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AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA LA INTERPOSICIÓN DE UN RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CONTRA LA ORDEN TEC/617/2019, DE 5 DE JUNIO, POR LA QUE SE AUTORIZA UN TRASVASE DESDE LOS EMBALSES DE ENTREPEÑAS-BUENDÍA, A TRAVÉS DEL ACUEDUCTO TAJO-SEGURA, DE 20 HM3 PARA EL MES DE JUNIO DE 2019.
Se recurre la autorización de este trasvase acordado cuando las existencias efectivas de Entrepeñas y Buendía a fecha 1 de junio de 2019 estaban en 639,6 hm3, por entender que la regla de explotación del trasvase, establecida en el RD.773/2014, de 12 de septiembre, ha sido adoptada partiendo de restricciones en la cuenca cedente e incumple el objetivo legal de "dotar de mayor estabilidad interanual a los suministros, minimizando la presentación de situaciones hidrológicas excepcionales a las que se refiere el nivel 3".
Adicionalmente se propone la interposición de un recurso indirecto contra el artículo 1 del RD.773/2014, igualmente por incumplimiento del citado objetivo marcado por la Ley 21/2015.
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA EL RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN Y LA TRAMITACIÓN DE PAGO EN RELACIÓN A LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE RECEPCIÓN, ATENCIÓN E INFORMACIÓN TURÍSTICA DE LA OFICINA DE TURISMO DE MADRID, DE LA JCCM
El Consejo de Gobierno acuerda autorizar el reconocimiento de la obligación y la tramitación del pago a favor de la mercantil GESPER RECURSOS HUMANOS, S.L., en relación a la prestación de los servicios de recepción, atención e información turística de la Oficina de Turismo de Madrid de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha en Toledo, desde el día 1 de octubre de 2018 hasta el día 15 de mayo de 2019, por importe de 68.189,56 euros, de conformidad con lo previsto en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA EL RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN Y LA TRAMITACIÓN DE PAGO EN RELACIÓN A LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE RECEPCIÓN, ATENCIÓN E INFORMACIÓN TURÍSTICA DE LA OFICINA DE TURISMO DE LA PUERTA DE BISAGRA DE LA JCCM EN TOLEDO
El Consejo de Gobierno acuerda autorizar el reconocimiento de la obligación y la tramitación del pago a favor de la mercantil GESPER RECURSOS HUMANOS, S.L., en relación a la prestación de los servicios de recepción, atención e información turística de la Oficina de Turismo de la Puerta de Bisagra de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en Toledo, desde el día 16 de noviembre de 2018 hasta el día 15 de mayo de 2019, por importe de 47.393,75 euros, de conformidad con lo previsto en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
AUTORIZAR LA MODIFICACIÓN DE LOS PORCENTAJES DE GASTO PLURIANUAL Y AUMENTO DEL NÚMERO DE ANUALIDADES ESTABLECIDOS EN LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA DERIVADO DEL REAJUSTE DE ANUALIDADES DE LAS OBRAS COMPLEJO HOSPITALARIO UNIVERSITARIO DE TOLEDO
Autorizar la modificación de los porcentajes de gasto plurianual y el aumento del número de anualidades establecidas en el artículo 48.3 de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha derivado de la tramitación del reajuste de anualidades de la contratación de la concesión de obra pública para la construcción, conservación y explotación del Complejo Hospitalario Universitario de Toledo.
DECRETO POR EL QUE SE DESIGNA EL ORGANISMO PAGADOR DE CASTILLA-LA MANCHA DE LOS GASTOS DEL FONDO EUROPEO AGRÍCOLA DE GARANTÍA (FEAGA) Y DEL FONDO EUROPEO AGRÍCOLA DE DESARROLLO RURAL (FEADER)
Tras la entrada en vigor del Reglamento (CE) nº 1290/2005 del Consejo, de 21 de junio de 2005, sobre la financiación de la política agrícola común, el Decreto 113/2006, de 14 de diciembre de 2006, designó a la Consejería de Agricultura como Organismo pagador de los Fondos europeos agrarios. Desde la designación referida, distintos decretos han regulado el Organismo pagador y sus funciones, para adaptarlas a la estructura de la Administración Regional, así como a las modificaciones de la regulación comunitaria.
El Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, establece las disposiciones relativas, entre otras, a la autorización de los organismos pagadores y los organismos de coordinación, las obligaciones de los organismos pagadores en lo que respecta a la intervención pública, la gestión financiera y los procedimientos de liquidación, las garantías y el uso del euro, texto actualmente vigente, continua estableciendo que los organismos pagadores serán responsables de la gestión y control de los gastos del FEAGA y del FEADER, señalando que podrá autorizarse como organismo pagador aquellos servicios u organismos que garanticen suficientemente que los pagos son legales y habituales y se contabilizan correctamente.
