DG de Acción Social

MARCO DE CONCERTACIÓN CON ENTIDADES LOCALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN PRIMARIA

Los Servicios Sociales de Atención Primaria constituyen el primer nivel de atención del Sistema Público de Servicios Sociales, siendo la puerta de acceso al Sistema.
Ubicados en los municipios, son claves para atender las necesidades sociales de la población.
 
La financiación de los Servicios Sociales de Atención Primaria se ha venido instrumentalizando a través de convenios con las Corporaciones Locales, que era necesario renovar año tras año.
 
La publicación del Decreto 87/2016 por el que se unifica el marco de concertación con las Entidades Locales para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria en Castilla-La Mancha, constituye un paso importante porque permite:
 
Unificar el marco de concertación, dado que al Convenio en el marco del Plan Concertado, se incorpora la prestación de ayuda a domicilio, los Planes Locales de Integración Social y los proyectos de integración social que se venían financiado a través de una convocatoria de subvenciones
 
Incrementar la aportación financiera por parte de la Consejería de Bienestar Social, así de un 40% que venía siendo la aportación para municipios mayores de 20.000 habitantes se pasa a un 55%, y en el caso de los menores de 20.000 habitantes, de un 60 a un 70%
 
Generar mayor estabilidad financiera, dado que el convenio se firma por un periodo de seis años, prorrogable por otros cuatro.
 
Simplificar y agilizar los procedimientos de gestión y resolución de los convenios, en el marco del Plan que al respecto se ha aprobado por el gobierno regional, dado que no será necesaria la renovación del convenio año tras año, sino que simplemente se procederá a actualizar los importes económicos del convenio que se recogen en un anexo.
 
Abreviar el proceso de justificación, ya que únicamente se presentará una única justificación final, en lugar de dos como se venía realizando.
 
Incorporar la innovación en el quehacer de los profesionales y en el desarrollo de las prestaciones de Atención Primaria.
 
Unificar las horas de los convenios de Ayuda a Domicilio, que hasta ahora diferenciaban entre personas dependientes y no dependientes, para agilizar el acceso a la prestación en cuanto se detecte una situación de necesidad.
 
Priorizar la atención de personas dependientes por la prestación de ayuda a domicilio.
 
Fijar el marco normativo de referencia para operativizar, en el ámbito de las Entidades Locales, las líneas de acción recogidas en el Programa Operativo Regional FSE 2014-2020 de Castilla-La Mancha, a través las siguientes prioridades de inversión, recogidas en el Objetivo Temético 9, del Eje prioritario 2C: 
     – Prioridad de inversión 9.1 la inclusión activa, en particular, con vistas a fomentar la igualdad de oportunidades, la participación activa y la mejora de la empleabilidad
     – Prioridad de inversión 9.2, la integración socioeconómica de comunidades marginadas, tales como la población romaní.  
El FSE podrá financiar hasta en un 80% los proyectos enmarcados en estas Prioridades de Inversión.
 

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Descargas: 

Decreto 87/2016 Marco de concertación con Entidades Locales para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria

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Orden 1/2017, de 13.01.2017, por la que se establecen los criterios de financiación para la suscripción de convenios con las entidades locales para la prestación de servicios sociales de atención primaria en Castilla-La Mancha

Formato pdf: 
PDF icon orden_criterios_de_financiacion_convenios_con_entidades_locales_para_servicios_sociales.pdf

Decreto 30/2022, de 26 de abril, por el que se modifica el Decreto 87/2016, de 27 de diciembre, por el que se unifica el marco de concertación con las entidades locales para la prestación de servicios sociales de atención primaria en Castilla-La Mancha

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PDF icon decreto_30-2022.pdf