Mostrando 6586 Acuerdos del Consejo de Gobierno
Filtrar y ordenar

Filtrar

Cerrar

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO PARA CONTRATAR LA OBRA DE CONSTRUCCIÓN DEL NUEVO CENTRO DE SALUD “TOMELLOSO 1”.

Autorización de Consejo de Gobierno del gasto por importe de 5.312.779,36 €,  de acuerdo con el artículo 20.f) de Ley 10/2019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020, referido al expediente siguiente: “Obra de construcción del nuevo Centro de Salud “Tomelloso 1”, en Tomelloso (Ciudad Real)”.    El importe asciende a 5.312.779,36 € con el siguiente desglose:    Aplicación Presupuestaria: 61020000/G412D/62000 (FPA0090005 Fondo Europeo de Desarrollo Regional, PO FEDER CLM, 2014-2020; % de financiación: Los gastos elegibles por inversión podrán ser objeto de una cofinanciación de hasta el 80%).  

ANUALIDADES (IVA incluido):

1 ª ANUALIDAD 2020:    2.639.451,13 €

2 ª ANUALIDAD 2021:    2.673.328,23 €

 

Enlaces relacionados:   https://contrataciondelestado.es 

 

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 35/2017 QUE REGULA LAS CARACTERÍSTICAS Y LOS PROCESOS RELATIVOS AL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA EN LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS NO UNIVERSITARIOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno aprueba el decreto por el que se modifica el Decreto 35/2017, de 2 de mayo, que regula las características y los procesos relativos al ejercicio de la función directiva en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, mediante la adición de una disposición adicional que posibilita a los/as delegados/as provinciales realizar un nombramiento extraordinario por un año de los directores y directoras de los centros educativos públicos que, como consecuencia del COVID -19 y la declaración del estado de alarma, no han podido finalizar el procedimiento ordinario de selección de los mismos. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 29/2020, de 30 de junio, por el que se modifica el Decreto 35/2017, de 2 de mayo, que regula las características y los procesos relativos al ejercicio de la función directiva en los centros docentes públicos no universitarios de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 20/2018 QUE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS CONSISTENTES EN EL USO DE LIBROS DE TEXTO Y DE COMEDOR ESCOLAR PARA EL ALUMNADO DE CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno apruebó el Decreto 20/2018, de 10 de abril, que regula la concesión directa de ayudas consistentes en el uso de libros de texto por el alumnado de educación primaria y secundaria obligatoria y de comedor escolar para el alumnado de segundo ciclo de educación infantil y educación primaria, matriculados en centros sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha.    La modificación consiste en incorporar al Decreto 20/2018, de 10 de abril, una disposición adicional, con vigencia para el curso escolar 2020/2021, que permita simplificar el procedimiento ordinario, reconociendo de oficio, para el curso 2020/2021, como beneficiario de las ayudas reguladas en el decreto aquel alumnado que resultó beneficiario de las ayudas en el curso 2019/2020, y permanezca en las etapas educativas en las que se prevé la concesión de las ayudas.     Con ese mismo período de vigencia, se incluyen diversas modificaciones en el procedimiento tendentes a facilitar la presentación de las solicitudes, especialmente destinadas a las personas que carezcan de medios electrónicos para relacionarse con la Administración, teniendo en cuenta las restricciones en la libertad de circulación de las personas y de las medidas de contención en el ámbito educativo y de la formación impuestas en el citado Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para garantizar la protección de la salud de los ciudadanos.    El presupuesto de la convocatoria es el siguiente, distribuido por aplicaciones y anualidades:   

Aplicación                                 2020                          2021                           Total

18020000G423A/48712      2.130.918,17€                  150.000€              2.280.918,17€

Fondo: 0000001552        

 

18020000G423A/48712            750.100 €                                                     750.100 €

Fondo: FPA0001125

 

18020000G423A/22902                 0,00€            6.554.678,66 €             6.554.678,66 €

Fondos propios

 

TOTAL CONVOCATORIA                                                                         9.585.696,83 €

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 30/2020, de 30 de junio, por el que se modifica el Decreto 20/2018, de 10 de abril, que regula la concesión directa de ayudas consistentes en el uso de libros de texto por el alumnado de Educación Primaria y Secundaria Obligatoria y de comedor escolar para el alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria, matriculados en centros sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y LA TRAMITACIÓN DE PAGOS POR IMPORTE MÁXIMO DE 411.815,74 EUROS, CORRESPONDIENTES A DIVERSAS RUTAS DE TRANSPORTE ESCOLAR EN LA PROVINCIA DE TOLEDO.

