La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural; a través de la Orden 43/2024, de 26 de marzo, establece las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la contratación de seguros agrarios en Castilla-La Mancha. La ayuda se configura como una subvención complementaria a la concedida por la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) con arreglo al Real Decreto 425/2016, de 11 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Administración General del Estado al Seguro Agrario.
Por tanto, una vez aprobado el cuadragésimo sexto Plan de Seguros Agrarios Combinado, resulta necesario realizar la convocatoria de ayudas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha donde se determinan las líneas de seguro subvencionables con sus respectivos porcentajes de ayuda. La Orden 43/2024 establece que esta convocatoria será aprobada por la Resolución de la Dirección General competente en materia de seguros agrarios de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.
De acuerdo con el apartado b del artículo 75.2 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, podrán concederse de forma directa aquellas subvenciones cuyo otorgamiento o cuantía resulten impuestos a la Administración por norma de rango legal, que seguirán el procedimiento de concesión que les resulte de aplicación de acuerdo con su propia normativa.
La financiación de las ayudas convocadas por la presente orden se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 21.13.0000.G/713A/4731R, con un importe estimado de 10.500.000 euros, imputándose 4.850.000 € a la anualidad 2025 y 5.650.000 € a la anualidad 2026.
Al tratarse de una convocatoria de ayudas por importe superior a 5.000.000 de euros, de conformidad con el artículo 58.4.a) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, corresponde al Consejo de Gobierno autorizar la misma, con carácter previo, a la aprobación del gasto.