia jurídica a un
número creciente de entidades del sector público.

ACUERDO POR EL QUE SE RECONOCEN LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE DOS FACTURAS CORRESPONDIENTES A SERVICIOS EFECTIVAMENTE PRESTADOS EN EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS Y GESTIÓN PARA LA COMPRA DE ESPACIOS PUBLICITARIOS.

El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, constando acreditado en el expediente que las prestaciones han sido efectivamente realizadas y debidamente conformadas, habiéndose emitido y registrado las correspondientes facturas. 

AUTORIZACIÓN PREVIA DE GASTO A LA EMPRESA PÚBLICA DE PROMOCIÓN DEL TURISMO Y LA ARTESANÍA DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A. (ETURIA CLM) PARA LAS FERIAS DE TURISMO DURANTE EL AÑO 2027.

El Consejo de Gobierno ha acordado autorizar un gasto por importe de 950.000 € (novecientos cincuenta mil euros) a la empresa pública de promoción del turismo y la artesanía de Castilla-La Mancha, S.A. (ETURIA CLM) para la contratación de los servicios de construcción, ejecución y servicios complementarios de los stands de promoción turística de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para las ferias de turismo durante el año 2027.  
La citada autorización previa se ha llevado a efecto en virtud de lo preceptuado en el artículo 25 de la Ley 5/2025, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026 que regula el régimen de autorización previa de gasto de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo. 

ACUERDO POR EL QUE SE TOMA EN CONSIDERACIÓN Y SE MUESTRA LA CONFORMIDAD A LA TRAMITACIÓN DE LA PROPOSICIÓN DE LEY, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 2/2020, DE 7 DE FEBRERO, DE EVALUACIÓN AMBIENTAL DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno acuerda “expresar la no oposición a la tramitación parlamentaria de la proposición de ley, por la que se modifica la Ley 2/2020, de 7 de febrero, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha, promovida por el grupo parlamentario socialista y notificar este Acuerdo a la Mesa de las Cortes de Castilla-La Mancha”. 
La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada el 2 de julio de 2026 ha calificado favorablemente y admitido a trámite la proposición de ley por la que se modifica la Ley 2/2020, de 7 de febrero, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha, acordando su remisión a Consejo de Gobierno, a los efectos previstos en el artículo 156 del Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha para su toma en consideración. 

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO MEDIANTE EL MANTENIMIENTO DE 13 FUNCIONARIOS INTERINOS EN EL INSTITUTO DE LA MUJER Y SE MODIFICA MEDIANTE EL AUMENTO DE UNA PERSONA ADMINISTRATIVA.

El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido por el artículo 49 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, en conexión con lo preceptuado por la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha en su artículo 8 respecto del nombramiento del personal funcionario interino. 
Se autoriza la prórroga y modificación del programa temporal de empleo mediante el mantenimiento de 13 funcionarios interinos en el Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha –una persona Técnica Superior de la especialidad de Administración General y una persona Técnica Superior de la especialidad Económica, 5 personas Técnicas de la especialidad de Gestión Administrativa y 6 personas Administrativas– para la gestión del Plan Corresponsables 2025.

CESIÓN GRATUITA Y EN PLENO DOMINIO AL AYUNTAMIENTO DE TURLEQUE (TOLEDO), DE UN INMUEBLE URBANO SITO EN DICHA LOCALIDAD, QUE LO FUE DE LA EXTINTA CÁMARA AGRARIA PROVINCIAL.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha tomado el acuerdo de ceder gratuitamente al Ayuntamiento de Turleque (Toledo), la propiedad de un inmueble de referencia catastral 7139015VJ4873N0001BU, con una superficie construida según Catastro de 542 m2, sito en Camino de Mora, n.º 4 de Turleque, el cual consta inscrito en el Registro de la Propiedad de Madridejos como finca urbana n.º 12.435. 
Dicho inmueble era propiedad de la extinta Cámara Agraria Provincial de Toledo según la documentación obrante en las dependencias de esta Secretaria General, corporación extinguida por mandato del artículo 1 de la Ley 6/2021, de 5 de noviembre, de extinción de cámaras agrarias provinciales de Castilla-La Mancha y por la que se establece el régimen jurídico para realizar transmisiones de patrimonio procedentes del Instituto de Reforma y Desarrollo Agrario. 
El artículo 3.1 de la Ley 6/2021, de 5 de noviembre, establece que el resultante de la liquidación del patrimonio de las extintas cámaras agrarias provinciales se integrará en el patrimonio de la Junta de Comunidades, quedando adscrito a la consejería competente en materia agraria para su aplicación a fines de interés general agrario, los cuales incluyen los referidos al desarrollo rural. Además, el apartado 2 del mencionado precepto recoge la obligatoriedad de que las cesiones de uso o pleno dominio del patrimonio proveniente de las extintas Cámaras Agrarias Provinciales sean acordadas por el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia agraria.  

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE LA LEY DE COORDINACIÓN DE POLICIAS LOCALES DE CASTILLA-LA MANCHA, APROBADO POR DECRETO 110/2006, DE 17 DE OCTUBRE.

La iniciativa para la elaboración de la norma corresponde a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, en virtud de las competencias atribuida por el artículo 36 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha y por el Decreto 104/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital elevando a la consideración del Consejo de Gobierno el citado proyecto de Decreto.