23/11/2017Consejería de Educación, Cultura y Deportes
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica hoy dos convocatorias de subvenciones, que podrán solicitarse hasta el 18 de diciembre

El Gobierno regional destina 200.000 euros a la convocatoria de ayudas para actividades de AMPAs, federaciones y confederaciones

El pasado curso se concedieron 498 subvenciones a AMPAS, seis a federaciones y una a una confederación, unas ayudas que contribuyeron a fomentar la participación activa y colaboradora de madres y padres tanto en los procesos educativos como en el gobierno de los centros.

Toledo, 23 de noviembre de 2017.- El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica hoy las convocatorias de subvenciones para financiar las actividades educativas de las asociaciones de madres y padres de alumnos de los centros docentes de enseñanza no universitaria sostenidos con fondos públicos en Castilla-La Mancha, y las de sus federaciones y confederaciones, con una cuantía total de 30.000 euros.
 
Estas ayudas, que el Gobierno de Castilla-La Mancha recuperó el pasado curso tras no haberse convocado desde 2010, tienen como finalidad fomentar la participación activa y colaboradora de las madres y los padres de los escolares, tanto en los procesos educativos personales como en el gobierno y gestión de los centros.
 
Se realizan, al igual que el pasado año, dos tipos de convocatorias de ayudas, en concreto, una, destinada a las asociaciones de madres y padres de alumnos, por importe de 170.000 euros; y otra, destinada a las federaciones y confederaciones de asociaciones de madres y padres de alumnos, por una cuantía total de 30.000 euros.
 
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir de mañana, y finalizará el próximo lunes 18 de diciembre.
 
El pasado curso, se concedieron subvenciones a 498 AMPAS de las 513 que lo solicitaron, así como a una confederación y seis federaciones, con una cuantía global igual a la consignada para este curso 30.000 euros.
 
Entre los fines para los que se han constituido las AMPAS se incluyen la realización de gastos que no serían capaces de soportar si no tuvieran el apoyo de la Administración, ya que los recursos con los que cuentan son muy limitados, básicamente las cuotas de sus afiliados.
 
Siendo conscientes de ello, el Gobierno de Castilla-La Mancha quiere fomentar el desarrollo de los planes anuales de las actividades de las asociaciones de madres y padres de alumnos a través de la concesión de estas ayudas.
 
Así, se pretende con estas ayudas que las AMPAS realicen un plan de actividades lo más acorde con sus necesidades, sin que las limitaciones económicas sean un obstáculo insalvable para su realización.
 
Las acciones que serán susceptibles de subvención son las dirigidas a la dinamización de las AMPAS para el fomento de la participación de las familias en el sistema educativo, las orientadas a la formación de madres y padres que contribuyan a una mejora del aprendizaje de sus hijos, o las dirigidas a sensibilizar a las familias en el desarrollo de hábitos de convivencia, participación, inclusión y prevención de la violencia de género.
 
También podrán solicitarse ayudas para llevar a cabo medidas de fortalecimiento de las relaciones de las familias con el centro y promover la colaboración de los ámbitos familiar, educativo y municipal; establecer actuaciones para el refuerzo educativo; colaborar en la prevención y reducción del absentismo y del abandono escolar; y las orientadas a fomentar la participación en tareas del voluntariado.
 
Todos los alumnos y alumnas del centro podrán asistir a las actividades que hayan sido organizadas, que deberán estar incluidas, cuando involucren al alumnado, en la programación general anual del centro o contar con la aprobación del Consejo Escolar. Además, si para las actividades se utilizan instalaciones y recursos del centro, la vigilancia y el cuidado será responsabilidad de la asociación que deberá tener en cuenta siempre la normativa sobre la organización de tiempos escolares.
 
Se consideran gastos subvencionables los de personal, los destinados a material fungible, de reprografía e información y difusión de las actividades subvencionables; los de desplazamiento y manutención que sean indispensables para la preparación y realización de las actividades subvencionables; y los destinados a servicios externos realizados por empresas o profesionales cuya contratación resulte necesaria para la realización de las actividades subvencionables.
 
Igualmente, se pueden acoger los gastos de contratación de seguros obligatorios para el personal voluntario y de responsabilidad civil de la entidad; gastos como alquiler de locales u oficinas, material de oficina y reprografía, suministros, limpieza o telecomunicaciones; o los que faciliten la asistencia de personas de la comunidad educativa que, por su situación socioeconómica desfavorecida, tengan dificultades para poder asistir a las actividades que integren el proyecto subvencionado.

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