Los cambios en la configuración de la Administración Regional afectan a la designación y funciones del Organismo pagador de Castilla-La Mancha, no sólo por lo que respecta a la estructura de la Administración Regional que se efectúa por el Decreto 56/2019, de 7 de julio, sino también por el Decreto 78/2019, de 16 de julio, por el que se regula la estructura periférica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por el Decreto 83/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural y por el Decreto 87/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible.
Por tanto, resulta necesario adaptar la regulación del Organismo pagador de Castilla-La Mancha a la nueva configuración de la Administración Regional.
AUTORIZAR LA SUPERACIÓN DE PORCENTAJES DERIVADOS DEL REAJUSTE DE ANUALIDADES Y PARTIDAS PRESUPUESTARIAS NECESARIO PARA LA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE FORMACIÓN DE LAS SUBMEDIDAS 1.1 Y 1.3 DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL
AUTORIZAR LA SUPERACIÓN DE PORCENTAJES DERIVADOS DEL REAJUSTE DE ANUALIDADES Y PARTIDAS PRESUPUESTARIAS NECESARIO PARA LA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE FORMACIÓN DE LAS SUBMEDIDAS 1.1 Y 1.3 DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE CASTILLA-LA MANCHA 2014-2020.
El Consejo de Gobierno ha autorizado Autorización de la superación de los porcentajes establecidos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, derivados del reajuste de anualidades y partidas presupuestarias necesario para la concesión de las ayudas reguladas por la Resolución de 29/03/2019, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se convocan para 2019 las ayudas para la realización de actividades de formación de las submedidas 1.1 y 1.3 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.
El 5 de abril de 2019 se publicó en el DOCM la Resolución 29/03/2019, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se convocan para 2019 las ayudas para la realización de actividades de formación de las submedidas 1.1 y 1.3 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.
El artículo 5 relativo a la financiación indica que la cuantía de la convocatoria asciende a 1.050.000 euros, distribuyéndose el crédito de manera estimada con cargo a las partidas presupuestarias 21030000/G/541C/47000 y 21030000/G/541C/48000 de los ejercicios 2019 y 2020, imputándose 735.000 € a la primera anualidad y 315.000 € a la segunda.
No obstante la distribución anteriormente establecida, según precisa la memoria económica justificativa de la Dirección General de Desarrollo Rural, procede reajustar entre partidas presupuestarias y anualidades, en función de la naturaleza jurídica de los destinarios y para hacer frente al abono de las ayudas en cada una de las anualidades, puesto que estando pendiente de resolución la convocatoria y habida cuenta que las actividades subvencionables deben ejecutarse con posterioridad a la resolución de concesión, no podrá cumplirse la distribución inicialmente establecida.
ACUERDO POR EL QUE SE DA CUENTA AL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA AUTORIZACIÓN DE 20 DE SEPTIEMBRE DE 2019 DEL VICEPRESIDENTE DE LA JCCM AL GABINETE JURÍDICO PARA LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO CONTRA LA CESIÓN DE DERECHOS DE AGUA
Se propone al Consejo de Gobierno la adopción del siguiente acuerdo:
“Tomar conocimiento de la autorización, de 20 de septiembre de 2019, del Vicepresidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, al Gabinete Jurídico, para la interposición del recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de la Confederación Hidrográfica del Segura, de fecha 15 de marzo de 2019, por la que se autoriza el contrato temporal de cesión de derechos al uso privativo de las aguas suscrito con fecha 4 de febrero de 2019 entre entre la Comunidad de Regantes Lomas de San Juan (cedente) y la Comunidad de Regantes de Alhama de Murcia (cesionaria), para el presente año hidrológico 2018-2019”.
Esta Resolución incumple varios preceptos del Texto Refundido de la Ley de Aguas y del Reglamento del Dominio Público Hidráulico que regulan los contratos de cesión.
Se propone al Consejo de Gobierno la adopción del siguiente acuerdo:
“Tomar conocimiento de la autorización, de 20 de septiembre de 2019, del Vicepresidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, al Gabinete Jurídico, para la interposición del recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de la Confederación Hidrográfica del Segura, de fecha 25 de marzo de 2019, por la que se autoriza el contrato de cesión de derechos suscrito con fecha 11 de febrero de 2019 entre Dª Mª Dolores y Dª Mª Soledad García Espinosa y Dª Josefa Espinosa Vela, en calidad de cedentes, y la Comunidad de Regantes El Carmen, en calidad de cesionaria, para el año hidrológico 2018-2019”.
Esta Resolución incumple varios preceptos del Texto Refundido de la Ley de Aguas y del Reglamento del Dominio Público Hidráulico que regulan los contratos de cesión.
