Mostrando 6688 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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AUTORIZACIÓN DE LA ORDEN DE ENCARGO A LA EMPRESA PÚBLICA GEACAM, PARA LA REALIZACIÓN DE LA ASISTENCIA TÉCNICA RELATIVA A “GESTIÓN CINEGÉTICA SOSTENIBLE DE COTOS SOCIALES EN CASTILLA-LA MANCHA PARA LAS ANUALIDADES 2025-2027”.

El Consejo de Gobierno acuerda la “Orden de encargo de la Consejería de Desarrollo Sostenible a la empresa pública Geacam SA, para la realización de la asistencia técnica relativa a “Gestión cinegética sostenible de cotos sociales en Castilla-La Mancha para las anualidades 2025-2027”, por un importe total de 789.636,91 €.    Es precisa la autorización previa del Consejo de Gobierno, de conformidad con el artículo 21.1 de Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, al tratarse de una orden de encargo de la Consejería de Desarrollo Sostenible que conlleva la aprobación de un gasto superior a 750.000,00 euros. 

ACUERDO DE CESIÓN GRATUITA AL AYUNTAMIENTO DE CABAÑAS DE LA SAGRA (TOLEDO) DE LA PROPIEDAD DEL INMUEBLE QUE OCUPA EL SILO DE ALMACENAMIENTO DE CEREALES, SITO EN LA PARCELA 9021 DEL POLÍGONO 501 DEL CATASTRO DE RÚSTICA DE DICHA LOCALIDAD.

En virtud de lo establecido en el artículo 110 y siguientes de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se eleva al Consejo de Gobierno el acuerdo de cesión gratuita por la JCCM al Ayuntamiento de Cabañas de la Sagra (Toledo) de la propiedad del inmueble que ocupa el silo de almacenamiento de cereales de ese municipio, sito en el polígono 501 parcela 9021 del catastro de rústica de dicha localidad, conformado por dos fincas registrales con superficie de 7.398 m² y 1.485 m², respectivamente, para destinarlo a espacio de formación y prácticas agroecológicas y medioambientales, espacio de almacenaje, espacio para el desarrollo de actividades de las asociaciones y otras agrupaciones municipales y sala de exposiciones y organización de eventos.  

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA UN PROGRAMA TEMPORAL PARA LA OFICINA DE ASESORAMIENTO DEL HIDRÓGENO EN CASTILLA-LA MANCHA, CON INCORPORACIÓN DE DOS TÉCNICOS SUPERIORES, ESPECIALIDAD INGENIERÍA INDUTRIAL O INGENIERÍA QUÍMICA Y UN AUXILIAR ADMINISTRATIVO.

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar, por un periodo de tres años, el Programa Temporal adscrito a la Dirección General de Transición Energética para la Oficina de asesoramiento del hidrógeno en Castilla-La Mancha.    El programa temporal de empleo empleará dos técnico/as superiores, especialidad ingeniería industrial o ingeniería química y un auxiliar administrativo. El coste máximo asciende a un importe de 387.539,58 €.   De conformidad con el artículo 49 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, el Consejo de Gobierno podrá autorizar programas temporales, entre otros supuestos, cuando se trate de actividades relacionadas con la prestación de servicios que se consideren absolutamente prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales, previo informe de la Dirección General de Función Pública y la Dirección General de Presupuestos. 

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA EL EJERCICIO DE ACCIONES EN VÍA JURISDICCIONAL EN LAS DILIGENCIAS PREVIAS 1517/2024 SEGUIDAS EN EL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 5 DE ALCALÁ DE HENARES POR DELITO DE FALSEDAD DOCUMENTAL.

Se ha recibido oficio del Juzgado de Instrucción n.º 5 de Alcalá de Henares practicando ofrecimiento de acciones a la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, del artículo 109 de la Ley de Enjuiciamiento criminal en calidad de perjudicado, en la Diligencias previas 1517/2024 incoadas por delito de falsedad documental, referida a una investigación llevada a cabo por la Policía Nacional, por la utilización de certificados de profesionalidad en atención sociosanitaria falsificados por parte de las personas que son contratadas en residencias de mayores y que estarían siendo utilizadas por personas, a sabiendas de su falsedad, para poder acreditar que están en disposición de una titulación de la que carecen para poder ejercer su actividad en dichos centros y ser contratados.    Existe un interés legítimo en participar en el procedimiento en calidad de perjudicado, habida cuenta de que, tal y como pone de manifiesto la Policía Nacional, la utilización de certificados de profesionalidad en atención sociosanitaria falsificados por parte de las personas que son contratadas en residencias de mayores, para poder ejercer su actividad en dichos centros y ser contratados, perjudica no sólo a las personas que deben ser atendidas en las mejores condiciones y con los conocimientos necesarios para ello, sino también a la credibilidad de los certificados que expide esta Administración. En este sentido, la Dirección General de Formación Profesional en el Ámbito Laboral ha puesto de manifiesto, mediante escrito de 12 de marzo de 2025, que se muestra favorable a participar en las acciones que en calidad de perjudicado corresponden ante el Juzgado.    A tenor de lo establecido en el artículo 9 de la Ley 5/2013, de 17 de octubre, de ordenación del servicio jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la decisión del ejercicio de las acciones en vía jurisdiccional por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe preceptivo del Gabinete Jurídico, a iniciativa de la Consejería con competencias en la materia afectada.

