Buscador de Acuerdos de Consejo de Gobierno
Mostrando 6547 Acuerdos del Consejo de Gobierno
Filtrar y ordenar

Filtrar

Cerrar

AUTORIZACIÓN DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO PARA EL APOYO EN LAS TAREAS DE GESTIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DE SUBVENCIONES EN REDES DE AGUA POTABLE PARA MUNICIPIOS MENORES DE 20.000 HABITANTES DE CASTILLA-LA MANCHA.

La justificación de la necesidad de efectuar este programa de trabajo temporal está relacionada con las tareas de gestión, seguimiento y control de las subvenciones para la selección y ejecución de proyectos relativos a la mejora del abastecimiento y reducción de pérdidas en redes de agua potable para municipios menores de 20.000 habitantes de Castilla-La Mancha, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y para garantizar el cumplimiento por parte de los destinatarios últimos de las ayudas no solo de los requisitos previstos en la Orden 7/2022, de 18 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la selección y ejecución de proyectos relativos a la mejora del abastecimiento y reducción de pérdidas en redes de agua potable para municipios menores de 20.000 habitantes de Castilla-La Mancha, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, sino en los hitos y objetivos que marca el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) , recogidos en el CID y OA que el gobierno de España ha suscrito con la Unión Europea, para poder aplicar los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y evitar que toda la ayuda, por no haber podido gestionar todo el saldo comprometido a la fecha de finalización del plazo de vigencia del programa tuviera que reintegrarse.     El tiempo de duración de la contratación del personal mediante este plan temporal de empleo es de 34 meses.     El coste total del Programa asciende a 881.876,87 euros.   De conformidad con la conferencia sectorial de Medio Ambiente de 9 de julio de 2017, que establece el marco regulatorio de esta ayuda a nivel nacional y de obligado cumplimiento para las comunidades autónomas, en su punto 4.7. Gastos asociados a la gestión de los fondos, indica que las Comunidades Autónomas beneficiarias podrán incluir los gastos asociados a la gestión de los fondos que admita la normativa europea que regule el Mecanismo de Recuperación, como, de conformidad con la guía de la Comisión Europea (SWD(2021) 12 final), los costes de las actuaciones preparatorias previas que fueran necesarias para establecer la prestación de servicios, suministro de bienes o la realización de las actividades correspondientes.    En cuanto al nombramiento de personal funcionario interino para la realización de programas temporales, la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha en su artículo 8.1.c. establece esta posibilidad cuando se trate de la ejecución de programas de carácter temporal de duración determinada para la realización de actividades no habituales o para el lanzamiento de una nueva actividad, siempre que su duración no sea superior a cuatro años.    En relación con lo anterior el artículo 52 de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022 determina que, con carácter general, durante el ejercicio 2022, no se ejecutarán programas de carácter temporal de duración determinada para la realización de actividades no habituales de la Administración o para el lanzamiento de una nueva actividad. No obstante, el Consejo de Gobierno podrá autorizar dichos programas temporales en casos excepcionales en los que sean financiados con fondos finalistas o se trate de actividades relacionadas con la presentación de servicios que se consideren absolutamente prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.

 

AUTORIZACIÓN DE LA IMPLANTACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO POR LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA, EN EL CURSO 2022/2023, DEL PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENTE A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE MÁSTER UNIVERSITARIO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

El Decreto 13/2009, de 17 de febrero, establece en su artículo 6 el procedimiento para la autorización de las enseñanzas universitarias, correspondiendo al Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades su autorización, previa propuesta de la Consejería con competencias en materia de educación universitaria y tramitación del correspondiente procedimiento.    De conformidad con lo anteriormente expuesto, la Universidad de Castilla-La Mancha ha solicitado la implantación y puesta en funcionamiento del plan de estudios del Título de Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales. 

AUTORIZACIÓN DE LA IMPLANTACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO POR LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA, EN EL CURSO 2022/2023, DEL PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENTE A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE MÁSTER UNIVERSITARIO EN FISIOTERAPIA NEUROLÓGICA.

