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CerrarAutorización del gasto por superación en el capitulo VI del presupuesto de gastos el importe de 500.000 € en base al artículo 20.f de la Ley 1/2016, de 22 de abril, de Presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Sistemas de Alimentación Ininterrumpida: Suministro de equipos de Sistemas de Alimentación Ininterrumpida necesarios para que no se produzcan caídas eléctricas y se puedan mantener en funcionamiento los equipos informáticos de la red del SESCAM. El importe previsto de gasto para este expediente es 900.005,66.-€.
Toma de conocimiento del Anteproyecto de Ley de modificación de la Ley 3/2015 de 5 de marzo, de Castilla-La Mancha, de la Ley, de 29 de noviembre, de Tasas y precios públicos de Castilla-La Mancha y de la Ley 9/1999 de Conservación de la naturaleza
El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de la modificación de la ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla‐La Mancha, de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla‐La Mancha y otras medidas tributarias y de la ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza
Modificación del Decreto 71/2014, de 24 de julio, por el que se regula el Plan de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016
La modificación del Decreto se estructura en un artículo único, dotado de dos apartados y una Disposición Final.
En el primer apartado se modifica el artículo 34.2, a fin de eximir de los requisitos indicados en el mismo (edad del edificio, superficie mínima destinada a vivienda, y que ésta sea domicilio habitual) a aquellos inmuebles en los que habiten personas con discapacidad o mayores de 65 años, siempre y cuando las actuaciones que en ellos se propongan vayan destinadas a mejorar sus condiciones de accesibilidad.
Se priman pues éstas mejoras, en detrimento de los requisitos de antigüedad, superficie destinada a vivienda y domicilio habitual, pues se entiende los mismos no deben condicionar la posibilidad de mejorar la accesibilidad del inmueble cuando se trata de adecuarlo a las especiales circunstancias de sus moradores, ya sea por ser éstos personas con discapacidad o por formar parte del colectivo de la tercera edad (mayores de 65 años).
En el apartado segundo del artículo único se modifica el artículo 38.2.1, en zonas privativas de las viviendas y en edificios de una sola vivienda, en el sentido de incrementar, con carácter general las cuantías máximas de las ayudas, en especial para las obras dirigidas a mejorar la accesibilidad en inmuebles habitados por personas con discapacidad o mayores de 65 años.
Por otro lado, al igual que hasta ahora se preveía ya para la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva, se establece la posibilidad de incrementar en un 10% el importe total de la ayuda cuando se trate de actuaciones en inmuebles con algún tipo de protección patrimonial.
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Autorizar el proyecto de Resolución de la Dirección General de Mayores y Personas con Discapacidad, por la que se convocan para el año 2016 las subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas en centros de atención a personas mayores
Las subvenciones se convocan en régimen de concurrencia competitiva.
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Autorización para la modificación de los porcentajes de gastos plurianuales correspondientes a la convocatoria para 2016 de las becas para la formación de especialistas en asuntos relacionados con la Unión Europea
El expediente está motivado por los requerimientos de autorización del Consejo de Gobierno, en el caso de gastos plurianuales, cuando éstos superan los porcentajes marcados por el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha (artículo 48).
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Acuerdo por el que se toma conocimiento de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas al fomento del emprendimiento innovador en Castilla-La Mancha, cofinanciado en un 80%, por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Mediante este programa se pretenden fomentar la puesta en marcha de proyectos innovadores, apoyando la actuación de las entidades que ejercen un papel de interlocución esencial, para fomentar el desarrollo de proyectos de innovación en el tejido empresarial regional, promoviendo la puesta en marcha de Empresas Innovadoras, acelerando el proceso de “cristalización” de los proyectos empresariales, promoviendo puntos de encuentro que faciliten el contacto de los emprendedores con los inversores privados o business angels y facilitando el acceso a otras fuentes de financiación de la innovación nacionales y europeas.
