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AUTORIZACIÓN DE UN GASTO DERIVADO DEL CONTRATO DE OBRAS DE “ADECUACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FORESTALES EN MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA Y VÍAS PECUARIAS DE CASTILLA-LA MANCHA”

El Consejo de Gobierno ha autorizado un gasto por un importe de 1.199.407,10 euros (IVA incluido) derivado del contrato de obras de “adecuación de infraestructuras forestales en montes de utilidad pública y vías pecuarias de Castilla-La Mancha” en virtud del artículo 20.f) de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, prorrogados por Decreto 95/2018, de 18 de diciembre.

 

El objeto del contrato es la realización de trabajos necesarios para la adecuación de infraestructuras forestales en diversos Montes de Utilidad Pública y vías pecuarias de las provincias de Albacete, Cuenca, Guadalajara y Toledo, que se detallan en el Pliego de Prescripciones Técnicas con las características y especificaciones allí previstas.

 

Las actuaciones objeto del presente contrato, consistirán en el arreglo de las cubiertas y carpinterías deterioradas de los refugios ganaderos, así como el acondicionamiento de elementos interiores como chimeneas y trabajos de enlucido y pintura en paredes y techos. También se realizará la reforma de los corrales existentes, mangas ganaderas, abrevaderos y fuentes.

 

Estas actuaciones tendrán una repercusión positiva tanto desde el punto de vista social, como generadoras de empleo en el medio rural, como medioambiental, contribuyendo a incrementar la competitividad del sector forestal.

 

Las anteriores necesidades, con alta prioridad, de acuerdo con lo establecido en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha, para el periodo 2014-2020, se engloban en la Medida 04: Inversiones en activos físicos, dentro de la Submedida 4.3: Inversiones en infraestructuras relacionadas con el desarrollo, la modernización o la adaptación de la agricultura y la selvicultura, Operación 4.3.2: Inversiones en infraestructuras forestales y se corresponden con el Área Focal 2a: Mejorar los resultados económicos de todas las explotaciones y facilitar la reestructuración y modernización de las mismas, en particular con el objeto de incrementar su participación y orientación hacia el mercado, así como la diversificación agrícola. Por lo tanto, serán cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), conforme con lo fijado en el Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, que recoge en su artículo 17, la inclusión de esta medida en las ayudas.

ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE SE EXPRESA SU NO OPOSICIÓN A LA TRAMITACIÓN DE LA PROPOSICIÓN DE LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 11/2003, DE 25 DE SEPTIEMBRE, DEL GOBIERNO Y DEL CONSEJO CONSULTIVO DE CASTILLA-LA MANCHA

ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE SE EXPRESA SU NO OPOSICIÓN A LA TRAMITACIÓN DE LA PROPOSICIÓN DE LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 11/2003, DE 25 DE SEPTIEMBRE, DEL GOBIERNO Y DEL CONSEJO CONSULTIVO DE CASTILLA-LA MANCHA, EXPEDIENTE 10/PPL-00001, A LOS EFECTOS PREVISTOS EN LOS APARTADOS 1 Y 2 DEL ARTÍCULO 156 DEL REGLAMENTO DE LAS CORTES DE CASTILLA-LA MANCHA.

 

El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido por los apartados 1 y 2 del artículo 156 del Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha, respecto de las proposiciones de ley presentadas por los grupos parlamentarios en las Cortes regionales, como paso previo a su tramitación en ésta.

 

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA ESTRUCTURA PERIFÉRICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA

El expediente se articula en torno a las competencias exclusivas sobre organización, régimen y funcionamiento de las instituciones de autogobierno del artículo 31.1.1ª del Estatuto de Autonomía, en el ámbito fijado por el Decreto 56/2019, de 7 de julio, por el que se aprueba la estructura de la Administración Regional, así como en los nuevos Decretos de estructura orgánica de los órganos integrados en la Presidencia de la Junta de Comunidades y de las demás Consejerías de la Administración Regional.

