Mostrando 6688 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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ACUERDO POR EL QUE SE DECIDE INTERPONER RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA DISPOSICIÓN FINAL NOVENA DE LA LEY 7/2024, DE 20 DE DICIEMBRE.

Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se decide interponer recurso de inconstitucionalidad contra la Disposición final novena de la ley 7/2024, de 20 de diciembre, por la que se establecen un Impuesto complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, y se modifican otras normas tributarias. 

 

De acuerdo con el artículo 9.1 de la Ley 5/2013, de 17 de octubre, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la decisión del ejercicio de las acciones en vía jurisdiccional por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe preceptivo del Gabinete Jurídico, a iniciativa de la Consejería con competencias en la materia afectada. Al tratarse de un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional también se requiere dictamen preceptivo del Consejo Consultivo, según dispone el artículo 54.5 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

TOMA EN CONSIDERACIÓN Y CONFORMIDAD A LA PROPOSICIÓN DE LEY DE DETERMINACIÓN DE LA REPRESENTATIVIDAD DE LAS ORGANIZACIONES PROFESIONALES AGRARIAS EN CASTILLA-LA MANCHA. EXPEDIENTE 11/PPL-00012.

La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada el 10 de marzo de 2025, ha calificado favorablemente y admitido a trámite la Proposición de Ley de determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias en Castilla-La Mancha, expediente 11/PPL-00012, acordando su remisión a Consejo de Gobierno, a los efectos previstos en el artículo 156. 1 y 2 del Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha.    La Ley estatal 12/2014, de 9 de julio, por la que se regula el procedimiento para la determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias y se crea el Consejo Agrario, estableció un mecanismo de consulta pública, directa y simultánea en todo el territorio nacional para medir la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias de carácter general y ámbito nacional.    El procedimiento establecido por dicha Ley para la determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias, quedó supeditado aun ulterior desarrollo reglamentario en aplicación de la disposición final tercera de la citada ley, no habiéndose llevado a cabo dicho desarrollo reglamentario a fecha de hoy.      La representatividad de las organizaciones profesionales agrarias sigue residiendo en aquéllas que obtuvieron tal reconocimiento al amparo de las últimas elecciones a cámaras agrarias operadas en nuesta región en 1977.    Por lo tanto, procede regular la determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias en el ámbito regional, estableciendo un sistema de nueva planta que asegure la efectiva consideración de tal representatividad. Las organizaciones más representativas en el ámbito de Castilla la Mancha desarrollarán funciones de representación institucional en defensa de sus intereses ante la Administración General de la Junta de Comunidades y otras entidades u organismos de carácter regional, y tendrán los derechos inherentes a su consideración como tales.    Se eleva, por tanto, al Consejo de Gobierno para su consideración la propuesta de la Consejería en el sentido de mostrar su conformidad conforme a lo facultado en el referido artículo 156.1 del Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha.    Enlaces relacionados:   Ley 3/2025, de 6 de junio, de determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias en Castilla-La Mancha.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA PERMUTA DE TERRENOS DEL MUP N.º 265 “ALTAREJOS Y LOMA DEL PAJAR” DEL CATÁLOGO DE UTILIDAD PÚBLICA DE CUENCA, PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE PAJARONCILLO PARA UNA MEJOR DEFINICIÓN DE LA SUPERFICIE DEL MONTE.

El Consejo de Gobierno acuerda, de conformidad con los artículos 9.5 y 10 de la de la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha:     I.- Autorizar la exclusión del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Cuenca y declarar la pérdida de utilidad pública de una superficie de 702 m2 del Monte de Utilidad Pública Nº 265 “Altarejos y Loma del Pajar”, propiedad del Ayuntamiento de Pajaroncillo (Cuenca).   II.- Autorizar la permuta de 702 m2 de terreno desafectado del Monte de Utilidad Pública “Altarejos y Loma del Pajar”, propiedad del Ayuntamiento de Pajaroncillo (Cuenca), por un terreno de 1.318 m2 de la parcela 7 del polígono 524 de Pajaroncillo, de propiedad particular, para mejor definición de la superficie del monte, de conformidad con lo establecido en los artículos 9 y 10 de la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha.     III.- Declarar la utilidad pública y autorizar la inclusión en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Cuenca, de una superficie de 1.318 m2 de pinar de la parcela 7 del polígono 524 de Pajaroncillo incorporando ese terreno al Monte de Utilidad Pública Nº 265 “Altarejos y Loma del Pajar”.     IV.- Ordenar la modificación de las inscripciones catastral y registral correspondientes, objeto de este expediente. 

AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA TELEVISIÓN AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A.U, DEL GASTO DERIVADO POR LA ADHESIÓN A LA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO ELÉCTRICO QUE VA A REALIZAR LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA.

Los apartados 1 y 2 del artículo 25 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, reguladores del régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, establecen que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.    Esta autorización a la Empresa Pública Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, S.A.U, del gasto derivado por la adhesión a la licitación del contrato de suministro eléctrico que va a realizar la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para el suministro de sus instalaciones en Toledo, por un periodo de dos años y un importe total superior a 400.000 euros. requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el punto 4 de la citada Ley. 

AUTORIZACIÓN PREVIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS POSTALES DEL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA. LOTE 1. CARTAS ORDINARIAS, PUBLICIDAD Y FRANQUEO EN DESTINO POR UN VALOR ESTIMADO DE 10.118.045,52 €.

Autorización previa del Consejo de Gobierno previa a la celebración de contrato, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 58.4 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, y en artículo 21.1 de la Ley 11/2023, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024, por ser tratarse un gasto en productos farmacéuticos con un valor estimado de 10.118.045,52 euros.     Referido al expediente siguiente “Prestación de servicios postales en el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha. Lote 1. Cartas ordinarias, publicidad y franqueo en destino. Acuerdo marco de servicios postales y burofax de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos”.   Presupuesto base de licitación: El presupuesto máximo será de 4.599.111,60 euros que se descompone en:    - Presupuesto Neto: 4.599.111,60 euros. - IVA (21%): Exento. El Iva 21% solo se aplica a los servicios no incluidos en el servicio postal universal (Exento de Iva).   Aplicación presupuestaria: Dicho gasto se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 61.02.0000 G/411B/22201 de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha para los ejercicios 2025, 2026 y 2027 con la siguiente distribución de anualidades:   - Anualidad 2025: 958.148,25 euros. - Anualidad 2026: 2.299.555,80 euros. - Anualidad 2027: 1.341.407,55 euros.

 

AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA TELEVISIÓN AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A.U, PARA LA REALIZACIÓN DE GASTOS SUPERIORES A 400.000 EUROS.

Los apartados 1 y 2 del artículo 25 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, reguladores del régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, establecen que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.    Esta autorización a la Empresa Pública Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, S.A.U, para la realización de gastos superiores a 400.000 euros, derivados del expediente de autorización del gasto para la contratación de los servicios de estilismo, maquillaje y peluquería. requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el punto 4 de la citada Ley. 

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN PREVIA AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN PARA APROBAR EL EXPEDIENTE DEL CONTRATO DE SERVICIOS SOCIALES PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL CENTRO DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL EN SAN CLEMENTE (CUENCA).

Se propone al Consejo de Gobierno que autorice al órgano de contratación para aprobar el expediente del contrato de servicios sociales para la gestión integral del Centro de Atención a Personas con Discapacidad Intelectual en San Clemente (Cuenca), con un total de 32 plazas residenciales y 10 plazas de centro de día, número de expediente 2025/00865.    El plazo de duración del mismo es de tres años, a contar desde la fecha de su formalización o desde la fecha fijada en el documento contractual. La fecha estimada de inicio del contrato es el día 1 de agosto de 2025. El contrato podrá prorrogarse por acuerdo del órgano de contratación, antes de su finalización, pudiendo realizarse una o varias prórrogas siempre que su duración no exceda, en conjunto, de dos años.    El presupuesto base de licitación del contrato asciende a la cantidad de 5.074.486,56 € (IVA incluido al 4%), y se financiará con cargo a las aplicaciones presupuestaria 2708CU45G/313C/24500 y 2708CU45G/313C/24502 de los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha para los ejercicios 2025, 2026, 2027 y 2028. 