AUTORIZACIÓN DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO PARA LA PREPARACIÓN DE LAS FUTURAS CONCESIONES DE TRANSPORTE SENSIBLE A LA DEMANDA CON 2 TÉCNICOS/AS SUPERIORES ESPECIALIDAD INGENIERÍA DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS CON UNA DURACIÓN INICIAL DE 1 AÑO.

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza el Programa Temporal de Empleo de la Consejería de Fomento para cubrir las necesidades de personal en la Dirección General de Transportes y Movilidad para la preparación de las licitaciones de nuevas concesiones de transporte sensible a la demanda con dos Técnicos/as Superiores especialidad Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos durante un año, por un importe total de 95.570,44 euros. 

AUTORIZACION PREVIA DE GASTO A FAVOR DEL INSTITUTO DE FINANZAS DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A.U. PARA LA REFORMA, REHABILITACIÓN Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE LOS INMUEBLES SITOS EN LA CALLE SANTA JUSTA, 9 Y CALLE DE LA PLATA, 22 EN TOLEDO.

En virtud de lo dispuesto por el artículo 25 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, el Consejo de Gobierno ha autorizado un gasto adicional por importe de 277.240,38 euros a favor del Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha, SAU respeto del autorizado por este mismo órgano con fecha 24 de mayo de 2022, para la reforma, rehabilitación y ejecución de las obras de los inmuebles sitos en la Calle Santa Justa, 9 y Calle de la Plata, 22, en Toledo, resultando, tras la referida ampliación, una autorización de gasto total de 1.980.870,32 euros. 

AUTORIZACIÓN DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO PARA EL NOMBRAMIENTO COMO FUNCIONARIOS/AS INTERINOS/AS DE 124 TÉCNICOS/AS DE ORIENTACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO POR UN PERIODO DE DOCE MESES PARA LA GESTIÓN DE LOS PROGRAMAS DE EMPLEO.

El Consejo de Gobierno autoriza un programa temporal de empleo para el nombramiento de 124 funcionarios/as interinos/as en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo para la gestión de los programas de empleo financiados por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, con una duración de doce meses, con cargo a la partida presupuestaria 1903/G/322C/1* (fondo 11160).”    Los 124 puestos del programa temporal se distribuyen de la siguiente manera: 85 destinados al refuerzo de las 42 Oficinas Emplea de la Región, 25 para desarrollar tareas de orientación en las 5 Delegaciones Provinciales y, por último, 14 que desempeñarán labores de refuerzo en los servicios centrales de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. 

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN PREVIA AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN PARA APROBAR EL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE LA RESIDENCIA PARA PERSONAS MAYORES CON CENTRO DE DÍA “EL CASTILLO” DE ALMANSA (ALBACETE).

Se propone al Consejo de Gobierno que autorice al órgano de contratación para aprobar el expediente del contrato de servicios sociales para la gestión integral de la Residencia para Personas Mayores con Centro de Día “El Castillo” de Almansa (Albacete) con un total de 59 plazas residenciales y 16 plazas de centro de día, número de expediente 2025/002322.    El plazo de duración del mismo es de tres años, a contar desde la fecha de su formalización o desde la fecha fijada en el documento contractual. La fecha estimada de inicio del contrato es el día 1 de octubre de 2025. El contrato podrá ser objeto de una o varias prórrogas, siempre que su duración no exceda, en conjunto, de dos años.    El presupuesto base de licitación del contrato asciende a la cantidad de 6.470.671,34 euros (IVA incluido al 4%), y se financiará con cargo a las aplicaciones presupuestaria 2704AB70G/313D/24502 y 2704AB70G/313D/24500 de los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha para los ejercicios 2025, 2026, 2027 y 2028. 

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 107/2023, DE 25 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y LAS COMPETENCIAS DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL.

El Decreto 107/2023, de 25 de julio, establece la estructura orgánica y fija las competencias de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, y las funciones que corresponden a los distintos órganos que integran en la misma.    En el tiempo transcurrido desde su entrada en vigor, se ha comprobado que el ejercicio de diversas competencias por parte de determinados órganos directivos de la Consejería necesita de una reasignación de las mismas, garantizando así la correcta distribución de responsabilidades en aras de una mayor eficacia y eficiencia.    Las novedades principales residen, por un lado, en centralizar el impuso de las políticas en materia de igualdad y la aplicación de la perspectiva de género en la política agraria y de desarrollo rural, pasando dicha competencia, que hasta ahora radicaba en la Dirección General de Desarrollo Rural, a ser asumida por la Secretaría General.    Por otra parte, en las funciones de la Dirección General de Ordenación Agropecuaria, se añade la de gestión y resolución de las ayudas relacionadas con las competencias de dicha dirección general, al efecto de clarificar su competencia en materia de las ayudas relacionadas con las funciones atribuidas. 

