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CerrarAcuerdo por el que se toma conocimiento de la resolución por la que se aprueba para el ejercicio 2016 la convocatoria de las ayudas del Programa innova-adelante en Castilla-La Mancha, cofinanciado en un 80%, por el Fondo europeo de desarrollo regional.
Mediante esta convocatoria se pretenden promover las inversiones y el gasto privado en I+D+i, así como mejorar la capacidad competitiva del tejido empresarial regional, con el objeto de apoyar la innovación empresarial en Castilla-La Mancha, impulsando estrategias empresariales colaborativas, y desarrollando los sectores estratégicos de especialización inteligente de la región, reforzando y ampliando los programas de innovación, especialmente a las pymes, apoyando a las nuevas iniciativas empresariales de carácter innovador y promoviendo nuevas iniciativas en forma de proyectos colaborativos entre empresas con el fin de generar sinergias que supongan una mejora de la competitividad empresarial.
Proyectos o actuaciones subvencionables:
a) Línea de apoyo a la innovación empresarial. Incluye la realización de proyectos de desarrollo experimental, estudios de viabilidad, proyectos de innovación en procesos y organización, y servicios de consultoría y apoyo a la innovación en favor de las pymes.
b) Línea Innova-joven, de apoyo a nuevas iniciativas empresariales de carácter innovador, destinada a pequeñas empresas que tengan como máximo 4 años. Incluye actuaciones que implican la maduración y crecimiento de sus proyectos innovadores, tales como planes de innovación, búsqueda de patentes y homologaciones de producto, obtención de certificaciones o la utilización de locales u espacios de coworking.
c) Línea Colabora-Adelante. La finalidad de esta línea es propiciar proyectos de colaboración efectiva entre empresas, fomentando proyectos conjuntos a través de los cuales compartan capacidades y recursos para afrontar retos y oportunidades comunes. Incluye proyectos de desarrollo experimental en cooperación y actuaciones para la formalización de nuevos clústeres.
Beneficiarios:
a) En la línea de apoyo a la innovación empresarial: las pymes para todos los proyectos recogidos en el artículo 3.a), y las grandes empresas exclusivamente para los proyectos de desarrollo experimental recogidos en el artículo 3.a).1º.
b) En la Línea Innova-joven: las microempresas y pequeñas empresas constituidas como máximo en los cuatro años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.
c) En la línea Colabora-Adelante: las agrupaciones de pymes para todos los proyectos recogidos en el artículo 3.c) y las agrupaciones de pymes y grandes empresas, exclusivamente para los proyectos de desarrollo experimental en cooperación recogidos en el artículo 3.c).1º.
Gastos subvencionables:
a) Costes de personal: los costes correspondientes al personal técnico directamente involucrado en la ejecución del proyecto subvencionado.
b) Activos inmateriales: los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
c) Costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.
d) Colaboraciones externas: los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
Dependen de la línea de ayuda y proyecto.
Características principales de los proyectos o actuaciones:
- La ejecución de los proyectos tendrá una duración máxima de 10 meses.
- Las actuaciones o proyectos subvencionables a través de este programa no podrán superar el límite máximo de 250.000,00 euros, con carácter general.
- La cuantía de la subvención a conceder vendrá determinada por un porcentaje que se aplicará a la inversión o coste que se considere subvencionable, en función de la línea de ayuda y del tipo de beneficiario, entre el 25% y 70%.
- Los proyectos o actuaciones deberán estar vinculados a las RIS3-CLM.
- Se valorará positivamente que en dichos proyectos o actuaciones participen Centros Tecnológicos u otros organismos de investigación y difusión de conocimientos.
Financiación:
Estas ayudas podrán ser cofinanciadas por la Unión Europea y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) con una intensidad del 80%, mediante el Programa Operativo FEDER de Castilla-La Mancha 2014-2020, a través del Eje prioritario 3, y Objetivo Temático 3, “Mejorar la competitividad de las PYMEs”, y a través del Eje prioritario 1, Objetivo Temático 1, “Potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación”; en el caso de la participación en los proyectos de grandes empresas.
Plazo para presentar solicitudes:
Dos meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria. Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática.
Enlace relacionado:
Proyecto de decreto por el que modifica el Decreto 21/2010, de 20 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para promover y facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo
El Decreto 21/2010, de 20 de abril, regula los incentivos destinados a los centros especiales de empleo, con la finalidad de promover y facilitar la integración social y laboral de las personas con discapacidad en dichos centros.
