Mostrando 6650 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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AUTORIZACIÓN DEL GASTO PARA PRORROGAR EL CONTRATO DE “SERVICIO DE EXPLOTACIÓN, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES INCLUIDAS EN LA DENOMINADA ZONA 4 DE CASTILLA-LA MANCHA", EXPTE. ACLM/00/SE/022/14.

El contrato para el “Servicio de Explotación, Conservación y Mantenimiento de las Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales incluidas en la denominada Zona 4 de Castilla-La Mancha”, (Expte, ACLM/00/SE/022/14), se firmó el 18 de mayo de 2015 por Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha (IACLM) con la mercantil ELECNOR, S.A. por un importe de 7.407.194,68 € (IVA no incluido) y un plazo de ejecución de 4 años contados desde el 17 de junio de 2015, prorrogable antes de su finalización por un máximo de 2 años, en periodos de 1 más 1,  por mutuo acuerdo de las partes.     Teniendo en cuenta que la vigencia del contrato concluye el día 3 de abril de 2020 y al no estar prevista a esa fecha un nuevo contrato de explotación, conservación y mantenimiento de las EDAR incluidas en la denominada Zona 4 de Castilla-La Mancha, y habida cuenta que el contrato se está ejecutando de acuerdo con los pliegos, el órgano de contratación  estima conveniente realizar otra prórroga del mismo por un plazo de 6,5 meses (197 días), a contar desde el día 4 de abril de 2020 hasta el 17 de octubre 2020, por un importe total de un millón doscientos cuarenta y seis mil doscientos sesenta y cinco euros con cincuenta y seis céntimos, IVA incluido (1.246.265.56 €), con cargo con cargo a la partida “Edificios y otras construcciones” (partida G/512A/21200)” para la ejecución del presupuesto del ejercicio 2020.    Dado que el importe del gasto es superior a los 750.000 euros procede la autorización del gasto por el Consejo de Gobierno, conforme dispone el artículo 20.f) en relación con el d) y a) de la Ley 10/20019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020.

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO DERIVADO DEL EXPEDIENTE DE LA SEXTA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE GESTIÓN, POR LA MODALIDAD DE CONCESIÓN, DE LA RESIDENCIA PARA PERSONAS MAYORES DE MARANCHÓN (GUADALAJARA).

La Secretaría General de la Consejería de Bienestar Social precisa continuar la tramitación del expediente para llevar a cabo la sexta prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concesión, de la Residencia de Mayores de Maranchón (Guadalajara), lo que implicará un gasto total por importe de 1.786.446,58 euros, que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 27.04.GU74.313D.24502 con la siguiente distribución de anualidades: 

 

Ejercicio 2020: 446.611,64 €

Ejercicio 2021: 893.223,29 €

Ejercicio 2022: 446.611,65 €

  El gasto total citado anteriormente supera el límite establecido en el artículo 20, a) de la Ley 10/2019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020, y, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado f) del citado artículo, corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación del mismo.     La duración de la prórroga será de dos años, y abarcará desde 1 de junio de 2020 hasta el 31 de mayo de 2022, ambos días incluidos. 

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 9/2020, DE 18 DE MARZO, POR EL QUE SE APRUEBAN MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DE CARÁCTER ECONÓMICO-FINANCIERO Y DE REFUERZO DE MEDIOS FRENTE A LA CRISIS OCASIONADA POR EL COVID-19.

La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha ha adoptado, con carácter inmediato, medidas dirigidas a poner a disposición de las autoridades sanitarias de la región de todos los medios humanos y técnicos posibles, a dotar de mayor agilidad a la administración en la gestión de expedientes y contratos para la adquisición de suministros y prestación de servicios necesarios para afrontar la situación de emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como para prevenir o reducir el impacto económico negativo que el actual escenario de contención pueda tener sobre los sectores más vulnerables de la economía, esto es, las pymes y los autónomos. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 10/2020, de 26 de marzo, por el que se modifica el Decreto 9/2020, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas extraordinarias de carácter económico-financiero y de refuerzo de medios frente a la crisis ocasionada por el COVID-19.

ACUERDOS RELATIVOS A LA AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA TELEVISIÓN DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A.U., PARA LA REALIZACIÓN DE GASTOS SUPERIORES A 240.000 EUROS.

Los expedientes para la contratación de programas del espacio "Ancha es Castilla-La Mancha", de documentales sobre el mundo de la tauromaquia, y del espacio "En Compañía"se instrumenta en aplicación de lo establecido por el artículo 24 de la Ley 10/2019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020, dedicado al régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, que establece que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 240.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.    Esta autorización requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el artículo 24.4 de la Ley 10/2019, de 20 de diciembre. 

AUTORIZACIÓN DE LA IMPUTACIÓN A LOS CRÉDITOS DEL PRESUPUESTO CORRIENTE DE OBLIGACIONES DERIVADAS DE COMPROMISOS DE GASTO ADQUIRIDOS DURANTE EJERCICIOS ANTERIORES EN LA SECCIÓN 15, CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

Las normas de ejecución de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020, establecen que la autorización de las imputaciones a las dotaciones presupuestarias del ejercicio corriente de obligaciones, que se deriven de compromisos de gasto debidamente adquiridos en ejercicios anteriores, corresponderá al Consejo de Gobierno. 

CESIÓN GRATUITA DE TERRENOS AL AYUNTAMIENTO DE VILLARRUBIA DE SANTIAGO (TOLEDO) PARA DESTINARLOS A LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL.

