Viceconsejería de Empleo, Diálogo Social y Seguridad y Salud Laboral

Línea de ayudas para el desarrollo de actividades de asesoramiento, divulgación y difusión en PRL. Convocatoria 2020

Línea de ayudas para el desarrollo de actividades de asesoramiento, divulgación y difusión en PRL. Convocatoria 2020

Resolución de 08/06/2020, de la Viceconsejería de Empleo, Diálogo Social y Bienestar Laboral, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para fomentar el desarrollo de actividades de asesoramiento, divulgación y difusión en materia de prevención de riesgos laborales para el ejercicio 2020 (DOCM nº 120, de 19 de junio de 2020).

 

 

¿CUÁL ES EL OBJETO SUBVENCIONABLE?

 

Las subvenciones están destinadas a fomentar el desarrollo de actuaciones de asesoramiento, divulgación y difusión en materia de prevención de riesgos laborales.

 

 

¿QUIÉNES PUEDEN SER BENEFICIARIOS?

 

Organizaciones empresariales y sindicales intersectoriales más representativas en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, con domicilio fiscal y centro de trabajo en Castilla-La Mancha y que cumplan los siguientes requisitos:

 

  • Que tengan domicilio fiscal y centro de trabajo en Castilla-La Mancha.
  • Que cuenten con un plan de prevención de riesgos laborales y que no hayan sido sancionadas, en virtud de resolución o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en el año anterior a la solicitud.
  • Que se encuentren al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, estatales y autonómicas, con la Seguridad Social y de reintegro de subvenciones públicas.
  • Que no se encuentren incursas en el resto de circunstancias previstas en el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Que la persona física solicitante, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas no se encuentren incursos en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

 
¿QUÉ ACTIVIDADES SE SUBVENCIONAN?

 

Actuaciones de asesoramiento, divulgación y difusión en materia de prevención de riesgos laborales, dirigidos a empresarios y trabajadores. En particular:

 

>> Programas de asesoramiento dirigidos a empresarios y trabajadores, que se desarrollen a través de visitas a empresas.
>> Actividades de difusión y divulgación que fomenten el conocimiento y el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, y de las medidas preventivas para evitar o reducir los riesgos de accidentes de trabajo.

 

 

¿EN QUÉ PLAZO PUEDE PRESENTARSE LA SOLICITUD?

 

La solicitud puede presentarse desde el 20 de junio hasta el 10 de julio de 2020, ambos inclusive.

 

 

¿DÓNDE PUEDE PRESENTARSE LA SOLICITUD?

 

Las solicitudes deberán presentarse mediante el envío telemático de los datos, con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

 

 

¿CUÁL ES LA CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN?

 

La cuantía de la subvención será del 100% del coste de ejecución de los proyectos subvencionados, con un máximo por beneficiario del 40% del crédito destinado a la financiación de la convocatoria.

 

 

¿CUÁNDO SE ABONA LA SUBVENCIÓN?

 

El abono de las subvenciones se realizará en tres pagos:

 

a) El primer pago, por importe del 25% de la cuantía de la subvención, se realizará en el plazo de 15 días siguientes a la concesión de la subvención.

 

b) El segundo pago, por importe del 35% de la cuantía de la subvención, una vez se acredite por el beneficiario el inicio de las actividades subvencionadas.

 

c) El tercer pago, por importe del 40% restante, una vez finalizadas y justificadas las actividades subvencionadas.

 

 

¿CUÁNDO DEBEN EJECUTARSE LAS ACTIVIDADES SUBVENCIONADAS?

 

Las actividades subvencionadas deberán ejecutarse en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020.

 

 

¿EN QUÉ PLAZO DEBE PRESENTARSE LA JUSTIFICACIÓN DE LA EJECUCIÓN Y PAGO DE LAS ACTIVIDADES SUBVENCIONADAS?

 

La documentación justificativa de la ejecución y pago de las actividades subvencionadas debe presentarse antes del 1 de febrero de 2021.

 

 

¿DÓNDE SE PUEDE SOLICITAR INFORMACIÓN SOBRE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN?

 

Si necesita realizar alguna consulta o ampliar la información sobre la convocatoria de ayudas puede contactar con la Viceconsejería de Empleo, Diálogo Social y Bienestar Laboral, a través de los siguientes medios, enviando un e-mail a viceconsejeria.economiaempresasempleo@jccm.es, o mediante llamada telefónica a 925 269 809 o 925 267 404.

 

 

>> ACCESO AL TRÁMITE ELECTRÓNICO: 

Subvenciones para fomentar el desarrollo de actividades de asesoramiento, divulgación y difusión en materia de prevención de riesgos laborales. 

 

Enlace permanente: 
https://www.castillalamancha.es/node/305663
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