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Toma en consideración de la Orden que modifica la Orden de 2 de junio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la financiación de precios públicos de másteres universitarios en las Universidades públicas de Castilla-La Mancha

El objeto de la presente orden es modificar la orden de 2 de junio de 2016 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a financiar la realización de másteres universitarios oficiales en la Universidad de Castilla-La Mancha, la Universidad de Alcalá (Campus de Guadalajara) y la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) para jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil.

Enlace relacionado:

Orden de 28/07/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se modifica la Orden de 02/06/2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la financiación de precios públicos de másteres universitarios en las Universidades públicas de Castilla-La Mancha, para jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil, en el marco de la retención y retorno del talento investigador

Prórroga del contrato de Acompañantes para transporte escolar de los centros educativos de Castilla-La Mancha.

El servicio de acompañantes de transporte escolar debe su existencia al  cumplimiento de lo establecido en el art. 8 del Real Decreto 443/2001 de 27 de abril sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores, en el que se establece la obligatoriedad de la presencia a bordo de los vehículos que realizan este servicio de, al menos, una persona mayor de edad, idónea, distinta del conductor, encargada del cuidado de los menores durante su transporte y las operaciones de acceso y abandono del vehículo, así como la recogida y acompañamiento de  los alumnos desde y hasta el interior del recinto escolar.

 

Con fecha 9 de septiembre de 2014, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes suscribió  contrato de servicios con la empresa Atlas Servicios Empresariales S.A. para la gestión del servicio de acompañantes de transporte escolar en Castilla-La Manchan ( Expte: EC1802TO14 SER01008). Dicho contrato fue modificado en septiembre de 2015 con un incremento en el número de horas contratadas y como consecuencia de ello con un incremento en el precio del contrato inicial.

 

Estando próxima la finalización del período de vigencia del contrato (cursos 2014-2015 y 2015-2016) y estando prevista en el mismo su prórroga por dos curso escolares más, desde este Área se ha estudiado la posibilidad de ejercer este derecho. Para ello se ha tenido en cuenta la propuesta de la empresa de poner a disposición de la Consejería de Educación un estudio de todas las rutas de transporte escolar de la región: datos básicos identificativos de la ruta, el trazado del mismo, posicionamiento geográfico de las paradas con coordenadas GPS, kms recorridos, horario de llegada a las paradas, tiempos utilizados, alumnos que se incorporan a cada una de ellas, etc.

 

Asimismo se han valorado las consultas efectuadas a las Direcciones Provinciales sobre la ejecución satisfactoria del contrato por parte de la empresa Atlas Servicios Empresariales S.A.

 

Teniendo en cuenta cuanto antecede y que la citada empresa ha prestado dicho servicio de forma satisfactoria, de acuerdo con los pliegos de cláusulas administrativas particulares y prescripciones técnicas anexos a dicho contrato, así como los informes emitidos por las Direcciones Provinciales de Educación, Cultura y Deportes favorables a la prórroga del mismo, el Servicio de Equipamiento y Prestaciones Educativas,  confirma la idoneidad en la prestación del servicio complementario de acompañantes de transporte escolar por la empresa “ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES, S. A.” y propone la prórroga del citado contrato de servicios a favor de esta empresa durante el curso 2016/2017 con un total máximo estimado de 2.062.947,71 €

Resolución de julio de 2016, de la Dirección General de Programas de Empleo, por la que se convocan, para el ejercicio 2016, las subvenciones a Entidades Locales, para la contratación de personas desempleadas, dentro del Plan Extraordinario por el Empleo

La resolución tiene por objeto aprobar y efectuar, para el ejercicio 2016, la convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general y social, mediante la contratación de personas desempleadas, en el marco del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha.

 

La finalidad de estas subvenciones consiste en crear oportunidades de inserción en el mercado laboral, mediante la contratación temporal de personas desempleadas, para la ejecución de proyectos de interés general y social; así como actualizar o renovar sus competencias profesionales y prevenir el riesgo de exclusión social.