DECRETO POR EL QUE SE CREAN DIVERSAS CATEGORÍAS DE PERSONAL ESTATUTARIO EN EL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA.

El derecho a la protección de la salud reconocido en el artículo 43 de la Constitución española requiere de los poderes públicos una constante adaptación a las cambiantes necesidades de cada momento. La atención sanitaria actual presenta altos niveles de complejidad derivados tanto del incremento de personas atendidas como de la mayor calidad y especialización de los actos de gestión y asistenciales. Estos factores, para satisfacer adecuadamente los nuevos requerimientos, obligan a realizar continuas adaptaciones organizativas que incluyen la incorporación de profesionales con la formación técnica adecuada.     Por todo ello, se hace necesario ir adecuando las categorías profesionales en el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha a las necesidades actuales debido a la aparición de nuevos servicios, la evolución de determinadas prestaciones y la aparición de nuevas titulaciones y especializaciones. Todo ello implica, a nivel orgánico, unas categorías profesionales adecuadas y adaptadas a las necesidades del momento, que incorporen a quienes se encuentran más preparados profesionalmente para desempeñar diversas funciones especializadas que, con sustantividad propia, requieren ser desarrolladas por personal con una específica cualificación académica y técnica, debiéndose prever igualmente cuestiones de naturaleza transitoria atinentes al personal que de facto viene realizándolas.    Con esta finalidad se procede a la creación de la categoría de Médico/a de Urgencias y Emergencias, dentro del grupo de licenciados sanitarios, cuya definición se prevé en el artículo 6 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias adaptando sus funciones y titulación a lo dispuesto en el Real Decreto 610/2024, de 2 de julio, por el que se establece el título de Médica/o Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y se actualizan diversos aspectos en la formación del título de Médica/o Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria.     Asimismo, se crean nuevas categorías estatutarias, con nivel de grado universitario, cuya definición está prevista en el artículo 7 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, tales como Óptico/a-Optometrista, Podólogo/a o Dietista-Nutricionista.    De igual forma, dentro del área sanitaria de formación profesional, se crean otras categorías estatutarias cuya definición se prevé en el artículo 3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, como son las categorías de Técnico/a Superior Especialista en Documentación Sanitaria o Técnico/a Medio Sanitario: Farmacia.    Por otro lado, con objeto de garantizar la adecuación del régimen de estructura y funcionamiento de las plantillas orgánicas del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha a lo establecido en la Sentencia núm. 317/2013, de 26 de diciembre, de la Sección 2.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, resulta preciso proceder a la adecuación de la denominación de la categoría de “Ingeniero/a Técnico” sustituyéndola por la de “Ingeniero/a Técnico Industrial” de conformidad con el fallo de la referida sentencia y, a su vez, en coherencia con las propias funciones que dicha categoría desarrolla en el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.    Enlaces relacionados:   Decreto 27/2025, de 8 de abril, por el que se crean diversas categorías de personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN DE LA IMPLANTACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO POR LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA, EN EL CURSO 2025/2026, DEL PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENTE A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE MASTER UNIVERSITARIO EN TERAPIA OCUPACIONAL EN SALUD MENTAL.

El Decreto 13/2009, de 17 de febrero, establece en su artículo 6 el procedimiento para la autorización de las enseñanzas universitarias, correspondiendo al Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades su autorización, previa propuesta de la Consejería con competencias en materia de educación universitaria y tramitación del correspondiente procedimiento.    De conformidad con lo anteriormente expuesto, la Universidad de Castilla-La Mancha ha solicitado la implantación y puesta en funcionamiento del plan de estudios del   título de Máster Oficial en Terapia Ocupacional en Salud Mental. 

AUTORIZAR AL GABINETE JURÍDICO EL EJERCICIO DE ACCIONES EN VÍA JURISDICCIONAL DIRIGIDAS A LA ANULACIÓN DE LA CONVOCATORIA EFECTUADA POR EL AYUNTAMIENTO DE CUENCA DE 2 PLAZAS DE POLICÍA LOCAL POR EL SISTEMA DE MOVILIDAD PUBLICADA EN EL D.O.C.M. DE 13-01-25

De acuerdo con el artículo 9.1 de la Ley 5/2013, de 17 de octubre, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la decisión del ejercicio de las acciones en vía jurisdiccional por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe preceptivo del Gabinete Jurídico, a iniciativa de la Consejería con competencias en la materia afectada.