Se autoriza a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes a reconocer obligaciones en el expediente de gasto correspondientes al contrato del servicio de transporte escolar en la provincia de Toledo, para el curso 2019/2020. El importe máximo a reconocer asciende 411.815,74 euros con cargo al presupuesto del 2020. 

AUTORIZACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS MODIFICADOS REALIZADOS EN DIVERSOS CONTRATOS DE SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR.

Se autoriza a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes a reconocer obligaciones en el expediente de gasto correspondientes al contrato del servicio de transporte escolar en la provincia de Ciudad Real. El importe máximo a reconocer asciende a 81.932,61 euros con cargo al presupuesto del 2020. 

AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA TELEVISIÓN AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A., PARA LA REALIZACIÓN DE GASTOS SUPERIORES A 240.000 EUROS, DERIVADOS DEL EXPEDIENTE DE PRÓRROGA DEL CONTRATO DE LOS SERVICIOS DE ESTILISMO, MAQUILLAJE Y PELUQUERÍA.

El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido en el artículo 52 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 24 de la Ley 10/2019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020, dedicado al régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, que establece que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 240.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.    Esta autorización requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el artículo 24.4 de la Ley 10/2019, de 20 de diciembre. 

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES PARA LA CONTRACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL MERCADO ORDINARIO DE TRABAJO DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno ha acordado aprobar el Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo de Castilla-La Mancha.    El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones destinadas a fomentar la contratación indefinida y la transformación en indefinidos de contratos temporales de personas trabajadoras con discapacidad.    Asimismo, regula subvenciones destinadas a adaptar puestos de trabajo o para la dotación de equipos de protección personal y eliminación de barreras u obstáculos que impidan o dificulten su trabajo.    Por último, se prevén subvenciones para favorecer el tránsito del empleo protegido desde los enclaves laborales al mercado ordinario de trabajo mediante la contratación indefinida de personas trabajadoras con discapacidad que presentan especiales dificultades para el acceso al mismo.    El Decreto establece el crédito disponible y el plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2020. Dicho crédito asciende a 1.200.000 euros, financiados con la distribución territorializada de los fondos finalistas realizadas por el Servicio Público de Empleo Estatal.    Enlaces relacionados:   Decreto 25/2020, de 23 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo de Castilla-La Mancha.

 

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 21/2010, DE 20 DE ABRIL, POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES PARA PROMOVER Y FACILITAR LA INTEGRACIÓN LABORAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto por el que se modifica el Decreto 21/2010, de 20 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para promover y facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo y se publican los créditos disponibles que han de financiar las subvenciones de costes salariales en el ejercicio 2020.    El Decreto tiene por objeto modificar el Decreto 21/2010, de 20 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para promover y facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo y se publican los créditos disponibles que han de financiar las subvenciones de costas salariales en el ejercicio 2020.    Dichas modificaciones se concretan en las siguientes cuestiones:   - Añadir un artículo 2 bis, estableciendo la compatibilidad de estas subvenciones con el mercado interior en aplicación del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014, por el que declaran determinadas categorías compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.   - Modificar el apartado 3 del artículo 3, en el sentido de supeditar la presentación de solicitudes por los posibles beneficiarios de las ayudas a la publicación de la correspondiente resolución estableciendo el crédito disponible para atender las obligaciones de contenido económico.   - En el apartado 2 del artículo 4 se introducen nuevos requisitos generales a cumplir por parte de las entidades beneficiarias en aras de una mayor transparencia en la gestión de los recursos públicos.   - Se introduce como requisito dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha.   - Se añade un apartado 3 al artículo 4 indicando que no podrán ser beneficiarios de las ayudas que, reguladas en este Decreto, fueran convocadas en el mismo ejercicio en el que obtuvieran la calificación como centro especial de empleo.   - El artículo 5 referido a los destinatarios, se adapta al contenido del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de los derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.   - Se establece un plazo uniforme para el cumplimiento por parte de los centros especiales de empleo de la obligación de presentación de su memoria anual.   - Se redacta el artículo 14 relativo a la publicidad de las subvenciones.   - El apartado 1 del artículo 26 introduce la posibilidad de excluir de las ayudas a tantos puestos como despidos queden acreditados cuando no se cumpla con lo previsto en artículo 2 bis, apartado b) y existan despidos disciplinarios o por causas objetivas, reconocidos o declarados improcedentes, o despido colectivo.   - En el apartado 1 del artículo 27 se prevé que las solicitudes para las subvenciones de costes salariales del primer y segundo semestre deban ir acompañados de la documentación que se especifica en el mismo.   - En el apartado 2 del artículo 28 se establece una nueva distribución en los porcentajes sobre el total del importe a abonar correspondiente al segundo semestre, así se amplía el del primer pago. Asimismo, se establece que la justificación por parte del beneficiario del cumplimiento de las condiciones y la consecución de los objetivos previstos para la ayuda de costes salariales, se deberá realizar de acuerdo a un modelo normalizado al que se acompañará la documentación explicitada.   - Se introducen dos disposiciones transitorias, la primera está referida al modo y momento de presentación de la memoria anual correspondiente al ejercicio 2019 del centro especial de empleo, y la segunda relativa a la forma y al momento de compensar la devolución de ingresos correspondientes a la ayuda de costes salariales concedida en el segundo semestre de 2019.   Por último, a través de la disposición adicional primera se publica el crédito disponible que asciende a 19.777.777,78 euros y se indica el plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2020, para las ayudas al mantenimiento de los puestos de trabajo de personas con discapacidad, relativas a las subvenciones de costes salariales.    Enlaces relacionados:   Decreto 26/2020, de 23 de junio, por el que se modifica el Decreto 21/2010, de 20 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para promover y facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo y se publican los créditos disponibles que han de financiar las subvenciones de costes salariales en el ejercicio 2020.  