El Decreto 13/2009, de 17 de febrero, establece en su artículo 6 el procedimiento para la autorización de las enseñanzas universitarias, correspondiendo al Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades su autorización, previa propuesta de la Consejería con competencias en materia de educación universitaria y tramitación del correspondiente procedimiento.    De conformidad con lo anteriormente expuesto, la Universidad de Castilla-La Mancha ha solicitado la implantación y puesta en funcionamiento del plan de estudios del Título de Máster Universitario en Fisioterapia Neurológica. 

AUTORIZACIÓN DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO PARA CUBRIR LAS NECESIDADES DE PERSONAL EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA Y EN LA SECRETARÍA GENERAL.

El Consejo de Gobierno de Castilla‐La Mancha autoriza el programa temporal de empleo de la Consejería de Fomento para cubrir las necesidades de personal en la Dirección General de Vivienda y en la Secretaría General. 

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA EL EJERCICIO DE ACCIONES EN RELACIÓN CON LA POSIBLE OCUPACIÓN DE PATRIMONIO ADSCRITO Y GESTIONADO POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y URBANISMO EN EL MUNICIPIO DE SOCUÉLLAMOS.

El Consejo de Gobierno autoriza al Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha, de acuerdo con el artículo 9.3 de la Ley 5/2013, de 17 de octubre, de ordenación del servicio jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha, para recuperar la posesión de los bienes patrimoniales adscritos al patrimonio separado en materia de suelo que gestiona la Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo, respecto de la ocupación parcial de las fincas 46.666 y 46.667 del Registro de la Propiedad de Tomelloso. 

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN DE EMERGENCIA PARA EL SUMINISTRO DE 70.000 UNIDADES DE TEST RÁPIDOS DE ANTÍGENOS, CON MOTIVO DE LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR LA COVID-19.

Se propone al Consejo de Gobierno tomar conocimiento de la contratación de emergencia para el suministro de 70.000 unidades de test rápidos de antígenos, con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.    El importe total del suministro de Test Rápidos de Antígenos ascendió a 158.200 € (importe exento de IVA). 70.000 unidades a 2,26 € la unidad. La empresa adjudicataria fue Lambra  S.L. NIF: B-79018891.

PLAN ESTRATÉGICO DE CONSUMO RESPONSABLE 2022-2024.

El Consejo de Gobierno acuerda:    Primero: Aprobar el Plan Estratégico de Consumo Responsable 2022-2024.   Segundo: Proceder a la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.    Tercero: Facultar a la persona titular de la Consejería con competencias en materia de consumo para adoptar cuantas medidas sean precisas para el desarrollo y ejecución de este Acuerdo.    Cuarto: El presente acuerdo producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.   Enlaces relacionados:   Resolución de 17/03/2022, de la Secretaría General, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15/03/20222, por el que se aprueba el Plan Estratégico de Consumo Responsable 2021-2024 y se publica el plan.

 

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA EL EJERCICIO DE ACCIONES CIVILES PROCEDENTES CONTRA LA ACTUAL TITULAR REGISTRAL DE LA FINCA Nº 131, INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SIGÜENZA, DE ALDEANUEVA DE ATIENZA.

El Consejo de Gobierno acuerda:    Autorizar al Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el ejercicio de las acciones civiles que resulten procedentes contra la actual titular registral (Asociación Cultural de Vecinos e Hijos de Aldeanueva de Atienza) de la finca nº 131, inscrita en el Registro de la Propiedad de Sigüenza, coincidente con la parcela 1310, del Polígono 1 –con referencia catastral nº 19114B001013100000IE-, de Aldeanueva de Atienza, en el término municipal de Condemios de Arriba (Guadalajara), al invadir la referida finca parcialmente (124 Has. correspondientes a la finca registral nº 81 del referido Registro de la Propiedad) del Monte de Utilidad Pública nº 327 “Peña Recorte, Bustariega y Termuñoz. 

AUTORIZACIÓN DEL GASTO PARA EL CONTRATO DE SERVICIOS DE NUEVOS DESARROLLOS Y MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE CONTROL DEL JUEGO DE CASTILLA-LA MANCHA, COFINANCIADO CON FONDOS FEDER (2021-2027).

