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CerrarAUTORIZACIÓN A GEACAM PARA EL SUMINISTRO POR LOTES, DE DIVERSO MATERIAL DE REPUESTO EN LAS TAREAS DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES DURANTE LA CAMPAÑA 2019
El Consejo de Gobierno ha autorizado a la empresa pública regional “Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, S.A.” (GEACAM) el gasto de 365.601,62 euros, (IVA incluido para formalizar el contrato de suministro por lotes, de diverso material de repuesto para las herramientas a motor utilizadas por Geacam S. A., en las tareas de prevención de incendios forestales durante la campaña 2019.
El gasto que generará este expediente de contratación se enmarca dentro en el Acuerdo entre la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural y GEACAM S. A., de 30 de diciembre de 2015 para la encomienda de gestión de las actuaciones de tratamientos selvícolas preventivos y vigilancia fija y móvil en las campañas de prevención para la lucha contra incendios forestales en Castilla – La Mancha para las anualidades 2016-2020. Programa de Desarrollo Rural 2014-2020. Submedida 8.3. Apoyo para la prevención de daños causados a los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes y su posterior Adenda de fecha 06 de junio de 2017, esta última, llevará a cabo la ejecución de las actuaciones referidas a proyectos, obras, asistencias técnicas, servicios, suministros, planes y programas de estas campañas.
El expediente de contratación que se pretende tramitar es el contrato Geacam S. A., en las tareas de prevención de incendios forestales durante la campaña 2019.
El artículo 21.4 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, recoge el régimen de autorización previa de gastos en que incurran determinados entes, entre los que se incluyen las empresas del sector público regional como GEACAM. Por su parte, el artículo 12 de la Orden 214/2017 de 29 de diciembre, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, sobre normas de ejecución de los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018 ha desarrollado el procedimiento para la obtención de la autorización, requiere previo informe de la Dirección General de Presupuestos. Para el caso de gastos que superen los 240.000,00 euros, corresponderá dicha autorización al Consejo de Gobierno, a través de la Consejería de adscripción.
AUTORIZACION SUPERACIÓN DE PORCENTAJES DERIVADOS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS EN LAS ÁREAS DE INFLUENCIA SOCIOECONÓMICA DE LOS PARQUES NACIONALES EN CASTILLA LA MANCHA PARA EL AÑO 2018
El consejo de Gobierno ha autorizado de conformidad con lo establecido en el artículo 48.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, la superación de porcentajes, derivados de la Resolución de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales, por la que se convocan subvenciones en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales en Castilla-La Mancha para el año 2018.
El Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, por el que se regulan las subvenciones públicas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en las áreas de influencia de los Parques Nacionales (BOE Núm. 246, de 14 de octubre de 2005), establece con carácter básico el objeto de dichas subvenciones, los posibles beneficiarios, las iniciativas susceptibles de recibir tales ayudas o los criterios de valoración mínimos que deben tenerse en cuenta en su concesión, y reconoce expresamente que la tramitación y resolución de los correspondientes procedimientos corresponde a las comunidades autónomas.
Para la convocatoria correspondiente al año 2018 se prevé la existencia de un crédito de 278.069,54 € con cargo al presupuesto del ejercicio 2019.
Al contabilizarse la retención de crédito de la convocatoria se ha tenido conocimiento de que la distribución del crédito para atender las obligaciones derivadas de la convocatoria de la ayuda supera los porcentajes establecidos en el art. 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.
DECLARACIÓN DE LA CABALLADA DE ATIENZA (GUADALAJARA) COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL CON LA CATEGORÍA DE BIEN INMATERIAL
Por Resolución de la Viceconsejería de Cultura de 29/08/2017 (DOCM nº 189, de 28/09/2017) se inició expediente para la declaración de la Caballada de Atienza (Guadalajara) como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Bien Inmaterial.
Tras la publicación de la resolución de inicio en el Diario Oficial de Castilla – La Mancha, una vez transcurrido el plazo de información pública establecido en el artículo 14.4 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, así como la notificación a los interesados conforme al artículo 12 de la citada Ley, sin que se hayan presentado alegaciones, se solicitó y obtuvo el informe favorable de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural de Guadalajara.
Vistos los informes y datos técnicos pertinentes, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes considera que el mencionado bien reúne los valores históricos necesarios para gozar de la protección que la legislación vigente dispensa a los Bienes de Interés Cultural, por lo que entiende procedente su declaración.
En consecuencia, de acuerdo con el artículo 15.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, del Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en uso de las competencias atribuidas, el Consejo de Gobierno acuerda la declaración de la Caballada de Atienza (Guadalajara) como Bien de Interés Cultural con la categoría de Bien Inmaterial.
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AUTORIZACIÓN DE SUPERACIÓN DE PORCENTAJES DE LA RESOLUCIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA EL MANTENIMIENTO DE CONTRATOS DE BIBLIOTECARIOS MUNICIPALES POR ENTIDADES LOCALES DE CASTILLA‐LA MANCHA
Se convocan las subvenciones para el mantenimiento de contratos de bibliotecarios municipales por entidades locales de Castilla‐La Mancha para 2018
AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE PORCENTAJES DE LA MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE 19/01/2018, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA ADQUISICIONES BIBLIOGRÁFICAS, PUBLICACIONES PERIÓDICAS Y MULTIMEDIA PARA LAS BIBLIOTECAS MUNICIPALES
AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE PORCENTAJES DE LA MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE 19/01/2018, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA ADQUISICIONES BIBLIOGRÁFICAS, PUBLICACIONES PERIÓDICAS Y MULTIMEDIA PARA LAS BIBLIOTECAS MUNICIPALES DE CASTILLA‐LA MANCHA PARA 2018
Se modifica la convocatoria las subvenciones para adquisiciones bibliográficas, publicaciones periódicas y multimedia para las bibliotecas municipales de Castilla‐La Mancha para 2018, ampliando el plazo de ejecución y justificación del gasto subvencionable.
AUTORIZACIÓN DEL GASTO CORRESPONDIENTE A LA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE MANTENIMIENTO Y SOPORTE A USUARIOS DEL TRAMITADOR DE EXPEDIENTES SOCIALES “ASISTE” Y DEL PORTAL DE SERVICIOS SOCIALES “MEDAS” DE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL
EL CONSEJO DE GOBIERNO DE CASTILLA-LA MANCHA AUTORIZA EL GASTO CORRESPONDIENTE A LA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE MANTENIMIENTO Y SOPORTE A USUARIOS DEL TRAMITADOR DE EXPEDIENTES SOCIALES “ASISTE” Y DEL PORTAL DE SERVICIOS SOCIALES “MEDAS” DE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL.
AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA LA INTERPOSICIÓN DE UN RECURSO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO CONTRA EL ACUERDO DE LA COMISIÓN CENTRAL DE EXPLOTACIÓN DEL ACUEDUCTO TAJO SEGURA POR EL QUE SE AUTORIZA UN TRASVASE DE 38 HM3 PARA EL MES DE JULIO DE 2018
La Agencia del Agua ha tenido registro del acuerdo de la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo Segura por el que se autoriza un trasvase de 38 hm3 para el mes de julio de 2018, el día 26 de julio de 2018.
En consecuencia el Consejo de Gobierno autoriza al Gabinete Jurídico para la interposición, una vez notificado el citado acuerdo, de un recurso contencioso administrativo contra el mismo.
Se recurre la autorización de este trasvase, acordado cuando las existencias de Entrepeñas y Buendía estaban en 700,9 hm3 dado que ha sido adoptado por un órgano incompetente y por un volumen que excede del previsto en la regla de explotación, si se hubiesen determinado adecuadamente las condiciones hidrológicas excepcionales el nivel aplicable sería el de nivel 3, donde la Ministra es competente para adoptar un trasvase de hasta 20 hm3/mes.
Se recurre también por vulneración del principio de prioridad de la cuenca cedente al no implantar un régimen de caudales ecológicos.
DECLARACIÓN DE CADUCIDAD DEL PROYECTO DE SINGULAR INTERÉS “BARRIO AVANZADO DE TOLEDO”
El Consejo de Gobierno declara la caducidad del Proyecto de Singular Interés “Barrio Avanzado de Toledo”, de conformidad con el artículo 23.2.e) del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, al haber transcurrido el plazo de terminación del mismo sin haberse ejecutado, y habiendo decaído, además, el interés social de alcance regional que justificó en su día tramitar esta actuación como PSI, deja sin efecto la Resolución de 29 de noviembre de 2010, de la Dirección General de Planificación Territorial de la entonces Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se acordó publicar la normativa urbanística contenida en el PSI “Barrio Avanzado de Toledo”, aplicable con carácter transitorio en tanto se produjera la adaptación del planeamiento urbanístico municipal, publicada en el BOP de Toledo núm. 285, de 14 de diciembre de 2010, y ordena la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo, así como su notificación al Ayuntamiento de Toledo y a la empresa pública GICAMAN, S.A.”
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CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES DE EMERGENCIA SOCIAL DE PERSONAS RESIDENTES EN LA PROVINCIA DE ALBACETE.
La Consejería de Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Diputación Provincial de Albacete pretenden suscribir un Convenio de Colaboración cuyo objeto consiste en la atención de situaciones de emergencia social de personas residentes en la provincia de Albacete.
El convenio tendrá vigencia desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2018 y podrá prorrogarse, antes de su finalización si las dos partes firmantes así lo acordaran.
AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES DERIVADA DE LA TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE DE LA PRIMERA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE ACCESO A PRODUCTOS DE APOYO A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA
La Consejería de Bienestar Social precisa continuar la tramitación del expediente de contratación de la primera prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concesión, del servicio público de acceso a productos de apoyo a personas en situación de dependencia de Castilla-La Mancha.
Como consecuencia de su tramitación, en la anualidad de 2019 se superan los porcentajes establecidos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, hasta alcanzar un total de un 125,42 %, en el vinculante 2703.313H.24*.
En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del citado artículo, previo informe de la Dirección General de Presupuestos, corresponde al Consejo de Gobierno autorizar la superación de los citados porcentajes.