Necesidad de adaptar los Consejos Reguladores a la normativa comunitaria CASTILLA-LA MANCHA PRESENTA AL RESTO DE COMUNIDADES EL NUEVO MODELO APLICADO A LAS DENOMINACIONES DE ORIGEN
El director general de Alimentación y Cooperativas, Francisco Mombiela, ha participado esta semana en Zaragoza en unas Jornadas sobre denominaciones de origen que han reunido a los responsables sobre indicaciones de calidad de todas las comunidades autónomas. "La importancia de la coordinación entre actuaciones y el conocimiento de las realidades de otras regiones" han sido las características más destacadas por Francisco Mombiela sobre el desarrollo de la convocatoria.
El director general de Alimentación y Cooperativas ha aportado la solución adoptada por Castilla-La Mancha para adaptar la figura jurídica de los consejos reguladores a la nueva normativa comunitaria, que es la constitución de fundaciones en las nuevas denominaciones de origen, como es el caso del aceite de oliva "Montes de Toledo" y de "Azafrán de La Mancha". Esta comunidad autónoma ha sido la única que ha aplicado fórmulas de adaptación.
La forma jurídica de los consejos reguladores, en las denominaciones de origen no vitivinícolas, ha centrado buena parte de las intervenciones de los participantes. Por una parte se ha puesto de manifiesto que la figura actual de los consejos como órganos desconcentrados de la administración presenta dificultades de adecuación porque no hay separación entre un órgano de gobierno y otro de control, y además no contempla la presencia de los consumidores que establece Bruselas.
También se ha expuesto el proyecto de creación del Instituto de la Vid y el Vino que coordinará a todas las denominaciones de origen vitivinícolas de la región, iniciativa que servirá como instrumento ante la probable aprobación de un nuevo Reglamento comunitario o una Ley nacional para reordenar las Denominaciones de Origen.
Francisco Mombiela considera que estos cambios deberían seguir las mismas orientaciones que en las denominaciones de alimentos no vitivinícolas, con el mantenimiento de los consejos reguladores pero adaptados a los nuevos imperativos.
En la Unión Europea, las denominaciones de origen están reguladas por dos reglamentos distintos: uno para las denominaciones de vino y otro para el resto. En el primer texto regulador, no se ha establecido una armonización entre países sino que se limita a recoger las distintas normativas nacionales. Pero el Reglamento de otros alimentos de calidad sí fija directrices para el cumplimiento por todos los Estados Miembros.