 

Enlaces relacionados: 

Resolución de julio de 2016, de la Dirección General de Programas de Empleo, por la que se convocan, para el ejercicio 2016, las subvenciones a Entidades Locales, para la contratación de personas desempleadas, dentro del Plan Extraordinario por el Empleo

Acuerdo de no suspensión de la ejecución del acuerdo de 14 de junio de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la oferta de empleo público de la administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2016

El Consejo de Gobierno aprobó el pasado día 14 de junio la Oferta de Empleo Público para el año 2016. Contra este acuerdo se han presentado recursos de reposición en los que se solicita la suspensión cautelar de la ejecución del mismo hasta que se resuelva la declaración de nulidad de pleno derecho que también se solicita en estos recursos.

 

En base al artículo 111.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en este caso no concurre ninguna de las circunstancias que justifiquen la suspensión solicitada, debiendo prevalecer los intereses generales salvaguardados por la Administración sobre el interés de los particulares.

Autorización del gasto por superación en el capítulo VI del presupuesto de gastos el importe de 500 .000 € en base al artículo 20.f de la Ley 1/2016, de 22 de abril, de Presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Suministro de la actualización de las resonancias modelo MAGNETO SIMPHONY de la marca SIEMENS del Hospital "Nuestra Señora del Prado" de Talavera de la Reina, Hospital de Alcázar de San Juan y el Hospital "Virgen de la Luz" de Cuenca, pertenecientes al Servicio de Salud de Castilla la Mancha. El importe previsto de gasto para este expediente es 1.179.750  €.

Autorización del gasto por superación en el capitulo VI del presupuesto de gastos el importe de 500.000 € en base al artículo 20.f de la Ley 1/2016, de 22 de abril, de Presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

Sistemas de Alimentación Ininterrumpida: Suministro de equipos de Sistemas de Alimentación Ininterrumpida necesarios para que no se produzcan caídas eléctricas y se puedan mantener en funcionamiento los equipos informáticos de la red del SESCAM. El importe previsto de gasto para este expediente es 900.005,66.-€.

Toma de conocimiento del Anteproyecto de Ley de modificación de la Ley 3/2015 de 5 de marzo, de Castilla-La Mancha, de la Ley, de 29 de noviembre, de Tasas y precios públicos de Castilla-La Mancha y de la Ley 9/1999 de Conservación de la naturaleza

El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de la modificación de la ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla‐La Mancha, de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla‐La Mancha y otras medidas tributarias y de la ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza

Modificación del Decreto 71/2014, de 24 de julio, por el que se regula el Plan de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016

La modificación del Decreto se estructura en un artículo único, dotado de dos apartados y una Disposición Final.

 

En el primer apartado se modifica el artículo 34.2, a fin de eximir de los requisitos indicados en el mismo (edad del edificio, superficie mínima destinada a vivienda, y que ésta sea domicilio habitual) a aquellos inmuebles en los que habiten personas con discapacidad o mayores de 65 años, siempre y cuando las actuaciones que en ellos se propongan vayan destinadas a mejorar sus condiciones de accesibilidad.

 

Se priman pues éstas mejoras, en detrimento de los requisitos de antigüedad, superficie destinada a vivienda y domicilio habitual, pues se entiende los mismos no deben condicionar  la posibilidad de mejorar la accesibilidad del inmueble cuando se trata de adecuarlo a las especiales circunstancias de sus moradores, ya sea por ser éstos personas con discapacidad o por formar parte del colectivo de la tercera edad (mayores de 65 años).

 

En el apartado segundo del artículo único se modifica el artículo 38.2.1, en zonas privativas de las viviendas y en edificios de una sola vivienda, en el sentido de incrementar, con carácter general las cuantías máximas de las ayudas, en especial para las obras dirigidas a mejorar la accesibilidad en inmuebles habitados por personas con discapacidad o mayores de 65 años.

 

Por otro lado, al igual que hasta ahora se preveía ya para la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva, se establece la posibilidad de incrementar en un 10% el importe total de la ayuda cuando se trate de actuaciones en inmuebles con algún tipo de protección patrimonial.

