Actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera
Las emisiones de contaminantes a la atmósfera deterioran la calidad del aire y afectan a la salud de los seres vivos. El transporte por carretera, la generación de electricidad y calor, la industria y la agricultura y, en menor medida, los hogares, son los principales sectores que causan emisiones de contaminantes atmosféricos debido a los procesos de industrialización y urbanización de grandes áreas territoriales que aumentan la demanda de energía.
Es fundamental el control en origen de dicha contaminación, tratando de evitar las emisiones a la atmósfera, o cuando esto no es posible, minimizar sus consecuencias. Por ello, ha sido preciso articular un amplio repertorio de instrumentos legales, tendentes a hacer compatibles el desarrollo económico y social y la preservación de este elemento del medio ambiente.
El Real Decreto 100/2011 de 28 de enero por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y establece las disposiciones básicas de su aplicación, actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera incluidas en el Anexo l de la Ley 34/2007 y clasifica dichas actividades en tres grupos principales: Grupo A, B y C, de forma que el potencial contaminante de las distintas actividades se distribuye de mayor a menor en función del grupo en el que se encuentren incluidas. Esta tramitación no incluye a las instalaciones sometidas al régimen de autorización ambiental integrada. Por tanto, las instalaciones estarán sometidas a autorización administrativa o a notificación en función de las actividades que desarrollen:
A) Quedan sometidas al régimen de autorización administrativa aquellas instalaciones que cumplan con alguno de los siguientes requisitos:
- Desarrolle alguna actividad perteneciente a los grupos A o B del Catálogo de Actividades Potencialmente Contaminadoras de la Atmósfera (CAPCA-2010)
- Tengan lugar varias actividades de un mismo tipo, de manera que, aun siendo estas independientes o constando de focos distintos, la suma de las potencias o capacidades de producción, manipulación o consumo de disolventes supere el umbral considerado para la pertenencia a los grupos A o B de dicho tipo de actividad.
El trámite se inicia con la presentación de una solicitud de autorización administrativa de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera a la que se ha de adjuntar un proyecto específico de medidas correctoras de la contaminación cuyo objetivo principal será el de realizar una completa descripción de los procesos productivos y accesorios dispuestos, las emisiones y los contaminantes emitidos, las medidas correctoras dispuestas y los procesos seguidos para el control y seguimiento de la contaminación atmosférica generada. Para la elaboración de dicho proyecto, las empresas cuentan con una guía de contenidos básicos del Proyecto específico de medidas correctoras, disponible a continuación, en el área de descargas.
B) Quedan sometidas al régimen de notificación la construcción, montaje, explotación, traslado, modificación sustancial, cese o clausura de aquellas instalaciones en las que se desarrolle alguna de las actividades incluidas en el catálogo de Actividadades Potencialmente Contaminadoras de la Atmósfera (CAPCA-2010) y que figuren como pertenecientes al grupo C, mediante el formulario Notificación de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera.
En el documento que se emite, una vez finalizado el trámite de autorización o notificación, según el caso, se fijarán entre otros aspectos, los controles que deberán realizarse en la instalación, una vez iniciada la actividad.
El control reglamentario de las emisiones se llevará a cabo por los Organismos de Control Autorizados (OCA)