Mostrando 6586 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES AFECTADAS POR COVID-19, PARA LA REACTIVACIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA Y EL EMPLEO.

El Consejo de Gobierno ha acordado aprobar el Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones dirigidas a cooperativas y sociedades laborales afectadas por COVID-19, para la reactivación de la actividad económica y el empleo.    El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones que permita a las cooperativas y sociedades laborales de Castilla-La Macha el mantenimiento de su actividad productiva, así como el fortalecimiento y desarrollo de sus potencialidades empresariales futuras mediante la incorporación de personas socias trabajadoras o de trabajo, y con ello paliar el impacto derivado de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, tras la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de esa situación.    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las cooperativas y las sociedades laborales que ejerzan una actividad económica en Castilla-La Mancha, se ajusten a la definición que de pymes determine en cada momento la Unión Europea, y que hayan sufrido una reducción de su facturación, al menos, en un mes natural de entre los comprendidos desde la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, hasta la finalización del estado de alarma, como mínimo del 40 por ciento, en relación con el mismo mes del ejercicio anterior.    Se establecen dos líneas de ayudas:    Línea 1: Subvenciones para la incorporación de personas socias trabajadoras o de personas socias de trabajo a cooperativas y sociedades laborales.    Línea 2: Subvenciones para el mantenimiento de la actividad productiva de las cooperativas y sociedades laborales.   Enlaces relacionados:   Decreto 31/2020, de 7 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones dirigidas a cooperativas y sociedades laborales afectadas por COVID-19, para la reactivación de la actividad económica y el empleo.

 

AUTORIZACIÓN DE DOS GASTOS POR IMPORTE DE 7.176.161,32 € Y 4.043.493,50 € PARA CONTRATAR EL SUMINISTRO DE VACUNAS PARA CASTILLA-LA MANCHA PARA EL AÑO 2021.

Expediente 2020/005576 relativo al contrato para la adquisición de vacunas para la inmunización de población adulta e infantil de Castilla-La Mancha durante el año 2021.   Expediente 2020/005542 relativo al contrato derivado de adquisición de vacunas del calendario para la población de Castilla-La Mancha para el año 2021.    La adecuada prevención de la enfermedad invasiva por neumococo en otoño puede contribuir a reducir un posible impacto del COVID-19 en la salud de la población de Castilla-La Mancha, así como las previsibles complicaciones en los grupos más vulnerables. Esto puede ser fundamental en las personas mayores y en aquéllas con condiciones que aumentan el riesgo de complicaciones clínicas.     Por esta razón, la Consejería de Sanidad incrementará la cobertura de inmunización frente a la enfermedad invasiva por neumococo en Castilla-La Mancha mediante la adquisición de 210.000 dosis de vacuna conjugada frente a neumococo 13-valente, destinadas a la población de edad igual y superior a 65 años que no esté previamente vacunada, adultos con enfermedades crónicas y a los grupos de alto riesgo de sufrir complicaciones clínicas. De esta forma se evitaría, en cierta medida, un problema adicional al posible escenario de circulación viral del COVID-19 esperable para la próxima temporada de otoño-invierno. 

AUTORIZACIÓN DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR LA FUNDACIÓN SOCIOSANITARIA DE CASTILLA-LA MANCHA DESTINADAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO EXISTENTES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno ha autorizado la concesión de subvenciones por la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha destinadas a Entidades sin ánimo de lucro existentes en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para la realización de programas de promoción, prevención y atención de problemas de salud mental y de trastornos adictivos.    Son destinatarias de estas subvenciones, las entidades sin ánimo de lucro inscritas en el registro correspondiente de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.   Enlaces relacionados:   Orden 97/2020, de 8 de julio, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a conceder por la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha destinadas a entidades sin ánimo de lucro existentes en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, para la realización de programas de promoción, prevención y atención de problemas de salud mental y de trastornos adictivos.   Resolución de 30/07/2020, de la Secretaría General, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de la Resolución de 30/07/2020, de la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro existentes en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, para la realización de programas de promoción, prevención y atención de problemas de salud mental y trastornos adictivos, para el ejercicio 2020.