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LAS DECLARACIONES DE EMERGENCIA RESPECTO DE DETERMINADAS CONTRATACIONES REALIZADAS EL 25 DE MAYO DE 2020 Y EL 31 DE MAYO DE 2020, POR LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO.

El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de las declaraciones de emergencia realizadas por la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, respecto de las siguientes contrataciones: 

 

- Suministro de carteles informativos destinados a establecimientos de hostelería y comercio de Castilla-La Mancha, para proporcionar instrucciones de protección frente al COVID-19, adjudicado con fecha 25 de mayo de 2020.   - Servicios auxiliares para las oficinas “Emplea”, adjudicado con fecha 31 de mayo.   Estas contrataciones de emergencia se realizan al amparo del Decreto 9/2020, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas extraordinarias de carácter económico-financiero y de refuerzo de medios frente a la crisis ocasionada por el COVID-19, que estableció en su artículo 10 la procedencia de aplicar la tramitación de emergencia prevista en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, a todos aquellos contratos que hayan de celebrarse por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y Sector Público dependiente de la misma para atender las necesidades derivadas de la protección de las personas y para la adopción de otras medidas acordadas por el Consejo de Gobierno para hacer frente al COVID-19. 

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO PARA LA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS POSTALES A LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA.

El precio de la prórroga supera el límite de 750.000,00 €, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 10/2019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020, el órgano competente para la autorización del gasto es el Consejo de Gobierno. 

PUESTA EN CONOCIMIENTO DE LA EMERGENCIA DE LA CONTRATACION DE LA REDACCION DEL PROYECTO DE DIRECCIÓN DE OBRA Y COORDINACIÓN DE SEGURIDAD PARA LA REFORMA Y ADAPTACIÓN DEL EDIFICIO DONCELLAS SITO EN C/ SANTA LEOCADIA, Nº 3 (TOLEDO).

