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ACUERDO POR EL QUE SE DESIGNAN VOCALES DEL JURADO REGIONAL DE VALORACIONES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y SE CESA A LOS SUSTITUIDOS.

La Secretaría del Jurado Regional de Valoraciones debe comunicar a la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas la necesidad de los miembros que tiene, así como los cambios que se deban efectuar en relación con los designados.    Estas propuestas de cambio se trasladan al Consejo de Gobierno para que efectúe los nombramientos y poder así llevar a cabo las variaciones. 

PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO PARA LA GESTIÓN Y SEGUIMIENTO DEL SISTEMA DE CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN AGRARIA (SCIA) DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA PAC (PEPAC) CONSISTENTE EN LA CONTRATACIÓN DE UN LICENCIADO/A EN VETERINARIA Y UN INGENIERO/A AGRÓNOMO/A.

El Consejo de Gobierno ha acordado autorizar el programa temporal de empleo para la gestión y seguimiento del sistema de conocimiento e innovación agraria (SCIA) del Plan Estratégico de la PAC (PEPAC) consistente en la contratación de personal funcionario interino (un licenciado en veterinaria y un ingeniero agrónomo) durante 48 meses, cofinanciada con fondos FEADER.    Este programa temporal queda justificado en la inexistencia de puestos de trabajo para realizar de manera óptima las diferentes actuaciones del Sistema de Conocimiento e Innovación Agraria (SCIA) del PEPAC 2023-2027, gestionadas de manera exclusiva por la Viceconsejería de Política Agraria Común y Políticas Agroambientales como Autoridad de Gestión del PEPAC 2023-2027. En concreto, los trabajos a realizar son los siguientes:    - La planificación, diseño de medidas, seguimiento y evaluación del Sistema de Conocimiento e Innovación Agraria (SCIA), las redes de la PAC.   - Gestión y resolución de las ayudas en materia de intercambio de conocimiento y transferencia de información; en materia de asesoramiento y en materia de cooperación de grupos operativos de la AEI:   a) 7161 Cooperación de grupos operativos de la AEI (Asociación Europa para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas).   b) 7201 Intercambio de conocimientos e información. 7202 Asesoramiento.   El tiempo de duración del programa temporal es de 48 meses, con un coste total de 371.580,96 € y se financiará con fondos finalistas conforme al artículo 94 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, que establece que podrá destinarse un 4%, como máximo, de la contribución total del FEADER, al PEPAC; en concreto, el articulo 125 recoge la posibilidad de financiar las acciones de asistencia técnica a iniciativa de los Estados miembros. 

 

TOMA EN CONSIDERACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE LEY DEL CONSEJO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno toma en consideración el anteproyecto de Ley del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha y ordena su remisión al Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha para el preceptivo dictamen. 

ACUERDO POR EL QUE SE DECLARA LA UTILIDAD PÚBLICA DEL MONTE “LA PINOSA” PERTENECIENTE AL AYUNTAMIENTO DE CAÑETE, Y SE ORDENA SU INCLUSIÓN EN EL CATÁLOGO DE MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA DE CUENCA CON N.º 288.

El Consejo de Gobierno acuerda:    I Declarar la utilidad pública de los terrenos que conforman el Consorcio para la repoblación forestal con número de elenco CU-3007 “Cabeza de Hontanar” propiedad del Ayuntamiento de Cañete (Cuenca), especificados en el anexo a este Acuerdo, al reunir los requisitos determinados por los artículos 18 y 19 de la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha.     II Autorizar la sustitución del Consorcio CU-3007 por la figura de Monte de Utilidad Pública, en los términos y condiciones señalados en la Orden de 28/03/2011, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se regula el régimen a aplicar a los consorcios y convenios de repoblación forestal.    III Ordenar la inclusión del monte en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Cuenca con el número 288 y denominación “La Pinosa” quedando el monte con las siguientes características:    Provincia: Cuenca  Partido Judicial: Cuenca  Nº de CUP: 288  Nombre del Monte: “La Pinosa”  Término Municipal: Cañete (Cuenca) Pertenencia: Ayuntamiento de Cañete  Cabida total del Monte: 890,0515 ha  Cabida Pública del Monte: 876,9852 ha Superficie enclavada: 13,0663 ha (9 enclavados).

 

TOMA EN CONSIDERACIÓN Y DE NO CONFORMIDAD A LA TRAMITACIÓN DE LA PROPOSICIÓN DE LEY RELATIVA AL APOYO Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE TERRORISMO DE CASTILLA-LA MANCHA.

