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AUTORIZACIÓN PREVIA DEL GASTO DE LA EMPRESA PÚBLICA GEACAM, S.A., CORRESPONDIENTE AL SUMINISTRO POR LOTES, DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (EPI'S) Y EQUIPACIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA PARA LA CAMPAÑA DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES PARA 2021.

El Consejo de Gobierno acuerda aprobar un gasto de la empresa pública Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, GEACAM, S.A., por importe de 446.257,00 euros (IVA incluido), correspondiente al expediente de contratación “Suministro por lotes, de equipos de protección individual (EPI'S) y equipación técnica complementaria para la campaña de extinción de incendios forestales en Castilla-La Mancha, anualidad 2021”. 

AUTORIZACIÓN DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO, PARA LA INCORPORACIÓN DE PERSONAL TÉCNICO CON LA TITULACIÓN DE INGENIERÍA DE MONTES E INGENIERÍA TÉCNICA DE FORESTAL PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LUCHA CONTRA INCENDIOS FORESTALES.

El Consejo de Gobierno acuerda aprobar, por un periodo inicial de 8 meses, el programa temporal de empleo “Incorporación de personal técnico con la titulación de ingeniería de montes e ingeniería técnica de forestal, en la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad y en las delegaciones provinciales, para la prestación de servicios de lucha contra incendios forestales”, cuyo coste asciende a 571.839,75€. 

AUTORIZACIÓN DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO PARA LA INCORPORACIÓN DE PERSONAL DE APOYO EN LA REALIZACIÓN DE LAS TAREAS DE GESTIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LAS LINEAS DE AYUDA GESTIONADAS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO NATURAL Y BIODIVERSIDAD.

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar por un periodo de 4 años el programa temporal de empleo para la incorporación de personal de apoyo en la realización de las tareas de gestión, seguimiento y control de las líneas de ayuda gestionadas por la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020”, cuyo coste asciende a 1.910.127,18 €.

AUTORIZACIÓN DE PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO PARA LA INCORPORACIÓN DE PERSONAL TÉCNICO Y AUXILIAR ADMINISTRATIVO PARA LA TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES RELACIONADOS CON LA TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y OTRAS TRAMITACIONES MEDIOAMBIENTALES.

El Consejo de Gobierno acuerda aprobar la primera prórroga, por un periodo de un año, del “Programa temporal para la incorporación de personal técnico y auxiliar administrativo destinado al refuerzo de la Viceconsejería de medio ambiente, de la Dirección General de Transición Energética y de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Desarrollo Sostenible, para la tramitación de expedientes relacionados con la transición energética y otras tramitaciones medioambientales”, con un importe global de 2.461.590,60 euros. 

DECRETO POR EL QUE SE DISPONE EL CESE DE DOÑA NOELIA PÉREZ GONZÁLEZ COMO DIRECTORA GENERAL DE JUVENTUD Y DEPORTES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES.

DECRETO POR EL QUE SE DISPONE EL NOMBRAMIENTO DE DON CARLOS ALBERTO YUSTE IZQUIERDO COMO DIRECTOR GENERAL DE JUVENTUD Y DEPORTES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES.

DECRETO SOBRE MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL NECESARIAS PARA HACER FRENTE A LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR LA COVID-19.

AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA TELEVISIÓN AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A., PARA LA REALIZACIÓN DE GASTOS SUPERIORES A 240.000 EUROS, DERIVADOS DEL EXPEDIENTE PARA EL DISEÑO DE LA NUEVA WEB DEL GRUPO CASTILLA-LA MANCHA MEDIA.

El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido en el artículo 25 de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021, dedicado al régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, que establece que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 240.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.    Esta autorización requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el artículo 25.4 de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre. 

AUTORIZACIÓN DEL GASTO DE LA ORDEN POR LA QUE SE REGULAN LAS BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES COFINANCIABLES POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO Y CON LOS RECURSOS REACT-UE.

La Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la contratación de personas desempleadas, especialmente paradas de larga duración y las que estén en situación de exclusión social, así como de aquellas que han perdido sus trabajos como consecuencia de la crisis provocada por el COVID-19, así como efectuar la convocatoria para 2021.    La finalidad de estas subvenciones consiste en crear oportunidades de inserción en el mercado laboral, mediante la contratación temporal de personas desempleadas, para la ejecución de proyectos de interés general y social; así como actualizar o renovar sus competencias profesionales y prevenir las situaciones de exclusión social, mediante la posibilidad de realizar con ellas acciones de orientación laboral y/o de formación profesional para el empleo.    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta orden, las entidades locales de Castilla-La Mancha, las entidades vinculadas o dependientes de las mismas y las agrupaciones de municipios.    Las subvenciones convocadas mediante la orden, se concederán con cargo a fondos propios y a fondos finalistas procedentes de las Diputaciones Provinciales y de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales y del Instrumento de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea “Next Generation EU”  y se imputarán, dentro del  presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, con carácter plurianual, al programa 322B ”Fomento y Gestión del Empleo”, gestionado por la Dirección General de Programas de Empleo, destinándose a esta convocatoria un importe de 102.000.000 euros.    El crédito se distribuye provincialmente atendiendo al número de personas desempleadas de la provincia, en relación con el total de la región y teniendo en cuenta la aportación de cada una de las Diputaciones Provinciales.    Enlaces relacionados:   Orden 64/2021, de 11 de mayo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones a entidades locales para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social, cofinanciables por el Fondo Social Europeo y con los recursos REACT-UE, como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de COVID-19 y se efectúa la convocatoria para 2021.

PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS URGENTES DE AGILIZACIÓN Y SIMPLIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS PARA LA GESTION Y EJECUCION DE LOS FONDOS EUROPEOS DE RECUPERACIÓN.

AUTORIZACIÓN DEL GASTO PARA EL CONTRATO DE SERVICIOS DE NUEVOS DESARROLLOS Y MANTENIMIENTO DE LA PLATAFORMA EDUCAMOSCLM DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA.

El presupuesto base de licitación del contrato supera el límite de 750.000,00 €, por lo que la autorización de dicho gasto compete al Consejo de Gobierno, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021. 

DECRETO DEL REGISTRO SANITARIO DE EMPRESAS Y ESTABLECIMIENTOS ALIMENTARIOS DE CASTILLA-LA MANCHA. PROCEDIMIENTOS DE COMUNICACIÓN PREVIA Y DE AUTORIZACIÓN.

La legislación europea contiene determinadas disposiciones relativas al registro o la autorización por la autoridad competente de determinadas empresas alimentarias. Asimismo, exige que el operador de empresa alimentaria notifique ante la autoridad competente todos los establecimientos que estén bajo su control y que desarrollen alguna actividad en la producción, transformación y distribución de alimentos, con el fin de proceder a su registro.    En desarrollo del artículo 43 de la Constitución, se publicó la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición. Entre sus fines específicos, previstos en el artículo 1.2 en relación con el artículo 24, destaca el establecimiento de los registros generales de alimentos y piensos como instrumentos de seguridad alimentaria.   Mediante el Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos, se simplifica y adapta al nuevo marco normativo el procedimiento establecido en España para registrar, con carácter nacional y público, las empresas implicadas en la cadena alimentaria, excluyéndose la producción primaria, las tiendas minoristas, restaurantes, cafeterías, bares, panaderías, pastelerías, comedores de centros escolares u hospitales y otros establecimientos cuya actividad principal es la venta al detalle o el servicio in situ a la persona consumidora final o a colectividades que comercializan en un ámbito local, incluyendo las zonas de tratamiento aduanero especial, debiendo inscribirse, salvo la producción primaria, en los registros autonómicos establecidos al efecto.    Se hace necesario, por tanto, crear en nuestra Comunidad el citado registro autonómico, así como regular los procedimientos asociados al mismo y los que deban realizarse por las empresas que se vean obligadas, por razones de competencia territorial, a presentar sus comunicaciones o solicitudes de autorización en nuestra Comunidad para su asiento en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos de carácter nacional.    Enlaces relacionados:   Decreto 56/2021, de 11 de mayo, del Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Castilla-La Mancha. Procedimientos de comunicación previa y de autorización.