Actuaciones subvencionables:
a) Actuaciones dirigidas a fomentar los proyectos de innovación en el tejido empresarial regional, especialmente los que promuevan la participación en proyectos nacionales, europeos e internacionales.
b) Actuaciones que promuevan la puesta en marcha y consolidación de empresas de carácter innovador.
c) Acciones que fomenten la tutela a los emprendedores, dirigidas a promover el apoyo y el asesoramiento técnico necesario a los emprendedores, especialmente en materia de innovación y tecnología.
d) Acciones dirigidas a promover puntos de encuentro que faciliten el contacto de los emprendedores con los inversores privados o business angels.
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en esta Orden los Centros Europeos de Empresas e Innovación (CEEIs) de Castilla-La Mancha, considerados como agentes de apoyo a la innovación, en el ámbito de las infraestructuras de ciencia, tecnología e innovación, de la Estrategia de Especialización Inteligente de Castilla-La Mancha 2014-2020.
Gastos subvencionables:
a) Los gastos del personal propio vinculado a la actuación o proyecto durante su desarrollo, incluidas las cuotas de la Seguridad Social correspondientes.
b) Los gastos de colaboraciones externas y consultorías cuando resulten necesarios y adecuados para el desarrollo de las acciones y/o proyectos propuestos.
Características principales de las actuaciones:
Desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año en que se publique la correspondiente convocatoria.
Las actuaciones o proyectos subvencionables a través de este programa no podrán ser superiores al límite máximo de 100.000,00 euros. La cuantía de la ayuda será la que figure en el presupuesto de las actuaciones y/o proyectos subvencionables presentado por las entidades solicitantes.
Financiación:
Estas ayudas podrán ser cofinanciadas por la Unión Europea y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), mediante el Programa Operativo FEDER de Castilla-La Mancha 2014-2020, a través del Eje prioritario 1, y Objetivo Temático 1 “Potenciar la Investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación”.
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Resolución por la que se aprueba, para el ejercicio 2016, la convocatoria de subvenciones para fomentar proyectos de mejora en prevención de riesgos laborales
Las subvenciones van destinadas a promover inversiones en instalaciones y equipos que redunden en la mejora de las condiciones de seguridad y salud en empresas y centros de trabajo.
La finalidad es fomentar inversiones destinadas a la sustitución de maquinaria no conforme a la normativa de seguridad, adaptación ergonómica de puestos de trabajo, y adquisición de equipos para el control de contaminantes químicos, fiscos y bilógicos.
La convocatoria se resolverá por el procedimiento de concurrencia competitiva.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas emprendedoras, pequeñas y medianas empresas, Centros Especiales de Empleo y entidades sin ánimo de lucro.
El importe de la subvención es del 35% de las inversiones subvencionables, con un máximo de 15.000 euros por beneficiario.
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Autorización previa de gasto al Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha, S.A. para la ejecución de la sentencia nº 201, de 31 de marzo de 2016, del Tribunal superior de Justicia de Castilla-La Mancha
El Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha, S.A eleva una propuesta de autorización previa de gasto al Consejo de Gobierno, relativa a la ejecución de la Sentencia nº 201, de 31 de marzo de 2016, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que anula la resolución del Jurado Regional de Valoraciones, de fecha 9 de junio de 2010, en virtud de la cual se desestimó el recurso de reposición contra el acuerdo del Jurado Regional de Valoraciones en virtud del cual se estableció el justiprecio relativo a la expropiación en ejecución del proyecto de singular interés Parque Industrial y Tecnológico de Illescas, siendo beneficiario el Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha.
En cumplimiento de dicha sentencia, el Consejo de Gobierno autoriza un gasto de 601.935,29 euros, más sus intereses legales.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 21.4 de la Ley 1/2016, de 22 de abril, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2016, la autorización previa de los gastos de los entes instrumentales mencionados en los apartados e), f) y g) del artículo 1.1 de la citada ley, entre los que se encuentra el Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha S.A, corresponderá al Consejo de Gobierno cuando superen los 240.000 euros.
Autorización previa de gasto al Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha, S.A. para la ejecución de la sentencia nº 212, de 31 de marzo de 2016, del Tribunal superior de Justicia de Castilla-La Mancha
El Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha, S.A eleva una propuesta de autorización previa de gasto al Consejo de Gobierno, relativa a la ejecución de la Sentencia nº 212, de 31 de marzo de 2016, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que anula la resolución del Jurado Regional de Valoraciones, de fecha 9 de junio de 2010, en virtud de la cual se desestimó el recurso de reposición contra el acuerdo del Jurado Regional de Valoraciones en virtud del cual se estableció el justiprecio relativo a la expropiación en ejecución del proyecto de singular interés Parque Industrial y Tecnológico de Illescas, siendo beneficiario el Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha.