La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada el 10 de junio de 2024 ha calificado favorablemente y admitido a trámite la Proposición de Ley de apoyo y asistencia a las víctimas de terrorismo de Castilla-La Mancha. Expediente 11/PPL-00005, acordando su remisión a Consejo de Gobierno, a los efectos previstos en el artículo 156.2 del Reglamento de la Cámara.     El Presupuesto de la Junta de Comunidades es una previsión normativa que ha de ser aprobada por las Cortes Regionales y que, además, es obligatoria para el Consejo de Gobierno, tal y como se desprende del artículo 51 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, así como del artículo 12.a) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, que establece el principio de reserva de ley presupuestaria.     El pago de las indemnizaciones reguladas en el artículo 4, supone un incremento de gasto del presupuesto corriente, sometido al principio de anualidad presupuestaria, sin que se especifique previsión de ingresos por lo que procede la no conformidad a su tramitación, de acuerdo con el artículo 156.2 del Reglamento de las Cortes. 

RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES Y TRAMITACIÓN DE PAGOS CORRESPONDIENTES A LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA Y RETIRADA SELECTIVA DE RESIDUOS EN LOS EDIFICIOS DE LA CONSEJERÍA DE DESARROLLO SOSTENIBLE EN TOLEDO.

El Consejo de Gobierno acuerda:    Autorizar el reconocimiento de obligaciones por importe de ochenta y cinco mil trescientos treinta y un euros con cincuenta y un céntimos, IVA incluido, imputables en la partida presupuestaria 23020000G/442A/22700, en relación con el servicio de limpieza y retirada selectiva de residuos en edificios de la Consejería de Desarrollo Sostenible en Toledo, prestado por LIMPIEZAS MANCHEGAS BECQUER S.L. desde el 16 de diciembre de 2023 al 9 de abril de 2024, de conformidad con el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre. 

ACUERDO POR EL QUE SE CONVALIDA LA OMISIÓN DE FISCALIZACIÓN PREVIA PRECEPTIVA DE LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, DE CONCESIÓN Y PAGO DEL BONO SOCIAL TÉRMICO DEL EJERCICIO 2022.

El Consejo de Gobierno acuerda:

 

Convalidar, de conformidad con el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, la omisión de fiscalización previa preceptiva de la Resolución de 17 de junio de 2024, de la Dirección General de Transición Energética, de concesión y pago del Bono Social Térmico del ejercicio 2022, correspondientes al tercer pago masivo de la ayuda del Bono Social Térmico para el ejercicio 2022, con cargo a la partida presupuestaria 2306G/722A/48000 Fondo 0000000565. 

AUTORIZACIÓN A LA FUNDACIÓN PÚBLICA IMPULSA CASTILLA-LA MANCHA PARA LA REALIZACIÓN DE GASTOS SUPERIORES A 400.000 EUROS, DERIVADOS DEL EXPEDIENTE PARA LA CELEBRACIÓN DE UN CONTRATO DE LOS SERVICIOS DE AUXILIARES DE SALA DEL MUSEO DE PALEONTOLOGÍA.

El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido por el artículo 25 de la Ley 11/2023, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024, dedicado al régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, que establece que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.     Esta autorización requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el artículo 25.4 de la citada Ley.  

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES PARA LA INSERCIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL MERCADO ORDINARIO DE TRABAJO.

El Decreto tiene como objeto regular la concesión directa de subvenciones para facilitar el acceso al trabajo de las personas con discapacidad y la adaptación de sus puestos de trabajo a las condiciones específicas de las mismas, así como fomentar el transito del empleo protegido al ordinario, favoreciendo la integración sociolaboral de las que, además, tengan especiales dificultades de inserción laboral, en condiciones que garanticen la aplicación de los principios de igualdad de trato y no discriminación, fomentando las oportunidades de empleo y mantenimiento del mismo, en el mercado ordinario de trabajo de Castilla-La Mancha.    Regula cuatro líneas de subvenciones:    a) Línea I. Ayudas para la contratación inicial indefinida y para la transformación en contratos por tiempo indefinido de contratos temporales de personas trabajadoras con discapacidad.   b) Línea II. Ayudas para la adaptación de los puestos de trabajo, dotación de equipos de protección personal y eliminación de barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de las personas trabajadoras con discapacidad.   c) Línea III. Ayudas para la contratación inicial indefinida de personas trabajadoras con discapacidad que presentan especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo, procedentes de enclaves laborales.   d) Línea IV. Ayudas destinadas a sufragar los costes salariales y de Seguridad Social del preparador laboral, que vaya a realizar las acciones de orientación y acompañamiento individualizado en el puesto de trabajo, a personas trabajadoras con discapacidad y con capacidad intelectual limite, que presenten especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo.   Las subvenciones se otorgarán en régimen de concesión directa y el crédito disponible para 2024 asciende a 2.000.000 euros, financiados con la distribución territorializada de los fondos finalistas realizadas por el Servicio Público de Empleo Estatal.   Enlaces relacionados:   Decreto 32/2024, de 2 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

 

AUTORIZACIÓN A LA FUNDACIÓN PÚBLICA IMPULSA CASTILLA-LA MANCHA PARA LA REALIZACIÓN DE GASTOS SUPERIORES A 400.000 EUROS, DERIVADOS DEL EXPEDIENTE PARA LA CELEBRACIÓN DE UN CONTRATO DE LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN AL PÚBLICO EN EL MUSEO DE CIENCIAS.