El Consejo de Gobierno acuerda cesión gratuita de la finca registral nº 21.775, inscrita al tomo 1.812, Libro 166, Folio 209, Inscripción 1ª del Registro de la Propiedad de Ocaña, propiedad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en favor del municipio de Villarrubia de Santiago (Toledo).    El Ayuntamiento de Villarrubia de Santiago deberá destinar el inmueble a la edificación y construcción de viviendas de protección oficial, como medida para frenar el despoblamiento del municipio. 

AUTORIZACIÓN DEL GASTO PARA APORTACIÓN EXTRAORDINARIA A LA ENTIDAD INSTRUMENTAL DEL SECTOR PÚBLICO REGIONAL “GESTIÓN AMBIENTAL DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A.”.

El Consejo de Gobierno autoriza un gasto por importe de dos millones cien mil euros, 2.100.000,00€, con cargo a la aplicación presupuestaria 2304.G/442B/72003, anualidad 2020, de los Presupuestos Generales de Castilla-La Mancha para 2020, en concepto de aportación extraordinaria a Geacam S.A.  

DECRETO POR EL QUE SE APRUEBAN MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DE CARÁCTER ECONÓMICO-FINANCIERO Y DE REFUERZO DE MEDIOS FRENTE A LA CRISIS OCASIONADA POR EL COVID-19.

Se adoptan nuevas medidas de carácter administrativo, económico, social y sanitario para agilizar la gestión administrativa y, sobre todo, para reforzar al máximo los medios personales y materiales de que disponen las autoridades sanitarias de la Región frente al COVID-19 (CORONAVIRUS).

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 9/2020, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas extraordinarias de carácter económico-financiero y de refuerzo de medios frente a la crisis ocasionada por el COVID-19.

AUTORIZACIÓN DE UNA TRANSFERENCIA DE CRÉDITO, ENTRE LAS CONSEJERÍAS DE AGRICULTURA, AGUA Y DESARROLLO RURAL Y LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

Se propone esta transferencia de crédito, por un importe de 12.000.000,00 euros, con el objeto de proceder al traslado de créditos de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, que no van a ser utilizados, al programa de imprevistos y funciones no clasificadas de la Dirección General de Presupuestos, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, para su ulterior reutilización. 

ACUERDO POR EL QUE SE DA APLICACIÓN A LA PREVISIÓN DEL ARTÍCULO 97.1 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA, RESPECTO AL EJERCICIO DE LA FUNCION INTERVENTORA EN SU MODALIDAD DE FISCALIZACIÓN LIMITADA PREVIA.

Los cambios normativos operados desde la aprobación del Acuerdo de fiscalización limitada previa aprobado en el año 2012, obligan a llevar a cabo la revisión de una parte sustancial de su contenido.     Entre dichos cambios normativos, ocupa lugar destacado la entrada en vigor de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, que ha introducido cambios sustanciales en el régimen jurídico de los contratos del sector público, haciendo obligada la adaptación del ejercicio de la función interventora a sus determinaciones, e imponiendo, en consecuencia, una revisión en profundidad del Acuerdo de fiscalización limitada previa de 2012.     Esta circunstancia, unida a la conveniencia de actualizar y unificar el contenido de los actuales Acuerdos sobre la materia, justifican la aprobación de un nuevo Acuerdo de fiscalización limitada previa, que venga a sustituir al actualmente vigente.   Enlaces relacionados:   Resolución de 16/03/2020, de la Secretaría General de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 16/03/2020 por el que se da aplicación a la previsión del artículo 97.1 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, respecto al ejercicio de la función interventora en su modalidad de fiscalización limitada previa.

AUTORIZACIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO PARA LA FIRMA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN SOCIOSANITARIA DE CASTILLA-LA MANCHA Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TOMELLOSO.

De conformidad con la regulación contenida en el artículo 4 bis del Reglamento de desarrollo  del  Texto  Refundido  de  la  Ley  de  Hacienda  de  Castilla‐La  Mancha,  en  materia  de  subvenciones,  aprobado  por  Decreto  21/2008,  de  5  de  febrero,   en  la redacción  dada  por  el  Decreto  49/2018,  de  10  de  julio,  es  precisa  la  autorización  expresa de Consejo de Gobierno para la firma de dicho Convenio.    El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la firma del CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE  LA  FUNDACIÓN  SOCIOSANITARIA  DE  CASTILLA‐LA  MANCHA  Y  EL  EXCMO.  AYUNTAMIENTO  DE  TOMELLOSO  PARA  EL  MANTENIMIENTO  DEL  CENTRO  DE REHABILITACIÓN  PSICOSOCIAL  Y  LABORAL  DE  ENFERMOS  MENTALES  DE  TOMELLOSO DURANTE EL PERÍODO DE 1 DE ENERO AL 31 DE MARZO DE 2020. 

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA EL EJERCICIO DE ACCIONES EN RECLAMACIÓN DE LOS PERJUICIOS OCASIONADOS POR DEFECTOS DE EJECUCIÓN EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO DE SALUD DE VILLALUENGA DE LA SAGRA.

Según lo establecido en el artículo 9.1 de la ley 5/2013, de 17 de octubre, de ordenación del servicio jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para el ejercicio de acciones en vía jurisdiccional será necesaria la autorización del Consejo de Gobierno, previo informe preceptivo del Gabinete Jurídico.    A la vista del informe del Gabinete Jurídico de 6 de marzo de 2020, procede ejercer la acción de responsabilidad por incumplimiento contractual frente al contratista BARROSO NAVA y CIA, S.A., al amparo de las disposiciones del Código Civil que establecen el régimen de obligaciones nacidas del contrato, cuyo plazo es de 15 años a partir de la fecha en que se manifestaron los defectos constructivos cuya acreditación y alcance consta en el expediente del SESCAM, titular del edificio y perjudicado por los defectos.