AUTORIZACIÓN PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA SOCIEDAD MERCANTIL ESTATAL AGUAS DE LAS CUENCAS DE ESPAÑA, S.A. Y LA ENTIDAD DE DERECHO PÚBLICO INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la suscripción del Convenio de Colaboración entre la Sociedad Mercantil Estatal Aguas de las Cuencas De España, S.A. y la entidad de derecho público Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha para la ejecución, financiación y explotación de la actuación “Abastecimiento del Campo de Calatrava desde el sistema de la Llanura Manchega (Ciudad Real).    La suscripción del Convenio implica un gasto total de 49.137.057,00 € a cargo de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha, con imputaciones a la partida presupuestaria G/512A/21200, en las anualidades 2029 a 2053.

AUTORIZACIÓN DEL INCREMENTO, EN 45.000,00 €, DE LA CUANTÍA MÁXIMA DETERMINADA EN LA CONVOCATORIA PARA 2025 DE SUBVENCIONES POR FUNDACIÓN LA SOCIOSANITARIA DE CASTILLA-LA PARA LA MANCHA OCUPACIÓN DE PLAZAS RESIDENCIALES.

El Consejo de Gobierno autoriza a la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha el incremento, en 45.000 €, de la cuantía máxima de 4.977.655,44 € determinada en la convocatoria para 2025 de subvenciones para la ocupación de plazas residenciales en dispositivos ubicados en Castilla-La Mancha y gestionados por entidades privadas sin ánimo de lucro, destinados a la atención a personas con trastorno mental grave, personas con enfermedades crónicas en situación de exclusión social y personas con problemas de adicciones a sustancias, ascendiendo el importe total a 5.042.655,44 €.

ACUERDO POR EL QUE EXPRESA SU DISCONFORMIDAD CON LA TRAMITACIÓN PARLAMENTARIA DE LAS ENMIENDAS PRESENTADAS AL PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS ADMINISTRATIVAS Y TRIBUTARIAS DE CASTILLA-LA MANCHA.

El artículo 134 del Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha dispone que las enmiendas a un Proyecto de Ley que propongan aumento de créditos o disminución de ingresos presupuestarios requerirán la conformidad del Consejo de Gobierno para su tramitación.    La Mesa de las Cortes, en sesión celebrada el 10 de marzo de 2025, ha acordado remitir al Consejo de Gobierno a los efectos de la conformidad con su tramitación de acuerdo con el artículo 134 citado, las siguientes enmiendas presentadas al articulado del Proyecto de Ley de Medidas Administrativas y Tributarias de Castilla-La Mancha (Expediente 11/PL-00005):    - Enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Vox con registros de entrada números 2265/2025, 2266/2025, 2267/2025.   - Enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Popular con registro de entrada número 2269/2025 (páginas 15, 16, 18).

 

AUTORIZACIÓN PREVIA A LA ENTIDAD DE DERECHO PÚBLICO INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CASTILLA-LA MANCHA PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE LA AMPLIACIÓN DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES DE TARANCÓN-TAJO (CUENCA).

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la licitación de la contratación de las obras de construcción de la ampliación de la estación depuradora de aguas residuales de Tarancón-Tajo (Cuenca), expte ACLM/00/OB/001/25.    El importe de la licitación asciende a 8.919.616,10 euros.    La licitación por parte de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha, precisa de autorización previa del negocio jurídico por parte del Consejo de Gobierno, conforme a lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025. Este artículo, establece la autorización previa del Consejo de Gobierno para los actos o negocios jurídicos de entidades públicas que conlleven la aprobación de un gasto superior gasto a 750.000,00 euros. 

DESESTIMACIÓN DEL RECURSO DE REPOSICIÓN CONTRA EL ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 14 DE OCTUBRE DE 2024 POR EL QUE SE APRUEBA DEFINITIVAMENTE EL PROYECTO DE SINGULAR INTERÉS META DATA CENTER CAMPUS.

El Consejo de Gobierno acuerda desestimar el recurso de reposición interpuesto por Don Rafael Ibáñez Villarrubia, actuando en representación de la Asociación “Ecología y Libertad” contra el acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de octubre de 2024 por el que se aprueba definitivamente el Proyecto de Singular Interés Meta data Center Campus.