20/01/1998JCCM

Resumen de los acuerdos del Consejo de Gobierno SE TOMA EN CONSIDERACIÓN LA LEY DE TASAS POR INSPECCIONES Y CONTROLES SANITARIOS DE ANIMALES Y SUS PRODUCTOS

Antes de su aprobación definitiva, este anteproyecto de Ley se remitirá al Consejo Económico y Social y al Consejo Consultivo para que emitan los dictámenes correspondientes.


Antes de su aprobación definitiva, este anteproyecto de Ley se remitirá al Consejo Económico y Social y al Consejo Consultivo para que emitan los dictámenes correspondientes.

El Consejo de Gobierno, en su reunión de esta mañana, ha decidido tomar en consideración el anteproyecto de Ley de Tasas por Inspecciones y Controles Sanitarios de Animales y sus Productos, así como la remisión del mismo al Consejo Económico y Social de la región y al Consejo Consultivo para que emitan dictamen sobre el mismo.

Con la futura Ley, el Ejecutivo regional incorpora para el territorio de Castilla-La Mancha las tasas establecidas por la Directiva comunitaria 96/43/CE, al tiempo que regula las tasas por las inspecciones y controles sanitarios procedentes de matanzas domiciliarias y reses de lidia.

Esta Directiva comunitaria tiene tres objetivos fundamentales: garantizar una protección sanitaria uniforme del consumidor en cuanto a la salubridad del producto; mantener la libre circulación de los productos dentro de la UE, con unas garantías de calidad similares tanto para el consumo nacional de los productos comercializados en el mercado interior de cada Estado miembro, como para los procedentes de terceros estados; y evitar distorsiones en la competencia de los distintos productos sometidos a las reglas de organización común de los mercados.

El anteproyecto de Ley se divide en dos capítulos diferenciados: el primero en el que se fijan las tasas por las inspecciones y controles sanitarios de animales y sus productos, en el que se incluyen las diferentes clases de ganado, animales de corral (aves y conejos) y la caza silvestre y, el segundo capítulo relativo a las tasas por inspecciones y controles sanitarios oficiales de carnes procedentes de matanzas domiciliarias y de reses de lidia.

En ambos capítulos se regula, entre otras cuestiones, cuál es el objeto del tributo, el hecho imponible, el sujeto pasivo del mismo, como se realiza el pago del tributo y se establecen las cuotas de estas tasas.

Las cuotas varían según el tipo de ganado y el peso del animal, así como el tipo de caza que sea. En el caso de las matanzas domiciliarias la cuota será de 1.000 pesetas por cada cerdo y en las reses de lidia será de 2.000 pesetas por animal.

El tercer capítulo de la futura Ley incluye unas disposiciones comunes relativas a la liquidación e ingreso de estas cuotas, así como una disposición adicional, una derogatoria y otra transitoria.

Por otra parte y a propuesta de la Consejería de Industria y Trabajo, el Consejo ha dado el visto bueno a la firma de un convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Economía y Hacienda, el Gobierno regional, el Ayuntamiento de Cuenca y la Agrupación de Hostelería y Turismo de Cuenca para el desarrollo del Plan de Dinamización Turística de Cuenca.

La finalidad de este convenio es, lógicamente, la dinamización turística de Cuenca y su sostenibilidad económica, social y medio-ambiental. Para lograr este objetivo, las partes firmantes consideran preciso planificar las actuaciones y llevarlas a cabo de forma integrada, preservar los recursos naturales, patrimoniales y sociales, mejorar la calidad de los núcleos urbanos, desarrollar nuevos productos y servicios turísticos, fortalecer el tejido empresarial e implicar a la población y agentes turísticos en este Plan.

El acuerdo marco establece la declaración de Cuenca como zona piloto para la aplicación de una Plan de Dinamización Turística y se prevén actuaciones valoradas en 450 millones de pesetas que se financiarán conjuntamente por las tres administraciones implicadas (150 millones cada una) durante los tres años de duración del convenio.

Este convenio marco se desarrollará a través de tres protocolos adicionales en los que se concretarán los proyectos y actuaciones puntuales necesarias para el desarrollo del Plan.

Por último, el convenio marco establece que se nombrará un gerente del Plan, cuya contratación y retribuciones corresponderán al Ayuntamiento conquense, y se constituirá una comisión de seguimiento del mismo.

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