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AUTORIZACIÓN DE CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PARA EL CONTROL Y DIAGNÓSTICO DE ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES URBANAS, SIGUIENDO LOS CRITERIOS ESTABLECIDOS EN LA DIRECTIVA 91/271/CEE, EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA

El Consejo de Gobierno ha acordado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, autorizar con carácter previo a la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha la licitación del contrato de servicios para el control y diagnóstico de estaciones depuradoras de aguas residuales urbanas, siguiendo los criterios establecidos en la Directiva 91/271/CEE, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, cofinanciable mediante el fondo europeo de desarrollo regional FEDER, por un importe de 2.000.000,62 €.    De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.4.m) de la Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, corresponde a la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha la función de inspección y control de los servicios de abastecimiento, saneamiento y depuración que sean de su competencia, en particular aquellas relativas a caudales circulantes, vigilancia y control de la calidad de las aguas, vertidos y contaminación.    Dado que la Agencia carece de medios técnicos y personales suficientes para la realización directa del control y seguimiento de las instalaciones de tratamiento de aguas residuales en la región, se procederá a la licitación de un contrato de servicios que preste apoyo técnico al personal de la Agencia, en el ejercicio de las funciones de inspección y control que tiene legalmente encomendadas. 

APROBACIÓN DEL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 103/2022, DE 13 DE SEPTIEMBRE.

Las modificaciones introducidas en este decreto afectan a varios aspectos clave. Por un lado, se incorporan ajustes en los requisitos para ser beneficiarios de las subvenciones y se incrementan las cuantías de las subvenciones, con el objetivo de reforzar el incentivo a la contratación.    También se introducen medidas para garantizar la estabilidad laboral en la línea 2 (ayudas para la formalización de contratos de formación para la obtención de la práctica profesional), como la obligación de sustitución en caso de extinción del contrato subvencionado, asegurando así el mantenimiento del puesto de trabajo durante el periodo mínimo exigido.    Por otro lado, se actualiza el marco normativo de referencia, alineándolo con la normativa estatal y europea en materia de subvenciones y empleo, y se optimizan los procedimientos administrativos para mejorar la gestión y seguimiento de las ayudas. Por último, en aplicación de lo dispuesto por la disposición adicional segunda de la Ley 5/2017, de 30 de noviembre, de Estímulo Económico de Zonas Prioritarias en Castilla-La Mancha, se implementan medidas de apoyo a los municipios de la región que sean declarados como zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, de conformidad con lo establecido por la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, estableciendo la obligación de incluir en las resoluciones de crédito de los correspondientes ejercicios, una reserva específica para los mismos.    Enlaces relacionados:   Decreto 29/2025, de 29 de abril, por el que se modifica el Decreto 103/2022, de 13 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para favorecer el acceso al empleo de calidad de las personas jóvenes y fomentar la cualificación profesional, cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

ACUERDO PARA AMPLIAR POR 6 MESES ADICIONALES EL PLAZO DE QUE DISPONE LA SOCIEDAD PROMOTORA PARA LA PRESENTACIÓN DEL PROYECTO DE SINGULAR INTERÉS “PARQUE DE ECOTURISMO Y AVENTURA TOROVERDE EN LOS MUNICIPIOS DE CUENCA, MARIANA Y SOTORRIBAS (CUENCA).”

El Proyecto de Singular Interés (PSI) obtuvo la Declaración de Interés Regional (DIR) por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 28 de mayo de 2024, siendo notificado al promotor con fecha 29 de mayo de 2024 y publicado en el DOCM de 10 de junio de 2024.    Trascurridos 8 meses desde la presentación de la documentación ambiental Documento Inicial Estratégico y Documento Inicial de Proyecto y sus respectivas Adendas para la obtención de los Documentos de Alcance ambientales que emite el órgano ambiental (Consejería de Desarrollo Sostenible) a los efectos de implementar su contenido en el futuro PSI, el Consejo de Gobierno ha acordado ampliar el plazo de la presentación del PSI para su tramitación ante la Consejería de Fomento, en 6 meses adicionales. 