 

TOMA DE CONOCIMIENTO DE RESOLUCIONES POR LAS QUE SE CONTRATA, POR EL TRÁMITE DE EMERGENCIA, EL SUMINISTRO DE MASCARILLAS, MAMPARAS Y OTRAS MEDIDAS DE PROTECIÓN PARA ALUMNADO Y PERSONAL EMPLEADO DE LOS CENTROS EDUCATIVOS NO UNIVERSITARIOS PÚBLICOS.

El Consejo de gobierno toma conocimiento, a los efectos del artículo 120.1 b) de la ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, de dos resoluciones de 19 de junio de 2020, de la Secretaría General de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes para la contratación, por el trámite de emergencia, de:    a) Suministro de mamparas protectoras para separación en espacios de los centros docentes no universitarios donde no se pueda guardar la distancia de seguridad, así como otras medidas de protección individual.   El Presupuesto máximo es 1.005.456,00 euros € IVA incluido, con cargo a la partida presupuestaria 18.02.421A.22109.FPA 0001125 y anualidad 2020.     El material suministrado y el precio unitario son los siguientes:    - 10.000 mamparas de metacrilato de 4 mm de espesor y 60 cm de base por 50 cm de altura. Precio unitario: 50,22 euros IVA incluido. - 18.000 dispensadores de gel. precio unitario 5,75 euros (IVA exento) - 18.000 garrafas de hidrogel de 5 litros. Precio unitario:14,25 euros. (IVA exento). - 2.400 termómetros infrarrojos. Precio unitario 44,50 euros unidad. (IVA exento). - 2400 papeleras de pedal y tapa metálica con cubo interior de 12 litros. Precio unidad 15,19 euros IVA incluido.   b) Suministro de un millón de mascarillas de protección para alumnado y personal empleado en los centros docentes no universitarios.   Las mascarillas higiénicas son de doble capa con alta eficacia de protección bacteriana (norma –UNE -0065) y filtración de partículas (norma UNE- EN 149) y precio unitario de 2,60 euros,( IVA exento).    El plazo de entrega finaliza el 23 de agosto de 2020, con posibilidad de entrega parciales. 2,60 euros.

 

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN, POR EL TRÁMITE DE EMERGENCIA, DEL ARRENDAMIENTO SIN OPCIÓN DE COMPRA DE 23 MÓDULOS PREFABRICADOS Y DE DESMONTAJE, TRASLADO, MONTAJE E INSTALACIÓN DE 4 MÓDULOS PREFABRICADOS.

El Consejo de gobierno toma conocimiento, a los efectos del artículo 120.1 b) de la ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, de la resolución de 18 de junio de 2020,  de la Secretaría General de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes para la contratación, por el trámite de emergencia, del arrendamiento sin opción de compra de 23 módulos prefabricados, y de desmontaje, traslado, montaje e instalación de 4 módulos prefabricados destinados a centros públicos docentes dependientes de la consejería de educación, cultura y deportes en la provincia de Toledo.    Los 23 módulos prefabricados de 60 m2  irán destinados a los siguientes centros:    - 4 módulos prefabricados en el I.E.S. “Las Salinas” de Seseña (Toledo). - 6 módulos prefabricados en el I.E.S.O. “Nº 1” de Yeles (Toledo). - 2 módulos prefabricados en el I.E.S.O. “Antonio Jiménez-Landi” de Méntrida (Toledo). - 5 módulos prefabricados en el I.E.S. “Princesa Galiana” de Toledo. - 6 módulos prefabricados en el I.E.S.O. “Nº 1” de Olías del Rey (Toledo).   Desmontaje, traslado, montaje e instalación de 4 módulos prefabricados de 60 m2 irán destinados a siguientes centros:   - 2 módulos prefabricados del C.E.I.P “El Greco” en Illescas (Toledo) y 2 módulos prefabricados del C.E.I.P. “El Quiñón” en Seseña (Toledo) al C. E.I.P. “Nº 7” de Seseña (Toledo).

 

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES PARA LA PERSONACIÓN Y EL EJERCICIO DE ACCIONES EN EL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN HIPOTECARIA 127/2015, SEGUIDO EN EL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN, Nº 4 DE CIUDAD REAL.