El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido por el artículo 25 de la Ley 11/2023, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024, dedicado al régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, que establece que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.     Esta autorización requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el artículo 25.4 de la citada Ley.  

ACUERDO POR EL QUE SE CONCRETA EL INCREMENTO RETRIBUTIVO APLICABLE AL PERSONAL AL SERVICIO DEL SECTOR PÚBLICO REGIONAL CONFORME A LO DISPUESTO EN LA LEGISLACIÓN BÁSICA DEL ESTADO.

El artículo 35.2 de la Ley 11/2023, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024, dispone que con efectos a partir del 1 de enero de 2024, las retribuciones íntegras del personal al servicio del sector público regional, ya se trate de altos cargos, puestos directivos, personal funcionario, eventual, estatutario o laboral, experimentarán, en su caso, el incremento que establezca la normativa básica del Estado con respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2023 en términos de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal, como a la antigüedad del mismo. 

DECLARACIÓN COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL CON LA CATEGORÍA DE MONUMENTO DE LA PRESA DE MORACANTÁ, EN VILLAMINAYA (TOLEDO).

Por Resolución de la Viceconsejería de Cultura de 14 de julio de 2023 (DOCM núm. 140 de 24 de julio de 2023), se inició expediente para la declaración de la Presa de Moracantá, en Villaminaya (Toledo) como Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento.    Con fecha de 2 de abril de 2024 se solicitó un informe a la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural de Toledo, en su calidad de institución consultiva de la Administración, tal y como señala el artículo 6.1. de la Ley 4/2013 de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, que emitió informe favorable el 11 de abril.    Posteriormente se publicó la Resolución de 02/05/2024, de la Viceconsejería de Cultura y Deportes, que dio trámite de audiencia a los interesados en el procedimiento (DOCM núm. 91, de 10 de mayo de 2024) sin que se hayan recibido alegaciones.    Vistos los informes y datos técnicos pertinentes, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes considera que el mencionado bien reúne los valores históricos necesarios para gozar de la protección que la legislación vigente dispensa a los Bienes de Interés Cultural, por lo que entiende procedente su declaración.    En consecuencia, de acuerdo con el artículo 15.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en uso de las competencias atribuidas, el Consejo de Gobierno acuerda la declaración de la Presa de Moracantá, en Villaminaya (Toledo) como Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento.    Enlaces relacionados:   ARELLANO GARCÍA, M. (1977). Puente y presa romanos en el término municipal de Villaminaya (Toledo). Toletum: boletín de la Real Academia de Bellas Artes y Ciencias Históricas de Toledo, (8), 97-99   BARAHONA OVIEDO, M. (2016): Estructuras de embalse (presas) y de derivación (azudes) de épocas romana y altomedieval en la cuenca media del río Tajo. Tesis doctoral leída en el Departamento de Prehistoria y Arqueología de la UNED   BARAHONA OVIEDO, M. (2018): Hacia una arqueología de las presas. Bases metodológicas para la revisión del catálogo de embalses romanos y altomedievales de la cuenca media del río Tajo, en PACHECO, C. (coordinador): Actas del Congreso El agua en la provincia de Toledo. Historia, usos y retos para el futuro. 23 y 24 de noviembre de 2016. Talavera de la Reina, ed. Colectivo de investigación histórica Arrabal. Talavera de la Reina (pp. 72-86)   CASTILLO BARRANCO, J. C. (2007). Las presas romanas en España. Archaeopress    CASTILLO BARRANCO, J. C., Y ARENILLAS PARRA, M. A. (2000). Las presas romanas en España. Propuesta de Inventario. In Actas del Primer Congreso Nacional de Historia de las presas. Mérida   JIMÉNEZ DE GREGORIO, F. (1996): La comarca toledana de La Sisla (Vol. 8). Diputación provincial   NOVILLO LÓPEZ, M. A. (2008): Presas romanas de regadío en la provincia de Toledo: estado actual de la cuestión y novedades. En El territorio ciudades romanas (pp. 471-494). Sísifo   OREJAS SACO DEL VALLE, A. y SÁNCHEZ PALENCIA, F. J. (1989): Obras hidráulicas romanas y explotación del territorio en la provincia de Toledo, en Instituto de Estudios Almerienses. Dpto. de Historia. Almería   LA PRESA DE MORACANTÁ EN VILLAMINAYA (TOLEDO) Y SU IMPORTANCIA EN LA HISTORIA