En cumplimiento de dicha sentencia, el Consejo de Gobierno autoriza un gasto de 217.760,38 euros, más sus intereses legales (gasto total de 282.065,17 euros).
A tenor de lo dispuesto en el artículo 21.4 de la Ley 1/2016, de 22 de abril, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2016, la autorización previa de los gastos de los entes instrumentales mencionados en los apartados e), f) y g) del artículo 1.1 de la citada ley, entre los que se encuentra el Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha S.A, corresponderá al Consejo de Gobierno cuando superen los 240.000 euros.
Decreto por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Federación de municipios y provincias de Castilla-La Mancha para la ejecución en el ejercicio 2016 de un Plan de formación interadministrativo en el marco del Acuerdo de formación
La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Administración General del Estado y el resto de Comunidades Autónomas tienen suscrito el Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP), que supone la gestión conjunta de los fondos destinados a la formación de los empleados públicos y la ejecución y desarrollo de los planes formativos en sus ámbitos respectivos.
Según este acuerdo, las Federaciones o Asociaciones de Entidades Locales de ámbito autonómico legítimamente constituidas podrán promover planes de formación, así como, aquellas que deseen financiar acciones formativas con cargo a este acuerdo, elaborar planes de formación de carácter agrupado o interadministrativo circunscritos al territorio autonómico.
En Castilla-La Mancha sólo existe una Federación o Asociación de Entidades Locales de ámbito autonómico que pueda promover planes interadministrativos, la Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha, la cual cuenta además con una destacable experiencia y disponibilidad de medios para la ejecución de dichas actividades.
El interés público de esta subvención se fundamenta en que la formación profesional permanente y el reciclaje profesional de todos los empleados públicos son imprescindibles a la hora de prestar los servicios públicos de forma eficaz y moderna.
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Acuerdo por el que se resuelve el expediente de deslinde de los términos municipales de el real de San Vicente (Toledo) e Hinojosa de San Vicente (Toledo)
El 8 de marzo de 2013 el Ayuntamiento de El Real de San Vicente (Toledo) instó a iniciar un expediente para resolver la discrepancia que existía entre este consistorio y el de Hinojosa de San Vicente en cuanto a la situación de los mojones 2, 3, 4, 5, 6, y 7 de la línea jurisdiccional de deslinde entre ambos términos municipales. A lo largo de la tramitación de este expediente no ha existido acuerdo entre ambos ayuntamientos sobre los términos del deslinde.
Al amparo de las prescripciones técnicas defendidas por el Instituto Geográfico Nacional y por el informe preceptivo del Consejo Consultivo de Castilla La Mancha, el Consejo de Gobierno acuerda resolver la controversia suscitada entre ambos ayuntamientos sobre el deslinde de sus términos municipales considerando válida y vigente la línea límite jurisdiccional que se establece en el acta de 1882 y señalar los mojones comunes a ambos municipios en la ubicación determinada por el cuaderno topográfico anexo a la misma, con las coordinadas asignadas por el Informe del Instituto Geográfico Nacional.
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Acuerdo por el que se autoriza la transferencia de crédito desde la sección presupuestaria 17, fomento, al programa 633a, imprevistos y funciones no clasificadas, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas
Este acuerdo consiste en una modificación de crédito de la sección presupuestaria 17, de Fomento, al programa de Imprevistos y Funciones No Clasificadas, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas.
Con esta modificación presupuestaria, que asciende a 4,3 millones de euros, se pretende hacer frente a necesidades detectadas e inaplazables, que no podían preverse a la hora de la aprobación de los presupuestos regionales.
En concreto, se trata de hacer frente a sentencias expropiatorias no favorables o acuerdos extrajudiciales a los que está teniendo que llegar la Junta de Comunidades para poner fin a procedimientos judiciales con el objetivo de ahorrar en costas e intereses de demora.