Habida cuenta del tiempo transcurrido desde que se aprobó la citada norma, de las modificaciones operadas por la normativa que resulta aplicable a estas ayudas, y de la necesidad de mejorar la gestión de los recursos públicos, eliminando cargas administrativas y avanzando en la implantación de la administración electrónica, resulta conveniente la modificación del mencionado decreto.
Las principales modificaciones propuestas son las siguientes:
1º) Se introducen nuevos plazos para la presentación de las solicitudes, una vez que se publiquen los créditos destinados a la convocatoria anual.
2º) Para la modalidad de ayuda de costes salariales, y con la finalidad de adecuar el importe solicitado al coste real de la plantilla, se regula la posibilidad de presentar dos solicitudes al año, en aras de una utilización eficiente de los recursos públicos.
3º) Así mismo, en aras de eliminar trabas al acceso y ejercicio de actividades económicas, y teniendo presente la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado, se introducen modificaciones en el decreto que tratan de ajustarse a tales fines.
4º) Por otra parte, se añade, como requisito para acceder a estas ayudas, que los beneficiarios dispongan de un Plan de igualdad, cuando así lo establezca la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
5º) Respecto a los destinatarios finales de las ayudas contempladas en este decreto, que residen en los trabajadores con discapacidad de los centros especiales de empleo, se requiere que con carácter previo a su contratación, deban estar inscritos en las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha, requisito que no se exige en el actual decreto.
6º) A su vez, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, así como en el artículo 19 del Decreto 12/2010, de 16 de marzo, por el que se regula la utilización de medios electrónicos en la actividad de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, todos los trámites relacionados con el procedimiento de concesión regulado en este decreto se realizarán exclusivamente por medios electrónicos, puesto que atendiendo a las características de los beneficiarios y su capacidad técnica y dedicación profesional, tienen garantizado el acceso y la disponibilidad a los medios tecnológicos precisos.
Por último, la Disposición transitoria tercera establece el crédito disponible y plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio de 2016.
Enlaces relacionados:
Consejería de Economía, Empresas y Empleo
Autorización del gasto por superación en el capítulo VI del presupuesto de gastos el importe de 500.000 euros en base al artículo 20.f de la Ley 1/2016, de 22 de abril, de Presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Suministro de la actualización de las resonancias modelos SIGNA de la marca General Electric de los Hospitales "Virgen de la Salud" de Toledo - Complejo Hospitalario de Toledo y Hospital Universitario de Guadalajara pertenecientes al Servicio de Salud de Castilla-La :Mancha. El importe previsto de gasto para este expediente es 955.000 €.
Autorización del gasto y de la superación de porcentajes derivados de la encomienda de gestion entre la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural y TRAGSATEC, para el servicio tecnico de apoyo del laboratorio regional agroalimentario
El Consejo de Gobierno ha autorizado el gasto de 1.305.577,40 euros, derivado de la encomienda entre la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural y la empresa pública TRAGSATEC para el servido técnico de apoyo analítico del laboratorio regional agroalimentario y ambiental de la Consejería de Agncultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural.
Igualmente ha autorizado la superación de porcentajes establecidos en el articulo 48 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.
Toma de conocimiento del convenio de colaboración entre la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y el Ayuntamiento de Tarancón (Cuenca) para la prestación del servicio público del primer ciclo de educación infantil
Autorización a la Consejería de Fomento a superar los porcentajes de gastos plurianuales correspondiente al gasto del contrato de servicios para la redacción del anteproyecto de ley de ordenación del territorio y del paisaje
Toma de conocimiento de diez convenios a suscribir por la Consejería de Bienestar Social y los ayuntamientos para el desarrollo del Plan Local de Integración Social durante 2016
Autorización de un gasto por importe total de 561.292,96 euros derivado de la resolución de concesión de subvención al ayuntamiento de Campo de Criptana, para el mantenimiento y servicios destinados a la atención de personas con discapacidad intelectual
La Consejería de Bienestar Social, al amparo de la Orden de la Consejería de Bienestar Social de 23 de diciembre de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a entidades locales, en el ámbito de la atención a las personas con discapacidad intelectual en Castilla-La Mancha, y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2016, ha propuesto conceder mediante Resolución una subvención al Ayuntamiento de Campo de Criptana.
Autorización de la contratación, autorización de un gasto por importe de 7.889.030,56 €, derivado del expediente del contrato de servicios y mantenimiento en el centro de atención a personas con discapacidad intelectual grave “La piedra encantada”
Toma en consideración de la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la formación de personal investigador en centros públicos de investigación y en empresas.