AUTORIZACIÓN PREVIA DE LA RESOLUCIÓN DE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2025 LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL, PARA ATENDER FINES DE INTERÉS SOCIAL, EN CASTILLA-LA MANCHA.

La Consejería de Bienestar Social, propone al Consejo de Gobierno la autorización previa de la Resolución de la Consejería de Bienestar Social, por la que se convocan para el año 2025 las subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general, para atender a fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, en el ámbito de Castilla-La Mancha.    La cuantía total máxima destinada a esta convocatoria es de 17.048.116,42 euros, que se imputará a las siguientes aplicaciones presupuestarias y al elemento PEP JCCM/0000026032, con la siguiente distribución:    a) 27.12.312A.48000 (Fondo 595): 16.707.158,42 euros. b) 27.12.312A.78000 (Fondo 595): 340.958,00 euros.   De acuerdo con lo establecido en el artículo 21.1.b) de la 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, en relación con el artículo 58.4.a) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, el texto proyectado requiere la autorización del Consejo de Gobierno previa a la aprobación de la convocatoria, y en consecuencia a la aprobación del gasto, por la Viceconsejera de Servicios y Prestaciones Sociales de la Consejería de Bienestar Social, al conllevar un gasto cuyo importe global es superior a 5.000.000,00 de euros.    Enlaces relacionados:   Orden 137/2023, de 23 de junio, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general, para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, en el ámbito de Castilla-La Mancha. 

 

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN PREVIA PARA LA SUSCRIPCIÓN DE LOS CONVENIOS DE COLABORACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN PRIMARIA EN EL MARCO DEL PLAN CONCERTADO CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2025.

Se propone al Consejo de Gobierno autorizar la suscripción de los Convenios de colaboración entre la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y las Entidades Locales, para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria en el marco del Plan Concertado, correspondientes al ejercicio 2025, cuyo gasto total asciende a 39.079.116,77 euros. 

 

Las actuaciones a realizar se encuentran reguladas en el Decreto 87/2016, de 27 de diciembre, por el que se unifica el marco de concertación con las Entidades Locales para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria en Castilla-La Mancha, así como en la Orden de 1/2017, de 13 de enero, por la que se establecen los criterios de financiación para la suscripción de convenios con las entidades locales para la prestación de servicios sociales de atención primaria  en Castilla-La Mancha. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 87/2016, de 27 de diciembre, por el que se unifica el marco de concertación con las Entidades Locales para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria en Castilla-La Mancha. 

 

Orden de 1/2017, de 13 de enero, por la que se establecen los criterios de financiación para la suscripción de convenios con las entidades locales para la prestación de servicios sociales de atención primaria en Castilla-La Mancha. 

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN PREVIA PARA LA SUSCRIPCIÓN DE LOS CONVENIOS DE COLABORACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN PRIMARIA DE ÁMBITO SUPRAMUNICIPAL, CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2025.

Se propone al Consejo de Gobierno autorizar la suscripción de los Convenios de  colaboración entre la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y las Mancomunidades o Entidades Locales, para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria de ámbito supramunicipal, correspondientes al ejercicio 2025, cuyo gasto total asciende a 10.547.257,59 euros.     Las actuaciones a realizar se encuentran reguladas en el Decreto 87/2016, de 27 de diciembre, por el que se unifica el marco de concertación con las Entidades Locales para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria en Castilla-La Mancha, así como en la Orden de 1/2017, de 13 de enero, por la que se establecen los criterios de financiación para la suscripción de convenios con las entidades locales para la prestación de servicios sociales de  atención primaria en Castilla-La Mancha.    Enlaces relacionados:   Decreto 87/2016, de 27 de diciembre, por el que se unifica el marco de concertación con las Entidades Locales para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria en Castilla-La Mancha.    Orden de 1/2017, de 13 de enero, por la que se establecen los criterios de financiación para la suscripción de convenios con las entidades locales para la prestación de servicios sociales de atención primaria en Castilla-La Mancha. 

AUTORIZACIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2025, DE LAS AYUDAS PARA LA INTERVENCIÓN DE GIRASOL MEDIOAMBIENTAL EN CASTILLA-LA MANCHA A TRAVÉS DEL FONDO EUROPEO AGRÍCOLA DE DESARROLLO RURAL (FEADER).

La Orden 37/2025, de 13 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la intervención de Girasol medioambiental en Castilla-La Mancha a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), previstas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común para el periodo 2023-2027.     Para esta convocatoria inicial de ayudas y las anualidades de pago derivadas de la misma, la cuantía total es de 19.799.998,40 euros de gasto público total con la siguiente distribución estimada por anualidades, quedando condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio presupuestario correspondiente:    - Anualidad 2026: 4.949.999,60 euros de los cuales la distribución por fondo será la siguiente: Fondo 0000011305: 4.256.999,66 euros Fondo Propio Asociado 0000011305: 692.999,94 euros   - Anualidad 2027: 4.949.999,60 euros de los cuales la distribución por fondo será la siguiente: Fondo 0000011305: 4.256.999,66 euros Fondo Propio Asociado 0000011305: 692.999,94 euros   - Anualidad 2028: 4.949.999,60 euros de los cuales la distribución por fondo será la siguiente: Fondo 0000011305: 4.256.999,66 euros Fondo Propio Asociado 0000011305: 692.999,94 euros   - Anualidad 2029: 4.949.999,60 euros de los cuales la distribución por fondo será la siguiente: Fondo 0000011305: 4.256.999,66 euros Fondo Propio Asociado 0000011305: 692.999,94 euros   La resolución tiene por objeto convocar, por el procedimiento de tramitación anticipada, en el año 2025 las ayudas iniciales y anual de pago al girasol medioambiental en Castilla-La Mancha establecidas en la Orden 37/2025, de 13 de marzo de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la intervención de Girasol medioambiental en Castilla-La Mancha a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), previstas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común para el periodo 2023-2027.

 

AUTORIZACIÓN PREVIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO ENERGÍA TÉRMICA ÚTIL PROCEDENTES DE LAS REDES DE CALOR LOCALES DE CUENCA Y GUADALAJARA POR UN VALOR ESTIMADO DE 11.811.267,60 €.

2.1. Autorización previa de Consejo de Gobierno de actos o negocios jurídicos que conlleven la aprobación de un gasto, en este caso, por importe de 12.992.394,36 €, de acuerdo con el artículo 21.1 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025.    2.2. Autorización previa del Consejo de Gobierno a la celebración del contrato, en cumplimiento del artículo 58.4 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, ya que el valor estimado es de 11.811.267,60 €, referido al expediente siguiente:    “SUMINISTRO ENERGÍA TÉRMICA ÚTIL PROCEDENTES DE LAS REDES DE CALOR LOCALES DE CUENCA Y GUADALAJARA EXPEDIENTE: @2025/001382”.   Destino: Centros sanitarios de Cuenca y Guadalajara.  Presupuesto base de licitación:  TOTAL:   12.992.394,36 €.  Presupuesto de licitación ( IVA excluido): 10.737.516,00 €  IVA a soportar por la Administración: 2.254.878,36 € 

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN PREVIA PARA LA SUSCRIPCIÓN DE LOS CONVENIOS DE COLABORACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DE AYUDA A DOMICILIO CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2025.