 

Decreto 78/2019, de 16 de julio, por el que se regula la estructura periférica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

 

DECRETOS POR LOS QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y SE FIJAN LAS COMPETENCIAS DE LA PRESIDENCIA, DE LAS CONSEJERÍAS DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y DEL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA

Los expedientes se articulan en torno a las competencias exclusivas sobre organización, régimen y funcionamiento de las instituciones de autogobierno del artículo 31.1.1ª del Estatuto de Autonomía, y en el ámbito fijado por el Decreto 56/2019, de 7 de julio, por el que se aprueba la estructura de la Administración Regional.

 

Decreto 77/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Decreto 79/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo

Decreto 80/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas

Decreto 81/2019, de 16 de julio, de estructura orgánica y competencias de la Consejería de Sanidad

Decreto 82/2019, de 16 de julio, de estructura orgánica y funciones del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha

Decreto 83/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural

Decreto 84/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Decreto 85/2019, de 16/07/2019, por el que se establecen la estructura orgánica y las competencias de los distintos órganos de la Consejería de Fomento

Decreto 86/2019, de 16 de julio, de estructura orgánica y competencias de la Consejería de Bienestar Social

Decreto 87/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 26/2018, DE 15 DE MAYO, POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN A LA FUNDACIÓN ESCUELA DE ORGANIZACIÓN INDUSTRIAL (EOI), PARA EL DESARROLLO DE UN PROGRAMA DE FORMACIÓN

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 26/2018, DE 15 DE MAYO, POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN A LA FUNDACIÓN ESCUELA DE ORGANIZACIÓN INDUSTRIAL (EOI), PARA EL DESARROLLO DE UN PROGRAMA DE FORMACIÓN DIRIGIDO A FOMENTAR EL EMPRENDIMIENTO EN EL MARCO DEL PROGRAMA OPERATIVO DE EMPLEO, FORMACIÓN Y EDUCACIÓN, Y AUTORIZACIÓN A LA SUPERACIÓN DE PORCENTAJES DE GASTO PLURIANUAL QUE DICHA MODIFICACIÓN SUPONE EN EL EXPEDIENTE DE GASTO.

 

El Consejo de Gobierno ha acordado aprobar el Decreto por el que se modifica el Decreto 26/2018, de 15 de mayo, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Fundación Escuela de Organización Industrial (EOI), para el desarrollo de un programa de formación dirigido a fomentar el emprendimiento en el marco del Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación

 

Asimismo, el Consejo de Gobierno autoriza a la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, la superación de porcentajes de gasto plurianual, de conformidad con el artículo 48.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, en relación con el expediente de gasto del citado Decreto de modificación, al superarse el porcentaje establecido (70% para la primera anualidad) en el artículo 48.3 de dicho texto legal.

 

La modificación del Decreto 26/2018, de 15 de mayo, se centra en los siguientes aspectos:

 

1º. Se amplía el número de convocatorias o ediciones coworking que pasan de 15 a 16.

 

2º. Se amplía el plazo de ejecución de las actuaciones hasta el 30 de junio de 2020.

 

3º. Igualmente, se modifica el plazo de presentación de las justificaciones, señalando que será de tres meses a contar desde el 30 de junio de 2020.

 

Enlaces relacionados:

Decreto 54/2019, de 25 de junio, por el que se modifica el Decreto 26/2018, de 15 de mayo, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Fundación Escuela de Organización Industrial (EOI), para el desarrollo de un programa de formación dirigido a fomentar el emprendimiento en el marco del Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA TRANSFERENCIA DE CRÉDITO CON ORIGEN EN LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y DESTINO EN LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Se propone esta transferencia de crédito, por un importe de 612.349,32 euros, con el objeto de proceder al traslado de créditos de la Consejería de Fomento, que no van a ser utilizados, al programa de imprevistos y funciones no clasificadas de la Dirección General de Presupuestos, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, para su ulterior reutilización.

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO PARA CONTRATAR, PARA EL AÑO 2020, LA ADQUISICIÓN DE VACUNAS PARA LA INMUNIZACIÓN DE POBLACIÓN ADULTA E INFANTIL DE CASTILLA-LA MANCHA

Expediente relativo al contrato para la adquisición de vacunas para la inmunización de población adulta e infantil de Castilla-La Mancha para el año 2020.

 

En la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha el programa de vacunaciones se dirige de manera sistemática a la población infantil y también a los grupos de riesgo que cumplen las recomendaciones de inmunización en la edad adulta.