El objeto de la presente orden es aprobar las bases reguladoras comunes tanto para las convocatorias cofinanciadas por el Fondo Social Europeo como para las convocatorias cofinanciadas por el Programa Operativo de Empleo Juvenil, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de ayudas para la formación de investigadores con la finalidad de potenciar sus capacidades, así como facilitar su inserción laboral en actividades de I+D+i, tanto en el sector público como privado.
Las ayudas tienen los siguientes objetivos específicos, distribuidos por programas:
Programa Talento Formación: formación investigadora, a través de la realización de tesis doctorales en el marco de proyectos de investigación de grupos de investigación con solvencia científica y académica pertenecientes a Universidades, organismos públicos de investigación y otros centros de investigación.
Programa Talento Incorporación: formación investigadora dentro de un proyecto estratégico de investigación de una empresa o centro tecnológico, que será objeto de una tesis doctoral y se realizará en colaboración con una Universidad ubicada en Castilla-La Mancha.
Estas ayudas se instrumentarán mediante la financiación de contratos predoctorales con una duración máxima de cuatro años o seis años en el caso de personas con discapacidad.
A su vez, las ayudas tienen por objeto financiar la contratación laboral, durante un periodo de orientación posdoctoral de un año de duración, de aquellos Doctorados que obtengan el título de Doctor con antelación al inicio de la última anualidad de la ayuda.
Enlaces relacionados:
Toma en consideración de la Orden que modifica la Orden de 2 de junio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la financiación de precios públicos de másteres universitarios en las Universidades públicas de Castilla-La Mancha
El objeto de la presente orden es modificar la orden de 2 de junio de 2016 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a financiar la realización de másteres universitarios oficiales en la Universidad de Castilla-La Mancha, la Universidad de Alcalá (Campus de Guadalajara) y la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) para jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil.
Enlace relacionado:
Prórroga del contrato de Acompañantes para transporte escolar de los centros educativos de Castilla-La Mancha.
El servicio de acompañantes de transporte escolar debe su existencia al cumplimiento de lo establecido en el art. 8 del Real Decreto 443/2001 de 27 de abril sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores, en el que se establece la obligatoriedad de la presencia a bordo de los vehículos que realizan este servicio de, al menos, una persona mayor de edad, idónea, distinta del conductor, encargada del cuidado de los menores durante su transporte y las operaciones de acceso y abandono del vehículo, así como la recogida y acompañamiento de los alumnos desde y hasta el interior del recinto escolar.
Con fecha 9 de septiembre de 2014, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes suscribió contrato de servicios con la empresa Atlas Servicios Empresariales S.A. para la gestión del servicio de acompañantes de transporte escolar en Castilla-La Manchan ( Expte: EC1802TO14 SER01008). Dicho contrato fue modificado en septiembre de 2015 con un incremento en el número de horas contratadas y como consecuencia de ello con un incremento en el precio del contrato inicial.
Estando próxima la finalización del período de vigencia del contrato (cursos 2014-2015 y 2015-2016) y estando prevista en el mismo su prórroga por dos curso escolares más, desde este Área se ha estudiado la posibilidad de ejercer este derecho. Para ello se ha tenido en cuenta la propuesta de la empresa de poner a disposición de la Consejería de Educación un estudio de todas las rutas de transporte escolar de la región: datos básicos identificativos de la ruta, el trazado del mismo, posicionamiento geográfico de las paradas con coordenadas GPS, kms recorridos, horario de llegada a las paradas, tiempos utilizados, alumnos que se incorporan a cada una de ellas, etc.
Asimismo se han valorado las consultas efectuadas a las Direcciones Provinciales sobre la ejecución satisfactoria del contrato por parte de la empresa Atlas Servicios Empresariales S.A.
Teniendo en cuenta cuanto antecede y que la citada empresa ha prestado dicho servicio de forma satisfactoria, de acuerdo con los pliegos de cláusulas administrativas particulares y prescripciones técnicas anexos a dicho contrato, así como los informes emitidos por las Direcciones Provinciales de Educación, Cultura y Deportes favorables a la prórroga del mismo, el Servicio de Equipamiento y Prestaciones Educativas, confirma la idoneidad en la prestación del servicio complementario de acompañantes de transporte escolar por la empresa “ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES, S. A.” y propone la prórroga del citado contrato de servicios a favor de esta empresa durante el curso 2016/2017 con un total máximo estimado de 2.062.947,71 €