El precio del contrato de servicios de nuevos desarrollos y mantenimiento del sistema de información de control del juego de Castilla-La Mancha supera el límite de 750.000 €, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.f) de la  Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022, el órgano competente para la autorización del gasto es el Consejo de Gobierno. 

CONFORMIDAD DEL CONSEJO DE GOBIERNO CON LA TRAMITACIÓN PARLAMENTARIA DE LA PROPOSICIÓN DE LEY POR LA QUE SE MODIFICA PARCIALMENTE EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA, APROBADO POR EL DECRETO LEGISLATIVO 1/2002.

El artículo 156.1 del Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha dispone que, ejercitada la iniciativa legislativa, el Presidente de las Cortes ordenará la publicación de la Proposición de Ley y su remisión al Consejo de Gobierno respecto a la toma en consideración, así como su conformidad o no a la tramitación si implicara aumento de crédito o disminución de ingresos presupuestarios.    En consecuencia, en ejercicio de la facultad reconocida en el artículo 156 del Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha, el Consejo de Gobierno manifiesta su conformidad con la tramitación de la Proposición de Ley por la que se modifica parcialmente el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.     Enlaces relacionados:   Ley 3/2022, de 18 de marzo, por la que se modifica parcialmente el texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA AUTORIZACIÓN DEL EJERCICIO DE ACCIONES DEL GABINETE JURÍDICO COMO ACUSACIÓN PARTICULAR EN EL JUICIO POR DELITO LEVE Nº 0000153/2021, DEL JUZGADO Nº 6 DE ILLESCAS, POR LA COMISIÓN DE UN PRESUNTO DELITO DE AMENAZAS.

A la vista de los antecedentes aportados por el empleado público en solicitud de Asistencia Letrada presentada el día 24 de febrero de 2022, los hechos investigados presuntamente realizados por la persona denunciada podrían asimismo incurrir, además de un presunto delito leve de amenazas, en un presunto delito de atentado contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia.     Dada la escasa antelación con la que los Servicios Jurídicos de la Consejería han tenido conocimiento preciso del procedimiento judicial (la solicitud de asistencia letrada se produjo el día 24 de febrero de 2022 y la  citación a juicio  estaba fijada para el día 3 de marzo de 2022) y considerándose necesaria la personación de la Junta de Comunidades en dicho procedimiento, como titular del bien jurídico protegido, ha sido preciso la adopción del acuerdo de ejercicio de acciones en vía jurisdiccional con carácter urgente para que se produzca de manera eficaz las acciones procesales pertinentes. 

AUTORIZACIÓN DE LA ACEPTACIÓN DE MIEMBRO NATO DEL PATRONATO DE LA FUNDACIÓN “CASTILLA- LA MANCHA, TIERRA DE VIÑEDOS”.

Según lo establecido en el artículo 11.2.a) de los Estatutos de la Fundación “Castilla-La Mancha, Tierra de Viñedos” su Patronato quedará integrado, entre otros, por la titular de la Dirección General en materia de industrias agroalimentarias y cooperativas de la Consejería de Agricultura, que tras la aprobación del Decreto 83/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, es María Elena Escobar Sánchez, al ser la persona titular de la Dirección General de Alimentación que ejerce las competencias indicada en los Estatutos de la Fundación, en virtud del Decreto 188/2019, de 23 de julio( DOCM nº 147, de 25 de julio de 2019).    Según la disposición adicional tercera, apartado 2, del Decreto 22/2015, de 30 de abril, de reducción de plazos y modificación del sentido del silencio administrativo en determinados procedimientos tramitados por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la tramitación ante el Registro de Fundaciones de Castilla-la Mancha de la inscripción de la aceptación como miembros del patronato de una fundación de personas en razón de su cargo en la Administración de la Junta de comunidades de Castilla-La Mancha, será requisito previo la obtención de la autorización correspondiente mediante acuerdo del Consejo de Gobierno, que se adjuntará a la documentación que acompañe a la solicitud.    Así, se eleva la propuesta a la consideración del Consejo de Gobierno para la adopción de la decisión que estime conveniente.