 

Enlace relacionado:

Decreto 38/2016, de 27/07/2016, por el que modifica el Decreto 71/2014, de 24 de julio, por el que se regula el Plan de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas 2013-2016 de Castilla-La Mancha

Autorizar el proyecto de Resolución de la Dirección General de Mayores y Personas con Discapacidad, por la que se convocan para el año 2016 las subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas en centros de atención a personas mayores

Autorización para la modificación de los porcentajes de gastos plurianuales correspondientes a la convocatoria para 2016 de las becas para la formación de especialistas en asuntos relacionados con la Unión Europea

Acuerdo por el que se toma conocimiento de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas al fomento del emprendimiento innovador en Castilla-La Mancha, cofinanciado en un 80%, por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional

Mediante este programa se pretenden fomentar la puesta en marcha de proyectos innovadores, apoyando la actuación de las entidades que ejercen un papel de interlocución esencial, para fomentar el desarrollo de proyectos de innovación en el tejido empresarial regional, promoviendo la puesta en marcha de Empresas Innovadoras, acelerando el proceso de “cristalización” de los proyectos empresariales, promoviendo puntos de encuentro que faciliten el contacto de los emprendedores con los inversores privados o business angels y facilitando el acceso a otras fuentes de financiación de la innovación nacionales y europeas.

 

Actuaciones subvencionables:

 

a)        Actuaciones dirigidas a fomentar los proyectos de innovación en el tejido empresarial regional, especialmente los que promuevan la participación en proyectos nacionales, europeos e internacionales.

b)        Actuaciones que promuevan la puesta en marcha y consolidación de empresas de carácter innovador.

c)         Acciones que fomenten la tutela a los emprendedores, dirigidas a promover el apoyo y el asesoramiento técnico necesario a los emprendedores, especialmente en materia de innovación y tecnología.

d)        Acciones dirigidas a promover puntos de encuentro que faciliten el contacto de los emprendedores con los inversores privados o business angels.

 

Beneficiarios:

 

Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en esta Orden los Centros Europeos de Empresas e Innovación (CEEIs) de Castilla-La Mancha, considerados como agentes de apoyo a la innovación, en el ámbito de las infraestructuras de ciencia, tecnología e innovación, de la Estrategia de Especialización Inteligente de Castilla-La Mancha 2014-2020.

 

Gastos subvencionables:

 

a)        Los gastos del personal propio vinculado a la actuación o proyecto durante su desarrollo, incluidas las cuotas de la Seguridad Social correspondientes.

b)        Los gastos de colaboraciones externas y consultorías cuando resulten necesarios y adecuados para el desarrollo de las acciones y/o proyectos propuestos.

 

Características principales de las actuaciones:

 

Desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año en que se publique la correspondiente convocatoria. 

Las actuaciones o proyectos subvencionables a través de este programa no podrán ser superiores al límite máximo de 100.000,00 euros. La cuantía de la ayuda será la que figure en el presupuesto de las actuaciones y/o proyectos subvencionables presentado por las entidades solicitantes.

 

Financiación:

 

Estas ayudas podrán ser cofinanciadas por la Unión Europea y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), mediante el Programa Operativo FEDER de Castilla-La Mancha 2014-2020, a través del Eje prioritario 1, y Objetivo Temático 1 “Potenciar la Investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación”.

 

Enlace relacionado:

Orden de 20/07/2016, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas al fomento del emprendimiento innovador en Castilla-La Mancha, cofinanciadas en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional

Resolución por la que se aprueba, para el ejercicio 2016, la convocatoria de subvenciones para fomentar proyectos de mejora en prevención de riesgos laborales

Las subvenciones van destinadas a promover inversiones en instalaciones y equipos que redunden en la mejora de las condiciones de seguridad y salud en empresas y centros de trabajo.  

 

La finalidad es fomentar inversiones destinadas a la sustitución de maquinaria no conforme a la normativa de seguridad, adaptación ergonómica de puestos de trabajo, y adquisición de equipos para el control de contaminantes químicos, fiscos y bilógicos. 

 

La convocatoria se resolverá por el procedimiento de concurrencia competitiva.

 

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas emprendedoras, pequeñas y medianas empresas, Centros Especiales de Empleo y entidades sin ánimo de lucro. 

 

El importe de la subvención es del 35% de las inversiones subvencionables, con un máximo de 15.000 euros por beneficiario.  

 

Enlace relacionado:

Resolución de 22/07/2016, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se aprueba para el ejercicio 2016 la convocatoria de subvenciones para fomentar proyectos de mejora en prevención de riesgos laborales.