AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA LA INTERPOSICIÓN DE UN RECURSO CONTRA LA ORDEN TED/1252/2020 POR LA QUE SE AUTORIZA UN TRASVASE DESDE LOS EMBALSES DE ENTREPEÑAS-BUENDÍA DE 17 HM³ PARA EL MES DE DICIEMBRE DE 2020 A TRAVÉS DEL ACUEDUCTO TAJO-SEGURA.
Se recurre la autorización de este trasvase acordado cuando las existencias efectivas de Entrepeñas y Buendía a fecha 1 de diciembre de 2020 estaban en 601,3 hm³, por entender que la regla de explotación del trasvase, establecida en el RD.773/2014, de 12 de septiembre, ha sido adoptada partiendo de restricciones en la cuenca cedente e incumpliendo el objetivo legal de “dotar de mayor estabilidad interanual a los suministros, minimizando la presentación de situaciones hidrológicas excepcionales a las que se refiere el nivel 3”.
Adicionalmente se propone la interposición de un recurso indirecto contra el artículo 1 del RD.773/2014, igualmente por incumplimiento del citado objetivo marcado por la Ley 21/2015.