El Consejo de Gobierno, de conformidad con el artículo 9.1 de la  Ley 5/2013, de 17 de octubre, de ordenación del servicio jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, autoriza al Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades  para la personación y el ejercicio de acciones en el procedimiento  de ejecución hipotecaria 127/2015, seguido en el juzgado  de 1ª instancia e instrucción, nº 4 de Ciudad Real,  en defensa de los intereses como poseedores del bien inmueble en el que se ubica el Colegio de educación infantil y primaria de Miguelturra, Ciudad Real.  

TOMA CONOCIMIENTO DE LAS DECLARACIONES DE EMERGENCIA RESPECTO DE DETERMINADAS CONTRATACIONES LLEVADAS A CABO HASTA EL 18 DE JUNIO DE 2020, POR LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL CON MOTIVO DE LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19.

Mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.     En este contexto, el Decreto 9/2020, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas extraordinarias de carácter económico-financiero y de refuerzo de medios frente a dicha crisis, estableció en su artículo 10 la procedencia de aplicar la tramitación de emergencia prevista en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP, en adelante), a todos aquellos contratos que hubieran de celebrarse por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y Sector Público para hacer frente al COVID-19.    Siguiendo la previsión del artículo 120.1.b) de la LCSP, se da cuenta de las contrataciones realizadas de emergencia en contrataciones realizadas hasta el 18 de junio de 2020, por la Consejería de Bienestar Social para hacer frente, en el ámbito de sus competencias, al COVID-19. 

AUTORIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN Y DEL GASTO DERIVADO DEL CONTRATO DE SERVICIOS SOCIALES DEL SERVICIO DE ATENCIÓN Y DESARROLLO PERSONAL DE LOS USUARIOS DE LA RESIDENCIA PARA PERSONAS MAYORES CON SERVICIO DE ESTANCIAS DIURNAS “PASEO DE LA CUBA” EN ALBACETE.

La Secretaría General de la Consejería de Bienestar Social precisa continuar la tramitación del expediente de autorización de la contratación y autorización de un gasto por importe de 10.301.772,17    euros, derivado del contrato de servicios sociales del Servicio de Atención y Desarrollo Personal de los usuarios de la residencia para personas mayores, con servicio de estancias diurnas “Paseo de la Cuba” en Albacete.  La fecha estimada de inicio del contrato es el 1 de D de 2020. La duración del contrato será de tres años a contar desde la fecha de su formalización, pudiendo prorrogarse antes de su finalización por acuerdo del órgano de contratación por un periodo máximo de dos años.   Al superar el valor estimado del contrato los 10.000.000,00 euros, previamente a la aprobación del gasto, se requiere autorización para la contratación del Consejo de Gobierno, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.5, del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.    Asimismo, el gasto total citado anteriormente supera el límite establecido en el artículo 20, a) de la Ley 10/2019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020, y, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado f) del citado artículo, corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación del mismo. 

RECONOCIMIENTO, COMO COMUNIDAD ORIGINARIA DE CASTILLA-LA MANCHA, DE LA ASOCIACIÓN DE AMIGOS DE MOYA EN VALENCIA.

La Asociación se funda en el año 1980 y desde ese momento inicia su andadura de forma ininterrumpida. Muy prolija en actividades culturales relacionadas con el Municipio de Moya y de la Provincia de Cuenca. Han publicado muchos trabajos de investigación y actualmente editan una revista semestral (el año pasado celebraron los 50 números) donde recogen sus actividades e inquietudes, con referencias constantes a su Municipio. Actualmente la Asociación la integran 350 socios, la inmensa mayoría procedentes de la provincia de Cuenca. Utilizan la sede del Hogar Manchego en Valencia.    La propuesta de reconocimiento como Comunidad Originaria viene determinada por su trayectoria y por cumplir con todos los requisitos exigidos en las disposiciones legales vigentes.    Enlaces relacionados:   www.asociacionamigosdemoya.com   www.asociacioamigosdemoya.es

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 24/2020 SOBRE MEDIDAS DE PREVENCIÓN NECESARIAS PARA HACER FRENTE A LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19 UNA VEZ SUPERADA LA FASE III DEL PLAN PARA LA TRANSICIÓN HACIA UNA NUEVA NORMALIDAD.

