16/09/1998JCCM

* El Consejo de Gobierno aprobó el Decreto por el que se atribuyen determinadas competencias en materia de recaudación.


* El Consejo de Gobierno aprobó el Decreto por el que se atribuyen determinadas competencias en materia de recaudación.

La finalidad de este Decreto es abordar las distintas competencias que en materia de recaudación corresponden a los distintos órganos pertenecientes a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Así, se establece de forma genérica que la gestión recaudatoria de los ingresos de derecho público le corresponde a la Consejería de Economía y Hacienda.

El Decreto establece que la recaudación se llevará a cabo por esta Consejería cuando se trate de recursos de carácter tributario, tanto en período voluntario como ejecutivo. En el caso de las tasas, la recaudación en período voluntario se llevará a cabo por los órganos con competencias en materia de recaudación.

Los demás derechos de naturaleza pública serán recaudados en período voluntario por los órganos designados, mientras que la Consejería de Economía lo hará en período ejecutivo.

Asimismo, este Decreto regula las competencias en materia de aplazamiento y fraccionamiento de deudas de derecho público, así como en materia de compensación de deudas, aspecto este último que no estaba regulado hasta la fecha.

Por último, se establece expresamente la competencia para providenciar de apremio las deudas de derecho público.

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https://www.castillalamancha.es/node/198818

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