Viceconsejería de Medio Ambiente

Convalidación de Inversiones

 
La  Ley  del  Impuesto  sobre  Sociedades  prevé  una  serie  de  supuestos  en  los  que  el  sujeto pasivo puede obtener una deducción sobre la cuota íntegra del citado impuesto. Entre estos supuestos se encuentran las inversiones dedicadas a la protección del medio ambiente, que deben obtener de la autoridad ambiental una certificación de convalidación como requisito para poder aplicarse la deducción. 
 
Estas inversiones deben tener como objeto alguna de las siguientes finalidades:
a) Evitar o reducir la contaminación atmosférica o acústica procedente de instalaciones industriales.
b) Evitar o reducir la contaminación de aguas superficiales, subterráneas y marinas.
c) Reducir, recuperar o tratar los residuos industriales propios.
 
Para practicarse la deducción, las inversiones tienen que suponer una  mejora de las exigencias legales y llevarse a cabo en ejecución de planes, programas, convenios o acuerdos con la Administración medioambiental, entre otros requisitos.
 
Para obtener el certificado de convalidación de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente debe presentarse la solicitud que se establece para ello junto con la documentación acreditativa necesaria.
 
El procedimiento de convalidación de inversiones está sujeto a una tasa regulada mediante la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias, la Orden de 08/10/2012, de la Consejería de Hacienda, por la que se establece, entre otros, el procedimiento de recaudación y la  Resolución de 04/12/2012 de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego, por la que se modifica la anterior. Dicha tasa pueden tramitarse a través del Portal Tributario de la Consejería de Hacienda, para posteriormente adjuntarse también a la solicitud.

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Normativa Convalidación Inversiones

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Tasas aplicables a los procedimientos gestionados por la Viceconsejería de Medio Ambiente y por la DG de Economía Circular

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