CULTURA CONVOCA AYUDAS PARA MUSEOS LOCALES Y PRIVADOS DE CASTILLA-LA MANCHA
La Consejería de Cultura acaba de hacer pública una Orden por la que se convocan ayudas dirigidas a museos locales y privados de Castilla-La Mancha, para que estos puedan mejorar sus instalaciones. La Orden va destinada a los centros no dependientes de la Administración regional que presten o sean susceptibles de prestar un servicio público.
Estas subvenciones pretenden fomentar la inversión en iniciativas y proyectos museográficos, en sus aspectos de realización de inventarios, catalogación de fondos, e instalaciones de carácter museográfico, particularmente sistemas de exhibición, iluminación, seguridad, almacenamiento y conservación en museos y colecciones visitables, radicados en el territorio de Castilla-La Mancha.
Podrán ser subvencionables los gastos de redacción de los proyectos, cuando éstos se dirijan a la nueva instalación de museos y colecciones de acceso público, y a la renovación o ejecución de planes museográficos en los ya existentes. Quedan excluidos los gastos corrientes de funcionamiento y de personal, las inversiones en obra civil, y otro tipo de instalaciones no específicamente museográficas.
En esta convocatoria pueden participar las entidades locales, así como personas y entidades sin fines de lucro, titulares de museos y colecciones visitables radicados en el territorio de Castilla-La Mancha, en los que se vaya a realizar un gasto de inversión durante el presente año 2000.
También se pueden beneficiar de estas ayudas las entidades locales, así como personas, entidades e instituciones sin fines de lucro, titulares de colecciones de bienes culturales, que posean proyectos museográficos para la constitución de museos o colecciones visitables.
Cuantía de las ayudas
El importe de las ayudas podrá ser de hasta el 100% del coste de las inversiones que resulten aprobadas, si bien la cuantía definitiva quedará en función de la disponibilidad presupuestaria, del número de solicitudes que cumplan los requisitos establecidos en la presente Orden, y de los criterios de prioridad en la adjudicación indicados en la base Quinta de la misma.
Los interesados presentarán sus solicitudes de subvención en un plazo que concluirá a los dos meses desde la publicación de la presente Orden en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Las solicitudes se recogerán en las respectivas Delegaciones Provinciales de la Consejería de Cultura.
Se considerarán, preferentemente, en la concesión de las subvenciones las siguientes circunstancias:
A ) La calidad, naturaleza y entidad de las colecciones, así como su aplicación científica y didáctica, según el siguiente orden de prioridad :
- Museos y colecciones de ciencia y técnica.
- Museos y colecciones de historia natural ( paleontología, antropología, botánica, zoología y geología ).
- Museos y colecciones de arte (Bellas artes, artes aplicadas y arqueología).
- Museos y colecciones de etnografía.
B ) La calidad e interés del proyecto presentado.
C ) La concurrencia de otras vías de financiación.
D ) La amplitud del horario de visita pública establecido o que se prevea establecer.
El importe de las ayudas será abonado una vez realizada la inversión.