El Consejo de Gobierno en su reunión del día 23 de junio de 2020 ha acordado la “ Puesta en conocimiento de la emergencia para la contratación de la redacción del proyecto de dirección de obra y coordinación de seguridad para la reforma y adaptación del edificio Doncellas sito en c/ Santa Leocadia, nº 3 (Toledo), en aras de atender las necesidades derivadas de la protección de las personas para hacer frente al COVID-19, por un importe  estimado de 20.000 euros.”    Considerando, que con el fin de posibilitar la adecuada separación entre los puestos de trabajo y de determinadas zonas comunes en el edificio sede de los Servicios Centrales de la Consejería, sito en C/ Pintor Matías Moreno, 4 de Toledo, se hace imprescindible habilitar otros espacios de trabajo presencial y de zonas comunes. Así pues, el edificio denominado Colegio Doncellas ubicado en C/ Santa Leocadia, nº 3, próximo al edificio anteriormente mencionado, y que ha sido adscrito a esta Consejería con fecha 15 de mayo de 2020, requiere para su ocupación obras consistentes en renovación integral de la climatización sustituyendo las unidades exteriores e interiores. La superficie a climatizar está entorno a los 750m2. Además de climatizar hay que instalar un sistema de ventilación el cual es obligado por la normativa vigente, más obras accesorias de redistribución de espacios y albañilería.    En este contexto la Secretaria General de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural ha resuelto con fecha 25 de mayo de 2020, declarar la necesidad de la tramitación de emergencia para la Redacción de Proyecto, dirección de obra y coordinación de seguridad para la renovación integral de la climatización sustituyendo las unidades exteriores e interiores más obras accesorias de redistribución de espacios y albañilería y encargar las actuaciones a la empresa De la Cal Balmori Ingeniería, S.L.P. por un precio estimado de 20.000 euros, justificada en la protección de la salud de las personas mediante el cumoplimiento de la distancia social , siendo imprescindible para ello la adaptación del edificio Doncellas sito en C/ Santa Leocadia, nº 3 hacer frente a la crisis sanitaria y situación de hecho generada por el COVID-19.    Declarado el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (B.O.E. Núm. 67 de 14 de marzo), la adopción de medidas por parte de los órganos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para hacer frente a dicha crisis sanitaria, queda justificada la necesidad de actuar de manera inmediata al amparo de lo previsto en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y de lo indicado en el artículo 10.2 del Decreto 9/2020, de 18 de, marzo por el que se aprueban medidas extraordinarias de carácter económico-financiero y de refuerzo de medios frente a la crisis ocasionada por el COVID-19. 

AUTORIZACION DEL GASTO PARA HACER FRENTE A LA CORRESPONSABILIDAD FINANCIERA DEL ORGANISMO PAGADOR DE CASTILLA-LA MANCHA DERIVADA DE LA DECISIÓN DE LA EJECUCIÓN (UE) 2019/1835 (DECISIÓN AD-HOC Nº 61) DE LA COMISIÓN EUROPEA.

La Comisión Europea, mediante su Decisión de Ejecución (UE) 2019/1835 de 30 de octubre de 2019 (Decisión Ad-Hoc nº 61), ha excluido de la financiación comunitaria determinados gastos efectuados por los Estados miembros que para el caso del Organismo pagador de Castilla-La Mancha ascienden a 1.419.735,43 euros. Este gasto corresponde a la  Investigación RD1/2017/804 relativa a los programas de desarrollo rural del FEADER de Castilla-La Mancha (2007-2013 y 2014-2020) que puso de manifiesto determinadas deficiencias en la medida M121(Modernización de explotaciones agrarias) y en la  medidas  M123 (Aumento del valor añadido de los productos agrícolas y forestales) del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2007-2013, así como en  la medida M04.1 (Inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas) del Programa de Desarrollo rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.    Corresponde al FEGA como Organismo de coordinación de todos los pagos procedentes del FEAGA y del FEADER, iniciar de oficio el procedimiento de determinación de responsabilidades.    El 15 de noviembre de 2019 el FEGA comunicó a la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, Organismo pagador de esta comunidad autónoma, los importes correspondientes a la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1835 (Ad Hoc nº 61). Posteriormente, el 24 de febrero de 2020, se comunicó el trámite de audiencia indicando que concluido el citado trámite el FEGA elaboraría una propuesta de resolución que se elevaría al Consejo de Ministros y de acuerdo con el artículo 13 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, dicha propuesta de resolución incluirá la cuantía actualizada con los intereses compensatorios de los costes financieros.    Con fecha de 12 de junio de 2020, el Organismo pagador de Castilla-La Mancha ha informado que está de acuerdo con los importes de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1835 (Ad Hoc nº 61), por lo que deberá procederse al pago voluntario anticipado de la deuda, sin repercusión del interés compensatorio de los costes financieros aludidos en el artículo 9.1 del Real Decreto 515/2013, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las responsabilidades por incumplimiento de las obligaciones derivadas del Derecho de la Unión Europea.    En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 10/2019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2020, el Consejo de Gobierno ha autorizado el gasto correspondiente.