En el Diario Oficial de Castilla-La Mancha número 121, de 20 de junio de 2020, se publicó el Decreto 24/2020, de 19 de junio, sobre medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez superada la fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.    Pese al escaso tiempo transcurrido desde la aprobación de la norma, resulta necesario modificar puntualmente el Decreto a fin de garantizar la seguridad jurídica, dejando resueltos algunos aspectos que podían generar dudas en los primeros días de la transición hacia la nueva normalidad.    Las relaciones de las modificaciones efectuadas tiene que ver con:    - La regulación de la apertura de las actividades dispuesta en el artículo 4. - Las medidas de higiene y prevención en la prestación del servicio en los establecimientos de hostelería y restauración previstas en el artículo 8. - Las previsiones relativas a los establecimientos y locales comerciales minoristas y las actividades de servicios profesionales abiertos al público que no formen parte de centros o parques comerciales previstas en el artículo 15. - La formación profesional para el empleo-gestionada o financiada por la Administración autonómica en centros y entidades de formación prevista en artículo 19. - Las condiciones de ocupación en los alojamientos turísticos establecidas en el artículo 23. - Las condiciones de apertura al público de las discotecas y resto de establecimientos nocturnos establecidas en el artículo 24. - La supresión de la necesidad de informes previos de la Consejería de Sanidad previstos en los artículos 40 y 41. - La inclusión en el artículo 42 de la sujeción a inspección por la Consejería competente en materia de bienestar social, en el ámbito de su competencia, de los centros, servicios y establecimientos sanitarios, sociosanitarios y de servicios sociales. - Finalmente, se considera necesaria la inclusión de dos capítulos nuevos que regulen las medidas necesarias en los establecimientos y locales de juego y apuestas y las medidas en relación con los transportes.   Enlaces relacionados:   Decreto 28/2020, de 30 de junio, por el que se modifica el Decreto 24/2020, de 19 de junio, sobre medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez superada la fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

 

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO A LA FUNDACIÓN SOCIOSANITARIA DE CASTILLA-LA MANCHA PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA, LAVANDERÍA, MANTENIMIENTO Y CONSERJERÍA EN LA RESIDENCIA COMUNITARIA DE CUENCA.

La Residencia Comunitaria de Cuenca, dependiente de la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha, se concibe como un recurso que presta un servicio residencial comunitario, con supervisión estable de 24 horas, para personas con enfermedad mental grave, con déficit en su autonomía personal y social, que o no cuentan con apoyo familiar o social, o que debido a circunstancias sociales o necesidades de su proceso de rehabilitación, requieren los servicios de este recurso. En esta Residencia se proporciona alojamiento, manutención, rehabilitación psicosocial y apoyo personal, social y a la integración comunitaria a los 44 residentes que viven en ella con carácter permanente los 365 días del año.    El objetivo que se pretende conseguir con la tramitación de este expediente es que, puesto que la atención que se pretende dar en la Residencia será integral y personalizada, se hace fundamental la prestación de una serie de servicios que han de ser desarrollados y ejecutados de forma coordinada y cohesionada en beneficio de los residentes destinatarios de los mismos y del buen funcionamiento de la Residencia en cuestión, como es, entre otros, los servicios de limpieza, lavandería, mantenimiento y conserjería.    El importe previsto de gasto para este expediente de contratación es de 906.569,64 €.    Enlaces relacionados:   https://contrataciondelestado.es 

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO PARA CONTRATAR LA OBRA DE CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO DE SALUD DE CIFUENTES (GUADALAJARA).

Autorización de Consejo de Gobierno del gasto por importe de 1.864.670,50 €,  de acuerdo con el artículo 20.f) de Ley 10/2019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020, referido al expediente siguiente:  “Obra de construcción del Centro de Salud de Cifuentes (Guadalajara)”.   El importe asciende a 1.864.670,50 € con el siguiente desglose:    Aplicación Presupuestaria: 61020000/G412D/62000 (FPA0090005 Fondo Europeo de Desarrollo Regional, PO FEDER CLM, 2014-2020; % de financiación: Los gastos elegibles por inversión podrán ser objeto de una cofinanciación de hasta el 80%).  

ANUALIDADES (IVA incluido):

1 ª ANUALIDAD 2020:                 0,00  €

2 ª ANUALIDAD 2021:    1.864.670,50  €

 

Enlaces relacionados:   https://contrataciondelestado.es