Funciones y competencias

Funciones y competencias del Consejo Regional de Provincias

A efectos de asegurar la coordinación entre las Diputaciones provinciales y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se crea el Consejo Regional de Provincias, como Órgano permanente de coordinación y colaboración.

 
El Consejo Regional de Provincias tendrá carácter deliberante y consultivo.

 
Son fines del Consejo Regional de Provincias:

 
a) Conocer e informar los anteproyectos de Ley que afecten al ámbito de competencias de las Diputaciones Provinciales que le sean sometidos por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
 
b) Informar las peticiones de autorización presentadas por las Diputaciones Provinciales en virtud de lo establecido en el artículo 7 de esta Ley.
 
c) El conocimiento e informe al Consejo de Gobierno de los anteproyectos de Ley de delegación de competencias en las Diputaciones Provinciales.
 
d) El conocimiento, deliberación y propuesta de solución a los conflictos de intereses que puedan suscitarse en las relaciones entre la Administración autónoma y las Diputaciones Provinciales.
 
e) Efectuar propuestas y sugerencias al Consejo de Gobierno en materia de Diputaciones Provinciales.
 
f) Proponer criterios generales para acordar la dispensa de la prestación y establecimiento de los servicios mínimos municipales.
 
g) Conocer los Convenios de Cooperación entre la Junta de Comunidades y las Diputaciones Provinciales.
 
h) Informar los Planes sectoriales de la Junta de Comunidades o de las Diputaciones Provinciales que puedan o vayan a ser objeto de coordinación.
 
i) Cualquier otra que le sea atribuida por Ley.

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Decreto estructura orgánica Consejería de Hacienda y AAPP

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Ley 2/1991, de 14 de marzo de 1991, de Coordinación de Diputaciones

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Decreto 15/2018, de 27 de marzo, por el que se modifica el Decreto 82/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas. [2018/4025]

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