Funciones y Competencias Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha.
- a) Controlar y coordinar la actividad financiera de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los términos que le encomiende la Consejería de Economía y Hacienda.
- b) Ejercer la representación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en cuestiones financieras y crediticias, ante la Administración del Estado, el Banco de España, otros bancos e instituciones de crédito oficial, en aquellas materias que le delegue la Consejería de Economía y Hacienda.
- c) Prestar servicio de tesorería y de gestión financiera y, en particular, del endeudamiento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de las empresas u organismos de ella dependientes o con las que mantenga relaciones financieras, y en los términos que le atribuya la Consejería de Economía y Hacienda.
- d) Participar en el capital social o fundacional o prestar apoyo financiero a sociedades o fundaciones que, faciliten la financiación o la promoción de empresas no financieras.
- e) Prestar asesoramiento en materia financiera y emitir informes para el Consejo de Gobierno o la Consejería de Economía y Hacienda, a petición de éstos o por iniciativa propia.
- f) Promocionar y explotar infraestructuras y equipamientos generadores de ingresos, según los términos de los encargos y mandatos de actuación, así como los servicios que se puedan instalar o desarrollar en dichas infraestructuras y equipamientos.
- g) Actuar como instrumento al servicio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, organismos, entidades o empresas que formen parte del sector público regional para realizar los encargos que se le encomienden en materias de asistencia, colaboración técnica, optimización o gestión del patrimonio.
- h) Otras que le atribuyan las Leyes, sus estatutos o los encargos que, en el marco de sus competencias respectivas, le efectúe el Consejo de Gobierno o la Consejería de Economía y Hacienda.

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Ley 15/2001, de creación del Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha.
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