Se propone al Consejo de Gobierno autorizar la suscripción de los Convenios de  colaboración entre la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y las Entidades Locales, para la prestación de ayuda a domicilio correspondientes el ejercicio 2025, cuyo gasto total asciende a 25.204.071,11 euros.    Las actuaciones a realizar se encuentran reguladas en el Decreto 87/2016, de 27 de diciembre, por el que se unifica el marco de concertación con las Entidades Locales para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria en Castilla-La Mancha, así como en la Orden de 1/2017, de 13 de enero, por la que se establecen los criterios de financiación para la suscripción de convenios con las entidades locales para la prestación de servicios sociales de  atención primaria en Castilla-La Mancha.    Enlaces relacionados:   Decreto 87/2016, de 27 de diciembre, por el que se unifica el marco de concertación con las Entidades Locales para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria en Castilla-La Mancha.    Orden de 1/2017, de 13 de enero, por la que se establecen los criterios de financiación para la suscripción de convenios con las entidades locales para la prestación de servicios sociales de atención primaria en Castilla-La Mancha. 

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 107/2023, DE 25 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y LAS COMPETENCIAS DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL.

El Decreto 107/2023, de 25 de julio, establece la estructura orgánica y fija las competencias de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, y las funciones que corresponden a los distintos órganos que integran en la misma.    En el tiempo transcurrido desde su entrada en vigor, se ha comprobado que el ejercicio de diversas competencias por parte de determinados órganos directivos de la Consejería necesita de una reasignación de las mismas, garantizando así la correcta distribución de responsabilidades en aras de una mayor eficacia y eficiencia.    Las novedades principales residen, por un lado, en centralizar el impuso de las políticas en materia de igualdad y la aplicación de la perspectiva de género en la política agraria y de desarrollo rural, pasando dicha competencia, que hasta ahora radicaba en la Dirección General de Desarrollo Rural, a ser asumida por la Secretaría General.    Por otra parte, en las funciones de la Dirección General de Ordenación Agropecuaria, se añade la de gestión y resolución de las ayudas relacionadas con las competencias de dicha dirección general, al efecto de clarificar su competencia en materia de las ayudas relacionadas con las funciones atribuidas. 

AUTORIZACIÓN UNA BONIFICACIÓN DEL 99% EN LOS PRECIOS PÚBLICOS DE PRIMERA MATRÍCULA EN LOS ESTUDIOS DE GRADO Y DOBLE GRADO DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA- LA MANCHA Y DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ, PARA EL CAMPUS DE GUADALAJARA.

El Consejo de Gobierno autoriza una bonificación del 99% en los precios públicos de primera matrícula en los estudios de grado y doble grado a la Universidad de Castilla- La Mancha y a la Universidad De Alcalá, para el campus de Guadalajara.    Esta decisión supone una medida adicional en la línea que prevé la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, de reducción progresiva de los precios públicos que permite avanzar hacia el horizonte de la gratuidad de la educación superior universitaria pública.    La bonificación será de aplicación exclusivamente a los créditos matriculados por primera vez y al primer curso académico en el que el estudiante se matricula y con el máximo de 60 créditos o 72 en el caso de estudios de doble grado, quedando excluidas segundas y sucesivas matrículas, no siendo de aplicación en el caso en el que el estudiante ya cuente con un título de grado o equivalente. 

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA UN PROGRAMA TEMPORAL PARA LA OFICINA DE ASESORAMIENTO DEL HIDRÓGENO EN CASTILLA-LA MANCHA, CON INCORPORACIÓN DE DOS TÉCNICOS SUPERIORES, ESPECIALIDAD INGENIERÍA INDUTRIAL O INGENIERÍA QUÍMICA Y UN AUXILIAR ADMINISTRATIVO.

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar, por un periodo de tres años, el Programa Temporal adscrito a la Dirección General de Transición Energética para la Oficina de asesoramiento del hidrógeno en Castilla-La Mancha.    El programa temporal de empleo empleará dos técnico/as superiores, especialidad ingeniería industrial o ingeniería química y un auxiliar administrativo. El coste máximo asciende a un importe de 387.539,58 €.   De conformidad con el artículo 49 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, el Consejo de Gobierno podrá autorizar programas temporales, entre otros supuestos, cuando se trate de actividades relacionadas con la prestación de servicios que se consideren absolutamente prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales, previo informe de la Dirección General de Función Pública y la Dirección General de Presupuestos.