 

Esta licitación, por importe de 5.796.602,24 euros, está destinada a cubrir las necesidades de adquisición y suministro de determinadas dosis de producto vacunal durante el año 2020, para contribuir al control y eventual erradicación de determinadas enfermedades transmisibles y conseguir notables mejoras en la salud de la población.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA TRANSFERENCIA DE CRÉDITO CON ORIGEN EN LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DESTINO EN LAS CONSEJERÍAS DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, SANIDAD Y PRESIDENCIA DE LA JCCM

Se propone esta transferencia de crédito, por un importe de 366.527,50 euros, con el objeto de proceder al reparto del primer plazo de fondos recibidos, procedentes del Instituto Nacional de Administración Pública, destinados a formación y perfeccionamiento del personal de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

ACUERDO POR EL QUE SE NOMBRAN REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES MUEBLES PARA PLAZAS RADICADAS EN EL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA

Tal como establece el Estatuto de Autonomía, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha es el órgano competente para efectuar los nombramientos de registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles para el territorio de la Comunidad Autónoma.   Así, el Consejo de Gobierno acuerda nombrar registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles a: Dª Lucía Giménez Sánchez de Puerta, para el Registro de Piedrabuena, Dª Marina Pedrosa Lorente, para el Registro de Chinchilla de Monte-Aragón y D. Manuel Osborne Duque, para el Registro de Brihuega.   Enlaces relacionados: Acuerdo de 25/06/2019, del Consejo de Gobierno, por el que se nombran registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles para plazas radicadas en el territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DEL HOSPITAL DE CIUDAD REAL, EJERCICIO 2019

El importe del impuesto derivado de una obligación legal, al tratarse de un tributo, supera el límite de 750.000,00 euros, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, prorrogados por Decreto 95/2018, de 18 de diciembre, el órgano competente para la autorización del gasto es el Consejo de Gobierno.

CESIÓN DE 35 VIVIENDAS DE TITULARIDAD AUTONÓMICA EN ALMANSA (ALBACETE) A FAVOR DE SU AYUNTAMIENTO PARA SU ADECUACIÓN A TRAVÉS DE FONDOS EUROPEOS Y ADJUDICACIÓN A LOS VECINOS DE ESTA LOCALIDAD

El Ayuntamiento de Almansa (Albacete) solicitó a la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha la cesión gratuita de las viviendas conocidas como “Casillas de Peones Camineros”, con la finalidad de realizar en ellas, a través de las ayudas europeas de la Estrategia de Desarrollo Sostenible Integral (EDUSI) que tiene concedidas el Consistorio, una intervención consistente en la rehabilitación integral del grupo de viviendas y su puesta a disposición de los ciudadanos de Almansa inscritos en el Registro de Demandantes de Vivienda la Consejería de Fomento.   Es intención de la Junta de Comunidades y del Ayuntamiento el intervenir conjuntamente en este grupo de viviendas y poner en valor la urbanización donde se encuentran las viviendas, comprometiéndose, la primera, a aportar los inmuebles a tal fin, valorados en cerca de 600,000 euros (578.999,40 €), y el segundo, a proceder a su adecuación a través de la EDUSI, fin para el cual tiene otorgado de estos fondos europeos una cantidad de 615.000 euros (Programa Operativo FEDER de Crecimiento Sostenible 2014‐2020, efectuada por Orden HAP/2427/2015, de 13 de noviembre).   Lo anterior se articula mediante la cesión al Consistorio del inmueble, requisito éste exigido por la normativa del EDUSI para poder destinar sus fondos a los fines de rehabilitación, y mediante ésta dotar a las viviendas de las condiciones adecuadas para destinarlas al fin que les es propio.   Además, el Consistorio de Almansa se compromete a la administración del grupo de viviendas objeto de la cesión según la legislación vigente, con las obligaciones que se derivan de ello tanto respecto a la adecuada conservación de éstas como a su adjudicación a favor de vecinos que obren inscritos en el Registro de Demandantes de Vivienda la Consejería de Fomento.   Esta actuación se suma a todas las desarrolladas en la provincia de Albacete por la Junta de Comunidades para la puesta a disposición de recursos habitacionales para sus ciudadanos, y que se traduce, entre otras medidas, en la puesta a disposición de éstos de 132 viviendas del parque público autonómico (12 en la ciudad de Almansa) a lo largo de la presente Legislatura.