Se propone al Consejo de Gobierno la adopción del siguiente acuerdo:
“Tomar conocimiento de la autorización, de 20 de septiembre de 2019, del Vicepresidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, al Gabinete Jurídico, para la interposición del recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de la Confederación Hidrográfica del Segura, de fecha 26 de marzo de 2019, por la que se autoriza el contrato temporal de cesión de derechos al uso privativo de las aguas suscrito con fecha 16 de enero de 2019 entre D. Antonio García Rech, en calidad de cedente, y la Comunidad de Regantes Las Cuevas, en calidad de cesionaria, para los años hidrológicos 2018-2019 y 2019/2020”.
Esta Resolución incumple varios preceptos del Texto Refundido de la Ley de Aguas y del Reglamento del Dominio Público Hidráulico que regulan los contratos de cesión.
ACUERDO QUE AUTORIZA LA IMPLANTACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENTE A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE GRADO EN COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL POR LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA
Una vez tramitado el procedimiento previsto en el Decreto 13/2009, de 17 de febrero, por el que se determina el procedimiento para la autorización de la implantación y puesta en funcionamiento de las enseñanzas universitarias oficiales en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, recabados los informes preceptivos corresponde al Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades la autorización, mediante acuerdo, de la implantación y puesta en funcionamiento del plan de estudios conducente a la obtención del título de grado en comunicación audiovisual por la Universidad de Castilla-La Mancha.
AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 48.3 DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA DERIVADA DE LA TRAMITACIÓN DE VARIOS CONTRATOS PARA DIVERSOS CENTROS ADSCRITOS A LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL
AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 48.3 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA, CORRESPONDIENTE A LOS EJERCICIOS 2020 Y 2021, DERIVADA DE LA TRAMITACIÓN DE VARIOS CONTRATOS PARA DIVERSOS CENTROS ADSCRITOS A LAS DELEGACIONES PROVINCIALES DE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL EN CIUDAD REAL Y GUADALAJARA.
Derivado de esta tramitación, en el vinculante 2704.313C.22 se superan los porcentajes establecidos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, en las anualidades 2020 y 2021, hasta llegar a un 85,84% y 67,35 %, respectivamente.
En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del citado artículo, previo informe de la Dirección General de Presupuestos, corresponde al Consejo de Gobierno autorizar la superación de los citados porcentajes.
DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN AL CONSEJO DE CÁMARAS OFICIALES DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE CASTILLA-LA MANCHA, PARA LA EJECUCIÓN DE PROGRAMAS DIRIGIDOS A LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD
DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN AL CONSEJO DE CÁMARAS OFICIALES DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE CASTILLA-LA MANCHA, PARA LA EJECUCIÓN DE PROGRAMAS DIRIGIDOS A LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD Y LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LAS EMPRESAS, EN EL EJERCICIO 2019
El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto por el que se regula la concesión directa de una subvención al Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha, para la ejecución de programas dirigidos a la mejora de la competitividad y la internacionalización de las empresas, en el ejercicio 2019.
El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención al Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha, para la ejecución de programas dirigidos a la mejora de la competitividad y la internacionalización de las empresas en el ejercicio 2019.
Tendrán la consideración de subvencionables la realización de diagnósticos y asesoramientos a pequeñas y medianas empresas de la región que se realicen en el marco de los siguientes programas:
a) Programa InnoCámaras. Es un programa que fomenta la adopción de la cultura de la innovación así como su integración en la gestión empresarial, hasta convertirla en herramienta estratégica que logre un crecimiento sostenido y mejore la competitividad entre las pequeñas y medianas empresas.
b) Programa TICCámaras. Se efectúa un análisis exhaustivo del nivel de digitalización de las pequeñas y medianas empresas, a fin de conocer la situación de la empresa destinataria en su entorno económico, aportándose recomendaciones de implantación de soluciones en el ámbito de las herramientas de productividad y gestión empresarial en la nube ( ERP, CRM, TPV, loT, Big Data, realidad virtual…), comercio electrónico (web, tienda online, pasarela de pagos, facturación electrónica, firma digital…), y marketing digital (posicionamiento web, email marketing, social media, aplicaciones móviles, loT…).
c) Programa España Emprende. Desarrolla un conjunto de actividades tanto presenciales como on line para el apoyo al emprendedor en todas las fases que componen la vida de la empresa: la gestación de la idea empresarial, creación y tramitación de la empresa, consolidación y, por último, su transmisión o cese.
d) Programa de Promoción Internacional. Este programa pone a disposición de las pymes que deseen iniciarse en la exportación las siguientes líneas de actuación: 1º Actividades de Promoción Internacional y 2º Actividades de Sensibilización e Información.
El importe de la subvención ascenderá a 100.000 euros, que se financiará con fondos propios del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
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