DG de Transición Energética

PLAN MOVES III 2025

Desde el 27 de agosto de 2025 se encuentra abierto el plazo de presentación de solicitudes en el Programa Moves III 2025 en la Comunidad de Castilla -La Mancha, de acuerdo con la Resolución de 22 de agosto de 2025, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se aprueba la convocatoria del programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025.
 
 
Con fecha 1 de abril de 2025, se publicó el Real Decreto 3/2025, de 1 de abril, por el que se establece el programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025. El programa se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III).
En desarrollo del mencionado Real Decreto 3/2025, de 1 de abril, mediante la resolución 22 de agosto de 2025, se convocan para 2025 en Castilla La Mancha, las ayudas públicas destinadas a actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica, incluida la disposición de las infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos. Las ayudas se dirigen a personas físicas que desarrollen actividades económicas, personas físicas mayores de edad, a excepción de los casos de discapacidad que podrán ser menores de edad, comunidades de propietarios, personas jurídicas, entidades locales y organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de la Administración autonómica según se establece en su el apartado cuarto.
Se convocan dos programas de incentivos:

  1. Programa de incentivos 1 (Programa para el fomento de adquisición de vehículos eléctricos): Adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible.
  2. Programa de incentivos 2 (Programa de apoyo al despliegue de infraestructura de recarga): Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

 
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 31 de diciembre de 2025.
FASE DE JUSTIFICACIÓN.
Los documentos de justificación de la ayuda se podrán presentar mediante el formulario de solicitud de abono y justificación del Moves III convocatoria de 2025 (Anexo III para vehículos o Anexo IV para puntos de recarga), una vez se publique la ayuda en el DOCM. Se ruega, de cara a agilizar los plazos de justificación y abono de las ayudas, elijan la tramitación telemática para adjuntar la documentación necesaria.
Las personas destinatarias de las ayudas, tendrán como plazo máximo de justificación de las actuaciones el 31 de diciembre de 2026,
DOCUMENTOS MÍNIMOS PARA JUSTIFICACIÓN DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS (MOVES III 2025)
1.- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria.
2.- Ficha técnica ITV del vehículo adquirido.
3.- Permiso de circulación del vehículo adquirido.
4.- Factura.
5.- Justificante de pago.
Para vehículo DEMO o seminuevo se debe añadir:
6.- Permiso de circulación del vehículo adquirido a nombre del concesionario.
En caso de achatarramiento de vehículo:
7.- Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica abonado en 2024.
8.- Permiso de circulación del vehículo.
9.- Certificado de baja definitiva del vehículo.
DOCUMENTOS MÍNIMOS PARA JUSTIFICACIÓN DE PUNTOS DE RECARGA (MOVES III 2025)
1.- Certificado de Instalación Eléctrica (firmado y sellado por el instalador).
2.- Memoria Técnica de diseño (firmada y sellada por el instalador).
3.- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria.
4.- Factura.
5.- Justificante de pago.
 
Todos los documentos deben ser en pdf
 
INFORMACIÓN ADICIONAL
oficina de asesoramiento energético de Castilla-La Mancha
WEB: www.oficinaenergeticaclm.es
Teléfono: 926 100 440
Correo: info@oficinaenergeticaclm.es

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Contactos relacionados: 
Alipio García Rodríguez
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I.D.A.E.
Descargas: 

1º RESOLUCIÓN MOVES III 2025

Formato pdf: 
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2º RESOLUCIÓN MOVES III 2025

Formato pdf: 
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3º RESOLUCIÓN MOVES III 2025

Formato pdf: 
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