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA Y CONTENIDO DEL CURRÍCULO ACADÉMICO Y PROFESIONAL DE LOS ALTOS CARGOS Y ASIMILADOS A LOS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 3, LETRA K).1.º,DE LA LEY 4/2016, DE 15 DE DICIEMBRE DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA Y CONTENIDO DEL CURRÍCULO ACADÉMICO Y PROFESIONAL DE LOS ALTOS CARGOS Y ASIMILADOS A LOS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 3, LETRA K).1.º,DE LA LEY 4/2016, DE 15 DE DICIEMBRE DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO DE CASTILLA-LA MANCHA

 

El artículo 10.2 apartado b) de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha establece como una de las obligaciones de los altos cargos y asimilados la publicación de sus currículos profesionales y académicos completos.

 

Por su parte, el Decreto 7/2018, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Código Ético para los altos cargos y asimilados de la Administración Regional (publicado en el DOCM de 27 de febrero de 2018), cuyos destinatarios según su artículo 3 son los señalados en el artículo 3, letra k).1.º de Ley 4/2016, de 15 de diciembre –“miembros del Gobierno, personas titulares de las direcciones generales, secretarías generales técnicas y secretarías generales de las consejerías y asimiladas, así como las personas titulares de órganos directivos y de apoyo de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha”–, incluye entre los criterios, comportamientos y estándares de conducta relativos a la transparencia en la gestión de los asuntos de su competencia y a la rendición de cuentas de sus actuaciones ante la ciudadanía, el compromiso, vinculado a la adhesión a dicho Código Ético, de presentar un currículo académico y profesional completo y veraz a efectos de su publicación en el Portal de Transparencia.

 

La Comisión de Ética Pública prevista en el citado Decreto, en el ejercicio de las funciones que le atribuye el artículo 9 del mismo, en su reunión ordinaria de 9 de mayo de 2019, ha propuesto como recomendación sobre este extremo concreto de cumplimiento del Código Ético, que se adopten las medidas necesarias para elaborar un modelo de currículo académico y profesional y fijar criterios que homogenicen la información contenida en los mismos, facilitando su comprensión, y que, asimismo, se articule algún proceso de verificación de los méritos académicos reseñados, garantizando así el compromiso asumido, a través de la adhesión al Código Ético, de presentar un currículo académico y profesional completo y veraz a efectos de su publicación en el Portal de Transparencia.

 

Con base en dicha recomendación, se incorporan a la estructura y contenido del currículo los siguientes extremos:

 

En relación al currículum académico, se distinguen los títulos oficiales (que deberán ser reseñados en primer lugar y ordenados de mayor a menor nivel), de los títulos no oficiales (que deberán figurar en segundo lugar).

 

Para cada una de las titulaciones reseñadas, se deberá hacer siempre referencia al nombre exacto de las mismas, el año de su obtención y el nombre de la Universidad o centro de estudios que las ha expedido.

 

En relación al currículum profesional, para facilitar su comprensión y homogenizar la información, contenida en el mismo se distinguirán los siguientes apartados y contenidos:

 

a)  Experiencia profesional: Se detallará la actividad desarrollada en cualquier Administración Pública, así como en otras entidades e instituciones del Sector Público y en empresas y entidades privadas, especificando los años de ejercicio de cada una de las actividades por orden cronológico.

b) Cargos políticos desempeñados en instituciones públicas, incluidos cargos electos en órganos legislativos y corporaciones locales, haciendo igualmente referencia al tiempo de ejercicio del mismo y al número de la legislatura, en su caso.

 

Otros aspectos no reflejados en lo epígrafes anteriores que se consideren de interés, como cargos en fundaciones, patronatos, comités, partidos políticos, sindicatos, asociaciones, etc., así como actividades de investigación, docencia, etc.

 

Enlaces relacionados:

Acuerdo de 18/06/2019, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura y contenido del currículo académico y profesional de los altos cargos y asimilados a los que se refiere el artículo 3, letra k) 1.º, de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha